El permiso de paternidad en España es un derecho que permite a los padres trabajadores ausentarse de su lugar de trabajo para cuidar de su hijo, ya sea nativo, adoptado o en acogimiento. Esta iniciativa se encuentra dentro del Estatuto de los Trabajadores que busca promover la conciliación laboral y familiar, reconociendo la importancia de la crianza temprana en el desarrollo de los niños.
Cuando una mujer trabajadora da a luz, tiene derecho a cogerse la baja por maternidad. Al igual que ocurre con el permiso para la madre biológica, el “permiso por paternidad” consiste en el derecho a la suspensión del contrato de trabajo con reserva del puesto, por el cual las primeras 6 semanas después del parto las deberá disfrutar el/la trabajador/a obligatoriamente; para la madre biológica, este está pensado para su recuperación tras el parto, mientras que, para el otro progenitor, constituye un deber civil de colaboración familiar.
Todo el mundo sabe que, cuando una mujer trabajadora da a luz, tiene derecho a cogerse la baja por maternidad. Con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019, a partir de enero de 2021 se produjo la completa consolidación de las 16 semanas de permiso de paternidad y de maternidad: ahora, estos son iguales e intransferibles entre los progenitores y, en los casos de nacimiento, pasan a considerarse causas de suspensión por “parto” y “cuidado de menor”.
La ley se ha adaptado a los nuevos modelos de familia que, tradicionalmente, consistían en un matrimonio constituido por un hombre y una mujer.
Cabe recordar que España equiparó en enero de 2021, por primera vez, el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas de prestación, convirtiendo a nuestro país en uno de los más avanzados de nuestro entorno en cuanto a la equiparación de este permiso como ocurre en países como Suecia, Islandia o Dinamarca.
Desde que se otorgó este derecho en 2007, ha sufrido varias modificaciones. En 2021, se equiparó totalmente con el de maternidad, que anteriormente contemplaba 16 semanas de baja pagada a ambos acogidos. A partir de 2025, este beneficio se mantendrá con nuevas formas de disfrutarlo, como la posibilidad del uso de semanas que no son obligatorias en medios días.
La última modificación está recogida en el Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, aprobado en marzo de 2019. Este Real Decreto-ley recoge modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), así como en la Ley General de la Seguridad Social, para la equiparación de los derechos de las personas trabajadoras. Desde la aprobación del citado Real Decreto, la equiparación de derechos entre padres y madres se ha logrado de forma paulatina.
El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo supuso grandes modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores (ET) y en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), así como en la Ley General de la Seguridad Social.
Es importante recordar que se trata de un derecho individual de la persona trabajadora sin que pueda transferirse su ejercicio al otro progenitor. Es decir, si el padre no lo disfruta, no lo podrá ceder a la madre y perderá la oportunidad de recibir las semanas restantes de prestación.
Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes. Permitir que los managers sean los encargados de aprobar y gestionar las solicitudes del equipo. ¿Una herramienta que te permite todo eso?
Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.
Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
La reciente ampliación de la baja de paternidad ha sido celebrada como una importante medida a favor de la conciliación familiar y laboral.
El 5 de diciembre de 2018 entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad hasta las 16 semanas para los trabajadores del estado. El BOE recogía que en 2019 se ampliaba a 8 semanas, y que en 2020, a 12 semanas. El País Vasco, aprovechando su régimen foral propio y su mayor autonomía fiscal, ha acortado el calendario previsto para la ampliación del permiso de paternidad. Los trabajadores vascos podrán disfrutar de la baja de paternidad de 16 semanas desde este mismo otoño. Por otro lado, los funcionarios que desarrollan su actividad en el País Vasco disfrutan de un permiso de 18 semanas desde septiembre de 2019.
A partir de 2025, también se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.
En cuanto a Seguridad Social, las prestaciones por permiso de paternidad serán gestionadas directamente por el Instituto Nacional de la Seguridad Social, no rigiendo el pago delegado de la empresa.
La gestión de una baja por paternidad puede ser todo un desafío si no se trabaja adecuadamente. En el caso de las bajas por paternidad es importante contar con un sistema claro y sencillo para ambas partes. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos.
¿Quiénes tienen derecho al permiso parental de 8 semanas por cuidado del menor?
Los padres, madres o cuidadores/as de hijos que no hayan cumplido los 8 años y que trabajen tanto por cuenta propia como ajena.
El permiso entró en vigor en julio de 2023. A fecha de abril 2024 no lo es, pero sí que lo será a partir del viernes 2 de agosto de 2024. Por momento no se conoce a cuánto ascenderá esta remuneración, lo que sí se sabe es que, de estas ocho semanas, sólo cuatro serán retribuidas.
Mejora el fondo de garantía de alimentos, que garantiza la pensión alimenticia en el caso de que un progenitor no la pague. En casos generales pasará de 5 a 4 hijos. El nuevo título de familia monoparental ofrecerá, por ejemplo, ventajas como el acceso gratuito a una guardería pública durante 16 semanas dentro de los dos primeros años de vida del niño.
La llegada de un niño representa un momento importante en la vida de cualquier persona. Por lo tanto, los gerentes de equipo necesitan entender cómo procesar rápidamente y fácilmente estos permisos de ausencia. ¿Te gustaría saber de los cambios para el año 2025? ¿Qué duración tiene el permiso y qué efecto hay sobre tu empresa? Y, finalmente, ¿quién paga la prestación, la empresa o la Seguridad Social?
Para que el trabajador pueda tramitar el acceso tanto a la maternidad como a la paternidad, la empresa debe prepararle el certificado de empresa. Le ofrecemos el modelo necesario para efectuar esta gestión.
Para trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
Para poder tramitar el cobro de la prestación, el trabajador debe presentar ante la Seguridad Social un certificado de empresa firmado por ésta. Por ello le ofrecemos el modelo necesario para efectuar esta gestión. Deberá rellenar los siguientes datos: Los datos identificativos de la empresa y del trabajador. La base de cotización del trabajador del mes anterior. Una vez rellenado, el representante de la empresa deberá firmarlo y entregarlo al trabajador.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
Tras el nacimiento, acogida o adopción, el padre debe dirigirse a su empresa para que le haga un certificado de baja en el que aparezca su última nómina para que la Seguridad Social calcule su prestación.
La persona tiene la obligación de efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo.
Junto con la preceptiva comunicación a la empresa de la voluntad de disfrutar de la baja de paternidad, el trabajador debe reunir dos requisitos principales. El segundo es haber cotizado, al menos, 180 días en los siete años anteriores al nacimiento.
Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente. Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
Otro de los trámites a realizar con la Seguridad Social al tener un bebé es darle de alta como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario. En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.
Lo primero que hay que hacer es inscribir el nacimiento del bebé en el Registro Civil. ¿Cómo hacerlo? Conviene acelerar todo lo posible la inscripción del bebé en la Seguridad Social. La razón es que han de realizarle la segunda prueba del talón entre el cuarto y el octavo día tras el parto. Si quieres viajar con tu bebé en avión es imprescindible que gestiones su documento nacional de identidad o DNI. Además, el DNI es requisito necesario si además tienes que tramitar el pasaporte del niño.
Solicitar las ayudas económicas después del parto es otro trabajo de la familia que no debe retrasarse. Resumimos las principales prestaciones, las novedades introducidas por el Gobierno y sus requisitos.
Documentación necesaria Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil. Certificado de empresa con la fecha de inicio del permiso.
¿Cómo presentar la solicitud Por correo ordinario. Vía electrónica. Con cita previa presencial.
Requisitos para acceder al permiso de paternidad
¿Los requisitos? Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta (dado de alta pero no cotizando, como estar en el desempleo o con una incapacidad temporal).
Si el padre está disfrutando de este permiso y pierde el empleo: Se continuará percibiendo la prestación por paternidad el tiempo establecido. Si se está sin trabajo y se tiene un hijo: Se suspende la prestación por desempleo y se pasa a percibir la prestación por paternidad. Y cuando termine la de por paternidad se volverá a cobrar el paro.
Dependerá del sueldo de cada padre. Pero se cobrará el 100% de la base reguladora que refleja en su nómina. No se seguirá disfrutando de dietas, cheques comida o transporte, en el caso de que los tenga. Este permiso lo abona la Seguridad Social y no la empresa, de modo que no están contemplados extras.
Comienza de manera inmediata al parto, el día del alumbramiento. ¿Sabes la fecha probable que va a nacer tu pequeño?
Además de los nacimientos el permiso de paternidad también existe cuando hay una adopción o acogimiento. Por eso se define como “el derecho del trabajador a percibir un subsidio durante los días de suspensión de contrato de trabajo, o cese en la actividad, en caso de nacimiento de nacimiento de un hijo, adopción o acogimiento”.
El permiso de paternidad es un derecho del trabajador. No es obligatorio disfrutarlo pero sí es altamente recomendable. El vínculo padre-hijo que se crea durante las primeras semanas de vida es inigualable y seguro que no te lo querrás perder.
Tras el permiso de paternidad, existe el permiso de lactancia, que puede disfrutarlo el padre y la madre.
Los trabajadores, sin importar que trabajen por cuenta ajena o propia (autónomos), pueden ser beneficiarios de la baja por paternidad y solicitar la prestación por nacimiento y cuidado del menor.
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la remuneración corre al 100% a cargo de la Seguridad Social. El tipo de cotización establecido como obligatorio para trabajadoras y trabajadores incluidos en el régimen especial de Seguridad Social que corresponda por razón de su actividad por cuenta propia.
En 2020 el padre aún puede sumar dos semanas más de este permiso si le son cedidas por parte de la madre.
En caso de parto múltiple, a partir del segundo hijo, al padre le corresponden dos días más de permiso de paternidad.
Existe un caso que amplía unos días más el permiso de paternidad. Estamos hablando del parto múltiple, pero también de la adopción, acogimiento o guardas múltiples. En tales situaciones la baja por paternidad aumenta dos semanas adicionales por cada hijo (contando a partir del segundo).
Desde el 1 de enero pasado son obligatorias las primeras cuatro semanas. Y desde el 1 de enero de 2021 en adelante, serán obligatorias las seis primeras semanas tras el nacimiento, acogida o adopción.
Los trabajadores que se conviertan en padres este año y cumplan los requisitos de cotización, deberán disfrutar de las cuatro primeras semanas de baja paternal son obligatorias y deben disfrutarse inmediatamente después del parto o la fecha de acogimiento o adopción.
El trabajador que se encuentre en situación de baja de paternidad percibirá el 100% de su sueldo, incluyendo también los complementos salariales de los que disfrutará antes del nacimiento. Además, el Tribunal Supremo determinó que todas estas cantidades percibidas durante el permiso de paternidad están exentas de IRPF.
Después, cuando disfrutes del permiso, el contrato quedará suspendido. Por tanto, en lugar de pagarte la empresa recibirás una prestación de la Seguridad Social por nacimiento y cuidado de menor.
El salario en sí se deja de cobrar, en la medida en que el contrato laboral ha quedado momentáneamente suspendido. Por otro lado, si notarás una cierta ventaja fiscal. De hecho, las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF.
Antiguamente existía el Permiso de nacimiento, que duraba 2 días y era a cargo de la empresa. Con el nuevo Decreto Ley se elimina ese permiso y se sustituye por el Permiso de paternidad, que abona la Seguridad Social y que comienza el mismo día del nacimiento. Desde 2020 los autónomos y trabajadores por cuenta ajena disfrutan de un permiso de paternidad de 12 semanas al igual que el resto de trabajadores. A partir del 2021, el permiso alcanzó las 16 semanas.
No tener deudas con las cuotas de autónomos. En casos de partos múltiples y/o a partir del segundo hijo, al padre le corresponden 2 semanas más de permiso de paternidad.
Si decidimos hacerlo de manera física, se indicará en el impreso físico los años en los que has recibido la prestación por parte de la Seguridad Social e indicar el número de cuenta corriente en el que deseas que se realice el reintegro del IRPF. Las otras 10 semanas no obligatorias se podrán disfrutar a lo largo de los primeros doce meses del bebé, no siendo necesarias realizarlas consecutivamente. Si se solicita la prestación habiendo pasado tres meses desde el nacimiento, adopción o acogimiento, los efectos económicos se retrotraerán, como máximo, a los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. El plazo máximo para resolver la solicitud es de 30 días desde la fecha de presentación.
Si la empresa despide al trabajador mientras está disfrutando de la prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, se considerará nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que no tiene nada que ver con el nacimiento o adopción del pequeño.
En estos casos, la duración del permiso de paternidad o maternidad se amplía en dos semanas por cada hijo, a partir del segundo.
La normativa que entró en vigor el 1 de abril de 2019 eliminó de la legislación los dos días de permiso por nacimiento del Estatuto de los Trabajadores. Por lo tanto, el permiso de paternidad ya no se contabiliza a partir de estos dos días desde el nacimiento, sino que se disfruta desde el primer día.
Este permiso puede disfrutarse en régimen de jornada completa o parcial con un mínimo de reducción del 50%. Para ello será imprescindible el acuerdo con la empresa.
No. El permiso de paternidad de 12 semanas es intransferible.
No. No. Tanto la prestación por paternidad como la de maternidad están exentas de tributar en el IRPF.
Hoy el permiso de paternidad es de 17 semanas, las mismas que disfrutan las madres. Lo disfrutarán "los progenitores distintos de la madre biológica". Si el padre no hace uso de sus 17 semanas de baja paternal, estas se pierden. Son 17 semanas en caso de tener un solo hijo. En caso de parto múltiple o bien adopciones o acogimientos múltiples con el objetivo de adoptar, cada progenitor tiene derecho a una semana más. Y las once semanas restantes el padre puede tomárselas más adelante, hasta que el bebé cumpla doce meses. Se las puede tomar de una sola vez o interrumpidas.
Se crea un nuevo período de permiso por cuidados de dos semanas adicionales a las que ya existían. Tiene que disfrutarse a lo largo de semanas completas, pero no es obligatorio que ambas sean consecutivas.
La última semana del periodo de descanso puede disfrutarse de manera independiente en cualquier otro momento.
No hay ninguna particularidad para los autónomos que sean padres. Es decir, la prestación del permiso de paternidad es equivalente al 100% de su base reguladora.
La baja por paternidad, legalmente no es motivo de despido.
No, la baja por paternidad no está sujeta a ningún tipo de transferencia de días.
Las empresas que promueven el permiso de paternidad y lo gestionan correctamente en beneficio de sus equipos suelen conseguir una serie de beneficios adicionales que, en forma de intangibles, fortalecen la relación con los empleados, mejoran el ambiente laboral y favorecen la productividad. Y es que después de estar un mínimo de 6 semanas fuera de la oficina, el empleado puede ignorar los nuevos avances logrados en la compañía, por lo que es conveniente contar con un plan de onboarding para facilitar su regreso a la oficina.
El permiso de paternidad puede ir asociado a un coste extra para las empresas, ya que podrían verse en la necesidad de cubrir la ausencia del padre trabajador y contratar a otra persona que le sustituyan temporalmente.
Todos los trabajadores varones por cuenta ajena del sector público, privado y autónomos que hayan tenido un hijo biológico o hayan acogido o adoptado uno.
Desde el pasado 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de este año, los padres tendrán 12 semanas de permiso retribuido tras el nacimiento, acogimiento o adopción. A partir del 1 de enero de 2021 este permiso se ampliará a las 16 semanas, equiparándose así al de las mujeres. Estas duraciones se aplicarán independientemente de la fecha en la que se solicite la baja de paternidad.
La normativa aplicable: Estatuto de los Trabajadores. Artículo 48. Ley General de la Seguridad Social.
Tabla resumen de la baja de paternidad en España
| Concepto | Descripción |
|---|---|
| Duración del permiso | 16 semanas (equiparado al de maternidad) |
| Semanas obligatorias | 6 semanas ininterrumpidas inmediatamente después del nacimiento |
| Semanas voluntarias | 10 semanas, que pueden disfrutarse de forma continua o interrumpida dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento |
| Remuneración | 100% de la base reguladora |
| Responsable del pago | Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) |
| Certificado de empresa | Debe ser emitido por la empresa, indicando la fecha de inicio del permiso |
A pesar de las mejoras introducidas para los trabajadores españoles, la modificación de la baja de paternidad ha sido objeto de diferentes críticas. Esto es visto por algunos analistas, como los de la Plataforma por los Permisos Iguales e Intransferibles por Nacimiento y Adopción, como una dificultad para la corresponsabilidad familiar. Y es que, una vez finalizada la baja de paternidad, la madre asumirá en la inmensa mayoría de casos la responsabilidad del cuidado del bebé.
El aumento del permiso de paternidad también plantea ciertos desafíos a las empresas, que deberán asumir la baja de su empleado y planificarse con la máxima antelación posible. Por esta razón, un software de vacaciones y ausencias de empleados como el de Bizneo HR, facilita la gestión de las bajas y la entrega de justificantes. Evita el solapamiento de ausencias, y ofrece la posibilidad de tomar decisiones para con tiempo suficiente para sustituir correctamente a cada empleado.
Normativa aplicable: Estatuto de los Trabajadores. Artículo 48. Ley General de la Seguridad Social.
Novedades legislativas y el Real Decreto-ley 9/2025
La última novedad es fruto del Real Decreto-ley 9/2025. En ese sentido, conviene recordar que este tipo de norma nace con plena validez, pero perderá su vigencia si no es apoyada por una mayoría en el Congreso.
Por otro lado, la reforma propiciada por el Real Decreto-ley 9/2025 ha añadido una clarificación adicional.
Otra de las novedades que se esperaban es la aprobación de la Ley de Familias. De hecho, en los Presupuestos Generales del Estado de 2023 se contemplaba la posibilidad de crearla ya para el 2024. No obstante, en agosto de 2025, sigue sin aprobarse. De todos modos, el nuevo decreto ley ya entra a regular algunas de las cuestiones principales relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad.
En todo caso, el alcance de ese Proyecto de Ley de Familias, de llegar a aprobarse, puede influir en varias cuestiones de conciliación. Junto a ello, hay que tener otro aspecto en cuenta. En el supuesto de que el texto del decreto ley no contase con mayoría en el Congreso, la reforma quedaría derogada.
A su vez, la equiparación de derechos entre padres y madres también tiene como objetivo impulsar la conciliación profesional y familiar.
Como ves, los permisos por paternidad y maternidad tienen reformas frecuentes en su regulación.
