La vida de un autónomo o una empresa en España se divide en trimestres, cada uno con sus propias obligaciones fiscales. Cumplir con la presentación de las declaraciones es fundamental para evitar sanciones y recargos. En España, el año fiscal coincide con el año natural, es decir, del 1 de enero al 31 de diciembre.
Desde un punto de vista técnico, el año fiscal es un periodo de tiempo, generalmente de 12 meses, en el que se realizan operaciones financieras y se cuadran cuentas. Dicho de otra forma, el año fiscal corresponde al periodo que va del 1 de enero al 31 de diciembre.
A continuación, te ofrecemos una guía detallada de los trimestres fiscales y los modelos de impuestos que debes presentar en cada uno de ellos.
Trimestres Fiscales: Fechas Clave
El año fiscal se divide en cuatro trimestres:
- Primer trimestre: Del 1 de enero al 31 de marzo.
- Segundo trimestre: Del 1 de abril al 30 de junio.
- Tercer trimestre: Del 1 de julio al 30 de septiembre.
- Cuarto trimestre: Del 1 de octubre al 31 de diciembre.
Es importante no confundir el trimestre fiscal con el período para su presentación. Después de transcurrir los tres meses, se cuenta con un intervalo de tiempo para realizar la presentación. Estos lapsos son:
- Primer trimestre: Del 1 de abril al 20 de abril.
- Segundo trimestre: Del 1 de julio al 20 de julio.
- Tercer trimestre: Del 1 de octubre al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: Del 1 de enero al 31 de enero del año siguiente.
Modelos de Impuestos Trimestrales
A continuación, se detallan los modelos de impuestos más comunes que los autónomos y las empresas deben presentar trimestralmente:
- Modelo 303: Declaración y liquidación trimestral del IVA.
- Modelo 130: Liquidación trimestral del IRPF en régimen de estimación directa.
- Modelo 131: Liquidación trimestral del IRPF en régimen de estimación objetiva (módulos).
- Modelo 111: Declaración trimestral de retenciones del IRPF sobre empresarios, trabajadores y profesionales.
- Modelo 115: Declaración trimestral de retenciones del IRPF sobre el alquiler de oficinas o locales.
- Modelo 349: Declaración de operaciones intracomunitarias trimestrales.
Además de estos modelos trimestrales, existen otros modelos que se presentan con menor frecuencia, como el Modelo 309 (declaración y liquidación del IVA para autónomos no obligados a presentar el Modelo 303 de forma periódica) y la Declaración de la Renta (resumen anual de la actividad e IRPF).
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¿Cómo Funciona el IVA Trimestral (Modelo 303)?
El Modelo 303 es el formulario utilizado para la autoliquidación del IVA. Permite a los contribuyentes declarar el IVA repercutido (cobrado en facturas emitidas) y el IVA soportado (pagado en compras y gastos deducibles). La diferencia entre ambos determinará si hay que pagar a Hacienda o si procede una devolución o compensación.
Este modelo debe ser presentado por:
- Los autónomos y empresas que realicen actividades sujetas a IVA, independientemente de su forma jurídica.
- Los arrendadores de inmuebles, cuando el alquiler esté sujeto a IVA.
- Los promotores inmobiliarios, al realizar entregas de bienes sujetas a este impuesto.
No obstante, algunas actividades están exentas de IVA y, por lo tanto, sus titulares no deben presentar el modelo 303.
Plazos de Presentación del IVA Trimestral
El IVA trimestral se presenta cuatro veces al año, dentro de los plazos establecidos por la Agencia Tributaria.
Consecuencias de No Presentar el IVA a Tiempo
No presentar el modelo 303 dentro del plazo puede generar sanciones y recargos según el tiempo de retraso. Si se presenta sin requerimiento de Hacienda, existen dos escenarios:
- Con un retraso de hasta 3 meses: recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes de demora.
- Con un retraso superior a 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora.
En el caso de que Hacienda envíe un requerimiento, habrá que hacer frente a una multa mínima del 50% de la cuota resultante, que puede llegar hasta el 150% en casos graves.
Cálculo del IVA a Pagar o Devolver
En esta sección se detallan los ingresos y gastos sujetos a IVA para calcular el importe a pagar, compensar o devolver:
- IVA devengado: el IVA que has cobrado en tus ventas o servicios.
- IVA soportado: el IVA que has pagado en gastos deducibles para tu actividad.
El resultado de la liquidación dependerá de la diferencia entre ambas cantidades. Por un lado, si el IVA devengado es mayor que el soportado, el resultado será un importe que habrá que pagar a Hacienda. Por otro lado, si el IVA soportado es mayor que el devengado, puedes compensarlo en los próximos trimestres o solicitar su devolución en el cuarto trimestre del año.
Además, el modelo 303 dispone de diferentes casillas para calcular el resultado final:
- Casilla 27: total del IVA devengado.
- Casilla 45: total del IVA soportado deducible.
- Casilla 46: resultado de la autoliquidación. Si el resultado es positivo, indica la cantidad a pagar.
Gastos Deducibles en el IVA Trimestral
Para optimizar el pago de impuestos y evitar costes innecesarios, es fundamental conocer qué gastos puedes deducir en tu declaración trimestral del IVA.
Para empezar, debes tener en cuenta que el IVA soportado en determinados bienes y servicios es deducible siempre y cuando esté directamente relacionado con la actividad económica del autónomo o la empresa. Esto implica que cumpla con los siguientes requisitos:
- Ser necesario para la actividad económica y estar vinculado a la generación de ingresos.
- Estar correctamente documentado con una factura completa (las facturas simplificadas, como los tickets, no siempre son deducibles).
- Figurar en los registros contables de la empresa o autónomo.
Estos son algunos de los gastos deducibles más habituales:
- Alquiler de oficinas.
- Material y equipos informáticos.
- Suministros y servicios profesionales.
- Transporte, dietas y gasolina en determinadas condiciones.
Evidentemente, no todos los gastos de una empresa pueden deducirse automáticamente. Hacienda revisa con especial atención algunos de ellos, por lo que es importante justificar su relación con la actividad profesional.
Errores Comunes en la Declaración del IVA
Uno de los errores más habituales es omitir facturas, tanto de ventas como de compras. Esto puede afectar el cálculo del IVA a pagar o devolver y generar discrepancias en futuras inspecciones de Hacienda.
Para evitarlo, te recomendamos utilizar un software de facturación que registre automáticamente todas las operaciones.
En España existen tres tipos de IVA:
- General (21 %): aplicable a la mayoría de bienes y servicios.
- Reducido (10 %): para alimentos, transporte y productos farmacéuticos, entre otros.
- Superreducido (4 %): para productos de primera necesidad como pan, leche o libros.
Aplicar un tipo de IVA incorrecto puede provocar ajustes en futuras declaraciones e incluso sanciones. Antes de emitir tus facturas, consulta siempre el tipo de IVA aplicable.
Recomendaciones Finales
- La presentación fuera de plazo conlleva recargos e incluso multas.
- Hacienda exige conservar todas las facturas y justificantes durante cuatro años.
- Si realizas compras o ventas dentro de la Unión Europea, recuerda que debes declarar las operaciones en el modelo 349.
Modelo 130: Pago Fraccionado del IRPF
El modelo 130 es un formulario que tienes que presentar trimestralmente para adelantar el IRPF que le pagas a Hacienda por la actividad que realizas como autónomo. Para que lo entiendas mejor, lo mismo ocurre con los trabajadores por cuenta ajena y la retención de IRPF que se les deduce de las nóminas.
Si al final del año has pagado más de lo que te corresponde por tus ingresos reales con los 4 anticipos del modelo 130, la Declaración de la Renta te saldrá a devolver.
¿Cómo se Rellena el Modelo 130?
El modelo 130 se divide en varios apartados:
- Liquidación: es donde declaras el impuesto que has de pagar. El apartado I es dónde la mayoría de autónomos indican sus ingresos y gastos del trimestre. Los datos que has de hacer constar comprenden desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre que estás declarando.
- Casilla [03]: es la diferencia entre los ingresos de la casilla [01] y los gastos de la casilla [02]. Por tanto, la casilla [03] recoge el rendimiento neto (diferencia entre los ingresos del conjunto de actividades ejercidas de la casilla [01] y los gastos fiscalmente deducibles de la casilla [02]).
- Casilla [04]: recoge el 20% del importe de la casilla [03], siempre y cuando sea positivo.
- Casilla [05]: incluye la suma de los importes que aparecen en las casillas [07] y [16] de los modelos 130 que hayas presentado anteriormente a lo largo del año. Es decir, si por ejemplo estás rellenando la declaración del tercer trimestre de 2024, tendrás que consultar las declaraciones del primer y segundo trimestre del mismo año. Sumas los importes de todas las casillas [07] y de todas las casillas [16]. A continuación, al resultado de las primeras le restas el resultado de las segundas.
- Casilla [07]: resta los importes de las casillas [05] y [06] a la casilla [04]. Si el resultado te da negativo, pon el signo negativo (-) delante de la cifra.
- Casilla [09]: es el 2% del importe de la casilla [08] para calcular el rendimiento.
- Casilla [11]: resta el importe de la casilla [10] a la casilla [09]. Si el resultado te da negativo, pon el signo negativo (-) delante de la cifra.
- Apartado III: está dedicado al resultado final de lo que tienes que pagar (total liquidación).
- Casilla [12]: es el resultado de la suma de las casillas [07] y [11].
- Casilla [14]: resta la casilla [12] menos la [13].
- Casilla [16]: esta casilla solo te afecta si el resultado de la casilla [14] ha sido positivo y si estás pagando un préstamo por la compra o rehabilitación de tu vivienda habitual.
- Casilla [19]: es el resultado de restar la casilla [17] menos la [18]. Este será el resultado de tu declaración. Si la cantidad consignada en la casilla 19 es negativa, y se trata de una autoliquidación correspondiente a alguno de los trimestres 1.º, 2.º o 3.º, marca en el espacio reservado al efecto “A deducir”. Este importe negativo de la casilla 19 podrá deducirse en cualquiera de los siguientes pagos fraccionados del mismo año cuyo importe positivo lo permita. Pero si la cantidad señalada en la casilla 19 es negativa y estamos ante una autoliquidación correspondiente al 4.º trimestre, no se cumplimentará este apartado, sino el apartado "Negativa".
Si el resultado es positivo, esa es la cantidad que deberás ingresar a la AEAT en concepto de IRPF. Un resultado negativo no es sinónimo de ingreso o devolución del importe por parte de Hacienda.
Ejemplo Práctico
Imagina que en la casilla [3] hay 10.000 euros y que estamos en el 2º trimestre, o sea, llevamos 6 meses de ejercicio. 10.000 es a 6 meses como 20.000 es a 12. Esto resulta de dividir 10.000 entre 6, y tenemos lo que correspondería a un solo mes (1.666,66). Así que la base imponible es 20.000.
Teniendo en cuenta esto, no habría posibilidades de deducción de la base imponible. ¿Por qué? Si es superior a 12.000 euros, no podrás deducirte nada.
Consideraciones Adicionales
- El modelo 130 es acumulativo. Por tanto, en el IRPF del cuarto trimestre ya se acumulan los correspondientes a los tres primeros trimestres. Así, presentar el cuarto trimestre equivale a presentar el resumen anual.
- El IVA no se considera un gasto de tu actividad como autónomo y, por lo general, no tienes que incluirlo en tu modelo 130. Ahora bien, si no presentas el modelo 303 trimestralmente, sí vas a tener que incluir el IVA en tu modelo 130.
- Solo aquellos autónomos dados de alta en actividades profesionales del IRPF pueden aplicar retenciones del IRPF en sus facturas a clientes profesionales en España: empresas, otros autónomos o clientes con forma jurídica.
Otros Modelos Importantes
- Modelo 111: Con él se ingresan las retenciones que se han practicado a trabajadores, profesionales, etc.
- Modelo 131: Igual que el modelo 130 pero de aplicación a los autónomos acogidos al Régimen de Estimación Objetiva (o módulos).
- Modelo 115: Es una autoliquidación periódica de las retenciones e ingresos a cuenta, rentas o rendimientos procedentes del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles urbanos.
Consejos Finales
- Piensa que los errores cuestan dinero, ya sea en cuotas a ingresar más altas, importes a devolver de menor cuantía o sanciones, recargos e intereses.
- La digitalización es la elección más adecuada para mantener al día la gestión fiscal de tu empresa.
Con esta guía completa, esperamos haber aclarado tus dudas sobre los trimestres fiscales y los modelos de impuestos que debes presentar. Recuerda que el cumplimiento de las obligaciones fiscales es clave para la estabilidad financiera de tu negocio.
| Trimestre | Periodo | Plazo de Presentación |
|---|---|---|
| Primero | 1 de enero - 31 de marzo | 1 de abril - 20 de abril |
| Segundo | 1 de abril - 30 de junio | 1 de julio - 20 de julio |
| Tercero | 1 de julio - 30 de septiembre | 1 de octubre - 20 de octubre |
| Cuarto | 1 de octubre - 31 de diciembre | 1 de enero - 31 de enero (año siguiente) |
