Deducción por Maternidad: Guía Completa para Madres Trabajadoras en España

Las madres con hijos menores de tres años en España tienen la posibilidad de acceder a una ayuda económica proporcionada por el Gobierno. Esta ayuda, en realidad, es un adelanto de la deducción fiscal que se materializa en pagos mensuales de 100 €.

Hasta hace poco, la deducción por maternidad de 1.200€ anuales estaba reservada a las madres trabajadoras (tanto autónomas como por cuenta ajena) con hijos menores de 3 años. Sin embargo, desde enero de 2023, esta situación ha cambiado, permitiendo que más familias puedan beneficiarse de esta ayuda gracias a la modificación del artículo 81 de la Ley del IRPF.

La presentación telemática del modelo 140 puede realizarse a través de Internet, en la Sede electrónica de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.gob.es). La solicitud de abono anticipado de la deducción por maternidad, así como la comunicación de variaciones, podrán formularse mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, número 901 200 345 (comunicando NIF, nº de cuenta bancaria, nº de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad, si trabaja, e importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF de cada ejercicio).

Si se es madre trabajadora, uno de los documentos que va a ayudar a reducir el impacto del IRPF, siendo autónoma (y también asalariada) es el modelo 140.

COMO PEDIR LA ayuda por MATERNIDAD*rellenado el modelo 140

¿Quiénes pueden beneficiarse de la Deducción por Maternidad?

Se pueden beneficiar de la deducción por maternidad todas las madres con hijos menores de tres años. En este caso, la deducción se aplica en el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) minorando la cuota diferencial, independientemente de que el resultado sea a pagar o a devolver.

A partir del 1 de enero de 2023, más familias con hijos menores de 3 años podrán acceder a la deducción por maternidad. Esto es gracias a la modificación del artículo 81 de la ley de IRPF. En caso de progenitores del mismo sexo, los dos tendrán derecho. Si fallece la madre podrá cobrar la ayuda el padre o tutor del menor. Personas que reúnen los requisitos y que estén percibiendo prestaciones contributivas o subsidios de desempleo (antes sólo era para aquellas personas en activo).

Es importante señalar que esta ayuda es compatible con otras prestaciones estatales, autonómicas o locales.

¿Cómo solicitar la Deducción por Maternidad?

Para solicitarla, es necesario rellenar y presentar el Modelo 140. La solicitud de abono anticipado de la deducción por maternidad, así como la comunicación de variaciones, podrán formularse mediante llamada al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria, número 901 200 345 (comunicando NIF, nº de cuenta bancaria, nº de afiliación a la Seguridad Social o Mutualidad, si trabaja, e importe correspondiente a la base liquidable general de la declaración del IRPF de cada ejercicio).

Si lo que se quiere es solicitar el adelanto de la deducción por maternidad: no hay que esperar a una fecha o periodo concreto, solo al momento en el que se cumplan los requisitos (mencionados previamente).

Existen varias vías para realizar este trámite:

  • A través de Internet: En la Sede electrónica de la Agencia Tributaria. Para ello, el solicitante debe disponer de Número de Identificación Fiscal (NIF) y contar con DNI electrónico, o bien tener instalado en el navegador un certificado electrónico X.509.V3 expedido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre o cualquier otro certificado electrónico admitido por la Agencia Tributaria.
  • Llamando al Centro de Atención Telefónica de la Agencia Tributaria: 901 200 345.

No es necesario ser declarante del IRPF para tener derecho a la deducción o a la paga mensual.

Presentación del Modelo 140

Si se cumplen los requisitos, se está en disposición de presentar el modelo 140 y, con ello, pedir la deducción por maternidad (de forma anticipada).

Con este Modelo 140 también se deben comunicar las variaciones que se produzcan en las situaciones que afecten al cobro anticipado, como por ejemplo, que se dejen de cumplir los requisitos.

Una vez presentado todo, la resolución que dicte la Agencia Tributaria podrá aceptar la ayuda para la madre trabajadora o denegar la solicitud si no se cumplen con los requisitos.

Si se ha aceptado por parte de la Agencia Tributaria la solicitud de abono del anticipo de la ayuda para madre trabajadora, esta ayuda se abonará de forma mensual y sin prorrateos desde el mes correspondiente a la fecha de presentación de la solicitud.

Por último, es importante señalar que no será necesario comunicar la pérdida del derecho al abono anticipado de la deducción por maternidad, cuando el hijo cumpla 3 años o, en los casos de adopción o acogimiento, cuando transcurran 3 años desde la fecha de adopción o acogimiento.

Deducción por Maternidad: Detalles Adicionales

Las mujeres trabajadoras con hijos menores de tres años podemos solicitar una deducción por maternidad, que se aplica al IRPF y equivale a 1200 € anuales, o también el ingreso anticipado de la misma, que corresponde a 100 € al mes.

Para calcular las cotizaciones abonadas, se debe sumar tanto la parte que corre a cuenta del trabajador como la que paga la empresa.

Si se produce alguna variación que afecte al cobro de la deducción, será necesario presentar de nuevo el modelo 140 en los 15 días naturales al cambio.

Los contribuyentes con derecho a la aplicación de la deducción por maternidad respecto del mismo menor acogido o tutelado, deberán presentar, en todo caso, sus respectivas solicitudes de abono anticipado mensual de forma simultánea.

Publicaciones populares: