Documentos Necesarios Para la Baja de Paternidad en España

La baja por paternidad es un subsidio que se otorga a los trabajadores que suspenden su actividad con motivo del nacimiento o adopción de un hijo. Este es un derecho que respalda a los padres, dándoles la oportunidad de descansar y dedicar el tiempo requerido para el cuidado de su hijo recién nacido. Hoy el permiso de paternidad es de 17 semanas, las mismas que disfrutan las madres.

Desde el año 2019 la baja por maternidad y por paternidad se fusionaron y pasaron a llamarse prestación por nacimiento y cuidado del menor. Ambos comparten duración y beneficios. Es una importante medida a favor de la conciliación entre la vida laboral y familiar, y también para promover la igualdad de género. Al equiparar las semanas de descanso, ambos progenitores disfrutan de los mismos derechos, según el Real Decreto-ley 6/2019.

¿No estás seguro de cómo solicitar el permiso de paternidad? No te preocupes, te lo explicaremos en este artículo.

Baja PATERNIDAD en España 👨‍👦 Actualizado 2024 ⚖ Abogada Laboral

¿Qué es la Baja por Paternidad?

Estamos ante un permiso mediante el cual los padres pueden ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para cuidar a su bebé. Aunque es una medida que existe desde el año 2007, ha evolucionado mucho en los últimos años, tanto en la duración como en las cuantías.

¿Qué ley regula la baja de paternidad?

El Real Decreto-ley 6/2019 estableció la igualdad de derechos para el hombre y la mujer en términos de bajas por paternidad o maternidad; su duración general fue ampliada a principios del 2021. A su vez, se espera que a partir del año 2023 entre en vigencia la Ley de Familias, que buscaría extender paulatinamente, entre ese año y 2026, la duración del permiso hasta los seis meses (es decir, dos meses más que los que actualmente se ofrecen). Eso significa que las circunstancias de la baja podrían cambiar sustancialmente dentro de no mucho.

Duración y Condiciones de la Baja por Paternidad

En cuanto a la duración, es de 16 semanas desde el 1 de enero de 2021. Aunque hay casos excepcionales que permiten extender este tiempo, como la adopción múltiple o la hospitalización del menor. Las 16 semanas no se distribuyen de igual manera. Por ley, es obligatorio tomar las primeras 6 semanas seguidas al nacimiento. Las siguientes 10 semanas se pueden solicitar en cualquier momento dentro de los 12 meses siguientes, hasta que el bebé cumpla un año. En ese caso, tendría que tramitar el permiso a la empresa con al menos 15 días de margen, a no ser que el convenio diga lo contrario.

Pero ojo, porque de cara al 2024 el Gobierno plantea aumentar la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Y no solo eso, sino también abonar al menos 4 de las 8 semanas de permiso parental para el cuidado de sus hijos en los primeros 8 años de vida. Son medidas que podrían ser aprobadas en la Ley de Familias.

Las primeras 6 semanas del permiso deben ser seguidas inmediatamente al nacimiento del menor, y es obligatorio que sean de jornada completa. Sin embargo, las siguientes 10 semanas pueden ser de disfrute interrumpido, lo que significa que no tienen que ser consecutivas, ni es necesario que sean de jornada completa.

El objetivo de esta medida es que la madre biológica y el otro progenitor puedan, en el caso de que su conformación familiar lo requiera, alternarse en el cuidado del menor. Por eso es posible, previo acuerdo con la empresa, establecer un régimen de jornadas parciales. Es importante aclarar que cualquier tipo de distribución debe ser comunicada a la empresa con 15 días de anticipación.

A diferencia de épocas anteriores, estos permisos son intransferibles, por lo cual no pueden ser cedidos al otro progenitor. En concreto, esto implica que, si el padre no hace uso de sus 10 semanas -es decir, de las que no son obligatorias, inmediatamente posteriores al parto-, se pierden.

¿Cómo puedo solicitar la baja por paternidad?

La baja por paternidad consiste, en realidad, de dos trámites: uno frente al empleador, y otro frente al Estado. El primero varía dependiendo de la empresa; el segundo puede solicitarse, tanto presencialmente, como de manera remota.

  • De manera remota: A través del portal Tu Seguridad Social. Para eso, será necesario disponer de un DNI electrónico activado.
  • Presencialmente: En el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), con cita previa.

Además, también podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.

Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace. Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.

Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad

En primer lugar, para poder pedir la baja por paternidad, hay que cumplir una serie de requisitos, como son los siguientes:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social por cuenta propia o ajena.
  • Haber tenido uno o varios hijos por parto, adopción, acogimiento o por guarda con fines de adopción.
  • En el caso de padres de más de 26 años, se exige haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años anteriores al parto o un total de 360 a lo largo de toda la vida laboral.
  • Entre los 21 y los 26 años de edad se exige un periodo de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años anteriores al parto o bien de 180 días a lo largo de toda la vida laboral.
  • Con menos de 21 años no se exige período mínimo de cotización para cobrar la prestación por paternidad o maternidad.
  • En el caso de autónomos se exige estar al corriente del pago de cuotas con la Seguridad Social.

Si se cumplen estos requisitos se puede solicitar la baja por paternidad. Además, se puede hacer cómodamente desde casa de forma telemática. Concretamente desde aquí.

Una vez dentro, basta con seguir los pasos, cumplir los datos correctamente y subir los documentos solicitados.

Si no te convence la opción telemática, también puedes tramitar la baja por paternidad por correo ordinario. En ese caso, simplemente tienes que descargar el formulario de solicitud, cubrirlo y enviarlo junto con la demás documentación pedida a la dirección provincial del INSS correspondiente.

Por último, también lo puedes solicitar de forma presencial en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Documentación Necesaria para la Solicitud

Para solicitar la baja por paternidad se debe aportar la siguiente documentación:

  • Libro de familia (para demostrar el parentesco entre padre e hijo).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Alta en la Seguridad Social.
  • Certificado de empresa (para confirmar la relación laboral del padre y fecha de inicio de la baja).
  • Última nómina (para calcular la base reguladora sobre la que se determina la prestación).
  • Nº de cuenta en la que se abonará la prestación de paternidad.
  • Modelo oficial de solicitud por paternidad perfectamente cumplimentado y sin errores (importante para que vaya bien a la primera y todo sea más rápido).
  • Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

¿Quién paga la baja por paternidad?

El responsable de pagar el 100% de la baja por paternidad es la propia Seguridad Social. Es decir, el empresario no lo tiene que pagar de su bolsillo. En el caso de ser autónomo, también tiene derecho a disfrutar de la prestación por paternidad.

¿Cómo paga el INSS la baja por paternidad?

Para calcularlo tienen en cuenta la base reguladora del mes previo del nacimiento del niño y la dividen por el número de días según el salario sea mensual o diario.

Plazos para Solicitar la Baja

El padre con derecho a la baja por paternidad tiene un máximo de 15 días para formalizar los trámites con la Seguridad Social, desde el nacimiento o adopción o acogimiento del menor. Es importante hacerlo dentro del marco temporal adecuado.

Derechos Durante la Baja por Paternidad

La concesión de la baja por paternidad se debe resolver en un plazo máximo de 30 días desde que realizas la solicitud. A partir de ahí disfrutas de las actuales 16 semanas de descanso y con su debida prestación económica.

Remuneración Durante la Baja

La prestación es fácil de calcular porque se corresponde con el 100% de la base reguladora. El responsable de hacer el pago es la propia Seguridad Social. No es responsabilidad del empresario.

Obligaciones de la Empresa y Beneficios

Frente a una baja por paternidad, la empresa debe emitir un certificado de baja para el empleado que la solicita.

El certificado lo emite la empresa y se le entrega al empleado cuando notifica que quiere disfrutar del permiso. También es uno de los documentos que hay que entregar a la hora de presentar la solicitud de prestación por paternidad en la Seguridad Social.

Aparte, la Seguridad Social ofrece beneficios a las empresas en estos casos, como bonificaciones en las cuotas por contratar a otro trabajador para un reemplazo temporal. Es una medida que puede suponer un alivio fiscal interesante y además ayuda a mover el mercado laboral, lo cual siempre viene bien.

Gestión de la Baja por Paternidad

Las empresas deben contar con que las bajas por paternidad pueden llegar en cualquier momento y deben estar preparadas para cuando un trabajador decida ejercer su derecho y disfrutarla. Una forma de gestionarlas de forma eficaz es utilizando un software personalizado.

Hoy en día encontrarás en el mercado herramientas que te facilitan mucho la vida y agilizan los trámites.

Preguntas Frecuentes

¿Puedo acogerme a la baja de paternidad si soy autónomo?

Sí, por supuesto. Tanto los autónomos como los contratados reciben una prestación de paternidad del 100 %. En el caso de los autónomos, esta prestación suele corresponderse con la base de cotización mínima.

¿Es obligatorio acogerse a la baja por paternidad?

Parcialmente. La legislación actual -a diferencia de algunas anteriores- establece la obligatoriedad y la intransferibilidad de la baja por paternidad durante las primeras 6 semanas. Las siguientes 10, que pueden disfrutarse hasta 12 meses después del nacimiento del menor, no son obligatorias, pero sí son intransferibles. Esto implica que el padre no tiene la obligación de tomarlas; sin embargo, si no lo hace, estas se pierden.

¿Es posible ceder algunas semanas al otro progenitor?

No: la baja por paternidad no contempla ningún tipo de transferencia. El objetivo es estimular que los padres tomen la baja, equiparando los días de permiso y, así, favorecer la distribución del trabajo en el hogar.

¿También se puede disfrutar la baja por paternidad en casos de adopción?

Sí, la baja por paternidad contempla los casos por adopción. Sin embargo, también es cierto que varía de acuerdo a la edad del menor. Si el niño tiene menos de 6 años, las condiciones son esencialmente las mismas que para un nacimiento. Ocurre lo mismo si el niño es mayor de 6 años, pero presenta una discapacidad o la adopción incluye ciertas circunstancias excepcionales, debidamente acreditadas.

¿Se dan las mismas condiciones en todo el territorio español?

En términos generales, sí, pero existen ciertas extensiones para funcionarios andaluces o del País Vasco.

¿Los funcionarios tienen las mismas condiciones?

En términos generales, sí. Sin embargo, es importante resaltar que los funcionarios andaluces cuentan con 20 semanas, y los del País Vasco, con 18 semanas.

¿Qué pasa si se me acaba el contrato durante el periodo de baja?

En caso de que el contrato se termine durante la baja por paternidad, seguirás recibiendo la prestación económica de acuerdo a los parámetros fijados inicialmente. Es decir: no importa si ya no figuras como contratado, tu prestación seguirá siendo equivalente al sueldo que recibías al iniciar la baja.

¿Me pueden despedir durante o después de la baja?

La baja por paternidad no puede ser, legalmente, motivo de despido. Es posible despedir a un empleado durante la baja si se acredita que los motivos son otros, pero es difícil, costoso y poco común.

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