El regreso al trabajo después de la baja por maternidad es un momento crucial para muchas mujeres. La legislación española ofrece mecanismos para facilitar la conciliación laboral y familiar, permitiendo solicitar adaptaciones de la jornada laboral. Este artículo detalla los derechos y procedimientos para solicitar un cambio de horario tras la baja maternal, basándose en la legislación vigente y la jurisprudencia.
La Adaptación de la Jornada de Trabajo
El artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores permite a los empleados solicitar una adaptación y modificar su jornada laboral para conciliar la vida laboral y familiar, sin necesidad de reducir la jornada. Este derecho es una solicitud, no una exigencia absoluta, y la empresa puede negarse si existen razones justificadas.
Según el apartado 8 del artículo 34, los trabajadores tienen derecho a solicitar adaptaciones en la duración y distribución de la jornada, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluyendo el trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.
Lo importante de este derecho es que obliga a la empresa a negociar y, en caso de negativa, a razonar y justificar por qué niega la solicitud del trabajador. La legislación da bastante margen de maniobra a la empresa, por lo que habrá que analizar cada caso concreto para saber si la negativa es justificada o no.
Es fundamental considerar lo que establezcan los convenios colectivos en cuanto a la negociación de este derecho, aunque pocos lo han desarrollado más allá de lo que establece el propio estatuto.
¿Cuándo se Puede Solicitar Esta Adaptación de Jornada?
El Estatuto de los Trabajadores permite realizar esta solicitud cuando se necesite conciliar la vida laboral y familiar por alguna de estas necesidades:
- Hijos menores de doce años, o mayores de doce años cuando necesiten cuidado directo. Para hijos menores de doce años se tendrá derecho con sólo acreditar la edad, con una edad superior será necesario acreditar una necesidad de cuidado.
- Cuidado del cónyuge o pareja de hecho, familiares por consanguinidad hasta el segundo grado.
- Otras personas dependientes que convivan en el mismo domicilio del trabajador.
No es posible solicitarla para una cuestión meramente personal.
¿Qué Adaptación Puedo Solicitar? ¿Puedo Solicitar el Cambio de Centro de Trabajo?
No existe un límite en cuanto al tipo de adaptación que se puede solicitar. Es evidente que el horario solicitado debe ser compatible con la actividad del centro de trabajo. El primer límite es el horario de apertura del centro y el horario de otros compañeros.
El horario también dependerá de las funciones del trabajador y de las necesidades de la empresa, en relación con clientes y proveedores. De hecho, se puede solicitar el cambio de centro de trabajo, como fue concedido por la Sentencia de 25 de mayo de 2021 del TSJ de Galicia, junto con una indemnización por la negativa empresarial a conceder ese derecho sin causa justificada.
En la citada sentencia se considera que tiene preferencia la solicitud de un trabajador para ir a otro centro de trabajo a la conversión de un contrato temporal en indefinido en dicho centro de trabajo.
¿Puedo Solicitar el Trabajo a Distancia?
Sí, se permite solicitar el trabajo a distancia. Sin embargo, la empresa puede oponerse por cuestiones organizativas.
¿Cómo Tengo Que Solicitarlo? ¿Cuál es el Procedimiento? ¿Me Tiene Que Contestar la Empresa?
En primer lugar, revise el convenio colectivo, por si recoge alguna formalidad en cuanto al procedimiento. En ausencia de regulación, siga este procedimiento:
- Solicitar a la empresa la adaptación de la jornada de trabajo. No es necesario por escrito, aunque siempre es recomendable.
- La empresa abrirá un proceso de negociación con el trabajador durante un periodo máximo de quince días naturales.
- Finalizada la negociación, la empresa comunicará por escrito la aceptación, planteará una propuesta alternativa o manifestará la negativa explicando brevemente el porqué.
La empresa tiene un plazo de 15 días naturales para contestar, si el trabajador no está conforme con la respuesta existe un plazo de 20 días hábiles para interponer demanda en los juzgados.
Si la empresa niega el derecho, está obligada a fundamentar las causas y razones objetivas. Si la empresa no contesta, la legislación establece que se presume que se ha concedido.
adaptación de jornada laboral con hijos pequeños
El hecho de que la empresa no conteste hará más fácil que estimen una posterior demanda ante los tribunales, además de reclamar una indemnización de daños y perjuicios que suelen rondar entre los 1.500 y 7.250 euros.
Para tener más opciones, cuanto más se pueda acreditar sobre la necesidad de conciliación, más posibilidades habrá de que el juzgado la conceda.
¿La Puedo Solicitar Varias Veces?
La legislación laboral no limita el número de solicitudes que una persona trabajadora puede hacer para conciliar la vida laboral y familiar. Puede estar justificado realizar todas las solicitudes que necesitemos si estas son negadas por la empresa o se está negociando con esta.
Ahora bien, existen más dudas de que se puedan realizar varias solicitudes en caso de que sea conceda una adaptación de la conciliación de la vida laboral y familiar en caso de que sea concedida por la empresa o aceptada judicialmente.
¿Qué Pasa Si No Alcanzamos un Acuerdo Con la Empresa o No Me Contesta?
A falta de acuerdo o de contestación, existe un mecanismo judicial especial recogido en el artículo 139 de la Ley reguladora de la jurisdicción social. La falta de contestación solo puede perjudicar a la empresa, ya que causa una indefensión a la persona trabajadora que desconoce los hechos por los cuales la empresa no quiere conceder el derecho.
En este procedimiento, se debe de presentar demanda en el plazo improrrogable de 20 días hábiles desde la negativa de la empresa (o desde que hayan transcurrido los 15 días y no existe respuesta por parte de la empresa). En este caso, no es necesario presentar una papeleta de conciliación.
El juicio, que tendrá carácter preferente sobre otras materias, será resuelto por el ponderando las razones de cada uno. Es posible que un juez niegue el derecho a la persona trabajadora si la empresa acredita de manera objetiva que es imposible modificar o adaptar la jornada de trabajo.
¿Cuándo Finaliza la Adaptación de la Jornada?
La adaptación de la jornada, salvo pacto en contrario, debería terminar cuando finalice la causa que motivó la solicitud.
En dicho caso, se volvería a la jornada que venía realizando anteriormente, salvo que la empresa acredite un cambio de circunstancias que justifique la denegación a la jornada que se tenía anteriormente.
¿Por Qué Razones Puede Negarse la Empresa?
El trabajador tiene el derecho a adaptar la duración y distribución de la jornada de trabajo, pero la elección de la duración y distribución de la jornada no le corresponde a él en exclusiva, sino que es necesario el acuerdo previo con el empresario.
La jurisprudencia considera que puede justificar la negativa al horario solicitado por alguna de las siguientes causas:
- Que no puede encontrar un sustituto para ese trabajador en ese u otro horario que solicita conciliar.
- Que una parte importante de la plantilla está solicitando el mismo derecho.
- Que la función que desempeñada por el trabajador posee una importancia estratégica dentro de la empresa difícilmente sustituible.
En este caso, la obligación de la empresa es intentar, en la medida de lo posible, ofrecer algún tipo de alternativa al trabajador para que el derecho que tiene de conciliar la vida familiar y laboral no quede vacío de contenido.
¿Qué Ventajas o Beneficios Tiene Respecto a la Reducción de Jornada Por Cuidado de un Hijo?
La primera ventaja más clara es evidente, al no existir reducción de jornada, no existe reducción de salario. Se cobra lo mismo, puesto que se trabajan las mismas horas.
Aunque en un primer momento la persona trabajador estaba protegida ante el despido, en la actualidad no existe una protección especial frente al despido.
¿Qué Es Lo Que Está Determinando la Jurisprudencia?
La jurisprudencia analiza cada caso de manera concreta, valorando las necesidades de la empresa y del trabajador para evaluar la posibilidad de conceder la adaptación solicitada.
A diferencia de la reducción de jornada, en este caso, la persona trabajadora no tiene una preferencia sobre el horario solicitado, por lo que la jurisprudencia está denegando bastantes solicitudes siempre que la empresa alegue alguna razón objetiva para ello.
Tabla Resumen de Adaptación de Jornada
| Aspecto | Detalles |
|---|---|
| Derecho a solicitar | Art. 34.8 del Estatuto de los Trabajadores |
| Finalidad | Conciliación vida laboral y familiar |
| Condiciones | Hijos menores de 12 años, cuidado de familiares |
| Procedimiento | Solicitud escrita, negociación (15 días), respuesta motivada |
| Negativa de la empresa | Debe ser justificada y objetiva |
| Alternativas | Trabajo a distancia, cambio de centro |
