El caso de Rina Martínez Siles, la boliviana acusada de asesinar a sus dos hijos, Alyson y Andrés, en Barcelona, es un ejemplo trágico de violencia vicaria y sus devastadoras consecuencias.
Una representación de la violencia vicaria.
El Crimen y la Condena
Rina Martínez Siles fue condenada a 20 años de prisión por el tribunal del jurado que la enjuició. Se probó que, después de las 12 horas del 7 de abril de 2013, hizo tomar a sus dos hijos un fármaco -benzodiazepina- para dormirlos y luego «los sumergió, uno tras otro, en medio líquido, en la bañera, hasta provocar su insuficiencia respiratoria». Tras el crimen, la parricida trató de suicidarse consumiendo una cantidad indeterminada de benzodiazepinas, por lo que fue ingresada en el Hospital Vall d’Hebrón tras su arresto.
El Síndrome de Medea
El caso de Rina, al igual que el de José Bretón, es una repetición del síndrome de Medea. El mencionado síndrome -estudiado en criminología- alude a un caso de la mitología griega, el de Medea. Esta mujer estaba casada con Jasón y tenía dos hijos con él. Cuando supo que su marido la iba a abandonar por otra, Medea se vengó de él matando a los dos niños. Los pequeños eran lo que Jasón más quería. Así lo castigó Medea, de la forma más dolorosa y rotunda que pudo encontrar.
La Violencia Vicaria: Una Realidad Durísima
A las cosas hay que llamarlas por su nombre. ¿A todas? Sí, incluso cuando detrás de ese término se encuentra una de las peores formas de violencia contra la mujer ejercida por el hombre. La misma que no ha dejado de crecer y ha estado acompañando a algunos de los últimos casos de asesinatos machistas y que va más allá de atacarlas físicamente. Busca causar dolor empleando esa violencia contra los seres queridos, fundamentalmente las hijas e hijos. Efectivamente, se trata de la violencia vicaria.
"Estamos dando respuesta a una realidad durísima". Con estas palabras, la ministra de Igualdad, Ana Redondo, confirmaba que el Consejo de Ministros había dado el paso y actuado contra la violencia vicaria.
Manifestación contra la violencia de género.
¿Qué Cambiará con la Nueva Ley?
El anteproyecto no se queda en una mera descripción de qué es la violencia -en realidad, paso fundamental para las garantías en el proceso y que se asiente en la jurisprudencia-. Se tipifica como delito que tiene penas asociadas de entre seis meses y tres años de cárcel. Es decir, se considera un delito a mayores de la propia violencia de género que cuenta con sus propias penas. Para ello será necesario la modificación de los artículos 92 y 94 del Código Civil, puesto que afectan a cuestiones como la custodia y las visitas a menores.
A juicio de Igualdad, el nuevo artículo 173 bis que se introducirá en el Código Penal "colma una laguna legal y se dota al ordenamiento jurídico de una herramienta más clara y eficaz para la persecución de este fenómeno, reforzando el principio de protección integral que exige la normativa internacional en materia de derechos humanos y violencia de género", según el propio redactado del anteproyecto.
Agresiones y Acciones Comprendidas en la Nueva Ley
El texto recoge múltiples posibilidades: "Homicidio, aborto, lesiones, lesiones al feto, delitos contra la libertad, delitos contra la integridad moral, contra la libertad sexual, contra la intimidad y el derecho a la propia imagen, contra el honor, contra los derechos y deberes familiares o cualquier otro delito cometido con violencia o intimidación".
Tampoco tienen que tratarse de hijos biológicos como tal para poder entrar en la consideración de violencia vicaria. Se considerará siempre como este tipo de lacra a la violencia ejercida por una pareja o expareja contra los hijos y otros descendientes, pero también contra menores sujetos a tutela o guardia y custodia, ascendientes, hermanos o incluso la nueva pareja.
El Caso de José Bretón y 'El Odio'
El Gobierno ya se había comprometido a actuar en otro ámbito de la violencia vicaria, sobre todo cuando trascendió que iba a publicarse un libro en el que José Bretón, condenado a 40 años de cárcel por el asesinato de los hijos que tuvo con Ruth Ortiz, a los que quemó vivos y después enterró en una finca ocultando sus cuerpos. El caso de El odio, en el que Anagrama detuvo la publicación y se desató una auténtica ola de solidaridad en el sector editorial con negativas a acogerlo entre los estantes de las librerías.
El anteproyecto de esta norma no solo recoge esa posibilidad de condena de medio a tres años por violencia vicaria, también establece penas para este tipo de situaciones. En aras de protección de la dignidad de la víctima y de evitarle un mayor daño psicológico tras el asesinato de sus seres queridos, se fija "la prohibición de publicar o difundir mensajes, textos, imágenes u otros contenidos que tengan relación directa con el delito cometido". Esta ha sido una cuestión que ha marcado el debate y muy polémica, puesto que representa fielmente uno de esos casos de choque entre la libertad de expresión y el derecho al honor y la intimidad de las personas.
José Bretón asesinó a sus hijos el 8 de octubre de 2011 en Córdoba, luego quemó sus cadáveres. Lo hizo después de que su mujer le pidiera el divorcio. Fue condenado en julio de 2013 por la Audiencia Provincial como autor de dos delitos de asesinato a las penas de 20 años de cárcel por cada niño, 40 años en total de los que cumplirá 25 de condena efectiva. Está previsto que salga de la cárcel en 2036.
El odio tiene dos dimensiones. Por un lado, hay una reconstrucción de ese crimen. El escritor se afana por contar de manera minuciosa y sin morbo los días previos al asesinato y el propio crimen, mientras indaga en la personalidad manipuladora, narcisista y compleja del asesino. Un hombre normal y corriente que comete un acto de violencia de género, pues el análisis del escritor nos lleva a la violencia vicaria, esa que ejercen los maltratadores hacia sus hijos para hacer más daño a sus parejas.
Ese retrato lo hace a través del estudio del comportamiento de Bretón durante el juicio, de los informes policiales, pero también de una serie de cartas, 60 en total, que ha cruzado con él desde la cárcel. Esa es la otra dimensión de este libro, la relación del escritor con el asesino. Leemos sus pensamientos, sus reflexiones sobre él y sus desvelos también. Esto es clave en el género de la novela de no ficción, donde el yo narrador guía a los lectores por la historia de forma que se crea una historia valorativa.
Conviene dejar claro que la novela de no ficción no es periodismo y, por tanto, no se debe a los mismos preceptos. La obra de Luisgé Martín intenta dilucidar una violencia extrema, con un trasfondo psicológico y social.
José Bretón, condenado por el asesinato de sus hijos.
Tampoco hay que confundir este tipo de literatura con los true crime que han proliferado en las plataformas de streaming en formato de serie audiovisual y que han generado también diversas polémicas. En este caso hablamos de series basadas en hechos reales, a veces hechas desde el documental, como Dolores: La verdad sobre el Caso Wanninkhof o El caso Alcàsser; otras desde la ficción, con actores y actrices, como El caso asunta, con Candela Peña y Tristán Ulloa, o Monstruos: La historia de Lyle y Erik Menéndez, con Javier Bardem. La diferencia fundamental es que la novela de no ficción no inventa, ni adorna, ni añade cosas que puedan tergiversar la realidad que relata. Añade un dispositivo que, normalmente utiliza la novela, y la propia mirada y análisis del autor o de la autora, algo que en el relato de los sucesos aporta siempre una mirada social y política, más que escabrosa o amarillista.
