La creación de salas de lactancia adecuadas es esencial para apoyar a las madres y garantizar un entorno seguro e higiénico para sus bebés. Una buena señalización es fundamental para que las madres y los padres encuentren fácilmente la sala, especialmente en recintos grandes como aeropuertos o centros comerciales.
Elementos Esenciales de una Sala de Lactancia Ideal
Comodidad y Privacidad
Un lugar cómodo e íntimo es muy necesario porque los bebés no se cogen al pecho a la primera y necesitan su tiempo. La sala de lactancia ideal debe tener, en primer lugar, asientos cómodos, así la madre no estará incómoda en ningún momento.
Higiene y Seguridad
En segundo lugar, las salas han de estar limpias, contener papeleras y un baño contiguo, separado por una puerta, con cambiador para asear al bebé. Sobre los cambia pañales decir que deben ser, en primer lugar, seguros.
Si el cambiador para el bebé dispone del certificado de seguridad “GS-Mark” nos aseguraremos que cumple con las normas de calidad y de seguridad especificadas por la ley alemana de seguridad, que es una de las más estrictas de Europa en materia de seguridad para el consumidor.
Equipamiento del Baño
Siguiendo con el espacio de baño, decir que debería tener un lavabo para lavarse las manos o los utensilios para la alimentación del bebé, si es que se le ha dado el biberón o papilla, y papel para limpiarse o secarse.
Hablando de papel, se recomiendan los dispensadores de papel toalla de acero inoxidable AISI 304 por su durabilidad y su facilidad a la hora de la limpieza. Un dispensador de jabón líquido de acero inoxidable AISI 304 se hace también imprescindible dentro de este espacio del baño. Si es automático mucho mejor, ya que este tipo de dispensador de jabón no es necesario tocarlo para obtener la dosis de jabón, evitando de este modo la contaminación cruzada por contacto directo al aparato.
Equipamiento Adicional
Siguiendo con la sala de lactancia, decir que un elemento importante en cualquier espacio como este es el microondas para calentar los biberones o los alimentos. Además, y para facilitar la comida de los bebés que no son tan pequeños, deberán instalarse tronas u otros elementos que contribuyan a dar las máximas facilidades a la hora de la comida.
Ambiente Adecuado
La sala de lactancia deberá disponer de una iluminación suave y cálida, deberá estar convenientemente aislada acústicamente, y si hay música ambiental esta deberá estar a un volumen bajo, y mejor si es suave y lenta.
Señalización Clara y Visible
La sala de lactancia ha de estar bien señalizada y abierta. Una buena señalización hará que las madres y los padres encuentren con facilidad la sala.
5 posturas para dar el pecho
Consideraciones Legales y de Salud Pública
La COVID-19 ha desencadenado una grave emergencia de salud pública a escala mundial, planteando importantes retos para las administraciones públicas. Tras el levantamiento de los estados de alarma, la autoridad sanitaria ha actuado amparada en las legislaciones estatal y autonómica de sanidad y salud pública vigentes.
Marco Legal
- Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública.
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y particularmente su artículo 26.
- Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, cuyo artículo 54.
Medidas Preventivas y de Protección
Estas normas habilitan a las autoridades sanitarias competentes para adoptar las medidas preventivas y de protección de la salud que se consideren necesarias en caso de riesgo producido por enfermedades de carácter transmisible. La transmisibilidad de las cepas emergentes es cada vez más rápida y de mayor magnitud, derivando en un incremento del número de casos diagnosticados y de las tasas de incidencia y posteriormente en la asistencia sanitaria.
Limitación de Derechos Fundamentales
La legislación sanitaria sí autoriza la limitación de determinados derechos fundamentales siempre que se den las condiciones previstas en la misma y que se concretan en la identificación con suficiente claridad del peligro grave para la salud pública derivado de una enfermedad transmisible que es preciso conjurar para preservar el derecho a la salud y a la vida. El establecimiento de la extensión de ese riesgo desde el punto de vista subjetivo, espacial y temporal; y la justificación de la idoneidad y proporcionalidad de los medios que se establezcan.
Importancia de la Certeza Jurídica
El derecho debe dotar de la máxima certeza y previsibilidad a las decisiones de la autoridad sanitaria, evitando generar inquietudes y transmitir inseguridad a la población. La limitación de derechos fundamentales por el legislador no necesariamente ha de hacerse por ley orgánica, así lo señala la sentencia del Tribunal Supremo núm. 719/2021, de 24 de mayo.
Contenido Esencial de los Derechos
Verificar el respeto a ese contenido esencial tiene, por tanto, gran relevancia. La STS 719/2021, ya citada, señala que para comprender qué debemos considerar contenido esencial resulta ineludible la cita de la STC 11/1981, de 8 de abril.
Adaptación a la Crisis Sanitaria
El régimen jurídico de alerta sanitaria y las medidas para el control y gestión de la pandemia de COVID-19 en Canarias que se establece mediante este Decreto ley, llamados a decaer cuando se supere la actual situación de crisis sanitaria, no constituye desarrollo frontal ni comporta restricciones que supongan limitación esencial de derecho fundamental alguno, materias constitucionalmente reservadas a ley orgánica, sino que comporta únicamente la previsión de la posibilidad de modulaciones provisionales y limitadas a la forma en que ciertas personas disfrutan y hacen uso, en circunstancias muy determinadas y no generalizables, del derecho fundamental.
