El Complemento de Paternidad es un tema crucial para muchos padres pensionistas. Este beneficio reconoce la contribución demográfica de los padres a la Seguridad Social. Implementado entre los años 2016 y 2021, ha experimentado algunos cambios. En esta guía, abordaremos las preguntas más frecuentes sobre este derecho, explorando sus requisitos, cálculo y proceso de solicitud.
¿Qué es el Complemento de Paternidad?
El Complemento de Paternidad es un incremento en la cuantía de ciertas pensiones. Se aplica a padres que hayan tenido hijos entre enero de 2016 y febrero de 2021. Este beneficio busca compensar la brecha de género en las pensiones. Pueden solicitarlo padres que reciban pensiones de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Es un importe económico adicional que se suma a la pensión contributiva de la Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) de aquellas personas que, habiendo tenido uno o más hijos o hijas, han visto mermadas sus oportunidades laborales y, consecuentemente, la cuantía de su futura pensión. Su objetivo es compensar la brecha de género que aún persiste en el ámbito de las pensiones.
El complemento de pensión por paternidad es un derecho que reconoce la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva. Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega. En onLygal, entendemos lo complejo que puede ser enfrentarse a estos trámites. Por eso, ofrecemos un servicio de asesoramiento completo mediante nuestros seguros, acompañándote en cada paso del proceso para que puedas recuperar lo que te corresponde sin complicaciones.
Tener hijos supone un importante peso económico a lo largo de la vida laboral, ya que implica gastos directos para su crianza, educación y cuidados, además de posibles interrupciones o reducciones en la carrera profesional, más relevante para las madres, aunque también en algunos padres. Estas pausas o jornadas reducidas suelen traducirse en menores cotizaciones a la Seguridad Social, lo que repercute en una pensión de jubilación más baja. Por este motivo existe el complemento de paternidad.
A través de este pago, el sistema reconoce que la maternidad y la paternidad generan un impacto económico diferido que no solo afecta en el presente de la crianza, sino también en el futuro, durante la jubilación.
El complemento de paternidad para hombres tiene su origen en el complemento por maternidad que en en 2015 con la finalidad de complementar las pensiones contributivas de viudedad, jubilación e incapacidad permanente. Originariamente, los beneficiarios de este complemento eran sólo las mujeres que hubieran tenido hijos biológicos o adoptados, por su aportación demográfica a la Seguridad Social.
En 2019, y tras la lucha de un hombre que se encargó del cuidado de hijos, el Tribunal de Justicia Europea terminó declarando que este mismo complemento debería ser para los padres al declararlo como algo discriminatorio hasta esa fecha.
El complemento de paternidad, denominado técnicamente como complemento para la reducción de la brecha de género, es un plus en la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad que se reconoce a quienes hayan tenido hijos, como compensación por el impacto que la maternidad y paternidad tienen en la carrera profesional y, por tanto, en la cuantía de la pensión.
Los complementos de paternidad han tenido un cambio fundamental en los últimos años, distinguiendo dos casos:
- Antes de febrero de 2021: existía el complemento por maternidad en las pensiones contributivas. Solo podían percibirlo las mujeres que hubieran tenido dos o más hijos biológicos o adoptados y accedieran a una pensión contributiva.
- Desde febrero de 2021: el Tribunal de Justicia de la UE obligó a España a ampliar el derecho también a los hombres. Se creó el actual complemento para la reducción de la brecha de género, que pueden solicitar tanto mujeres como hombres si cumplen los requisitos.
Cómo reclamar el complemento de paternidad
Requisitos para Acceder al Complemento de Paternidad
Para acceder al Complemento de Paternidad, se deben cumplir ciertos requisitos:
- El solicitante debe ser padre biológico o adoptivo de al menos dos hijos.
- Debe haber reconocido legalmente a sus hijos antes de la solicitud del complemento.
- La pensión debe haberse causado entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
- Ser padre: haber tenido dos o más hijos, naturales o adoptivos, antes de acceder a la pensión.
- Acreditar, en el caso de los hombres, que la trayectoria profesional se ha visto afectada negativamente por el cuidado de los hijos.
- Teniendo hijos nacidos antes del 1 de enero de 1995 (hasta el 31 de diciembre de 1994), es necesario demostrar más de 120 días sin cotización entre los nueve meses anteriores a la fecha de alumbramiento y los tres años siguientes.
¿Quién puede solicitar el complemento de paternidad?
El complemento de paternidad puede solicitarlo toda persona que acceda a una pensión contributiva de la Seguridad Social y que haya tenido hijos, siempre que se cumplan ciertas condiciones.
- Mujeres: deben tener pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad, con al menos un hijo (biológico o adoptado). No necesitan justificar perjuicio laboral derivado de la maternidad.
- Hombres: la diferencia fundamental es que sí deben acreditar que su carrera profesional se vio afectada tras el nacimiento/adopción, por ejemplo, si se produjo una interrupción o reducción de cotización.
Es importante señalar que solo lo cobra uno de los progenitores: si la madre también tiene derecho, en principio se le reconoce a ella salvo que el padre demuestre mayor perjuicio.
Este plus a la pensión se creó en el año 2016 bajo el nombre de complemento por maternidad en las pensiones contributivas. Como hemos adelantado, solo lo podían cobrar las mujeres que accedieran a una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y que tuvieran dos o más hijos. Su importe era un porcentaje sobre la pensión:
- 2 hijos: 5% adicional.
- 3 hijos: 10% adicional.
- 4 o más: 15 % adicional.
La Sentencia del Tribunal de Justicia de la UE de 12 de diciembre de 2019 (C-450/18) declaró que este complemento de paternidad, tal como estaba concebido, era discriminatorio para los hombres. Este mismo punto se ha ratificado este año 2025. Por ello, desde el 4 de febrero de 2021 entró en vigor el nuevo complemento para la reducción de la brecha de género, abierto tanto a hombres como a mujeres. Esto ha creado distintas casuísticas:
- Mujeres que lo cobraban desde 2016 a 2020: lo siguen manteniendo en las mismas condiciones, considerándolo como un derecho adquirido.
- Hombres: si se jubilaron en ese periodo (2016-2020) y tenían 2 o más hijos, pueden reclamar con efecto retroactivo el complemento, ya que fueron discriminados.
- Jubilados desde 2021: pueden solicitarlo con el nuevo sistema de cálculo que explicaremos más adelante.
Otros beneficiarios
No solo son los jubilados con una pensión contributiva tienen derecho a este complemento, también pueden acceder:
- Pensionistas de incapacidad permanente: tanto hombres como mujeres y tengan al menos un hijo. En los hombres, igual que en la jubilación, deben demostrar que el nacimiento o adopción tuvo un impacto en su carrera de cotización.
- Pensiones de viudedad: se reconoce a quien perciba una pensión contributiva de viudedad y tenga hijos en común con la persona fallecida.
¿Quiénes no tienen derecho al complemento de paternidad?
El complemento de paternidad no se concede en todos los casos. Así quedan excluidos:
- Pensionistas con jubilación parcial: aunque sí puede aplicarse si luego se accede a la jubilación ordinaria.
- Si se ha solicitado una jubilación anticipada voluntaria. Si se puede aplicar si la jubilación anticipada es forzosa, por ejemplo por un despido objetivo.
- Pensionistas de pensiones no contributivas.
- Cuando ya lo percibe el otro progenitor. En caso de concurrencia, la ley da preferencia a la madre, salvo que el padre demuestre mayor perjuicio en su carrera laboral.
- Los hombres que a día de hoy todavía no se han jubilado, cuando lo hagan no podrán solicitar el complemento de paternidad. En ese sentido, para jubilaciones causadas a partir del 4 de febrero de 2021 (inclusive), el complemento que pueden pedir los padres es el de brecha de género.
Cálculo del Complemento de Paternidad
El cálculo del Complemento de Paternidad varía según el número de hijos. Por dos hijos, se aplica un 5% adicional a la pensión base. Con tres hijos, el porcentaje aumenta al 10%. Para cuatro o más hijos, el complemento alcanza el 15%. Es importante señalar que estos porcentajes se aplican sobre la pensión inicial reconocida. El complemento tiene un límite máximo establecido por la Seguridad Social.
La cuantía del complemento por brecha de género es una cantidad fija por cada hijo o hija, hasta un máximo de cuatro. Por ejemplo, si tienes 2 hijos, la cuantía que recibirías sería de 73,80 € al mes.
El importe del complemento de paternidad depende de cuándo se haya reconocido la pensión y del sistema aplicable:
- Complemento antiguo (2016 - 3 febrero 2021): Se aplicaba a las mujeres con 2 o más hijos y a los hombres que lo reclamen retroactivamente. Como se ha explicado anteriormente su pago es un porcentaje sobre el importe de la pensión: 2 hijos un 5%, 3 hijos un 10% y 4 o más hijos un 15% o más de la pensión.
- Complemento actual (desde 4 febrero 2021): Es una cantidad fija por cada hijo, actualmente 33,20 euros al mes por hijo en 14 pagas, hasta un máximo de cuatro descendientes:
- 1 hijo, 33,20 euros al mes, 464,80 euros al año.
- 2 hijos, 66,40 euros al mes, 929,60 euros al año.
- 3 hijos, 99,60 euros mensuales,1.394,40 euros al año.
- 4 hijos, 132,80 € a distribuir en las 14 pagas, 1.859,20 euros anuales.
Este sistema, a diferencia del antiguo, ahora no depende de la cuantía de la pensión, sino que es un complemento fijo igual para todos. Por ello, la antigua forma de cálculo por porcentaje beneficiaba especialmente a las pensiones altas, mientras que el actual, una cantidad fija por hijo, es más equitativo y beneficia sobre todo a pensiones bajas y medias.
| Número de Hijos | Porcentaje Adicional (2016-2021) | Cantidad Fija Mensual (Desde 2021) |
|---|---|---|
| 1 | N/A | 33,20 € |
| 2 | 5% | 66,40 € |
| 3 | 10% | 99,60 € |
| 4 o más | 15% | 132,80 € |
Ejemplos Prácticos
Para entender mejor el Complemento de Paternidad, veamos algunos ejemplos prácticos. Un padre con dos hijos y una pensión de 1000€ recibiría un complemento de 50€. Si tiene tres hijos, el complemento sería de 100€. Con cuatro o más hijos, alcanzaría los 150€. Estos cálculos son estimativos y pueden variar según las circunstancias individuales.
Veamos un supuesto representativo de un caso típico de un hombre jubilado que desea acceder a la recuperación de las cantidades atrasadas como también al aumento significativo de su pensión mensual.
A un padre con 3 hijos, el 26/07/2018 el INSS le reconoció una prestación contributiva de jubilación del 100 % sobre una Base Reguladora mensual de 2.173,24 €, en 14 pagas anuales.
Ejemplo: Un padre de 3 hijos que cobre 1.375 € netos de pensión podría reclamar 12.581,80 €, incluyendo intereses e indemnización adicional.
* Debes considerar que el resultado del cálculo no es vinculante para una futura reclamación, dependerá de las circunstancias aplicables a cada caso concreto.
Proceso de Solicitud
El proceso de solicitud del Complemento de Paternidad requiere varios pasos.
Cómo solicitar el complemento de paternidad
El procedimiento de solicitud es sencillo, tan solo hay que cumplir estos puntos:
- Momento en el que se solicita: al pedir la pensión contributiva: jubilación, incapacidad permanente o viudedad. En el caso de los hombres, documentación que acredite que la paternidad influyó en su carrera de cotización, por ejemplo, periodos sin cotizar tras el nacimiento/adopción.
- Si se aprueba, los efectos económicos son desde la fecha de la pensión si se solicitó en el momento inicial, o desde la fecha de la solicitud si se pide después. En los casos de hombres jubilados entre 2016 y 2020, puede haber efecto retroactivo si se reclama el complemento anterior como porcentaje sobre la pensión.
Primero, se debe reunir toda la documentación necesaria. Esto incluye certificados de nacimiento de los hijos. Luego, se presenta la solicitud en las oficinas de la Seguridad Social. También es posible realizar el trámite online a través de la sede electrónica. Es crucial proporcionar información precisa y completa para evitar retrasos.
Habitualmente es rechazado en solicitud ordinaria y reclamamos por vía administrativa.
Para solicitar el Complemento de Paternidad, se requiere cierta documentación. Es imprescindible presentar el DNI o NIE del solicitante.
La solicitud debe hacerse al INSS, normalmente por escrito, ya que no existe un modelo oficial.
Como ya se ha indicado, no existe un modelo oficial específico para solicitar el complemento de paternidad con carácter retroactivo (pensiones entre 2016 y 2021).
Una vez comprobado que se cumplen los requisitos para cobrar el complemento de paternidad, se puede proceder a reclamarlo al INSS.
No obstante, no existe un modelo oficial de solicitud de este complemento; se debe preparar un escrito donde se pida, redactado de la forma más detallada y correcta posible. La petición se puede enviar a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, siendo lo recomendado hacerlo desde la sección Presentación de otros escritos, solicitudes y comunicaciones (Instituto Nacional de la Seguridad Social).
Retroactividad y Plazos
La retroactividad del Complemento de Paternidad es un tema de interés para muchos. En principio, el complemento se aplica desde la fecha de solicitud. Sin embargo, existen casos donde se ha reconocido el derecho a atrasos. Esto depende de factores como la fecha de reconocimiento de la pensión original.
Los plazos para reclamar atrasos del Complemento de Paternidad son ilimitados. Generalmente, se pueden reclamar en cualquier momento porque no prescribe.
El procedimiento implica presentar una reclamación formal ante la Seguridad Social. Si esta es denegada, se puede iniciar un proceso judicial.
El artículo 212 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (en lo sucesivo, TRLGSS) establece lo siguiente: «El derecho al reconocimiento de la pensión de jubilación es imprescriptible, sin perjuicio de que, en lossupuestos de jubilación en situación de alta, los efectos de tal reconocimiento se produzcan a partir de los tres meses anteriores a la fecha en que se presente la correspondiente solicitud». Por todo ello, no resulta de aplicación el plazo de 5 años dispuesto en el artículo 53.1 del TRLGSS.Así lo ha entendido recientemente la Sentencia de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo (Pleno) N.º 322/2024 de 21 de febrero de 2024 (Rec.
En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen.
Siempre.El derecho a reclamar NO PRESCRIBE.
Cobro de atrasos. Esta ventaja, basada en un determinado porcentaje que eleva la pensión a cobrar desde el momento en que esta se aprueba, no es la única.
👉 Incluso si ya estás cobrando la pensión, puedes reclamar este complemento.
Si te jubilaste entre 2016 y 2021 y cumples con los requisitos, puedes reclamarlo aunque ya estés cobrando tu pensión. No hay un plazo legal cerrado.
Sentencias Judiciales Relevantes
Las sentencias judiciales sobre el Complemento de Paternidad han sido cruciales. Han establecido precedentes importantes para su aplicación. Muchas sentencias han favorecido a padres que inicialmente fueron excluidos. Estas decisiones judiciales han ampliado la interpretación de los requisitos del complemento.
Si bien la normativa dice que el complemento de paternidad ha de ser reconocido por la Seguridad Social, en ocasiones la entidad lo deniega. Si esto sucede, se puede interponer una demanda judicial para exigirlo. Asimismo, puede ocurrir que acepte el complemento de paternidad reclamado pero no los atrasos.
Si el INSS rechaza la solicitud, es posible presentar una demanda judicial. Aunque algunos casos se resuelven en la vía administrativa, la mayoría requiere acudir a los tribunales.
Evolución del Complemento Después de 2021
El Complemento de Paternidad ha evolucionado significativamente después de 2021. Inicialmente, antes de 2016, se aplicaba solo a madres con dos o más hijos. En 2021, se extendió a padres que demostraran perjuicio laboral por cuidado de hijos. Esta evolución refleja un avance hacia la igualdad de género en las pensiones.
No. Como en el caso de los jubilados a partir del 4 de febrero de 2021, tendrás que solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género.
Entre 2016 y 2021 el complemento de jubilación estaba reservado a las madres. Pero diferentes sentencias han declarado que el complemento puede ser cobrado por ambos progenitores.
Complemento de maternidad: inicialmente, este complemento fue concebido solo para madres con dos o más hijos al acceder a la pensión de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
Complemento de paternidad: tras varias sentencias judiciales, especialmente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en 2019 se demostró discriminatorio excluir del complemento de maternidad a los hombres, por lo que los padres pueden reclamarlo de forma retroactiva si cumplen los requisitos que veremos más adelante.
Complemento para la reducción de la brecha de género: en febrero de 2021, el complemento evolucionó y pasó a denominarse complemento para la reducción de la brecha de género, pudiendo ser solicitado por cualquier progenitor que cumpla los requisitos.
Perspectivas Futuras
Las perspectivas futuras del Complemento de Paternidad son objeto de debate. Se espera que continúe evolucionando para promover la igualdad de género. Posibles cambios podrían incluir la ampliación de los criterios de elegibilidad. También se discute la posibilidad de aumentar los porcentajes del complemento.
Asesoramiento Legal
El asesoramiento legal es crucial en temas del Complemento de Paternidad. Un abogado puede evaluar la elegibilidad y maximizar los beneficios. Puede ayudar en la preparación de la documentación y en el proceso de solicitud. En caso de denegación, un abogado puede guiar en el proceso de apelación.
¿Qué hacer si te lo deniegan?
El complemento de paternidad no siempre se concede a la primera. Si la Seguridad Social lo deniega, existen varios pasos a seguir:
- Revisión interna en la Seguridad Social: presentar un escrito de reclamación previa ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social) en un plazo de 30 días hábiles desde la notificación de la denegación.
- Vía judicial (si persiste la denegación): si el INSS rechaza la reclamación o no contesta en 45 días, se puede acudir a la jurisdicción social. El plazo es de 30 días hábiles desde la nueva notificación o desde el silencio administrativo. Muchas resoluciones judiciales están dando la razón a los solicitantes, especialmente a los hombres jubilados entre 2016 y 2020 que fueron discriminados con el sistema anterior.
En Conclusión
El Complemento de Paternidad es un tema de gran relevancia para muchos pensionistas. Representa un paso hacia la igualdad de género en el sistema de pensiones. Su correcta aplicación puede tener un impacto significativo en la calidad de vida de muchos padres. Es fundamental estar bien informado y buscar asesoramiento profesional cuando sea necesario.
En onLygal, conocemos bien lo abrumador que puede ser enfrentarse a este tipo de trámites burocráticos, especialmente cuando se trata de asegurar derechos que no siempre se difunden bien.
En conclusión, el complemento de paternidad busca compensar el impacto que la crianza de los hijos tiene en la vida laboral y, por tanto, en la pensión. Aunque su regulación ha cambiado con los años, hoy es un derecho tanto de hombres como de mujeres que cumplan los requisitos. En caso de denegación, existen vías de reclamación administrativa y judicial que han dado resultados favorables a muchos pensionistas, consolidando este complemento como una herramienta clave para reducir la brecha de género en las pensiones.
