Posiciones Legales para la Interrupción Voluntaria del Embarazo en España: Una Guía Detallada

El aborto es un procedimiento médico que pone fin al embarazo y es una necesidad básica de atención de la salud para millones de mujeres, niñas y otras personas que pueden quedarse embarazadas.

A continuación, exploraremos en detalle las leyes, los derechos y los servicios relacionados con la interrupción voluntaria del embarazo en España.

Manifestación a favor del aborto legal en Argentina.

Marco Legal Actual en España

La reforma de la ley del aborto, impulsada por el Ministerio de Igualdad y aprobada por el Congreso, garantiza la realización de interrupciones voluntarias del embarazo en centros sanitarios públicos, elimina la exigencia de autorización paterna para las menores de 16 y 17 años, y regula la objeción de conciencia.

Con 185 votos a favor, 154 votos en contra y tres abstenciones, la reforma de la ley de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo sale adelante con la oposición de PP y Vox y en medio de la polémica por la resolución del Tribunal Constitucional, que ha avalado la ley de plazos de 2010 recurrida por el PP.

Este proyecto de ley ha llegado al Congreso para su aprobación definitiva con un blindaje del acceso al aborto frente a posibles protocolos antiabortistas, como el planteado por Vox en Castilla y León, a través de una enmienda transaccional del PSOE sobre otra de Más Madrid, que fue firmada por todos los grupos de la ponencia, incluido el PP.

Con esta enmienda, la ley recoge en su artículo 24 que las administraciones deberán "garantizar el libre ejercicio del derecho a la interrupción del embarazo en los términos de esta ley y, especialmente, velarán por evitar que la solicitante sea destinataria de prácticas que pretendan alterar, ya sea para afianzar, revocar o para demorar, la formación de su voluntad sobre la interrupción o no de su embarazo" con "la excepción de la información clínica imprescindible y pertinente".

Derechos Reconocidos por la Ley

Así quedan los derechos que reconoce esta ley para las mujeres y los cambios respecto a la ley anterior:

  • Sin permiso paterno a partir de 16 años: Con esta ley, las jóvenes de entre 16 y 17 años y las mujeres con discapacidad podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad de ningún permiso por parte de sus padres o tutores.
  • Además, las mujeres que se sometan a un aborto tendrán derecho a una baja incapacitante, al tiempo que se incorpora la provisión de asistencia y acompañamiento integral y especializada en los casos de interrupción del embarazo.
  • Aborto libre hasta la semana 14: La reforma mantiene los plazos fijados por ley en 2010 y avalados por el Tribunal Constitucional, con lo que el aborto seguirá siendo libre durante las primeras 14 semanas de gestación.
  • Sin embargo, excepcionalmente se podrá interrumpir hasta la semana 22 cuando exista grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada o riesgo de graves anomalías para el feto. Después solo será posible cuando se detecten anomalías fetales incompatibles con la vida o una enfermedad extremadamente grave e incurable confirmada por un comité clínico.

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Garantía en la Sanidad Pública

Actualmente, el 85% de abortos en España se produce en centros privados. La nueva ley garantizará el aborto en la Sanidad Pública por la vía de urgencia y pone especial énfasis en la cercanía del domicilio de las mujeres con el objetivo de acabar con los desplazamientos a cientos de kilómetros que cada año realizan cientos de mujeres para interrumpir su embarazo, muchas veces para acabar en clínicas privadas ante la negativa de los hospitales a los que acuden.

Además, las mujeres podrán elegir entre el aborto quirúrgico y el farmacológico, que deberán estar disponibles ambos en todos los centros.

Registro de Objetores

En esta línea, la ley garantizará la objeción de conciencia como un derecho individual y será regulada del mismo modo que en la Ley de Eutanasia para garantizar que siempre haya personal disponible para la Interrupción Voluntaria del Embarazo. En este sentido, la norma deja claro que quien se declare objetor, lo será tanto en la sanidad pública como en la privada.

Se eliminan los tres días de reflexión obligatorios. El anteproyecto del Gobierno elimina los tres días de reflexión hasta ahora obligatorios y la entrega de información sobre las alternativas y ayudas en el caso de seguir adelante con el embarazo, a no ser que la mujer lo solicite.

Ampliación de Derechos Reproductivos

Las reforma amplía los derechos reproductivos a todas las "personas trans con capacidad de gestar", es decir, a las que han cambiado su sexo al masculino pero que han mantenido su aparato reproductor femenino.

Distribución Gratuita de la Píldora y Métodos de Anticoncepción Masculina

Con la futura ley, las píldoras anticonceptivas de última generación volverán a estar cubiertas por la Seguridad Social y se distribuirán gratuitamente en los centros de salud, así como en los servicios de salud sexual y reproductiva.

También se promoverán los métodos de anticoncepción masculina, para que ésta no sea sólo una responsabilidad de las mujeres.

Salud Menstrual: Bajas por Reglas Incapacitantes

En cuanto a la salud menstrual, por primera vez una ley le dedica un apartado con medidas como una baja de incapacidad laboral temporal para las mujeres que tengan reglas muy dolorosas e incapacitantes. Su coste será asumido desde el primer día por la Seguridad Social, no se exigirá un mínimo cotizado y durará el tiempo que necesite la mujer, en cuyo historial clínico debe constar que padece este problema.

En los institutos, prisiones, centros de la mujer, centros cívicos, centros sociales, organismos públicos, etc, se repartirán gratuitamente productos como tampones, compresas o copas menstruales con el objetivo de acabar con la pobreza menstrual.

Maternidad: Permiso por Embarazo y Buenas Prácticas

En cuanto a la maternidad, se fomentarán las buenas prácticas en todas las etapas del embarazo, especialmente, en el parto y en el postparto y se incorporará la baja preparto desde la semana 39 de gestación, que no consumirá ningún día del permiso de maternidad.

Educación Sexual Obligatoria

El Gobierno pone el foco en la educación sexual y establece su obligatoriedad en las principales etapas educativas. Para ello, se formará en educación sexual y menstrual a profesores y también a funcionarios de prisiones y trabajadores públicos.

Violencia contra las Mujeres

La ley establece medidas para la prevención y respuesta del Estado a algunas manifestaciones de la violencia contra las mujeres relacionadas con los derechos sexuales y reproductivos. En este sentido, reconoce la gestación por substitución (los conocidos como vientres de alquiler) como una forma de violencia contra las mujeres y se prohibe la publicidad de las agencias que ofertan estos servicios en el extranjero.

También, la esterilización forzosa que todavía se hace en determinadas ocasiones a mujeres con discapacidad. Igualmente, contempla como violencia contra las mujeres el embarazo y el aborto forzoso.

Por último, se creará una línea telefónica para informar de todos los derechos incluidos en la norma.

Consideraciones Adicionales

Es importante tener en cuenta ciertas consideraciones adicionales al acceder a servicios de aborto:

  • Más del 95% de los abortos son financiados por el Sistema Nacional de Salud (SNS).
  • No hay instalaciones para niños, así que hay que hacer arreglos para el cuidado de los niños.
  • Quien acompañe a la paciente deberá ser paciente mientras se realizan todos los controles y exámenes médicos necesarios durante la cita.
  • El tiempo que permanecerá en la clínica depende del tipo de cita que tenga.
  • Si la paciente se someterá a un tratamiento quirúrgico bajo sedación o anestesia general (dormida), es recomendable que alguien la lleve a casa.
  • Se recomienda encarecidamente que la paciente traiga a alguien consigo a su tratamiento para que pueda acompañarla a casa después y quedarse con ella durante las próximas 24 horas.
  • Para las pacientes que viajan desde el extranjero, se entiende que habrán viajado para llegar a su cita.
  • Es necesario llevar las gafas y kit de lentes de contacto si se usan lentes de contacto.

Existen pautas de ayuno para cada tratamiento de aborto que es muy importante seguir:

  • 6 horas antes del tratamiento: No ingerir sólidos. No se debe comer nada durante al menos 6 horas antes de la cita.
  • 2 horas antes del tratamiento: Ya no beber. Todo lo que se beba antes del procedimiento debe ser un líquido transparente, como agua o jugo de manzana transparente.

Esto es para que se pueda ser lo más sensible posible a otros que puedan estar en las áreas de espera. Por este motivo, no se dispone de instalaciones para niños en las clínicas.

Pequeñas trazas del medicamento de un aborto farmacológico o quirúrgico podrían pasar a la leche materna. Si se tiene un aborto quirúrgico con anestesia, en la mayoría de los casos está bien amamantar después de que se haya ido de alta.

Si la paciente tiene un aborto farmacológico, después de tomar la 2a serie de comprimidos (misoprostol) se recomienda que espere durante 5 horas antes de la lactancia materna.

El Reposo en el Embarazo

Muchas embarazadas pueden llevar una vida relativamente normal a lo largo de su embarazo. Sin embargo, hay gestantes a las que se les indica hacer reposo ante la aparición de algunas situaciones de riesgo que pueden poner en peligro su salud o la del bebé.

El reposo puede ser relativo o absoluto, siendo este último más estricto.

Tipos de Reposo

El reposo lleva implícito no hacer esfuerzos. Sin embargo, cuando el especialista recomienda a la embarazada hacer reposo, puede tratarse de un reposo relativo o absoluto:

  • Reposo relativo: supone limitar la actividad física habitual y descansar, pero la gestante puede hacer ciertas tareas ligeras, sin realizar ningún esfuerzo.
  • Reposo absoluto: la mujer debe permanecer en la cama, levantándose únicamente cuando sea muy necesario, como para ir al baño.

Por tanto, siempre es recomendable que la embarazada pregunte a su médico y concrete previamente, en la medida de lo posible, qué actividades debe restringir, así como si hay alguna postura más adecuada que se deba adoptar durante el reposo.

Finalmente, es importante mencionar que el reposo puede tener una duración variable y se deberá mantener hasta que la mujer reciba una nueva indicación por parte del especialista.

Indicaciones del Reposo Absoluto

Son varios los motivos por los que el ginecólogo puede prescribir reposo absoluto a la embarazada. Entre ellos, se encuentra:

  • Amenaza de aborto con sangrado
  • Placenta previa
  • Hematoma intrauterino
  • Intervención médica
  • Rotura precoz de la bolsa amniótica
  • Contracciones uterinas prematuras
  • Crecimiento intrauterino retardado
  • Preeclampsia

Indicaciones comunes para el reposo absoluto durante el embarazo.

Por otro lado, el mayor riesgo de complicaciones como el parto prematuro que existe en un embarazo gemelar o múltiple, también hace que sea muy habitual que la gestante tenga que hacer reposo.

Riesgos del Reposo Absoluto

Algunos de los efectos negativos que el reposo durante la gestación podría tener para la embarazada son:

  • Atrofia muscular y pérdida de masa ósea
  • Coágulos sanguíneos (trombosis venosa)
  • Estreñimiento
  • Estrés, ansiedad y depresión

Además, el efecto beneficioso del reposo sobre la prevención del parto pretérmino es hoy día motivo de controversia. Sin embargo, es cierto que muchos médicos siguen recomendando actualmente restringir la actividad a la embarazada que presenta algún problema.

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Consejos Útiles para el Reposo

Para evitar la pérdida muscular causada por el reposo, se aconseja hacer cambios posturales y mover suavemente las piernas y los pies. Es posible que el médico recomiende ciertos movimientos ligeros que la gestante puede hacer, por lo que es recomendable preguntar acerca de este tema.

Por otro lado, será imprescindible que la embarazada que realiza reposo controle cuidadosamente su dieta. Esto será fundamental para vigilar la ingesta calórica, ya que la restricción de actividad puede llevar a una ganancia de peso excesiva durante el embarazo. Sin embargo, también será importante que incorpore fibra y un aporte adecuado de agua para evitar el estreñimiento.

Además, este periodo de reposo puede ser especialmente duro psicológicamente para la embarazada. La mujer tiene limitada su actividad, pero también puede sentir una gran responsabilidad. Por ello, lo más recomendable es que se mantenga ocupada leyendo, viendo la televisión, realizando esas cosas para las que previamente nunca tenía tiempo (siempre que no requieran esfuerzo), planeando las cosas necesarias para la llegada del bebé y en contacto con sus familiares y amigos.

Preguntas Frecuentes

Algunas preguntas frecuentes sobre el reposo en el embarazo incluyen:

  • ¿En qué se diferencian el reposo relativo y el reposo absoluto en el embarazo?
  • ¿Cuáles son los riesgos del reposo absoluto en la embarazada?
  • ¿Por qué se indica reposo absoluto en el embarazo?
  • ¿Hay algún consejo para el reposo durante el embarazo?
  • ¿Cuáles pueden ser los motivos para hacer reposo absoluto en el embarazo?
  • ¿Qué se considera un reposo relativo en el embarazo?
  • ¿Hay posturas mejores que otras para el reposo absoluto en el embarazo?
  • ¿Puedo hacer un reposo absoluto voluntario en el embarazo?

Conclusión

La legislación española garantiza el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo dentro de ciertos plazos y bajo ciertas condiciones. Es fundamental que las mujeres estén informadas sobre sus derechos y los servicios disponibles para tomar decisiones informadas sobre su salud reproductiva.

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