¿Qué Impuestos Paga un Autónomo Trimestralmente en España?

Ser autónomo en España implica una serie de obligaciones fiscales que deben cumplirse trimestralmente. Conocer estas obligaciones es fundamental para una correcta gestión fiscal de la actividad económica. En este artículo, te explicamos detalladamente qué impuestos debes afrontar como autónomo cada trimestre.

Impuestos Principales a Pagar Trimestralmente

De entrada, los autónomos deben afrontar cada trimestre el pago de dos impuestos fundamentales:

  • El IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido): Este impuesto grava el consumo y se declara trimestralmente a través del modelo 303.
  • El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas): Este impuesto grava la renta obtenida por el autónomo y se declara trimestralmente a través de los modelos 130 o 131, dependiendo del régimen de tributación.

Junto a los pagos trimestrales, también existen otras obligaciones fiscales que pueden ser más específicas y no afectar a todos los autónomos.

Modelos Tributarios Más Comunes

Los modelos tributarios son los formularios a través de los cuales se presentan los distintos impuestos. Los modelos más presentados por los autónomos son:

  • Modelo 303: Modelo de IVA que debes presentar cada trimestre si ejerces una actividad sujeta a IVA.
  • Modelo 130: Modelo de IRPF que debes presentar cada trimestre si estás dado de alta en alguna actividad empresarial.
  • Modelo 111: Modelo de retenciones de los trabajadores y profesionales.
  • Modelo 115: Modelo de retenciones de los locales.
  • Modelo 349: Modelo de operaciones intracomunitarias.
  • Modelo 390: Modelo resumen anual de IVA.

Estos son los modelos trimestrales para autónomos y pymes más habituales. Puede que tengas obligación de presentarlos o puede que no en función del tipo de actividad económica que realices.

Calendario Fiscal Trimestral

Las declaraciones se han de presentar con una periodicidad trimestral, generalmente, durante los 20 primeros días de los meses de abril, julio, octubre y enero, aunque en este último mes algunas declaraciones como la de IVA o el pago fraccionado de IRPF se extiende más allá del 20. Además, el pago fraccionado del Impuesto de Sociedades se presenta en diciembre y no en enero, como más adelante veremos.

Estos plazos se refieren a días hábiles, de manera que en caso de coincidir el último día del periodo con festivo, se amplía el plazo hasta el siguiente día hábil.

A continuación, se presenta un resumen del calendario fiscal para autónomos en 2025:

Cierre del cuarto trimestre 2024 y anuales

ENERO

  • 15 de enero - presentación de modelos 111 y 115 a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 20 de enero - fecha límite de plazo voluntario para presentar los modelos 111 y 115 con resultado a ingresar sin domiciliación o negativo.
  • 25 de enero - presentación de modelos 130 y 303 a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 30 de enero - fecha límite de plazo voluntario para presentar los modelos 130 y 303, con resultado a ingresar sin domiciliación o negativos, y también presentación del modelo 349. Se presenta el resumen anual de IVA, modelo 390.
  • 31 de enero - fecha límite de presentación de los modelos 180 y 190.

FEBRERO

  • 28 de febrero - fecha límite para presentar el modelo 347 del ejercicio 2024.

ABRIL

  • 31 de marzo - fecha límite para presentar el modelo 720 del ejercicio 2024.

Cierre del primer trimestre 2025

ABRIL

  • 2 de abril hasta 30 de junio, presentación de las declaraciones de Renta 2024 y Patrimonio 2024.
  • 15 de abril - presentación de modelos 111, 115, 130 y 303 a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 21 de abril - fecha límite de plazo voluntario para presentar los modelos 111, 115, 130 y 303, con resultado a ingresar sin domiciliación o negativos, y del modelo 349.

Renta 2024

JUNIO

  • 25 de junio - presentación de la declaración anual de Renta 2024 con resultados a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 30 de junio - declaración anual 2024 con resultado a devolver, renuncia a la devolución, negativo y a ingresar sin domiciliación.

Cierre del segundo trimestre 2025

JULIO

  • 15 de julio - presentación de modelos 111, 115, 130 y 303 a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 21 de julio - fecha límite de plazo voluntario para presentar los modelos 111, 115, 130 y 303, con resultado a ingresar sin domiciliación o negativos, y del modelo 349.

Cierre del tercer trimestre 2025

OCTUBRE

  • 15 de octubre - presentación de modelos 111, 115, 130 y 303 a pagar con domiciliación en cuenta.
  • 20 de octubre - fecha límite de plazo voluntario para presentar los modelos 111, 115, 130 y 303, con resultado a ingresar sin domiciliación o negativos, y del modelo 349.

Es crucial cumplir con estos plazos para evitar recargos y sanciones.

👉 Cómo rellenar el Modelo 303 de IVA Paso a Paso en 2024 ✅

El IRPF de los Autónomos

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF es un impuesto que grava precisamente eso, la obtención de rentas por parte de personas físicas (dejando al margen a las empresas y a las entidades sin personalidad jurídica). Esas rentas pueden proceder de diferentes fuentes y, en el caso de los autónomos, el principal origen de sus ingresos es su actividad económica.

En función de lo que un trabajador por cuenta propia gane ejerciendo su profesión, tendrá que pagar más o menos en concepto de IRPF. Para ello, se aplican sobre sus beneficios las diferentes reducciones y deducciones que permite la Ley General Tributaria.

El IRPF se devenga anualmente, a fecha 31 de Diciembre, pero la presentación y pago del impuesto se hace en la campaña de la renta de los autónomos, que se extiende desde abril hasta junio del año siguiente. Así, la declaración de la Renta de 2023 la presentaremos entre abril y junio de 2024.

Lo que ocurre es que los contribuyentes realizan pagos a cuenta de este impuesto. Es decir, que van adelantando periódicamente a Hacienda lo que les corresponde abonar por su IRPF.

En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, esto se hace mediante las retenciones que efectúa la empresa en su nómina. Los autónomos, los pagos fraccionados los realizan mediante la presentación de las autoliquidaciones trimestrales de IRPF, utilizando los modelos 130 o 131, según corresponda.

Presentación y Pago del Modelo 130

Este modelo es el que deben presentar los autónomos acogidos al régimen de estimación directa, ya sea estimación directa normal o estimación directa simplificada.

  1. Identificación: Entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y acreditar la identidad.
  2. Acceder al modelo 130: Escoger la presentación del modelo 130 de autoliquidación trimestral del IRPF.
  3. Rellenar el documento: Especificar los ingresos obtenidos durante el trimestre, los gastos deducibles y los pagos fraccionados previos.
  4. Validar y firmar: Rellenado el documento y efectuada la liquidación, se valida y se firma y se hace la presentación en ese mismo momento, quedando cumplida la obligación fiscal de presentar la autoliquidación trimestral.
  5. Pago: Si el autónomo tiene el pago domiciliado, este se descontará directamente de su cuenta en la fecha indicada por la Agencia Tributaria. Si prefiere hacer el pago en ventanilla, o utilizando otros sistemas como el pago con tarjeta, deberá descargar el documento.

Presentación y Pago del Modelo 131

Este modelo es el que utilizan los autónomos acogidos al sistema de módulos o estimación objetiva. Los pasos a seguir son similares al modelo 130:

  1. Identificación en la Sede Electrónica.
  2. Acceso al modelo 131.
  3. Rellenar el documento.
  4. Validar y firmar para hacer la presentación.
  5. Pagar.

El IVA de los Autónomos

El primer impuesto que paga un autónomo (en este caso, trimestralmente) es el IVA, que corresponde al gravamen que se le aplica a un bien o servicio. El IVA repercutido es aquel que repercute el autónomo en las facturas que emite. Por su parte, el IVA soportado es el impuesto, de valor añadido, que el autónomo va a pagar en las facturas que le envíen sus proveedores, en relación a los productos o servicios que necesite para el desarrollo de su actividad.

Si bien es cierto que el IVA es un impuesto que pagan los autónomos, en principio, sin excepción, hay actividades que están exentas o no están sujetas a él.

Recuerda que el importe que debas pagar en concepto de IVA da cuenta de la salud económica de tu negocio. En términos coloquiales, pagar mucho IVA conlleva un gran volumen de ventas.

Otros Impuestos y Obligaciones

Además del IVA y el IRPF, existen otros impuestos y obligaciones que pueden aplicar a los autónomos:

  • Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados: Se aplica en determinadas operaciones, como la compraventa de bienes inmuebles.
  • Impuesto de Sucesiones y Donaciones: Grava las herencias y donaciones recibidas.

Recomendaciones Finales

Los aspectos anteriormente mencionados son solo los más destacables y estandarizados a la hora de presentar los modelos trimestrales; la actividad de cada trabajador autónomo tiene sus propias especificaciones fiscales por lo que es más que recomendable confiar la gestión de los impuestos a una asesoría fiscal online. El modelo online, además, cobra especial utilidad en momentos como este, en los que los desplazamientos son nulos o limitados.

Conocer y cumplir con todas las obligaciones fiscales es esencial para evitar problemas con la Agencia Tributaria y asegurar la viabilidad de tu negocio como autónomo.

Publicaciones populares: