La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un procedimiento para finalizar un embarazo. En España, esta práctica está regulada por ley, garantizando el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo bajo ciertas condiciones.
Mapa de interrupciones voluntarias del embarazo en España por cada 1.000 mujeres (año 2021)
Marco Legal del Aborto en España
En 2010, el Congreso aprobó la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, conocida como Ley de Plazos. Esta ley reconoce el derecho de las mujeres a decidir sobre su propio cuerpo y establece los casos en los que abortar en España es legal.
Esta ley fue un hito en la legislación española, ya que derogó la legislación anterior, que establecía supuestos más restrictivos para la interrupción del embarazo.
La presente Ley reconoce el derecho a la maternidad libremente decidida, que implica, entre otras cosas, que las mujeres puedan tomar la decisión inicial sobre su embarazo y que esa decisión, consciente y responsable, sea respetada. La experiencia ha demostrado que la protección de la vida prenatal es más eficaz a través de políticas activas de apoyo a las mujeres embarazadas y a la maternidad. Por ello, la tutela del bien jurídico en el momento inicial de la gestación se articula a través de la voluntad de la mujer, y no contra ella.
La Ley aborda la protección y garantía de los derechos relativos a la salud sexual y reproductiva de manera integral. Introduce en nuestro ordenamiento las definiciones de la Organización Mundial de la Salud sobre salud, salud sexual y salud reproductiva y prevé la adopción de un conjunto de acciones y medidas tanto en el ámbito sanitario como en el educativo.
Plazos para la Interrupción Voluntaria del Embarazo
Según la Ley de Plazos, el embarazo puede interrumpirse dependiendo de la semana de gestación:
- En las primeras 14 semanas: La decisión es libre, siempre y cuando se haya informado a la embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad. Es necesaria la espera de, al menos, tres días tras la entrega de la documentación para proceder a la interrupción por el método elegido.
- Entre las 14 y 22 semanas: El aborto es permitido previo diagnóstico médico que lo justifique, como malformaciones en el feto o enfermedad grave de la embarazada.
Además, en cualquiera de estos plazos, la intervención debe ser realizada por algún especialista o bajo su dirección, llevarse a cabo en un centro sanitario público o privado acreditado, y lo más importante, que la embarazada (o su representante legal) dé su consentimiento expreso y por escrito.
Consentimiento Informado
El artículo 17 de la norma versa sobre la “información previa al consentimiento de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE)”, que establece dos pasos. Si la mujer o persona gestante quiere seguir adelante con el aborto, es cuando se le da el sobre. ¿Qué debe contener?
Tras la entrega del sobre, la ley establece un periodo de reflexión de tres días. Es decir, tras ser informada sobre la interrupción voluntaria del embarazo, la paciente, si opta por el aborto, recibirá el sobre con la información sobre políticas de maternidad.
Según la catedrática Laurenzo, se optó por el segundo apartado: “Si la mujer ya ha tomado la decisión, es mucho más difícil que el Estado tenga capacidad de intervenir porque, además, el sobre está cerrado. Es decir, la mujer puede abrirlo o no”.
En el centro donde se practique la IVE todas las mujeres reciben información sobre los síntomas y cuidados posteriores. Es normal: un sangrado irregular tras la intervención durante unos 15 días, molestias en el bajo vientre similares a la menstruación, molestias en las mamas. No es normal: un fuerte dolor en el vientre, temperatura mayor de 38º o sangrado mucho más abundante que la regla que no cede en pocas horas.
Consentimiento para Menores de Edad
Anteriormente, el consentimiento para la interrupción del embarazo en menores de 16 y 17 años les correspondía exclusivamente a ellas. Sin embargo, desde el año 2015 se modificó la ley, por tanto, todas las menores de 18 años necesitan ser acompañadas por alguno de sus padres o representantes legales para que firmen el consentimiento de la intervención.
Es, por ello, que esta Ley Orgánica suprime la posibilidad de que las menores de edad puedan prestar el consentimiento por sí solas, sin informar siquiera a sus progenitores.
El que las menores de 16 y 17 años se encuentren acompañadas de sus representantes legales, padre y/o madre, personas que ostenten la patria potestad o tutores, según proceda, es fundamental para situaciones de vital importancia e impacto futuro, como es la interrupción voluntaria del embarazo.
Requisitos y Trámites para Abortar por la Seguridad Social
El único requisito para poder abortar por la Seguridad Social es tener en vigor la tarjeta sanitaria.
En cuanto a los trámites burocráticos para abortar, cabe destacar que el procedimiento es diferente en cada Comunidad Autónoma, ya que las competencias en sanidad están trasferidas a cada una de ellas. No obstante, vamos a comentar los pasos que suelen hacerse de manera general:
- Acudir a una Clínica Legal Acreditada para empezar con los trámites. Allí, se valora el estado del embarazo con una ecografía y se calculan las semanas de gestación.
- A continuación, se da una cita en la unidad de IVE del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma pertinente para hacer los trámites de la Seguridad Social. La mujer deberá acudir a la cita con el DNI y la tarjeta sanitaria.
- Después de esto, pasan mínimo 72 horas hasta que los trámites se realizan. Esto es el conocido tiempo de reflexión.
- Finalmente, pasan 3 o 4 días más por otros trámites con la clínica hasta que la mujer puede acudir a la intervención.
En total, los trámites de la IVE por la Seguridad Social duran unos 7 días.
Después de todo este papeleo, el resto del procedimiento y los métodos para abortar son los mismos haciéndolo por la Seguridad Social o pagando. Además, se realiza en la misma clínica IVE.
Es imprescindible estar en posesión de la tarjeta sanitaria de la Comunidad de Madrid.
La puerta de acceso para acceder a la prestación gratuita del derecho al aborto es el centro de salud habitual, será la trabajadora social del centro quien te atienda y te explique todos los pasos. Es importante, al acudir al centro de salud, exponer el motivo por el cuál se está solicitando una cita para que los tiempos sean lo más rápidos posibles.
Al igual que en el caso anterior, lo primero es concertar una cita en la que se valorará el embarazo, el historial médico de la mujer, el método más adecuado para abortar y se fijará una fecha para la intervención sin necesidad de esperar los 3 días de reflexión que marca la ley para abortar por la Seguridad Social.
España restringe el derecho al aborto
Tabla Resumen de Requisitos y Plazos
| Requisito | Descripción |
|---|---|
| Tarjeta sanitaria | Debe estar en vigor. |
| Documento de identidad | DNI, pasaporte o NIE. |
| Plazo máximo | 14 semanas de gestación para decisión libre. Excepciones hasta la semana 22 por riesgo para la salud materna o fetal. |
| Consentimiento informado | Información sobre prestaciones, ayudas, riesgos y consecuencias del aborto. Periodo de reflexión de 3 días. |
| Trámites administrativos | Diferentes según la Comunidad Autónoma. Incluyen valoración del embarazo, cita en la unidad de IVE y trámites con la clínica. Duración aproximada de 7 días. |
Dónde Abortar en España
La mujer que decida someterse a una interrupción voluntaria del embarazo en España puede hacerlo por estas dos vías: en la Seguridad Social o en una clínica IVE privada.
La diferencia entre ambas es, evidentemente, el precio y, por otra parte, el tiempo de espera.
Clínica IVE privada
La principal ventaja de realizar el aborto por lo privado es que el tiempo de espera se reduce, ya que no requiere ningún trámite burocrático. En el caso de la Seguridad Social, todo este papeleo puede alargar la espera unos 7 días.
En caso de elegir esta vía para interrumpir el embarazo, la mujer solamente deberá acudir a la clínica en dos ocasiones:
- Primera visita: se hace una ecografía para calcular el tiempo de gestación, se valora el historial médico de la paciente y se informa del método más adecuado para abortar.
- Intervención: la mujer vuelve a la clínica para realizar el procedimiento. La cita se da inmediatamente después de la primera visita, sin ser necesario dejar pasar los 3 días de reflexión que marca la ley para abortar por la Seguridad Social.
El precio del aborto en una clínica IVE privada depende de cada centro, de las semanas de embarazo y del método utilizado. En general, este coste se sitúa entre los 350-450€. En ocasiones, este precio incluye la colocación de un método anticonceptivo para evitar un nuevo embarazo, como el DIU o el implante anticonceptivo.
Métodos Abortivos: Farmacológico y Quirúrgico
Una vez el médico ha valorado el historial médico de la mujer y ha calculado las semanas de embarazo con la ecografía, aconsejará cuál es el mejor método para realizar el aborto.
Si el embarazo ya está muy avanzado, necesariamente se practicará un aborto quirúrgico con anestesia.
A continuación, vamos a comentar los dos métodos utilizados en España para abortar:
Aborto con pastillas
El aborto farmacológico solamente es posible hasta las 7 semanas de embarazo. Consiste en la toma de dos medicamentos diferentes para provocar la expulsión completa del contenido del útero:
- Mifepristona: es la pastilla que se toma en primer lugar, también llamada píldora RU-486. Se encarga de bloquear la hormona progesterona y provocar la dilatación del cuello del útero.
- Misoprostol: se toma vía oral o vaginal pasadas las 48 horas de la pastilla anterior. Este fármaco es conocido como Cytotec y lo que hace es provocar unas contracciones en el útero hasta que expulsa su contenido.
Los efectos secundarios habituales de este procedimiento son el sangrado vaginal abundante que puede durar hasta 10 días, dolor abdominal, náuseas, vómitos, diarrea y cansancio.
Después del aborto, la mujer debe volver a la clínica pasadas unas dos semanas para comprobar que todo está bien.
El precio del aborto farmacológico en una clínica IVE privada es de unos 350€ aproximadamente, con todas las visitas y cuidados posteriores incluidos.
Aborto quirúrgico
Hasta las 14 semanas de embarazo, la técnica quirúrgica realizada es el aborto por aspiración, también conocido como método Karman, la cual suele durar de 10 a 20 minutos. Los pasos que se siguen son los siguientes:
- Se aplica la anestesia local o la sedación.
- Se utiliza un espéculo para dilatar la vagina.
- A continuación, bajo los efectos de la anestesia, se procede a la aspiración manual endouterina (AMEU) con un aparato de succión.
- Se realiza un legrado: raspado de las paredes uterinas para eliminar todos los restos que queden.
- Se lleva a la mujer a una sala de recuperación hasta que pasen los efectos de la anestesia.
Todo este procedimiento se controla por ecografía para que el personal médico pueda ver el útero.
Los efectos secundarios del aborto quirúrgico son el sangrado vaginal (menor que en el caso anterior), dolor abdominal, mareo y cansancio por la anestesia y náuseas.
La técnica para realizar un aborto quirúrgico con más de 14 semanas puede ser diferente a las comentadas aquí. Por ejemplo, en el segundo trimestre de embarazo, sería recomendable hacer un aborto por dilatación y evacuación o inducirlo con fármacos.
Al igual que en el aborto con pastillas, la mujer deberá volver a la clínica pasados unos 15 días para realizar un control.
El precio del aborto quirúrgico varía entre los 325 y 450€ aproximadamente en función de la clínica y de las semanas de gestación.
