Indemnización por Reconocimiento de Paternidad: Requisitos y Proceso

El complemento de paternidad para jubilados, o para beneficiarios de otras pensiones contributivas, es un plus que pueden cobrar los padres por tener hijos, naturales o adoptados. Este beneficio, que antes solo se otorgaba a las madres, se extiende también a los padres jubilados entre 2016 y 2021, quienes ahora tienen la oportunidad de revalorizar su pensión y recibir una indemnización por los atrasos.

¿A quién beneficia el complemento de paternidad?

Dicho plus se reconocía a las madres que tuvieran dos o más hijos en el momento de acceder a su pensión, independientemente de su edad. Tras una lucha en los tribunales que duró tres años, desde 2019 a 2022, ahora los hombres también se pueden beneficiar de este complemento si lo reclaman.

Quienes no cumplan los requisitos para el complemento de paternidad, sin embargo, podrían cobrar otro: el complemento para la reducción de la brecha de género, si en su momento no lo solicitaron con su pensión.

Los hombres que a día de hoy todavía no se han jubilado, cuando lo hagan no podrán solicitar el complemento de paternidad. En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género.

Es un complemento que se añade a la pensión contributiva de la Seguridad Social (jubilación, viudedad o incapacidad permanente) destinado a compensar la desigualdad que históricamente han sufrido las mujeres en sus pensiones por haber interrumpido o reducido su carrera profesional a causa de la maternidad o del cuidado de los hijos.

A diferencia del antiguo complemento de maternidad, este nuevo complemento pueden solicitarlo la mujer o el hombre y es un importe fijo mensual, por cada hijo/a, hasta un máximo de cuatro, que se actualiza anualmente de acuerdo con la revalorización de las pensiones.

Es un importe económico adicional que se suma a la pensión contributiva de la Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) de aquellas personas que, habiendo tenido uno o más hijos o hijas, han visto mermadas sus oportunidades laborales y, consecuentemente, la cuantía de su futura pensión.

Su objetivo es compensar la brecha de género que aún persiste en el ámbito de las pensiones. La cuantía del complemento por brecha de género es una cantidad fija por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Por ejemplo, si tienes 2 hijos, la cuantía que recibirías sería de 73,80 € al mes.

Requisitos para Reclamar el Complemento de Paternidad

Pero lo que es imprescindible para reclamar el complemento de paternidad, además de que la pensión afectada se haya obtenido entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, es haber tenido dos hijos o más. No es suficiente con uno solo -descendiente natural o adoptado-.

Además, para optar al complemento de paternidad, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser padre de 2 o más hijos naturales o adoptivos antes del acceso a la pensión.
  • Tener reconocida una pensión contributiva por parte del INSS en el periodo desde 1 de enero de 2016 hasta el 3 de febrero de 2021.
  • Jubilación ordinaria.
  • Jubilación anticipada involuntaria por causa no imputable al trabajador, por ejemplo: despido, ERE o ERTE.

No pueden acceder, quienes hayan optado a una pensión de jubilación anticipada voluntaria (no forzosa) o jubilación parcial.

Volviendo al complemento de paternidad para jubilados y otros pensionistas, este no es compatible con la jubilación anticipada voluntaria. Por el contrario, el antes mencionado complemento de brecha de género sí se puede percibir en una situación de jubilación anticipada voluntaria.

Todo ello con la ventaja de que el complemento de paternidad no requiere acreditar una falta de cotización a causa del cuidado de los hijos, como sí recoge la regulación del complemento para la reducción de la brecha de género (en el caso de los hombres).

Acreditar, en el caso de los hombres, que la trayectoria profesional se ha visto afectada negativamente por el cuidado de los hijos. Teniendo hijos nacidos antes del 1 de enero de 1995 (hasta el 31 de diciembre de 1994), es necesario demostrar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores a la fecha de alumbramiento y los tres años siguientes.

La justicia europea, en fecha 14 de septiembre de 2023, ha estimado la indemnización adicional de los pensionistas litigantes para cubrir las costas y honorarios de abogado y posibles perjuicios causados en la cuantía de 1.800 euros.

Como se reclama el complemento de paternidad #shorts

¿Cómo Reclamar el Complemento de Paternidad?

Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS. No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible.

La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).

Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo.

Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.

En un primer momento, no es necesario que acudamos a los tribunales para poder reclamar el complemento de paternidad, sino que existe una fase previa que es administrativa, ante el Instituto de la Seguridad Social.

El INSS no reconoce de oficio el complemento de paternidad. No es estrictamente necesario, pero sí muy recomendable.

Documentación Necesaria

Para realizar la reclamación, es fundamental contar con la siguiente documentación:

  • Copia del D.N.I.
  • Resolución de la pensión contributiva.

Efectos Retroactivos y Cobro de Atrasos

El complemento de paternidad tiene efectos retroactivos, lo que significa que puedes reclamar los atrasos desde la fecha en que se te reconoció la pensión, no solo desde que iniciaste la reclamación.

Esta ventaja, basada en un determinado porcentaje que eleva la pensión a cobrar desde el momento en que esta se aprueba, no es la única.

Recupera lo que te corresponde con efectos retroactivos.

Gracias al complemento de paternidad, los jubilados pueden ver aumentada su pensión entre un 5 y un 15% cada mes.

Indemnización Adicional por Denegación Inicial

Si te viste en la necesidad de interponer demanda judicial, porque en la solicitud inicial te lo denegaron, puedes reclamar el derecho a percibir una indemnización de 1.800 € con el fin de compensar íntegramente los perjuicios efectivamente sufridos como consecuencia de la discriminación, según las normas nacionales aplicables, incluidas las costas y los honorarios de abogado en que el interesado haya incurrido con ocasión del procedimiento judicial, en caso de que la resolución denegatoria se haya adoptado de conformidad con una práctica administrativa consistente en continuar aplicando la referida norma discriminatoria, obligando así al interesado a hacer valer su derecho al complemento en vía judicial.

Es más, si la vía administrativa no prospera y es necesario reclamar ante los tribunales, el reconocimiento de este complemento tiene un derecho a una indemnización.

Recientemente, el Juzgado de lo Social nº 7 de Barcelona dictó una sentencia estimatoria a favor de un cliente de LEGALCASOS, Don Enrique Viñas Masdevall, condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a pagarle una indemnización de 1.800 euros por haberle denegado inicialmente el complemento de paternidad.

Si eres un padre al que le denegaron el complemento de paternidad en su pensión entre enero de 2016 y febrero de 2021, tienes derecho a reclamar.

Si cumples estos requisitos, tienes derecho a la indemnización.

Complemento por Brecha de Género

Para las pensiones causadas entre el 01/01/2016 y hasta el 03/02/2021 (día anterior a la entrada en vigor de la modificación del art. 60 de la LGSS), quienes estuvieran percibiendo el complemento por maternidad por aportación demográfica, mantendrán su percibo (D.T. 33.ª de la LGSS).

La percepción de dicho complemento de maternidad será incompatible con el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género que pudiera corresponder por el reconocimiento de una nueva pensión pública, pudiendo las personas interesadas optar entre uno u otro.

En el supuesto de que el otro progenitor, de alguno de los hijos o hijas, que dio derecho al complemento de maternidad por aportación demográfica, solicite el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género y le corresponda percibirlo, por aplicación de lo establecido en el art. 60 de la LGSS, la cuantía mensual que le sea reconocida se deducirá del complemento por maternidad que se viniera percibiendo, con efectos económicos desde el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que la misma se dicte dentro de los seis meses siguientes a la solicitud o, en su caso, al reconocimiento de la pensión que la cause; pasado dicho plazo, los efectos se producirán desde el primer día del séptimo mes siguiente a esta.

Desde el 4 de febrero de 2021 el complemento de maternidad fue sustituido por el nuevo «complemento de reducción de la brecha de género» (nuevo art. 60 de la LGSS).

El Complemento de Paternidad no Prescribe

Si, si cumples los requisitos exigidos puedes solicitarlo hoy, si aún no lo cobras. El reconocimiento del derecho no prescribe, ya que la sentencia 1036/2024 del Tribunal Supremo, de 21 febrero 2024, sentó jurisprudencia y eliminó el plazo de 5 años que el INSS establecía para poder reclamar el complemento de paternidad.

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Ejemplo Práctico

Ejemplo: Un padre de 3 hijos que cobre 1.375 € netos de pensión podría reclamar 12.581,80 €, incluyendo intereses e indemnización adicional.

* Debes considerar que el resultado del cálculo no es vinculante para una futura reclamación, dependerá de las circunstancias aplicables a cada caso concreto.

Tabla Resumen de Complementos

Complemento Periodo de Aplicación Requisitos Beneficiarios
Complemento de Maternidad por Aportación Demográfica 01/01/2016 - 03/02/2021 Tener dos o más hijos Inicialmente solo mujeres, luego extendido a hombres por sentencia judicial
Complemento para la Reducción de la Brecha de Género Desde 04/02/2021 Acreditar perjuicio en la carrera profesional tras el nacimiento del hijo Madres o padres

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