Certificado de Nacido Vivo: Requisitos, Tipos y Proceso de Solicitud

El Certificado de Nacimiento es un documento oficial expedido por los Registros Civiles que da fe del nacimiento de una persona. Este certificado contiene los datos identificativos de una persona: nombre y apellidos, sexo, filiación, etc. Cuando naciste, un funcionario del Registro Civil anotó tu nombre, apellidos, lugar de nacimiento, fecha, hora, sexo y los datos de tus padres en una inscripción o «asiento» de un libro del Registro Civil: es lo que se conoce como Acta o Partida de Nacimiento. Tu Partida de Nacimiento original se encuentra en el Registro Civil de la población donde naciste. Cada vez que necesites certificar esos datos, deberás solicitar a ese Registro de esa población, un Certificado de Nacimiento.

Este certificado se solicita por diversos organismos públicos y privados para realizar trámites ante éstos. Así, por ejemplo es imprescindible tanto para la obtención del D.N.I.

Solicitud del Certificado de Nacimiento paso a paso

Tipos de Certificados de Nacimiento

Se pueden solicitar varios tipos de certificado de nacimiento.

  • LITERAL: Es una copia literal de la inscripción de nacimiento, conteniendo todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento. Es una copia exacta de la inscripción de nacimiento, que contiene todos los datos relativos a la identidad y al hecho del nacimiento.
  • EN EXTRACTO: Es un resumen de la información relativa al hecho del nacimiento que consta en el Registro Civil. Es un documento que resume la Partida de Nacimiento: tiene menos datos que el Certificado Literal, ya que es un certificado digital.
  • INTERNACIONAL: Es el destinado a surtir efecto en los países que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976. El certificado internacional o plurilingüe es un certificado en extracto válido en los paí­ses que hayan ratificado el Convenio de Viena de 8 de septiembre de 1976 (Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia y Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Eslovenia, España, Estonia, Francia, Grecia, Italia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia del Norte, Moldavia, Montenegro, Paí­ses Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Serbia, Suiza, Turquí­a).
  • Certificado literal de nacimiento para el primer DNI o para el primer pasaporte: Es un certificado literal de nacimiento que, en algunos casos, se expide a los solos efectos de la obtención del DNI o del pasaporte.
  • Certificado negativo: Acredita que el nacimiento de una persona no está inscrito en un Registro Civil determinado.

Dependiendo del trámite que vayas a realizar necesitarás un modelo u otro. Será el organismo que te lo requiera el que te debería indicar el tipo de Certificado de Nacimiento que vas a necesitar.

CONSEJO: ¿Tienes prisa por recibir tu Certificado? El Certificado Digital o Extracto es mucho más rápido de conseguir que el Literal… Si tienes prisa, pide siempre un Extracto.

» CONSEJO: ¿Vas a entregar tu certificado en otro país? El Certificado de Nacimiento (Extracto) se emite normalmente en Castellano, aunque en Cataluña, Valencia, Galicia y Euskadi pueden emitirlo bilingüe en sus respectivas lenguas co-oficiales. Pero poca gente sabe que puedes pedir un «Certificado de Nacimiento Multilingue», que además de Español incluya textos en Inglés, Francés, Alemán… En ocasiones esto puede servirte para ahorrarte hacer una Traducción Jurada!

¿Quién puede solicitar un Certificado de Nacimiento?

Cualquier persona puede solicitar al Registro Civil un Certificado de Nacimiento, el suyo propio o el de otra persona. Lo habitual es que pidas el tuyo o el de un familiar cercano (tus padres o hijos) pero podrías solicitar el de cualquier otra persona siempre que lo justifiques adecuadamente (ojo, podrían denegártelo si consideran que la motivación es insuficiente).

Como se ha indicado anteriormente y atendiendo a lo previsto por el artículo 15 de la LRC, los ciudadanos tendrán libre acceso a los datos que figuren en su registro individual y, por ende, las personas que ostenten su representación legal o sean autorizadas por el propio titular o dicho representante legal.

  • Personas distintas de las anteriores para las que se presume la existencia de interés legítimo, en virtud de su relación de parentesco y del carácter público del RC.
  • Terceros distintos del titular del registro individual, su representante legal o autorizado y de las personas con presunción de interés legítimo derivada de parentesco que tendrían que demostrar o hacerse responsables de la existencia de ese interés legítimo.
  • Terceros intermediarios: Por ejemplo, la solicitud puede ser presentada por el Notario actuando de ventanilla física colaboradora, en su condición de funcionario público; que hace constar en su solicitud que ha comprobado previamente en el ejercicio de sus funciones la identidad y la existencia de interés legítimo del destinatario final de la certificación.
  • Autoridades Administrativas y Judiciales: Aquellas administraciones públicas, entidades u organismos públicos que, por cualquier motivo excepcional, no cuenten con otros accesos al Registro Civil disponibles de forma temporal, pero necesiten obtener cierta información por causa fundada en normativa legal, podrán dirigirse a las oficinas del Registro Civil a través de este régimen de acceso para publicidad por certificación.
  • Autorizados por el Juez de 1ª Instancia: Por ejemplo, cuando el sujeto inscrito ha fallecido y la petición se refiere a datos especialmente protegidos (Ley 20/2011, Art.

Necesitarás autorización previa de un Juez para pedir Certificados de Nacimiento de personas adoptadas, que hayan cambiado sus apellidos o su sexo, mujeres acogidas a programas de protección y personas afectadas por violencia de género.

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¿Dónde y Cómo pedir el Certificado de Nacimiento?

Es muy importante que pidas tu Certificado de Nacimiento en el Registro Civil de la población donde naciste. Da igual que ya no vivas allí… Si naciste en Tarragona debes pedir el certificado al Registro Civil de Tarragona, aunque lleves toda la vida viviendo en Barcelona

Para pedir un Certificado de Nacimiento sólo necesitas tu DNI. Evidentemente también necesitarás conocer / indicar nombre, apellidos lugar y fecha de nacimiento.

En España puedes pedir el Certificado de Nacimiento de tres formas: (1) presencialmente en el Registro Civil de la población donde naciste, (2) por correo postal, y (3) por Internet. Dependiendo de tu ubicación, la prisa que tengas e incluso la fecha de nacimiento deberás escoger una u otra opción. A continuación te explicamos en detalle …

Pedir el Certificado en el Registro Civil

La forma tradicional de pedir un Certificado de Nacimiento es acercándote a la Oficina del Registro Civil de la población donde naciste. Encuentra la dirección y el teléfono del Registro Civil de la población donde naciste en este Buscador Actualizado de Oficinas del Registro Civil en España Si naciste en Barcelona, la dirección de la oficina del Registro Civil es Plaça Duc de Medinaceli, 2 y su horario de atención durante el año 2019 es de 9 a 14h de Lunes a Viernes. El teléfono de contacto del Registro Civil de Barcelona es el 934120474.

Si eres de Madrid, la dirección de la Oficina del Registro Civil Central es Calle Montera número 18 y su horario de atención durante el año 2019 es de 9 a 14.30h. Puedes contactar telefónicamente con el Registro Civil Central a través del 902007214.

* CONSEJO. Cada Registro Civil tiene sus particularidades: llama antes de ir y pregunta el horario de atención de esa oficina y si es necesario o no pedir cita previa. ¡ Y no olvides llevar tu DNI!

Pedir el Certificado por correo

También puedes pedir tu Certificado de Nacimiento por correo postal.

  • Usando el formulario oficial: descárgatelo y rellénalo. Una vez lo hayas hecho, envíalo por correo postal a la dirección del Registro Civil donde naciste. En este enlace está el Formulario Oficial en formato pdf para que puedas utilizarlo: Formulario Pdf Solicitud Certificado Nacimiento España
  • Sin el formulario oficial: también puedes pedir un certificado de nacimiento enviando una carta manuscrita. Envíala a la dirección postal del Registro civil donde naciste indicando tu nombre, apellidos y DNI y también el nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento de la persona sobre la que solicitas el certificado. ¡No olvides decir la clase de certificado que necesitas (Literal, Extracto, Plurilingüe)!.

* POR SI LAS MOSCAS: Siempre que pidas el Certificado de Nacimiento por correo postal es importante que indiques un teléfono de contacto por si necesitan aclarar algún dato contigo.

Pedir el Certificado de Nacimiento por Internet

En la mayoría de los casos, pedir el Certificado de Nacimiento por Internet es el método más fácil, rápido y barato… pero ojo: sólo es válido para personas nacidas a partir del 1 de enero de 1950! Además, deberás asegurarte de que el Registro Civil de la ciudad donde naciste esté digitalizado y permita hacer el trámite on-line… (si se trata de Barcelona o Madrid, no tendrás problema).

  • OPCION A. La ventaja de usar DNI Electrónico o Sistema Clave es que obtienes al momento tu certificado de nacimiento. Puedes pedir por internet el Certificado de nacimiento sin DNI electrónico ni certificado digital. ¡No hay problema! Esa clave de identificación te será útil para hacer seguimiento del estado de tu trámite a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Justicia. Pasados unos días, recibirás por correo postal tu certificado en la dirección que hayas indicado.

Identificación Electrónica

Mediante el trámite que requiere identificación puede obtener los certificados online, en el momento, siempre que sea posible. Estos mecanismos permiten identificarse a los ciudadanos a la hora de realizar el trámite. Le recomendamos localizar la oficina más cercana, que le evitará desplazamientos y esperas innecesarias.

  • ¿Puedo identificarme con mi DNI electrónico?
  • ¿Puedo usar otros certificados electrónicos para identificarme? Puede obtener un certificado digital de diferentes proveedores de servicios de certificación. Un ejemplo de proveedor es la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, que proporciona certificados mediante distintas opciones y, para las opciones que requieren acudir presencialmente a una Oficina de Registro, dispone de una amplia red de oficinas asociadas.

Solicitud para uno mismo o para terceros

  • ¿Cómo puedo solicitar un certificado para mí mismo? En la pantalla inicial del trámite debe seleccionar en “Persona para la que solicita el certificado” la opción “INSCRITO”.
  • ¿Puedo solicitar certificados en nombre de otra persona? Sí se puede. En la pantalla inicial del trámite debe seleccionar en “Persona para la que solicita el certificado” la opción “TERCERO”.
  • ¿Cuándo puedo actuar como representante legal?
  • ¿Tengo que adjuntar una documentación acreditativa si solicito un certificado en nombre de otra persona? Hasta la completa entrada en vigor de la ley 20/2011 no se va a exigir, de forma general, la aportación de documentación justificativa o acreditativa del interés legítimo a aquellos terceros que lo requieran. Se podrá exigir la aportación de dichos documentos para la expedición de certificados únicamente si la solicitud va dirigida a una oficina de Registro Civil en la que ya se haya implantado el nuevo modelo de Registro Civil.

Coste y Tiempo de Espera

Pedir el Certificado de Nacimiento no sólo es fácil, además es totalmente gratuito. Todas las certificaciones del Registro Civil en España son gratuitas, y pueden obtenerse directamente por los ciudadanos sin coste alguno y sin que estén sometidas al pago de ninguna tasa o derecho. Tanto si se piden presencialmente, por correo, o por internet.

* ADVERTENCIA. Hay muchas webs que cobran por hacerte las gestiones y trámites para pedir el Certificado de Nacimiento… Que no te líen: puedes obtener tu certificado tú mismo, en 2 minutos, y sin pagar ni 1 euro.

Si has pedido el Certificado de nacimiento a través de Internet usando DNI Electrónico o Sistema Clave, puedes descargártelo al instante en formato digital (PDF).

Si lo has pedido por Internet, pero sin usar los certificados digitales, te tardará en llegar 1 semana aproximadamente. Si lo has pedido por correo postal, unas 2 semanas (al tiempo que tarda el Registro Civil en hacer el trámite hay que añadir los tiempos de entrega y envío de Correos).

* CONSEJO: acelera la entrega de tu certificado aportando información detallada sobre tu Acta de Nacimiento: nº de asiento, tomo, volumen, página… (busca estos datos en tu Libro de Familia).

Validez en el Extranjero

Un Certificado Oficial emitido en un país, sólo será aceptado en otro país si cumple 2 requisitos: ser legalizado en el país de origen, y ser traducido mediante Traducción Jurada al idioma del país de destino. Es decir que antes de viajar a tu país de destino con tu certificado, es importante que hagas estos 2 trámites:

  1. Legalizar el Certificado de Nacimiento, mediante Apostilla de La Haya, o legalización diplomática o consular.
  2. Traducir el Certificado de Nacimiento al idioma oficial del país donde se va a presentar la documentación, a través de un Traductor Oficial Jurado.

* CONVENIO DE VIENA: España forma parte del Convenio Internacional de Viena así que, en teoría, un Extracto de Certificado de Nacimiento Plurilingüe debería ser válido en cualquiera de los países firmantes de ese tratado (Alemania, Francia, Italia, Portugal, Rumanía…). Sin embargo en la práctica muchos países siguen exigiendo Certificado Literal, legalización, y Traducción Jurada.

Cómo legalizar un Certificado de Nacimiento para usarlo en el extranjero

Para que tu Certificado de Nacimiento sea válido fuera de España, deberás legalizarlo. Este trámite garantiza la autenticidad del documento y se hace habitualmente mediante Apostilla de la Haya, como explicamos en nuestro artículo «Qué es, para qué sirve y cómo obtener la Apostilla de La Haya». Si el pais al que viajas no es firmante del Convenio de La Haya, consulta nuestro artículo «Cómo legalizar un certificado mediante legalización diplomática o consular».

- Para poner en Madrid la Apostilla de la Haya a un Certificado de Nacimiento, debes acudir al Centro de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia: C/ de la Bolsa nº 8.

Traducción Jurada

Las autoridades sólo aceptarán como válida una traducción realizada por un Traductor Jurado acreditado por el Ministerio de Asuntos Exteriores. Esa Traducción Jurada acompañará al original en español, certificando la veracidad y fidelidad de los textos traducidos, y por ello irá firmada y sellada en todas sus páginas.

En Traductor-Jurado.org contamos con traductores oficiales habilitados para traducir a los principales idiomas: Inglés, Francés, Alemán, Italiano, Ruso, Chino… Podemos ayudarte y aconsejarte sobre cómo realizar tus trámites y ofrecerte las mejores tarifas y los plazos de entrega más ajustados para tus traducciones.

¿Cuánto cuesta / tarda traducir un Certificado de Nacimiento?

  • - El precio suele ser de unos 60€ (según el idioma).
  • - El plazo de entrega suele ser de 3-4 días (24h. si lo quieres urgente).
  • - La entrega se hace por mensajero a toda España, por solo 5€.

Limitaciones en el número de solicitudes

No será posible realizar solicitudes del mismo certificado hasta pasados 15 días desde la anterior. Es decir, para poder solicitar el mismo certificado: mismo solicitante para el mismo inscrito, misma materia e igual tipo de certificado; habrá que esperar 15 días desde la anterior solicitud.

Datos Registrales en el Extranjero

Cuándo el hecho se ha producido en el extranjero ¿cómo debo rellenar los datos registrales del registro civil central y del consulado en caso de que sea necesario?

Obtención Electrónica Inmediata

Cuando usted sea el inscrito, es decir que lo esté solicitando para usted mismo. Si el inscrito está vivo y usted es su representante legal. ¿Las personas con un solo apellido pueden obtener el certificado al momento?

Obtención No Electrónica Inmediata

En el resto de supuestos no indicados en ¿Puedo obtener los certificados de registro civil en el momento electrónicamente?

Idioma del Certificado

¿Puedo seleccionar el idioma del certificado? La aplicación permite seleccionarlo, pero solo se proporcionará el certificado en el idioma solicitado cuando sea posible.

Procedimiento en Oficinas Consulares

Personas nacidas en esta demarcación consular

El certificado se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente, en la Oficina Consular.

  • Copia del DNI o pasaporte del solicitante.
  • En su caso,y siempre que sea posible, se anotará en la solicitud el tomo y página de la inscripción.
  • En la solicitud se indicará el tipo de certificado solicitado.
  • Si se desea recibir el certificado por correo, se adjuntará un sobre franqueado con la dirección del solicitante.
  • Para recibir el certificado por correo electrónico, es importante indicar en la solicitud, con letra clara, la dirección de correo electrónico del destinatario
  • Además de los documentos anteriores, la Oficina Consular podrá pedir datos o documentos adicionales cuando sean necesarios para valorar el expediente. A este fin, es aconsejable anotar en la solicitud un teléfono de contacto o dirección de correo electrónico.

Aquellas personas que ya cuenten con un Registro Individual en el nuevo modelo de Registro Civil, podrán igualmente solicitar el certificado en la sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes mediante certificado electrónico.

Personas nacidas en otra demarcación consular

El certificado se solicitará directamente a la Oficina Consular correspondiente, de acuerdo con el procedimiento descrito en su página web.

Personas nacidas en España o inscritas en España

El certificado se puede solicitar directamente en lí­nea o de forma presencial o por correo postal al Registro Civil del nacimiento, siguiendo las instrucciones que figuran en la página web del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

Asimismo, se puede solicitar por correo postal, por correo electrónico o presencialmente a través de la Oficina Consular, mediante el procedimiento descrito en el apartado A).

Normativa básica

  • Ley 20/2011 de 21 de julio, del Registro Civil.
  • Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento del Registro Civil.

El Ministerio de Justicia y las Comunidades Autónomas competentes prevén completar la completa transformación de Modelo Registral en las oficinas actuales de Registro Civil antes de finalizar el año 2023.

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