La gestación subrogada, también conocida como maternidad subrogada o vientre de alquiler, es un proceso mediante el cual una mujer, llamada "gestante" o "madre sustituta", lleva un embarazo y da a luz a un bebé en nombre de otra persona o pareja, quienes serán los padres intencionales o comitentes del niño. Se trata de un proceso en el que una mujer completa un embarazo, da a luz a un niño o a una niña para que otra persona o pareja sean sus progenitores.
La persona gestante renuncia a todos los derechos legales sobre el recién nacido. En nuestro país, la gestación subrogada no está permitida.
La definición de gestación subrogada implica que una mujer, conocida como gestante, accede a gestar al hijo de otra persona o pareja. Los futuros padres del bebé se llaman habitualmente padres de intención.
Este método de reproducción asistida puede ser una opción para personas o parejas que no pueden concebir un hijo por sí mismos debido a diversas razones médicas, biológicas o personales.
La gestación por sustitución o gestación subrogada ha supuesto un importante debate ético, social y político, es por ello que, hasta la fecha, nos encontramos ante una ausencia de consenso internacional respecto a la legalidad de este proceso.
Así, encontramos países en los que este tipo de práctica está totalmente prohibida, países en los que se encuentra permitida -en cada uno de ellos con más o menos límites y requisitos para su realización-, pasando por otros países en los que existe un vacío legal al respecto.
La ley española sobre técnicas de reproducción humana asistida (ley 14/2006) indica en su artículo 10 que el contrato de gestación subrogada es nulo de pleno derecho y que la mujer que da a luz es considerada la madre legal del bebé.
Por tanto, las personas y parejas que necesitan de este método para poder tener un hijo han de viajar a países cuya legislación permite la aplicación de este método reproductivo para extranjeros.
Los destinos más comunes son Estados Unidos, Canadá, Ucrania, Rusia y Georgia. Cada uno de estos países tiene sus propias condiciones legales respecto al proceso de gestación subrogada.
Hay legislaciones que únicamente permiten ciertos modelos familiares, hay quienes exigen que los padres aporten los gametos, etc. Es importante que los padres de intención se aseguren de cumplir los requisitos legales establecidos en cada destino antes de iniciar el proceso para evitar así futuros problemas.
Tipos de Gestación Subrogada
Básicamente, hay dos tipos:
En función de cómo se consiga el embarazo de la gestante, distinguimos entre dos tipos de gestación por sustitución:
- Gestación subrogada tradicional o parcial: la gestante es, además, la mujer que aporta la carga genética. Generalmente se refiere a la gestación subrogada realizada a través de una inseminación artificial con semen del futuro padre aunque también podría tratarse de una FIV con óvulos de la gestante.
- Gestación subrogada gestacional o completa: la gestante no cede sus óvulos para la creación del embrión que va a gestar, sino que la dotación genética proviene de la futura madre o en algunos casos de una donante de óvulos.
Siempre que sea posible, los óvulos y espermatozoides serán aportados por los padres de intención, de manera que el futuro hijo será biológicamente suyo. Si no es posible que la madre aporte el material genético, se recomienda recurrir a una donante.
La situación ideal es que la gestante solamente aporte el útero para mantener el embarazo y dar a luz al futuro bebé.
Después del parto, el bebé es entregado a los padres de intención. Previamente, debe haberse firmado un contrato entre ambas partes por el cual la gestante renuncia al derecho de la maternidad.
La gestación subrogada tradicional no suele aplicarse hoy en día, pues en ese caso, la implicación de la gestante sería mayor. Normalmente, se intenta que sea la futura madre la que aporte los óvulos y, si esto no es posible, se recurre a la donación de óvulos.
La mayoría de destinos donde se aplica la gestación subrogada únicamente permite la forma gestacional o completa.
En la gestación subrogada gestacional o plena, la gestante no tiene relación genética con el embrión, sino que solo aporta la capacidad gestacional de su útero. En este caso existen tres escenarios posibles:
- Emplear gametos de ambos padres.
- Los dos gametos son de donantes.
- Un progenitor proporciona uno de los gametos y el otro procede de un donante.
Es posible realizar una gestación subrogada entre familiares. En ambos casos, la gestante renuncia a los derechos sobre el recién nacido. Además, también se dan casos de gestaciones subrogadas intrafamiliares, que es cuando la mujer gestante pertenece a la familia.
Esto ocurre, por ejemplo, entre hermanas, primas o madre e hija. Si la mujer gestante no tiene ningún tipo de relación familiar con los futuros padres, entonces se la llama también gestación subrogada extrafamiliar.
Por último, la gestación subrogada, en cuanto a lo económico se refiere, se puede clasificar de altruista, en la que no hay motivación económica y solo se cubren los gastos del embarazo. Y la gestación subrogada comercial, que se da cuando la gestante recibe una retribución económica, más allá de los gastos del embarazo y del parto. Este último tipo es la más común en Estados Unidos.
Aspectos ético-legales de la gestación subrogada y sus implicaciones en el ejercicio de enfermería
Definición de la subrogación gestacional y la subrogación tradicional
Principales diferencias entre la subrogación gestacional y la subrogación tradicional
| Subrogación tradicional | Subrogación gestacional | |
|---|---|---|
| El proceso de concepción y el papel de los padres biológicos | ||
| Aspectos legales y éticos | ||
| Aspectos psicológicos |
Es importante comprender esta cuestión de antemano, ya que la subrogación gestacional y la tradicional son dos enfoques fundamentalmente diferentes para tener un hijo, cada uno con sus propias consideraciones médicas, legales y éticas, así como con costes diferentes en cada país.
¿Qué es la subrogación tradicional y la subrogación gestacional?
La subrogación tradicional es una forma anterior de reproducción asistida en la que la gestante tiene un vínculo genético con el niño. En 2026, la subrogación tradicional no se aplica. Las clínicas y agencias no ofrecen esta técnica a los futuros padres.
La subrogación gestacional es un método para tratar la infertilidad estandarizado y muy extendido en el que la madre subrogada no tiene ningún vínculo genético con el niño que va a gestar. Es la subrogación gestacional la que en 2026 es la norma de la medicina reproductiva moderna y se utiliza en las clínicas de reproducción como uno de los métodos para el tratamiento de la infertilidad, junto con la FIV más eficaces.
La subrogación tradicional y la subrogación gestacional se diferencian en la invasividad de los procedimientos. La subrogación gestacional utiliza la FIV, mientras que la subrogación tradicional utiliza la IIU.
Es fundamental comprender las diferencias legales entre los métodos. En la subrogación tradicional y la gestacional, los procedimientos legales son radicalmente diferentes. La madre subrogada no tiene derechos parentales (hay excepciones. En Bélgica, los tiene y puede quedarse con el niño. Procedimiento simplificado para tramitar los documentos del recién nacido (dependiendo del país del programa).
Es importante que los futuros padres elijan países con una normativa legislativa clara en materia de gestación subrogada para garantizar el nacimiento seguro del niño y obtener la plena patria potestad. Para ser justos, los tres últimos puntos también son comunes a la subrogación gestacional en países donde está poco regulada por la ley y la madre subrogada es reconocida automáticamente como madre legal hasta que los padres intencionales pueden reasignar los derechos parentales a través de los tribunales.
En algunos países, siempre que la madre subrogada no haya cambiado de opinión y no quiera quedarse con el niño. Feskov Human Reproduction Group trabaja exclusivamente con la subrogación gestacional y madres subrogadas ucranianas de su amplia base de datos. El componente emocional es otro factor importante a la hora de comparar métodos.
¿Qué es la subrogación tradicional y la subrogación gestacional en términos de psicología?
Por supuesto, todos los puntos anteriores no están garantizados al 100 %, ya que el programa involucra a personas reales con sus propias emociones, expectativas y miedos. No todos los países permiten incluso la subrogación gestacional. Las dificultades de la subrogación gestacional son compartidas por los padres intencionales y la madre subrogada.
Por supuesto, la IIU es un procedimiento menos invasivo que la FIV. Feskov Human Reproduction Group trabaja en el ámbito legal de Ucrania, que regula al 100 % la subrogación y la protección de los derechos parentales de los padres intencionales. Su hijo puede nacer en cualquier país que Ustedes elijan: estaremos encantados de recomendarles los mejores destinos en términos de facilidad de legalización del recién nacido, teniendo en cuenta su ciudadanía y estado civil.
¿Desean una selección gratuita de países de subrogación adecuados para su situación?
¿Cuándo se necesita la gestación subrogada?
La mayor parte de personas que recurren a la gestación subrogada son parejas heterosexuales que se encuentran en alguna de las siguientes situaciones:
- Ausencia de útero
- Alteraciones o anomalías uterinas
- Enfermedades que impiden la gestación por suponer un riesgo para la salud de la madre o del bebé
- Abortos de repetición
- Fracasos repetidos de FIV
También las mujeres solteras y las parejas lesbianas con este tipo de alteraciones pueden recurrir a la subrogación para ser madres.
Por su parte, los hombres solteros y las parejas homosexuales masculinas son también un colectivo común en gestación subrogada, pues es el método que les permite tener un hijo biológico, ya que pueden aportar los espermatozoides. Este caso es lo que se conoce como gestación subrogada por esterilidad estructural o constitucional, es decir, no es posible gestar por la propia anatomía masculina.
Gestación Subrogada en España
¿Qué postura ha adoptado España?
Pues bien, el ordenamiento jurídico español prohíbe este tipo de práctica y, de hecho, la sanciona con la nulidad de pleno derecho, así se refleja en el artículo 10 de la Ley 14/2006, de 26 de mayo, sobre técnicas de reproducción humana asistida, cuando dice:
«1. Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
2. La filiación de los hijos nacidos por gestación de sustitución será determinada por el parto.
3. Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales».
Se refuerza esta prohibición con la modificación de la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, operada por la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, mediante la prohibición de la publicidad de las agencias de intermediación.
Tal y como se indica en en Artículo 10 de la Ley 14/2006:
Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero.
Conforme a esta ley, la madre es la mujer que da a luz, ya que está pasada en el principio de derecho mater semper certa est, que significa la madre siempre es conocida.
Por tanto, llevar a cabo un proceso de gestación subrogada en España es totalmente ilegal.
En España, según recoge el artículo 10 de la ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida, no está permitido el nacimiento de hijos mediante la gestación por sustitución, y, además aparece tipificado como delito en el art. 221 del Código Penal.
Esta conducta se castiga con penas de cárcel de uno a cinco años y la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de la patria potestad, tutela, curatela o guarda por tiempo de cuatro a diez años.
Preguntas Frecuentes
- ¿Cuándo es necesario recurrir a la gestación subrogada? En general, las dos principales causas por las que se recurre a la gestación subrogada son: ausencia de útero o malformación uterina, y contraindicación médica.
- ¿Cuánto cuesta un vientre de alquiler? El precio de la gestación subrogada depende de varios factores y del país donde se lleve a cabo. A modo orientativo, el coste de la gestación subrogada ronda los 35.000€ y 150.000€ aproximadamente.
- ¿La gestación subrogada es posible para un padre soltero? Sí, aunque la gestación subrogada no está permitida por la legislación española. Los hombres solteros que desean ser papás pueden hacerlo por gestación subrogada en los países dónde la legislación así lo permita. Se trata de una de las situaciones de infertilidad estructural por la cual es necesario recurrir a una gestante, al igual que las parejas gays.
- ¿Es posible la maternidad subrogada entre hermanas? En los países que lo permiten, sí. Este sería el caso en que la gestante se queda embarazada con el óvulo de su hermana y, por tanto, da a luz a su sobrino. Hay algunos países donde solamente es legal si se demuestra que existe una causa médica que impide el embarazo como, por ejemplo, el cáncer.
- ¿Está permitido el vientre de alquiler en España? No. La gestación por sustitución o gestación subrogada, más conocido como vientre de alquiler, no está permitida por la legislación española.
