Retención Voluntaria IRPF Maternidad: Cómo Solicitar la Devolución

¿Eres madre o padre y solicitaste la consiguiente baja por maternidad a partir de 2014? Si es así, debes saber que ahora puedes solicitar la devolución del IRPF que ingresaste por la prestación por maternidad. A continuación, te explicamos a qué se debe este hecho, dónde encontrar el escrito para reclamar el IRPF por maternidad, y aquello que necesites saber. Pero no te quedes con la duda y si tras la lectura aún te queda alguna cuestión, contáctanos.

¿A Qué Se Debe Esta Devolución?

En 2018, el Tribunal Supremo ratificó la sentencia de junio de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en la cual se estimó el recurso de una mujer y se ordenó a Hacienda la devolución de la cantidad ingresada con cargo a la Seguridad Social en el ejercicio del IRPF de 2013 debido a la prestación por maternidad. El motivo: se consideró que esta se halla comprendida en el supuesto del párrafo tercero del artículo 7.h de la Ley del IRPF, cuyo tenor literal estipula que “Igualmente estarán exentas las demás prestaciones públicas por nacimiento, parto o adopción múltiple, adopción, hijos a cargo y orfandad”.

Así pues, el Supremo estima que en el precepto legal se reconoce dicho beneficio tributario con carácter general y lo único que se hace en el cuarto párrafo es una ampliación del beneficio fiscal a aquellas prestaciones procedentes de otros entes públicos locales o autonómicos.

La problemática que había previa pronunciación del Supremo respecto a esta materia, fue pues, que Hacienda llevaba a cabo una interpretación literal del texto legal, a raíz de la cual, consideraba que las prestaciones de la Seguridad Social no quedaban contempladas en las exenciones por no incluirse en dicho artículo 7. Por ello Hacienda incluía esta prestación por maternidad en el IRPF. Pero tras el posicionamiento del Supremo ya no queda duda alguna al respecto: la prestación por maternidad queda incluida dentro de los supuestos de rentas exentas del susodicho impuesto.

El fallo del Tribunal Supremo sobre las prestaciones de maternidad contradice el criterio aplicado por Hacienda en los últimos años. El Tribunal entiende que la prestación es un subsidio para compensar la pérdida de ingresos por las citadas situaciones de maternidad.

¿Quiénes Pueden Solicitar la Devolución?

Pueden reclamarlo aquellas madres y padres que tributaron por IRPF en sus prestaciones por maternidad y paternidad. Es importante tener en cuenta que, por defecto, las prestaciones no tributan, solo lo hacen en caso de que se solicite.

En el caso de los empleados públicos no integrados en la Seguridad Social que perciben sus retribuciones durante los permisos por parto, adopción o guarda y paternidad también podrán solicitarlo, así como los profesionales no integrados en el régimen especial de la Seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos que perciben tales prestaciones de mutualidades de previsión social.

Plazos para Reclamar

El plazo para reclamar es de cuatro años a contar desde el día siguiente a la finalización del período de entrega de la declaración de la Renta reclamada (o del día de la presentación de la misma si se hizo fuera de plazo). Para que puedas hacerte una idea, si cobraste la prestación en 2014 (dado que la declaración de ese ejercicio se realizó en 2015) tu plazo para reclamar terminará el 30 de junio de 2019.

¿Qué quiere decir esto? Que se puede solicitar la devolución de los ejercicios de 2014 a 2017. Después de ese último año, no se tiene que hacer nada porque ya aparece contemplado en la renta directamente.

Por lo que, a fecha del año 2022, se pueden reclamar las correspondidas a el año 2017. Es decir, si las reclamaciones que se corresponden al año 2014, podrán solicitarse hasta el 30 de junio de 2019.

Así por ejemplo, para las prestaciones por maternidad recibidas durante el año 2014 e incluidas en la correspondiente declaración de IRPF, habiendo sido presentada ésta en plazo voluntario, dispondremos hasta 30 de junio de 2019.

Ojo: el 30 de junio de 2019, avisa la Asociación Profesional de Expertos Contables y Tributarios de España, prescribiría el ejercicio de 2014.

¿Cómo Solicitar la Devolución del IRPF por Maternidad?

El proceso de reclamación es sencillo:

En primer lugar debes entrar en la página web de la Agencia Tributaria, donde se ha habilitado un formulario de solicitud específico con la intención de facilitar y acelerar la tramitación de la devolución correspondiente. Este modelo reclamación IRPF maternidad proporcionado por Hacienda deberá enviarse vía telemática (a través de la propia web) o bien imprimiéndolo y presentándolo en una oficina del propio organismo.

Por un lado, la forma para solicitar la devolución del IRPF es a través de la web de la AEAT. Concretamente en el apartado de “solicitud telemática” pinchar en “prestación maternidad y paternidad (sentencia del Tribunal Supremo)”. Para ello tienes que identificarte a través de la Clave PIN, el certificado electrónico o mediante el Sistema RENO. Así cómo, deberás tener a mano toda la información relativa a la prestación y el número de cuenta corriente del titular donde se hará el reembolso.

Ya se puede solicitar la devolución del IRPF en las prestaciones de maternidad y paternidad

Además, por otro lado, si puedes presentar otro formulario específico presencialmente en las Oficinas de la Agencia Tributaria previa cita. Allí, te sellarán y entregarán una copia con la fecha de presentación.

Una vez dentro, deberás acceder a la solicitud telemática de rectificación de la autoliquidación de la Renta, en la cual deberás indicar los años en los cuales has recibido la prestación de maternidad/paternidad y la cuenta bancaria (cuyo titular debes ser tú) en la que quieres que se te ingrese la devolución. Finalmente la solicitud deberá ser firmada y enviada. En el caso de haber recibido la prestación en dos ejercicios distintos deberá solicitarse la rectificación de ambos.

Una vez realizados todos los pasos hacienda rectificará la declaración presentada y devolverá la correspondiente cantidad indebidamente ingresada, así como los pertinentes intereses de demora.

Pero, ¿qué sucede si la devolución que se te debe practicar es la correspondiente al año 2018? En este caso deberás esperar a la declaración de la renta de la siguiente campaña para solicitar su devolución. Las rentas a partir de 2018, ya resuelta la polémica, quedan exentas del IRPF, pero si ya has pagado la prestación por maternidad en 2018, al realizar la declaración Hacienda incorporará en su programa de Renta los datos necesarios para que recuperes las retenciones practicadas.

La devolución del IRPF por maternidad se puede solicitar desde la página web de la Agencia Tributaria.

  • Clave PIN: se obtiene en la web de la AEAT. Tienes que introducir el NIF, la fecha de caducidad y una contraseña de cuatro caracteres.
  • Certificado electrónico: lo emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre y se instala en el ordenador. Con él, podrás realizar diferentes trámites oficiales, también los de la Agencia Tributaria.

Para que no tengas ninguna duda de qué hay que poner en cada campo, te contamos qué va en cada uno. Datos adicionales: hay que indicar los meses y años en los que se recibió la prestación.

¿Qué Cantidad Puedo Recuperar?

La cantidad objeto de devolución variará en función de las circunstancias, por ello, si quieres saber cuanto puedes reclamar en tu caso, contáctanos para que te podamos calcular la devolución IRPF maternidad contestando tan solo unas preguntas.

Hacienda ha calculado que la devolución media de la prestación de maternidad estará en torno a 1.600 €, mientras que la de paternidad estará en 383 €.

La Agencia Tributaria, ha calculado que la devolución media de la deducción por maternidad estará en torno a los 1.600 €. En cambio, la de paternidad estará en 383 €.

La diferencia entre las columnas “Pre” STS y “Pos” STS es la "cantidad aproximada de posible máxima devolución", obtenida al minorar las ganancias de los contribuyentes en el importe exento que correspondería por 4 meses (16 semanas aproximadamente) de trabajo.

¿Qué Sucede Si Deniegan Mi Solicitud?

En el caso en el que la admita, ésta te reembolsará la cantidad correspondiente retenido indebidamente en el ejercicio correspondiente. Y, por el contrario, si rechaza la solicitud se puede presentar una reclamación económico administrativo ante el tribunal.

Solicitud denegada.- El contribuyente podrá interponer reclamación económico-administrativa para intentar conseguir su propósito.

Consideraciones Adicionales

Es un derecho que se tiene y que muchas veces, debido al desconocimiento, no hacemos uso, ni reclamamos. Si necesitas ayuda con este trámite o con cualquier otro relacionado con la declaración de la renta.

Así, no corresponderá una declaración complementaria sino realizar un escrito de rectificación de las declaraciones y de devolución de ingresos indebidos de los ejercicios que corresponda.

Respecto de las solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución de un recurso o reclamación, la aplicación de la exención corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación, sin que sea precisa la presentación de ninguna solicitud adicional.

Se espera que en las próximas semanas Hacienda aclare el procedimiento o establezca algún formulario para poder realizar la reclamación de estas cantidades.

De hecho, Hacienda hoy ha publicado en su web durante unos instantes un procedimiento, que posteriormente han eliminado. Desde varios organismos se está presionando para que esta devolución se realice de oficio desde Hacienda. Se recomienda esperar unos días, ya que seguramente sea más fácil si hay algún formulario en la web de AEAT.

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