El 15 de octubre de 1923, hace cien años, entró en vigor el Seguro de Maternidad en España. Los socialistas destacaron este acontecimiento en su periódico oficial, considerándolo una conquista del proletariado organizado.
Aunque en un principio pareciera modesto, este seguro representó un paso trascendental para la clase trabajadora, un “avance sintomático de gran significación”. Desde ese día, las mujeres obreras inscritas en el retiro obligatorio y que cumplieran las condiciones del Decreto de agosto sobre el subsidio de maternidad, tenían derecho a una ayuda de 50 pesetas en caso de parto. Para obtener esta cantidad, podían informarse en el Instituto Nacional de Previsión en Madrid o en las Cajas colaboradoras del retiro obligatorio en toda España. Se ofrecían folletos e informes gratuitos.
El Gobierno había firmado el crédito necesario para este subsidio, establecido en virtud de los convenios aprobados en las Conferencias Internacionales de Trabajo. El periódico instaba a las obreras españolas a interesarse por esta nueva reivindicación, lograda gracias a la organización de los trabajadores. Así, se recuerda un hecho fundamental en la historia de los derechos sociales en España.
Libreta de identidad de asegurada. Fuente: Universidad Pablo de Olavide
Establecimiento y Desarrollo del Seguro de Maternidad
El establecimiento, con carácter obligatorio, del Seguro de Maternidad en España fue sancionado por el rey Alfonso XIII mediante el Real Decreto-Ley de 22 de marzo de 1929. Sin embargo, su puesta en marcha se demoró hasta los primeros meses de la Segunda República, cuando por Decreto de 26 de mayo de 1931 se señaló el 1 de octubre de 1931 como la fecha de inicio de aplicación de dicho seguro.
Son numerosos los trabajos que se han ocupado del establecimiento del Seguro de Maternidad durante la Segunda República. Sin embargo, en dichos trabajos no se ha prestado la suficiente atención al papel que la figura de la matrona tuvo en la puesta en marcha y evolución posterior de este seguro, que supuso un hito para la historia de las mujeres en España.
En el preámbulo del Decreto de 26 de mayo de 1931 se apuntaba que el origen remoto de este seguro, en nuestro país, estaba en la tendencia legislativa a proteger a las madres obreras iniciada el 14 de abril de 1891 por una propuesta de la primitiva Comisión de Reformas Sociales.
Derecho de la Seguridad Social - Historia de la Seguridad Social en España - J. Victor Meseguer
Beneficios y Administración del Seguro
Entre otros beneficios que incorporaba el Real Decreto-Ley de 22 de marzo de 1929 estaban la asistencia de la comadrona o el médico en el parto, así como los servicios facultativos que reglamentariamente se determinasen para los periodos de gestación y puerperio; las obreras tenían asimismo derecho a los productos farmacéuticos que fuesen necesarios y a una indemnización durante el descanso obligatorio de las 6 semanas posteriores al parto.
De la administración de este Seguro de Maternidad se encargaba el Instituto Nacional de Previsión con sus 20 «cajas colaboradoras», y en las mismas condiciones y relaciones que el Régimen Obligatorio del Retiro Obrero. Niceto Alcalá-Zamora, presidente del gobierno provisional de la República, fue quien, a propuesta del ministro de Trabajo y Previsión, Francisco Largo Caballero, firmó el Decreto de 26 de mayo de 1931.
En dicho decreto se regulaba el pago trimestral de las cuotas de las aseguradas, de las cuales 1,90 pesetas correspondían a la patronal y 1,85 pesetas debían ser pagadas por la obrera. Así pues, a partir del 1 de octubre de 1931 quedaban aseguradas todas las mujeres de 16 a 50 años inscritas en el retiro obrero obligatorio: obreras, empleadas, trabajadoras a domicilio, etc., tanto casadas como viudas o solteras.
Ajuar sanitario según el segundo convenio del Instituto Nacional de Previsión. Fuente: Universidad Pablo de Olavide
Reacciones y Controversias
El pago de parte de la cuota por las obreras fue rechazado por organizaciones sindicales como la CNT, que promovió diversas movilizaciones en su contra que tuvieron una distribución desigual por el territorio nacional. Sin embargo, entre las matronas la Ley del Seguro de Maternidad fue muy bien acogida.
La Ley legitimaba el papel de la matrona en los partos de las obreras, lo que contribuía a disminuir la presencia de parteras «intrusas», sin ningún tipo de cualificación y que eran vistas como un grave peligro para el desarrollo profesional de las matronas.
El Papel de las Matronas en el Seguro de Maternidad
La matrona debía realizar reconocimientos a la gestante asegurada que solicitase de ella esta prestación. También tenía que asistir los partos normales de las obreras aseguradas. Cuando se presentase una distocia en un parto o éste se desviase de la normalidad, la matrona tenía la obligación de reclamar la asistencia médica. En ese caso debía comunicar al médico sus impresiones y observaciones de cómo había transcurrido el parto hasta el momento de avisar.
Los primeros 8 días después del parto la matrona debía prestar a la puérpera y al bebé servicios de asistencia, consejo o vigilancia. También debía realizar funciones de visitadora en aquellos lugares donde no hubiese designada ninguna. El objetivo era dejar constancia de que la madre había efectivamente descansado durante el periodo reglamentario.
Los tres convenios también recogían como obligación de la matrona precintar el material sobrante del ajuar utilizado, para que la familia de la obrera lo devolviese a las entidades u oficinas que hubiese designado la entidad aseguradora.
Sobre los honorarios de la matrona, señalaba el Reglamento general de 1930 que cobraría lo mismo en los partos normales -de su exclusiva asistencia- que en los distócicos, en los que sólo sería un mero auxiliar del médico, incluso en los casos en los que el parto distócico fuera tratado en una clínica y, en general, fuera del domicilio de la parturienta.
| Caja Colaboradora | Cantidad Pagada por Asistencia a Matronas | Número de Ajuares Sanitarios Servidos |
|---|---|---|
| Vizcaya | [Datos no disponibles] | [Datos no disponibles] |
| [Más Cajas...] | [Datos no disponibles] | [Datos no disponibles] |
Desafíos y Heterogeneidad en la Atención
El Instituto Nacional de Previsión elaboró diversas estadísticas para valorar cómo se producía la implantación del Seguro, que luego registró en sus publicaciones. Observando los datos recogidos en la tabla 1, además de detectarse la ausencia de la Caja de Andalucía oriental, rápidamente llama la atención la discrepancia en las cifras que hacen referencia a las cantidades pagadas por asistencia a las matronas en cada caja, así como las del número de ajuares sanitarios servidos por ellas.
Aunque las matronas se repartían por todo el Estado, su distribución no era homogénea, ni mucho menos (tabla 3). A finales del año 1933, las 591.243 obreras que habían sido aseguradas hasta ese momento contaban con 2.223 matronas, o sea que la media de aseguradas por matrona era de 266.
Los datos de Galicia (25 matronas para un total de 42.032 aseguradas) merecen que nos detengamos en algunas consideraciones, máxime si tenemos en cuenta que la mayoría de ellas se localizaban en tan sólo dos municipios, La Coruña y Vigo. El continuo desplazamiento de las matronas para poder atender a los numerosos partos se veía dificultado por las características orográficas de esta zona de España, lo cual redundaba en un aumento considerable del coste en el servicio.
Debido al escaso número de enfermeras y puericultoras visitadoras, las matronas tuvieron que asumir en muchas ocasiones esta función.
A comienzos de la década de los treinta, todavía era escaso el número de clínicas preparadas para atender partos, a excepción de las maternidades provinciales y de algunas salas de hospitales acondicionadas al efecto, espacios «por los que la clase trabajadora, casi siempre e injustificadamente, siente una repulsión atávica». Efectivamente, no era habitual en esta época que las mujeres se trasladasen a dar a luz a una institución a no ser que existiera peligro evidente para la madre o el feto. En general, en el momento del parto preferían ser asistidas en su propia casa por otra mujer, ya fuera una matrona o incluso una vecina, una familiar o una amiga sin cualificación.
El Seguro de Maternidad no se limitó a la asistencia al parto, sino que poco a poco fue ampliando las coberturas que ofrecía, tratando las complicaciones derivadas del parto y asumiendo el tratamiento de enfermedades que pudieran influir patológicamente en el embarazo, el parto o el puerperio. No obstante, a lo largo de este trabajo se ha puesto de manifiesto que no se logró una homogeneización de la atención de las obreras por parte de las matronas en todo el Estado.
La puesta en marcha del Seguro de Maternidad supuso una importante fuente de oportunidades de trabajo y de ingresos para las matronas durante la Segunda República.
