La interrupción voluntaria del embarazo (IVE) es un procedimiento médico legal en España que permite a las mujeres decidir sobre la continuación o finalización de su embarazo. Esto ha provocado que el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo vuelva a estar en el foco.
En España, el aborto es legal desde el 5 de Julio del año 2010, gracias a la aprobación de la Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. A continuación, exploraremos los diferentes tipos de aborto reconocidos legalmente en España, los procedimientos involucrados y los derechos de las mujeres en este contexto.
Esta libertad refuerza el reconocimiento de un derecho básico y fundamental como es el derecho a tener o no tener hijos.
Marco Legal del Aborto en España
En España, el aborto está regulado por la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, que establece un marco legal para garantizar el derecho de las mujeres, niñas y personas que pueden quedarse embarazadas a decidir libremente sobre su fertilidad y el ejercicio de la autonomía reproductiva. La interrupción voluntaria del embarazo debe hacerse antes de las 14 semanas.
La interrupción voluntaria del embarazo deber ser realizada por un médico especialista, ya sea en un centro sanitario público o uno privado acreditado. La mujer debe ser mayor de edad para decidir abortar libremente. En caso de ser menor de edad, será necesario aportar el consentimiento firmado de sus padres o representantes legales.
La ley marcó un avance en la protección de los derechos reproductivos en el país, pero dejó desafíos -como la protección de las menores, los plazos de reflexión, la eliminación de barreras y el acceso equitativo-, que fueron abordados en la reforma legislativa de 2022.
Reforma Legislativa de 2022
La reforma legislativa de 2022 tuvo como objetivo fundamental garantizar el derecho al aborto y fortalecer la autonomía en la toma de decisiones sobre salud reproductiva. Para lograr esto, se eliminaron requisitos que antes se consideraban restrictivos y que obstaculizaban el acceso a servicios seguros y accesibles.
En este nuevo marco y desde entonces, adolescentes de entre 16 y 18 años ya no necesitan la autorización de sus progenitores para interrumpir un embarazo. Asimismo, las personas con discapacidad ahora pueden decidir libremente sin la autorización de quienes ejercen su representación legal, asegurando que cuentan con los apoyos necesarios para tomar decisiones informadas.
También se suprimieron otras barreras, como el plazo obligatorio de reflexión de tres días antes de proceder con el aborto y la obligación de recibir información sobre ayudas para continuar con el embarazo.
Tipos de Aborto Reconocidos
En el contexto legal español, se distinguen principalmente tres tipos de aborto:
- Aborto espontáneo o natural: Es la pérdida involuntaria de un embarazo antes de la semana 20 de gestación. Alrededor del 10% al 20% de los embarazos diagnosticados terminan en un aborto espontáneo.
- Interrupción voluntaria del embarazo (IVE): Se realiza tras libre elección de la embarazada hasta la semana 14 de gestación.
- Aborto terapéutico: Se realiza por razones médicas. Es decir, en caso de que suponga un riesgo grave para la salud física o psíquica de la madre o del feto. En España se puede llevar a cabo, bajo este supuesto, hasta la semana 22.
Procedimientos para la Interrupción del Embarazo
Las interrupciones voluntarias del embarazo se pueden llevar a cabo a través de dos métodos: farmacológico y quirúrgico. Durante las primeras 7-9 semanas de gestación (depende la CCAA), puedes elegir entre cualquiera de los dos métodos de aborto existentes, siempre que no haya una razón médica que lo desaconseje. A partir de la semana 9 sólo se podrá hacer el aborto quirúrgico.
Aborto Farmacológico
Cómo tomar pastillas abortivas | Planned Parenthood Video
El método farmacológico supone abortar a partir de la toma de medicación, que se hace en dos momentos diferentes. Primero, una pastilla de mifespristona que te tomarás en el centro de salud y que provoca el paro embrionario. Y al cabo de 24 o 48 horas con pastillas de misoprostol que ya se toman en casa y que provocan las contracciones uterinas y la expulsión del contenido uterino.
Después de tomar el misoprostol en casa el proceso expulsivo puede empezar entre 30 minutos y una hora después y la mayoría de las personas siente dolor abdominal, malestar, náuseas o vómito y sangrado.
Todo el proceso de expulsión puede durar unas 4 a 6 horas. Notarás que el proceso está finalizando porque empezarás a sentirte mejor y el sangrado va disminuyendo.
Síntomas Frecuentes y Cuándo Buscar Ayuda
¿Qué síntomas son frecuentes y entran dentro de la normalidad?
- Escalofríos y fiebre
- Sangrado abundante
- Dolor abdominal intenso o muy intenso
- Mareos, náuseas y / o vómitos
- Diarrea (menos Frecuente)
Es necesario que acudas a un centro de salud para atención urgente o llames a urgencias si:
- No sangras o el sangrado es muy ligero.
- Si sangras lo suficiente como para «mojar completamente» una compresa durante una hora o menos y esto sucede durante dos horas consecutivas.
Aborto Quirúrgico
Dentro del aborto quirúrgico, o también llamado aborto instrumental, hay varias técnicas en funciones del estado avanzado de gestación. Se realiza de forma ambulatoria en una clínica o hospital, es decir, sin ingreso. La técnica es poco invasiva, sobre todo en las primeras semanas, y las intervenciones suelen ser rápidas.
Una vez estés en el centro hospitalario o clínica el día y hora señalado y con la documentación de derivación preparada, se iniciará el procedimiento. La mayoría de los centros o clínicas hacen todo el procedimiento en una única visita que consiste en 4 pasos:
- Breve entrevista para revisión de documentación y ofrecer información del procedimiento.
- Pruebas complementarias previas a la intervención: ecografía y analítica.
- Procedimiento dentro del quirófano: La intervención se hace con un poco de sedación y anestesia para evitar el dolor.
Técnicas Quirúrgicas
- Dilatación y aspiración (DyA): Se puede realizar desde la detección ecográfica del embarazo (a partir de la semana 5 habitualmente) y hasta la semana 16-17, aunque se recomienda sobre todo hasta la semana 12. Esta técnica consiste en dilatar gradualmente el cuello útero y posteriormente proceder a la aspiración del contenido del útero con una cánula.
- Dilatación y evacuación (DyE): Esta técnica es muy similar a la anterior con la diferencia que hay más dilatación del cuello del útero y por lo tanto se recomienda tomar fármacos que ayuda a la dilatación. Y també se emplean unas pinzas especiales para extraer el contenido uterino.
- Inducción: Es una técnica que se recomienda a partir de la semana 17- 18 de embarazo en caso de que el equipo profesional no domine la dilatación y evacuación.
Acceso al Aborto en España
La mujer que decida someterse a una interrupción voluntaria del embarazo en España puede hacerlo por estas dos vías: en la Seguridad Social o en una clínica IVE privada.
Clínica IVE Privada
La principal ventaja de realizar el aborto por lo privado es que el tiempo de espera se reduce, ya que no requiere ningún trámite burocrático. En el caso de la Seguridad Social, todo este papeleo puede alargar la espera unos 7 días.
En caso de elegir esta vía para interrumpir el embarazo, la mujer solamente deberá acudir a la clínica en dos ocasiones:
- Primera visita: se hace una ecografía para calcular el tiempo de gestación, se valora el historial médico de la paciente y se informa del método más adecuado para abortar.
- Intervención: la mujer vuelve a la clínica para realizar el procedimiento. La cita se da inmediatamente después de la primera visita, sin ser necesario dejar pasar los 3 días de reflexión que marca la ley para abortar por la Seguridad Social.
Seguridad Social
Para abortar por la Seguridad Social, la mujer podrá acudir tanto a un hospital público como a las Clínicas IVE, aunque sean privadas, ya que las Consejerías competentes en sanidad de cada Comunidad Autónoma las han acreditado para ello. En ambos casos, la interrupción voluntaria del embarazo no tendrá ningún coste para la mujer.
El único requisito para poder abortar por la Seguridad Social es tener en vigor la tarjeta sanitaria.
En cuanto a los trámites burocráticos para abortar, cabe destacar que el procedimiento es diferente en cada Comunidad Autónoma, ya que las competencias en sanidad están trasferidas a cada una de ellas.
Derechos de la Mujer
La Ley General de Sanidad Española (14/1986) establece lo siguiente:
La paciente será informada de forma oral y por escrito de su diagnóstico, pronóstico y alternativas de tratamiento.
Es normal: un sangrado irregular tras la intervención durante unos 15 días, molestias en el bajo vientre similares a la menstruación, molestias en las mamas.
No es normal: un fuerte dolor en el vientre, temperatura mayor de 38º o sangrado mucho más abundante que la regla que no cede en pocas horas.
Estadísticas Relevantes
En 2023, el número de interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) en mujeres menores de 20 años ascendió a 10.934, lo que supone un incremento del 4,78 % en comparación con el año anterior. La tasa de abortos fue de 12,22 por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años.
