El pago de maternidad es un derecho fundamental para las madres trabajadoras, y en México, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) juega un papel crucial en su otorgamiento. Este subsidio busca apoyar económicamente a las madres durante el periodo de descanso por maternidad, asegurando que puedan cuidar de sus hijos sin preocupaciones financieras.
Requisitos para el Subsidio por Maternidad del IMSS
Para acceder al subsidio por maternidad del IMSS, es esencial cumplir con ciertos requisitos. A continuación, se detallan los principales:
- Estar asegurada: La solicitante debe ser una asegurada regular titular.
- Semanas cotizadas: Haber cubierto al menos 30 cotizaciones semanales en los 12 meses anteriores al inicio de la incapacidad.
- Certificado médico: Contar con el certificado único de incapacidad temporal emitido por un médico del IMSS.
- Vigencia de derechos: Estar vigente en sus derechos ante el IMSS al momento del parto.
Trámites para Solicitar el Pago de Maternidad
El proceso para solicitar el subsidio por maternidad implica varios pasos y la presentación de documentación específica. A continuación, se describe el procedimiento:
- Obtención del certificado de incapacidad: Acudir a una unidad médica del IMSS para obtener el certificado único de incapacidad temporal.
- Presentación de documentos: Entregar la documentación requerida en la ventanilla de prestaciones económicas de la Unidad de Medicina Familiar (UMF) que le corresponda.
- Documentación necesaria:
- Identificación oficial vigente con fotografía.
- Número de Seguridad Social (NSS).
- Copia certificada del acta de nacimiento del hijo.
- Certificado único de incapacidad temporal.
- Estado de cuenta bancario con CLABE interbancaria (opcional, para facilitar el pago).
Duración del Subsidio
La duración del subsidio por maternidad es de 14 semanas, es decir, 98 días. Este periodo se divide en dos partes:
- Prenatal: 6 semanas previas a la fecha probable de parto.
- Postnatal: 8 semanas posteriores al parto.
Es importante destacar que, como establece la ley, las primeras 6 semanas deben disfrutarse de forma ininterrumpida e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
¿Qué día paga el INSS el pago directo?
El pago directo del INSS por enfermedad común o accidente no laboral se realiza el último día hábil del mes, o si este es festivo, se efectúa el día inmediatamente posterior. Legalmente, cuentan con 30 días para aprobarlo.
Beneficios Adicionales y Permisos Extendidos
Además del subsidio económico, las familias pueden disfrutar de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir del 31 de julio de 2025, se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
En enero de 2021, España equiparó por primera vez el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas de prestación. Con esta modificación, la baja por nacimiento pasa a ser de 17 semanas (antes 16), y se suman 2 semanas adicionales retribuidas para el cuidado del hijo o hija, que pueden disfrutarse en cualquier momento hasta que cumpla 8 años. Estas mejoras se aplican con carácter retroactivo desde el 2 de agosto de 2024.
Trámites Adicionales con la Seguridad Social
Otro trámite importante es dar de alta al recién nacido como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario.
En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada, fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.
¿Qué hacer si el INSS no ha pagado?
Si la Tesorería General de la Seguridad Social no abona tu prestación, debes reclamar. Y puedes hacerlo enviando un escrito online desde la Sede Electrónica. Entra en la página web de la Sede y, tras seleccionar Ciudadanos, en el menú de la izquierda clica en Otros procedimientos.
Complemento de Maternidad para Hombres
En un importante giro legal, una Sentencia del Tribunal de Justicia europeo eliminó la discriminación de género en este complemento, permitiendo a los hombres reclamar el complemento de maternidad. Este derecho de los padres supone un aumento significativo en las pensiones contributivas, variando según el número de hijos: un 5% para dos hijos, un 10% para tres hijos y un 15% para cuatro o más hijos.
Sí, la ley contempla que los jubilados de forma involuntaria o forzosa pueden acceder a este complemento. Sí, los funcionarios podrán solicitar el complemento de maternidad cuyos requisitos y beneficios son idénticos a los jubilados bajo el régimen de la Seguridad Social.
En Arriaga Asociados podemos ayudarte estudiando tu caso, realizando un asesoramiento personalizado y la reclamación del complemento de maternidad para hombres que te corresponde. No esperes más, ven a informarte de forma totalmente gratuita y te ayudaremos a que tu pensión pueda incrementarse hasta un 15%.
