El complemento de paternidad en la pensión ha sido objeto de debate y cambios legislativos. Un beneficio que antes solo se otorgaba a las madres, se extiende también a los padres jubilados entre 2016 y 2021 que tienen ahora la oportunidad de revalorizar su pensión y recibir una indemnización por los atrasos. En Legalcasos.com, analizamos en profundidad este derecho. En este artículo te explicamos qué es este complemento, quién puede reclamarlo, cuánto podrías recuperar y cuál es el proceso legal para solicitarlo.
¿Qué es el Complemento de Paternidad?
También conocido como complemento de paternidad para jubilados, pues se percibe tras ingresar una pensión contributiva, es una prestación que elimina la discriminación de los hombres en el complemento de maternidad. El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva.
Es importante entender cómo afectó a los padres pensionistas entre enero de 2016 y febrero de 2021. Tradicionalmente, este complemento se reconocía únicamente a las mujeres que se fuesen a jubilar. Entre 2016 y 2021 el complemento de jubilación estaba reservado a las madres. Pero diferentes sentencias han declarado que el complemento puede ser cobrado por ambos progenitores.
¡Cuidado, porque no se percibe de forma automática, sino que hay que reclamarlo! Una particularidad de esta prestación es que únicamente se puede percibir si se reclama, no es automático. Por este motivo, y pese a que ya no está vigente en las leyes actuales, los hombres que hubieran tenido derecho a él -si no hubiera sido una ayuda enfocada a las mujeres- lo pueden reclamar de forma retroactiva.
Evolución del Complemento
Los complementos de paternidad han tenido un cambio fundamental en los últimos años, distinguiendo dos casos:
- Antes de febrero de 2021: existía el complemento por maternidad en las pensiones contributivas. Solo podían percibirlo las mujeres que hubieran tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y accedieran a una pensión contributiva.
- Desde febrero de 2021: el Tribunal de Justicia de la UE obligó a España a ampliar el derecho también a los hombres. Se creó el actual complemento para la reducción de la brecha de género, que pueden solicitar tanto mujeres como hombres si cumplen los requisitos.
¿Quién Puede Solicitar el Complemento de Paternidad?
Para optar al complemento paternidad pensión, los hombres debían cumplir requisitos específicos. Es decir, ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad. Primero, debían ser padres de al menos dos hijos. Segundo, debían haber accedido a una pensión contributiva entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen. Ser padre: haber tenido dos o más hijos, naturales o adoptivos, antes de acceder a la pensión.
El complemento de paternidad puede solicitarlo toda persona que acceda a una pensión contributiva de la Seguridad Social y que haya tenido hijos, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
- Mujeres: deben tener pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, con al menos un hijo (biológico o adoptado). No necesitan justificar perjuicio laboral derivado de la maternidad.
- Hombres: la diferencia fundamental es que sí deben acreditar que su carrera profesional se vio afectada tras el nacimiento/adopción, por ejemplo, si se produjo una interrupción o reducción de cotización.
Es importante señalar que solo lo cobra uno de los progenitores: si la madre también tiene derecho, en principio se le reconoce a ella salvo que el padre demuestre mayor perjuicio.
Jubilados entre 2016 y 2020
Este plus a la pensión se creó en el año 2016 bajo el nombre de complemento por maternidad en las pensiones contributivas. Como hemos adelantado, solo lo podían cobrar las mujeres que accedieran a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y que tuvieran dos o más hijos.
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) declaró que este complemento de paternidad, tal como estaba concebido, era discriminatorio para los hombres. Este mismo punto se ha ratificado este año 2025. Por ello, desde el 4 de febrero de 2021 entró en vigor el nuevo complemento para la reducción de la brecha de género, abierto tanto a hombres como a mujeres.
Esto ha creado distintas casuísticas:
- Mujeres que lo cobraban desde 2016 a 2020: lo siguen manteniendo en las mismas condiciones, considerándolo como un derecho adquirido.
- Hombres: si se jubilaron en ese periodo (2016-2020) y tenían 2 o más hijos, pueden reclamar con efecto retroactivo el complemento, ya que fueron discriminados.
- Jubilados desde 2021: pueden solicitarlo con el nuevo sistema de cálculo que explicaremos más adelante.
Otros Beneficiarios
No solo son los jubilados con una pensión contributiva tienen derecho a este complemento, también pueden acceder:
- Pensionistas de incapacidad permanente: tanto hombres como mujeres y tengan al menos un hijo. En los hombres, igual que en la jubilación, deben demostrar que el nacimiento o adopción tuvo un impacto en su carrera de cotización.
- Pensiones de viudedad: se reconoce a quien perciba una pensión contributiva de viudedad y tenga hijos en común con la persona fallecida.
¿Quiénes No Tienen Derecho al Complemento de Paternidad?
El complemento de paternidad no se concede en todos los casos. Así quedan excluidos:
- Pensionistas con jubilación parcial: aunque sí puede aplicarse si luego se accede a la jubilación ordinaria.
- Si se ha solicitado una jubilación anticipada voluntaria. Si se puede aplicar si la jubilación anticipada es forzosa, por ejemplo por un despido objetivo.
- Pensionistas de pensiones no contributivas.
- Cuando ya lo percibe el otro progenitor. En caso de concurrencia, la ley da preferencia a la madre, salvo que el padre demuestre mayor perjuicio en su carrera laboral.
No. Como en el caso de los jubilados a partir del 4 de febrero de 2021, tendrás que solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género. En el periodo de vigencia del complemento accedí a la jubilación parcial o voluntaria.
Los hombres que a día de hoy todavía no se han jubilado, cuando lo hagan no podrán solicitar el complemento de paternidad. En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género.
¿Cómo Solicitar el Complemento de Paternidad?
Para reclamar el complemento paternidad , necesitarás cierta documentación. Primero, tu DNI. Segundo, la resolución de concesión de tu pensión. Tercero, el libro de familia.
Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega. En onLygal, entendemos lo complejo que puede ser enfrentarse a estos trámites. Por eso, ofrecemos un servicio de asesoramiento completo mediante nuestros seguros, acompañándote en cada paso del proceso para que puedas recuperar lo que te corresponde sin complicaciones.
El procedimiento de solicitud es sencillo, tan solo hay que cumplir estos puntos:
- Momento en el que se solicita: al pedir la pensión contributiva: jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- En el caso de los hombres, documentación que acredite que la paternidad influyó en su carrera de cotización, por ejemplo, periodos sin cotizar tras el nacimiento/adopción.
- Si se aprueba, los efectos económicos son desde la fecha de la pensión si se solicitó en el momento inicial, o desde la fecha de la solicitud si se pide después. En los casos de hombres jubilados entre 2016 y 2020, puede haber efecto retroactivo si se reclama el complemento anterior como porcentaje sobre la pensión.
La solicitud debe hacerse al INSS, normalmente por escrito, ya que no existe un modelo oficial. Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021).
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS. No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible.
La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Como en el caso de los jubilados a partir del 4 de febrero de 2021, tendrás que solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género.
PETICIÓN WEB INSS para Complemento de pensión por hijos para varones jubilados
¿A Cuánto Asciende Esta Pensión Por Paternidad?
La cuantía del complemento varía según el número de hijos. El complemento se calcula aplicando a la cuantía de la pensión (sobre su base más la revalorización) un porcentaje que varía según el número de hijos. El importe del complemento de paternidad depende de cuándo se haya reconocido la pensión y del sistema aplicable:
Complemento Antiguo (2016 - 3 febrero 2021)
Se aplicaba a las mujeres con 2 o más hijos y a los hombres que lo reclamen retroactivamente. Como se ha explicado anteriormente su pago es un porcentaje sobre el importe de la pensión:
- 2 hijos: 5% adicional.
- 3 hijos: 10% adicional.
- 4 o más hijos: 15 % adicional.
Complemento Actual (desde 4 febrero 2021)
Es una cantidad fija por cada hijo, actualmente 33,20 euros al mes por hijo en 14 pagas, hasta un máximo de cuatro descendientes:
- 1 hijo: 33,20 euros al mes, 464,80 euros al año.
- 2 hijos: 66,40 euros al mes, 929,60 euros al año.
- 3 hijos: 99,60 euros mensuales,1.394,40 euros al año.
- 4 hijos: 132,80 € a distribuir en las 14 pagas, 1.859,20 euros anuales.
Este sistema, a diferencia del antiguo, ahora no depende de la cuantía de la pensión, sino que es un complemento fijo igual para todos. Por ello, la antigua forma de cálculo por porcentaje beneficiaba especialmente a las pensiones altas, mientras que el actual, una cantidad fija por hijo, es más equitativo y beneficia sobre todo a pensiones bajas y medias.
El complemento de paternidad, si se reclama con éxito, incrementa la mensualidad que ingresa la Seguridad Social al padre en concepto de pensión. Esta ventaja, basada en un determinado porcentaje que eleva la pensión a cobrar desde el momento en que esta se aprueba, no es la única.
¿Qué Hacer Si Te Lo Deniegan?
Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo. Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.
El complemento de paternidad no siempre se concede a la primera. Si la Seguridad Social lo deniega, existen varios pasos a seguir:
- Revisión interna en la Seguridad Social: presentar un escrito de reclamación previa ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la denegación.
- Vía judicial (si persiste la denegación): si el INSS rechaza la reclamación o no contesta en 45 días, se puede acudir a la jurisdicción social. El plazo es de 30 días hábiles desde la nueva notificación o desde el silencio administrativo. Muchas resoluciones judiciales están dando la razón a los solicitantes, especialmente a los hombres jubilados entre 2016 y 2020 que fueron discriminados con el sistema anterior.
Asesoramiento Legal
Si cumples los requisitos y te jubilaste entre 2016 y 2021, contacta con Legalcasos.com. Nuestros abogados expertos te asesorarán sobre tu caso. Además, evaluarán la viabilidad de tu reclamación. En Legalcasos.com, somos expertos en derecho de la Seguridad Social. Tenemos amplia experiencia en reclamaciones de complementos de pensión. Ofrecemos un servicio personalizado y de alta calidad.
No tardes en consultar con un abogado especializado. En un primer momento, no es necesario que acudamos a los tribunales para poder reclamar el complemento de paternidad, sino que existe una fase previa que es administrativa, ante el Instituto de la Seguridad Social. Si el INSS rechaza la solicitud, es posible presentar una demanda judicial. Aunque algunos casos se resuelven en la vía administrativa, la mayoría requiere acudir a los tribunales.
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Si eres padre de dos o más hijos y te jubilaste entre 2016 y 2021, podrías estar dejando de cobrar una parte importante de tu pensión. En onLygal, conocemos bien lo abrumador que puede ser enfrentarse a este tipo de trámites burocráticos, especialmente cuando se trata de asegurar derechos que no siempre se difunden bien.
El complemento paternidad pensión es un derecho que muchos padres pueden reclamar. Si te jubilaste entre 2016 y 2021 y tienes dos o más hijos, no dudes en contactarnos. En Legalcasos.com, te brindaremos el mejor asesoramiento legal.
