Complemento de Paternidad en la Pensión: ¿Un Derecho Ignorado?

En España, el complemento de pensión por paternidad es un derecho que busca reconocer la contribución de los padres al sistema de pensiones. Este complemento permite aumentar la cuantía de la pensión y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Sin embargo, muchos padres desconocen este derecho o se enfrentan a trámites burocráticos complejos para solicitarlo.

En este artículo, te explicamos qué es este complemento, quién puede reclamarlo, cuánto podrías recuperar y cuál es el proceso legal para solicitarlo.

¿Qué es el Complemento de Paternidad?

El complemento de paternidad era un aumento en la pensión para padres con dos o más hijos, destinado a reconocer su contribución demográfica.

El complemento de maternidad/paternidad es un incremento que se añade a determinadas pensiones contributivas cuando se cumplen los requisitos previstos en la normativa.

El objetivo inicial del complemento era compensar el impacto negativo que la maternidad podía tener en la vida laboral de las mujeres.

¿Quién Puede Reclamar el Complemento de Paternidad?

Inicialmente, este complemento solo se otorgaba a mujeres. Pero en 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que esa exclusión era discriminatoria. En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen.

Requisitos para reclamar el complemento:

  • Ser padre: haber tenido dos o más hijos, naturales o adoptivos, antes de acceder a la pensión.
  • ¿Eres padre y te jubilaste entre enero de 2016 y febrero de 2021? Podrías tener derecho al complemento paternidad pensión.
  • Haber accedido a la jubilación ordinaria, anticipada voluntaria o por cese no voluntario.

Si eres padre de dos o más hijos y te jubilaste entre 2016 y 2021, podrías estar dejando de cobrar una parte importante de tu pensión.

👉 Incluso si ya estás cobrando la pensión, puedes reclamar este complemento.

Si te jubilaste entre 2016 y 2021 y cumples con los requisitos, puedes reclamarlo aunque ya estés cobrando tu pensión. No hay un plazo legal cerrado.

Tras la sentencia del Tribunal Supremo los padres jubilados entre entre el 1 de enero 2016 y 3 de febrero de 2021 y con 2 hijos o más, pueden reclamar el complento de maternidad que se creó únicamente para las madres.¡Pueden aumentar hasta un 15% su pensión y reclamar el complemento con carácter retroactivo!

¿Cuánto se Puede Recuperar?

El importe del complemento de paternidad dependía del número de hijos:

  • 15% por dos hijos.
  • 20% por tres hijos.
  • 25% por cuatro o más hijos.

Este incremento se aplicaba a la base reguladora de la pensión. Por lo tanto, la cantidad final dependía de la situación particular de cada pensionista.

COMPLEMENTO por PATERNIDAD EN TU PENSION ⏩ Jubilación / Incapacidad/ Viudedad

Proceso Legal para Solicitar el Complemento

Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega.

En la mayoría de los casos es necesario presentar una solicitud formal.

El plazo para reclamar el complemento de paternidad es de cinco años desde la fecha de la resolución inicial de la pensión. Sin embargo, es recomendable actuar cuanto antes. Así evitarás posibles problemas con la prescripción de la reclamación.

En el caso de la reclamación, la Seguridad Social tiene la obligación de responder en un plazo de 45 días.

Pasos para la solicitud:

  1. Presentar un formulario a la Direccion General del Instituto Nacional de Seguridad Social (INSS) que suele ser desestimado, ignorado o alegan prescripción inexistente.
  2. Si el INSS rechaza la solicitud, es posible presentar una demanda judicial. Aunque algunos casos se resuelven en la vía administrativa, la mayoría requiere acudir a los tribunales.
  3. Se presenta la demanda ante la jurisdiccion social para que se conceda el complemento con carácter retroactivo.

Documentación Necesaria

Para iniciar la reclamación, necesitarás la resolución de jubilación, el libro de familia y, en caso de haberla, la resolución del INSS denegando el complemento. Estos son los documentos:

  • Resolución de la pensión de jubilación.
  • Libro de familia (para acreditar el número de hijos).
  • DNI del solicitante.
  • Cualquier otra documentación que pueda ser relevante para el caso.

En Legalcasos, te guiaremos en la recopilación de la documentación necesaria.

¿Qué hacer si te Denegaron el Complemento?

Muchos padres se vieron afectados por la injusta denegación del complemento de paternidad. Afortunadamente, la jurisprudencia ha evolucionado y ahora es posible reclamar una indemnización por el perjuicio sufrido.

El Tribunal Supremo ha sido claro: el INSS está obligado a indemnizar a aquellos padres a los que se les denegó el complemento de paternidad y que se vieron obligados a acudir a la vía judicial para reclamarlo. La cuantía de la indemnización se ha fijado en 1.800 euros.

Complemento para la Reducción de la Brecha de Género

Si has tenido uno o más hijos puedes solicitar el complemento para reducir la brecha de género, junto al trámite de solicitud de tu pensión de jubilación, incapacidad o viudedad.

No. Como en el caso de los jubilados a partir del 4 de febrero de 2021, tendrás que solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género.

Este complemento para reducir la brecha de género está asociado a la acreditación de un perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. En caso de que ninguno de los dos progenitores se hubiese visto perjudicado por periodos sin cotizar o por reducciones de trabajo, el complemento se adjudicará a la madre.

Se tramita junto con la solicitud de la pensión en el INSS.

Incompatibilidades

Los complementos que pudieran ser reconocidos en cualquiera de los regímenes de Seguridad Social serán incompatibles entre sí.

Si ya estás percibiendo el complemento por brecha de género, no podrás reclamar el complemento de paternidad. El complemento por brecha de género sustituyó al de maternidad/paternidad. No son compatibles.

¿Por qué es Importante Reclamar?

Porque refuerza la tendencia judicial de no permitir que el INSS escape de sus responsabilidades solo por reconocer el complemento antes del juicio. La jurisprudencia comienza a consolidar una doctrina clara: quien obliga a litigar, debe pagar por ello.

Reclamar judicialmente vale la pena cuando se cuenta con asesoramiento especializado.

Ejemplo de Éxito: Sentencia Favorable

Una reciente sentencia del Juzgado de lo Social Nº 8 de Granada ha estimado una demanda presentada por un cliente de Legalcasos, reconociendo su derecho a una indemnización de 1.800 euros por la discriminación sufrida al denegarle inicialmente el complemento de paternidad. Esta sentencia refuerza la viabilidad de las reclamaciones.

En Legalion Abogados celebramos cada sentencia favorable como una victoria que trasciende lo personal: es también un avance colectivo en la defensa de los derechos sociales.

Asesoramiento Legal Especializado

En Legalcasos, somos expertos en reclamaciones del complemento de paternidad. Conocemos a fondo la jurisprudencia y los argumentos legales para defender tus derechos. Te ofrecemos una atención personalizada y te acompañamos en todo el proceso, desde la presentación de la reclamación administrativa hasta la defensa en juicio, si fuera necesario.

En Legalcasos, somos expertos en Seguridad Social y en la defensa de los derechos de los pensionistas.

En Legalcasos, trabajamos a éxito. Esto significa que solo cobramos si tú recuperas tu dinero. Queremos que te sientas seguro y confiado en nuestro trabajo. Nuestra prioridad es defender tus derechos y conseguir la mejor solución para tu caso.

Si crees que tu pensión podría no estar correctamente calculada, cuéntanos tu caso y lo revisamos sin coste.

Tabla Resumen: Complemento de Paternidad

Aspecto Descripción
¿Qué es? Aumento en la pensión para padres con dos o más hijos, reconociendo su contribución demográfica.
¿Quién puede reclamar? Padres jubilados entre 2016 y 2021 con dos o más hijos.
Importe 15% (2 hijos), 20% (3 hijos), 25% (4+ hijos) sobre la base reguladora.
Documentación Resolución de jubilación, libro de familia, DNI.
Plazo 5 años desde la resolución de la pensión (recomendable actuar cuanto antes).
Denegación Posibilidad de reclamar judicialmente e indemnización.

Publicaciones populares: