Seguro de Maternidad BBVA: Coberturas y Beneficios

El embarazo es uno de los momentos más especiales en la vida de muchas mujeres. Por eso es importante que se garantice la buena salud de la madre y del recién nacido durante el proceso.

Cada vez es mayor el número de personas que optan por la contratación de un seguro médico para mantener su salud protegida. Si quieres proteger tu salud y la de los tuyos, BBVA pone a tu disposición el Seguro BBVA Más Salud. ¿Quieres saber más sobre el Seguro BBVA Más Salud?

En este artículo repasaremos qué coberturas ofrecen los seguros médicos para embarazadas, los precios, los periodos de carencia (de tenerlo) y si las mujeres en periodo de gestación pueden contratar una póliza médica durante la gestación.

La adquisición de este tipo de póliza es recomendable, entre otras cosas, porque permite que el asegurado elija las coberturas que necesita, es decir, puede personalizarla. De esto, precisamente, vamos a hablar en este artículo, en el que analizaremos lo que incluye un seguro de salud, además de explicar en qué consiste y las ventajas que supone su contratación.

Un seguro de salud, en base a lo que se incluye en él, se encarga de proteger el estado de salud de las personas.

Lo primero que hay que dejar claro es que no existe un seguro de embarazo como tal, sino que las pólizas médicas suelen ofrecer coberturas relacionadas con el embarazo durante la gestación, el parto y el posparto. Eso sí, para que la asegurada pueda disfrutar de todas estas coberturas se tiene que contratar antes de que esté embarazada, ya que, en algunas de ellas, se contará con un periodo de carencia.

El precio del seguro de salud para embarazadas va a depender, principalmente, de la oferta de la compañía, pero no es el único factor que lo condiciona.

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Coberturas Específicas del Seguro de Maternidad BBVA

A continuación, se detallan algunas de las coberturas más importantes que suelen incluir los seguros de maternidad:

  • Asistencia al parto: Esta, realizada por matrona, se llevará a cabo en régimen de ingreso hospitalario.
  • Recién nacido: Cubre el reconocimiento médico, la administración de vacunas y las pruebas sistemáticas al recién nacido durante sus primeras 48 horas de vida (según el protocolo asistencial de la comunidad autónoma, excluyendo prestaciones por patología o complicación al nacer).
  • Rehabilitación de suelo pélvico: Exclusivamente para mujeres con incontinencia urinaria moderada-severa derivada de un parto, con un límite máximo de 1 año después del parto y hasta 10 sesiones por parto.

Los recién nacidos pueden ser incluidos en la póliza con todos sus derechos desde el nacimiento, siempre que el alta del padre como asegurado haya sido efectiva con al menos 240 días de antelación al parto.

Periodos de Carencia

Actualmente todos los seguros de salud que incluyen coberturas para mujeres embarazadas tienen un periodo de carencia (al menos, en algunas de sus coberturas, si no en todas) y este se aplica en el 100% de los casos. Incluso, y es habitual, si se alega desconocimiento (es decir, no saber que se está embarazada cuando se contrata el seguro).

No obstante, existe una excepción en la que se puede anular este periodo de carencia en el seguro de embarazo: si se trate de una emergencia sanitaria que esté reflejada en el acuerdo establecido por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) en la ley 50/80, en el artículo 103.

Es importante conocer los periodos de carencia que aplican al producto contratado y puedes consultarlos en la ficha de cada producto. Si ya tienes otro seguro de salud y vienes a Sanitas, es posible que se te eliminen estos periodos.

Reproducción Asistida

Uno de los problemas crecientes de la sociedad actual es la dificultad que tienen algunas personas para tener hijos. Factores como la contaminación, el estrés, la ansiedad o la edad, entre otros, dificultan el proceso de fecundación natural, lo que lleva a cada vez más personas a interesarse por la reproducción asistida. Un hecho que ya tienen en cuenta las compañías de seguros.

La reproducción asistida es un conjunto de procedimientos y tratamientos que tienen un fin último: facilitar la consecución del embarazo. Estos, en concreto, se relacionan con el manejo de óvulos, la inseminación artificial, la inseminación intrauterina, la fertilización in vitro o la estimulación ovárica (entre otros).

La respuesta es sí, aunque va a depender del seguro médico que se escoja. En este artículo, y con detalle, os vamos a indicar si un seguro médico ya incluye la reproducción asistida (entre sus coberturas) y, además, indicaremos los requisitos previos a cumplir si se quiere acceder a esta cobertura.

Enfermedades Preexistentes

Las preexistencias son las enfermedades que una persona padece en el momento de contratar el seguro médico. Estas enfermedades deben ser conocidas por la compañía de seguros porque la prima depende en cierto modo de ellas.

Antes de contratar un seguro de salud, el tomador tendrá que contestar un cuestionario de salud en el que deberá proporcionar información sobre la/s enfermedad/es que padece, o ha padecido, antes de contratar la póliza.

Coberturas No Incluidas

Entre lo que no se incluye en un seguro de salud se encuentra, por ejemplo, el tratamiento terapéutico (como terapias de pareja o acupuntura), la intervención quirúrgica con fines estéticos y, en definitiva, los tratamientos cuya eficacia sanitaria no esté consolidada.

Asistencia en el Extranjero

Si desea asistencia concertada en Estados Unidos debe enviar a Sanitas la solicitud de asistencia adjuntado un informe médico indicando la patología por la que se le atiende, con una antelación de al menos 15 días de la fecha prevista para recibir la asistencia.

Sólo tienes que llamar al Teléfono de Asistencia de Urgencia en el Extranjero, +34 91 345 65 84, que encontrarás en el dorso de tu tarjeta Sanitas, para comunicar que necesitas asistencia médica y solicitar tu autorización antes de ser atendido. De esta manera, los gastos serán autorizados y asumidos por tu seguro.

Seguro de Protección de Pagos de Hipoteca

Este seguro pagará una parte o el total de la cuota hipotecaria durante un tiempo determinado en el caso de que los titulares de la hipoteca se queden en paro y/o tengan una incapacidad temporal. En este tipo de seguros cuya complejidad es elevada, conviene leerse muy bien la letra pequeña. Evidentemente, no lo cubre todo.

Los clientes que pueden contratar esta cobertura han de ser trabajadores por cuenta ajena indefinidos (con más de 6 meses de antigüedad) o trabajadores fijos discontinuos durante el periodo de trabajo efectivo (en alguna de las compañías aseguradoras). Se cubre la pérdida del trabajo por causa ajena a la voluntad del trabajador, cosa evidente. El caso frecuente de contratos temporales o por obra o servicio no son asegurables.

Cubre las cuotas en caso de que el trabajador tenga una enfermedad o accidente, que incapacita al trabajador para realizar sus funciones habituales, por baja médica dictaminada por médico de la Seguridad Social.

El seguro se hace cargo de una cuota mensual de la hipoteca (o del porcentaje contratado ya que se puede cubrir solamente una parte de la cuota) por cada 30 días que el asegurado permanezca en situación de desempleo y/o incapacidad temporal.

Las primas pueden ser mensuales o a prima única (financiable en la misma hipoteca). El seguro puede hacerse por un plazo de 5 u 8 años de vigencia. El coste depende de varios factores, entre los cuales está el periodo de vigencia de la hipoteca, el capital asegurado, el porcentaje de la cuota que cubre el seguro o la edad de los contratantes.

Por ejemplo, una prima única para una hipoteca unos 220.000 € a 35 años para una chica de 30 años es de unos 3.000 €. Con un periodo de cobertura de 5 años.

De entre todos los seguros que las sucursales nos invitan a contratar, tal vez este, junto al de vida y hogar, sea uno de los más interesantes para el que quiere contratar una hipoteca o préstamo, ya que le da una cierta seguridad.

Consideraciones Finales

Para saber si la póliza que se va a contratar es la adecuada, en base a las necesidades que se tienen, hay que revisar, lo primero, las coberturas que se incluyen en el seguro de salud.

Para visitas médicas y pruebas diagnósticas sencillas como análisis de sangre y orina, ecografías, radiografías, etc.

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