Gestación Subrogada en España: Endurecimiento de los Trámites de Inscripción

El Gobierno español ha endurecido las normas para la inscripción en el Registro Civil de bebés nacidos mediante gestación subrogada en el extranjero. Esta medida, que responde a una prohibición vigente desde 2006, busca evitar que ciudadanos españoles eludan la legislación nacional recurriendo a esta práctica en otros países.

Legislación sobre gestación subrogada en el mundo. Fuente: Wikipedia.

Nuevas Instrucciones del Registro Civil

Inscribir en el Registro Civil a un bebé nacido a través de un vientre de alquiler en otro país dejará de ser un trámite directo, aunque se cuente con una resolución administrativa o judicial extranjera que valide el contrato de gestación por sustitución. A partir de ahora, solo se podrá formalizar la inscripción siguiendo los cauces habituales de determinación de la filiación: por vínculo biológico o por adopción.

De acuerdo con esta instrucción, se prohibirá el registro de los menores aun cuando exista resolución administrativa o judicial en el extranjero, que valide el contrato por gestación subrogada, como se hacía hasta el momento y ocurría, principalmente en Estados Unidos y Canadá.

Aunque los menores podrán seguir viajando a España, a partir de ahora los llamados padres de intención deberán obtener de las autoridades locales, si procede, el pasaporte y permisos correspondientes para viajar con los niños, y una vez en nuestro país, iniciar el proceso de filiación según los medios ordinarios previstos en el ordenamiento español, esto es, bien por vínculo biológico, respecto de alguno de los progenitores, o bien por adopción, cuando se pruebe la existencia de un núcleo familiar con suficientes garantías.

Además, la instrucción indica que se suspenden las solicitudes pendientes de inscripción de los menores a fecha de publicación en el BOE.

El objetivo es evitar que ciudadanos españoles burlen la prohibición de esta práctica en nuestro país y la practiquen en el extranjero, una reclamación histórica del movimiento feminista y de los colectivos que defienden la protección de los menores por suponer una mercantilización del cuerpo de la mujer y de sus hijos. La nueva instrucción, que se publicará mañana en el BOE, busca que prevalezca siempre el interés superior del menor, evitando su mercantilización y haciendo que se respeten los procedimientos legales para establecer la filiación y posterior registro en España.

Según el Ministerio de Justicia, el objetivo de la resolución es "evitar que ciudadanos españoles burlen la prohibición de esta práctica en nuestro país y la practiquen en el extranjero, una reclamación histórica del movimiento feminista y de los colectivos que defienden la protección de los menores por suponer una mercantilización del cuerpo de la mujer y de sus hijos".

El Gobierno va a limitar la gestación subrogada, lo que se conoce popularmente como 'vientres de alquiler', por lo que a partir de este jueves, los bebés nacidos a través de esta práctica en el extranjero no podrán ser inscritos en los consulados españoles y tendrán que ser inscritos en el Registro Civil mediante "filiación biológica o por filiación adoptiva posterior".

Fundamentos Legales y Jurisprudenciales

El régimen registral se adecua a la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Hasta ahora, los niños nacidos por vientre de alquiler en el extranjero podían ser inscritos en el Registro Civil español si se cumplían ciertos requisitos formales, como la presentación de una resolución judicial de un tribunal que garantizara la eficacia legal del consentimiento prestado o la obtención del exequatur (reconocimiento a una sentencia o laudo dictada en otro país).

Con la nueva instrucción, aprobada por el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, el régimen registral se adecua a la sentencia del pleno del Supremo de diciembre de 2024. En ella, por primera vez, se negaba el exequatur a una resolución judicial norteamericana que validaba un contrato de gestación subrogada argumentando que era nulo y contrario al marco legal español.

Además, la nueva instrucción adecua el régimen registral a una sentencia del Tribunal Supremo de 2024, que rechazaba regularizar a niños nacidos por gestación por sustitución, aunque lo respalden jueces o resoluciones de otro país, pues argumentaba que era "nulo y contrario al marco legal español".

Además, la sentencia concluye que la protección del menor debe partir de las leyes y convenios aplicables en España y de la jurisprudencia que los interpreta, y reitera que el contrato de gestación subrogada cosifica a la mujer gestante y al menor, además de vulnerar principios fundamentales reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico.

Esta sentencia del Supremo también indicaba que "la protección del menor debe partir de las leyes y convenios aplicables en España y de la jurisprudencia que los interpreta", y reiteraba que el contrato de gestación subrogada "cosifica a la mujer gestante y al menor, además de vulnerar principios fundamentales reconocidos en nuestro ordenamiento jurídico".

La nueva instrucción también se alinea con la doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que reconoce a los países el derecho a adoptar medidas para dificultar esta práctica cuando está prohibida en su ordenamiento interno.

Países que prohíben la gestación subrogada:

  • Alemania
  • Francia
  • Italia
  • España

Según el titular de Justicia, Félix Bolaños, "el Gobierno da un paso más contra la explotación de las mujeres que suponen los vientres de alquiler".

Manifestación en contra de la gestación subrogada. Fuente: DW.

Reacciones y Posturas

La medida ha generado diversas reacciones entre diferentes colectivos y asociaciones.

A favor

Desde la plataforma 'Stop Vientres de Alquiler', su fundadora, Ana Trejo, celebra el cambio que introduce el Ministerio de Justicia. "Es un reclamo del movimiento feminista y lanza un mensaje muy importante a la sociedad de que no va a ser tan fácil comprar un bebé", asegura a RTVE.es.

Para Trejo, es "un paso muy importante", porque a partir de la nueva resolución las personas que recurran a la gestación por sustitución, independientemente de dónde lo hagan, tendrán que iniciar en España el proceso judicial pertinente para demostrar la filiación del menor. "Hasta ahora quien podía pagar se iba a Estados Unidos, donde por sentencia se establece quienes son los padres, con independencia de si hay relación genética o no", explica.

No obstante, cree que es "insuficiente", y el "siguiente paso sería que la gestación subrogada se contemple como trata de mujeres con fines reproductivos en la futura ley contra la trata, prevista para el verano, para que la prohibición de esta práctica sea efectiva y sea considerada delito".

Además, considera que se debería ir "contra los que delinquen". "No se puede decir que la gestación subrogada es violencia reproductiva contra las mujeres en España y no permitirlo, pero, en cambio, permitimos que se pueda hacer fuera", lamenta.

En contra

En el otro lado están asociaciones como Son Nuestros Hijos que defienden la gestación subrogada como una técnica de reproducción asistida y que lamentan el "paso atrás" que supone la nueva normativa, que les ha caído como un jarro de agua fría justo el día que se reúnen en Bruselas con el comisario de Justicia, Michael McGrath para exponerle la problemática de las familias en Europa que recurren a la gestación por sustitución.

Según el portavoz de Son Nuestros Hijos, Pablo Bilbao, "es un paso atrás y quita derechos conseguidos por sentencia a los niños". "Es sorprendente esta decisión. Si se quiere hacer daño a los menores, lo van a conseguir", lamenta en una conversación con RTVE.es.

Aún así, Bilbao ha explicado que la nueva instrucción afectará a quienes recurrían a países que eran "más garantistas" en todo el proceso, y donde hasta ahora se permitía la inscripción directa de los menores con sentencia judicial, como es Estados Unidos y Canadá, mientras que los que acudían a otros países, como Ucrania, Georgia o México, ya tenían que hacer los trámites como fija la norma que este jueves publicará el BOE.

En este sentido, el portavoz de Son Nuestros Hijos recuerda que esta resolución supone "una situación de desprotección" para los menores porque ahora vendrán a España con el padre "que ha aportado la carga genética", que es el que se establece como biológico, mientras que la madre o el otro padre (en el caso de parejas homosexuales) tendrá que iniciar el proceso de adopción en nuestro país. "Si la adopción es larga, esa madre o ese otro padre no tienen derecho a nada mientras tanto: no pueden autorizar una operación del niño si hiciera falta y además, el menor queda desprotegido si, por ejemplo, le pasa algo al padre biológico", explica.

Precisamente, una delegación de Son Nuestros Hijos, junto a otras asociaciones europeas homólogas, se ha reunido la tarde de este miércoles en Bruselas con el comisario europeo de Justicia, Michael McGrath, para trasladarle la preocupación de las familias por la “deriva del Gobierno español y de su Ministerio de Justicia”, ya que, según han explicado, “va en la línea de las decisiones que ha tomado la Italia de Meloni”. Así, le han pedido al comisario que tome "las decisiones oportunas" que velen por los derechos de los menores y sus familias para anticiparse "a lo que pueda suceder".

Gestación subrogada y filiación: Ya lo Dijo la Corte

Una pareja con un bebé nacido por gestación subrogada. Fuente: Muy Interesante.

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