Durante generaciones, inscribir a un bebé se limitaba a elegir su nombre, una decisión que, aunque hermosa, a menudo generaba debates. Sin embargo, esta tradición cambió en el año 2000, cuando se modificó la ley para permitir que el apellido materno se colocara primero, aunque en la práctica, este cambio tuvo un impacto limitado.
Este primer cambio dejó en segundo lugar apellidos comunes, o que los padres consideraban feos, y pusieron en primer lugar los más bonitos o aquellos que temían que ‘se perdieran’ al ser la madre hija única o tener solo hermanas. Ahora, una nueva modificación simplifica los trámites.
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La Nueva Legislación y el Orden de los Apellidos
Desde ABA Abogadas, la letrada Anna Salort, especialista en Derecho de Familia y Derecho Civil, explica el nuevo procedimiento: “Se obliga a que los padres hagan constar expresamente el orden de los apellidos en la solicitud de inscripción en el registro civil. En el caso de que no se haga constar, o bien estén en desacuerdo, tendrán un plazo de tres días para comunicar su decisión al Encargado del Registro Civil.
En aras de encontrar un equilibrio que satisfaga a los progenitores y que abogue por la igualdad, la nueva Ley ofrece la posibilidad de cambiar nombres y apellidos, como explica Anna Salort “Puede establecerse el uso de los apellidos de ambos padres como primer apellido compuesto, ya sea padre-madre o madre-padre.
Esta ley se aplica a los españoles, pero los extranjeros residentes en España solo pueden acogerse a la ley de su país de origen. Depende de cada cultura si se da prioridad al nombre del padre o no, incluso si la mujer cambia su apellido por el de su marido al casarse. En Austria los hijos llevan por apellido el nombre familiar que hayan elegido los padres al contraer matrimonio.
Lo primero que hay que hacer es inscribir el nacimiento del bebé en el Registro Civil. ¿Cómo hacerlo? Elegir el nombre del bebé es complicado y emocionante para los padres. Tras el nacimiento del pequeño, los padres están obligados a inscribirlo en el Registro Civil, bien de forma telemática desde el hospital o en las propias oficinas del registro.
La Ley 40/1999, de 5 de noviembre, sobre nombre y apellidos y orden de los mismos, y el Real Decreto 193/2000, de 11 de febrero, introducen una modificación esencial en la materia, que afecta principalmente al orden de transmisión de los apellidos, permitiendo que los padres decidan al inscribir el nacimiento si el primer apellido del hijo es el paterno o el materno.
La filiación puede ser determinada de varias maneras:
- Filiación determinada respecto de ambos progenitores.
- Filiación determinada respecto de uno de los progenitores.
- Filiación desconocida.
- Supuestos especiales.
Filiación Determinada Respecto de Ambos Progenitores
Si la filiación matrimonial o no matrimonial está determinada respecto de ambas líneas, el hijo llevará como primer apellido, el primero del padre, y como segundo apellido, el primero de la madre.
El Debate Cultural y la Evolución de los Apellidos
El apellido y su orden en el registro de los recién nacidos ha sido debatido en casi todas las culturas. Muchos países mantienen la tradición del sistema patriarcal en el que el apellido del padre tiene prioridad sobre el maternal. En España, por ejemplo, hasta 2017 existía una clara preferencia por el apellido paterno al momento del registro civil, lo que reflejaba una inercia cultural que relegaba a las mujeres a un segundo plano.
Sin embargo, la historia también muestra que los apellidos pueden ser un reflejo de la herencia materna. En muchas culturas, las mujeres han mantenido su apellido al casarse, lo que ha permitido que sus linajes también sean reconocidos.
El caso de Rebecca Lee, de 43 años de edad, ilustra cómo las mujeres desafían las leyes que consideran injustas. Lee reside en Países Bajos. Fue adoptada de pequeña y aunque tenía un apellido holandés, nunca se sintió como tal. Sin embargo, al intentar transmitir su apellido a su hija tras una separación matrimonial, tropezó con un sistema que privilegia al padre en este tipo de decisiones.
“Ella está conmigo la mitad del tiempo y la otra mitad con su padre. La organización Clara Wichmann aboga por que se le dé su lugar al apellido materno y apoya a mujeres como Lee en lucha por cambiar las leyes. Argumenta que perpetúan estereotipos de género y discriminan a las madres. Algo que no es exclusivo de los Países Bajos.
En España la legislación cambió en 2017. Ahora permite que los padres decidan el orden de los apellidos al registrar a sus hijos. La modificación fue un paso significativo hacia la igualdad al posibilitar que el apellido materno pueda preceder al paterno si así lo deseaban ambos progenitores.
En países hispanohablantes, como Argentina y México, el sistema también ha evolucionado. Aunque en Argentina los padres tienen libertad de elegir entre usar solo uno de los apellidos, la tradición aún pesa. A pesar de los cambios legislativos, la percepción social sobre los apellidos sigue siendo un obstáculo. En muchos casos, las familias optan por mantener el apellido paterno debido a presiones sociales o culturales.
El sociólogo Kobe De Keere señala que los apellidos llevan consigo señales de clase y estigma racial. La elección del apellido puede influir en oportunidades laborales y sociales. Ciertos nombres étnicos son menos favorecidos en procesos de selección laboral.
En contraste con España y América Latina, otros países tienen sistemas diferentes para manejar los apellidos. En Portugal y Brasil, por ejemplo, es común el apellido materno ocupe el lugar después al paterno, aunque este último sea el que se transmite a las siguientes generaciones.
La globalización ha transformado muchas facetas de la vida cotidiana, incluida la forma en que las familias eligen los apellidos. La interconexión cada vez mayor de la sociedad hace que las personas tengan contacto con culturas y prácticas que influyen en sus decisiones. Por ejemplo, en familias multiculturales es habitual que los padres deseen honrar las tradiciones de ambos lados. Esto puede resultar en la creación de apellidos compuestos o en la elección de un apellido que combine elementos de ambas herencias. Esta tendencia refleja un cambio hacia una mayor inclusividad y reconocimiento de la diversidad cultural.
Igualmente, las redes sociales han cambiado la forma en que las personas se relacionan con sus identidades y, por ende, con sus apellidos. Además, las redes sociales han dado voz a movimientos que abogan por el cambio en la percepción de los apellidos. Campañas que promueven el uso en primer lugar del apellido materno o la igualdad en la transmisión de apellidos han ganado apoyo y generan discusiones sobre el valor de los apellidos en el contexto moderno.
Incluir temas relacionados con la igualdad de género y la diversidad cultural en los programas escolares puede ayudar a las nuevas generaciones a entender y valorar diferentes tradiciones familiares. Además, talleres y charlas sobre derechos familiares facilitan que madres y padres puedan manejar la información necesaria para tomar decisiones sobre el registro de apellidos de manera más equitativa.
A pesar de los avances legislativos en varios países, aún existen obstáculos legales que impiden una igualdad plena en la transmisión de apellidos. En muchos lugares, las leyes son ambiguas o carecen de claridad sobre cómo se deben manejar situaciones específicas, como el desacuerdo entre padres sobre el orden de los apellidos. Además, algunos países aún mantienen sistemas restrictivos que limitan las opciones disponibles para los padres al registrar a sus hijos.
Las organizaciones defensoras de derechos humanos continúan abogando por reformas que eliminen estas barreras legales. Destacan que se debe garantizar que todos los niños tengan derecho de llevar un apellido que represente equitativamente a ambos progenitores.
La Libertad de Elección y los Posibles Conflictos
En la actualidad los progenitores tienen libertad para establecer el orden de los apellidos de sus hijos. En España, el nombre está compuesto por el nombre propio y dos apellidos. El nombre propio se elige por los padres libremente y los dos apellidos serán los de los padres. En muchos otros países solo hay un apellido, pero desde hace más de 150 años en España se registran dos apellidos en el Registro Civil. En la mayoría de los países de nuestro entorno se utiliza únicamente un apellido, que suele ser el del padre, ejemplos de ello son Francia o Italia.
Con la ley 11/1981 la atribución de los apellidos era diferente. A partir del año 2000, fue posible que los progenitores dieran preferencia al apellido materno al establecer el orden de apellidos del hijo. Este avance no fue completo, ya que sólo se permitía esta situación si se presentaba la inscripción ante un juez y era de mutuo acuerdo entre los progenitores.
En 2011 se aprueba la ley 20/2021 de reforma de la Ley del Registro Civil y que ha entrado en vigor en 2017. Tras esta reforma los progenitores tienen total libertad para establecer el orden de los apellidos de sus hijos que deseen.
El problema viene cuando no hay acuerdo entre ellos o no quieren ejercer ese derecho. Es importante mencionar que el orden de los apellidos deberá ser el mismo para todos los hermanos. Por lo tanto, el orden de los apellidos que escojan los progenitores para el primer hijo determinará el de los siguientes. Solo cuando los hijos cumplan 18 años podrán cambiar el orden de sus apellidos y su nombre. En ese caso, sí podría darse que hermanos tengan los apellidos en diferente orden, con un cambio a posteriori.
La ley permite la combinación de los apellidos del padre y la madre como solución al posible problema de decidir cual poner delante.
Pese a todos los cambios legales y la visible evolución en pos de la igualdad que el legislador esta buscando los datos son sorprendentes. De 2017 hasta ahora, solo el 0,5% de los bebes nacidos llevan el primer apellido de su madre. En el año 2017 fueron 3.000 y si que hubo un mayor porcentaje que otros años, pero desde entonces las cifras han sido muy bajas.
Normalmente el orden de los apellidos no suele ser fuente de conflicto en los progenitores, pero en ocasiones si que se producen estos desacuerdos. Por eso bueno conocer la legislación que actualmente regula las soluciones a este conflicto. Durante años la regla general en el sistema español presuponía que el orden de los apellidos era primero el del padre y segundo el de la madre.
Des del año 2000, es posible alterar este orden e inscribir al bebé con el primer apellido el de la madre. Esto cambió con la nueva ley del Registro Civil que entró en vigor en el año 2017. Desde entonces, en el caso de que existan dos progenitores, son ellos los que acordarán el orden de transmisión de su apellido antes de la inscripción registral. Es decir, cuando los padres inscriben a un recién nacido en el Registro Civil, lo harán especificando su nombre y apellidos, siempre y cuando estén de acuerdo.
Todos debemos felicitarnos del sobresaliente avance legislativo español en materia de igualdad entre el hombre y la mujer, siguiendo los principios rectores de nuestro ordenamiento constitucional (arts. 14, 32.1 y 35 CE). Es digno de mención que el segundo artículo citado determina que en el matrimonio tiene que existir plena igualdad jurídica.
Este avance se ha trasladado a la imposición de los apellidos de los padres en plano de igualdad, rompiendo con la costumbre o simple tradición histórica de que prima el apellido del padre sobre el de la madre, cuyo criterio, en un Estado democrático e igualitario, debemos verlo anacrónico y fuera de lugar si no existe acuerdo entre ambos progenitores.
Ciertamente, como indica el Preámbulo V de la Ley 20/2011, de 21 de julio, del Registro Civil: “El nombre y apellidos se configura como un elemento de identidad del nacido derivado del derecho de la personalidad y como tal se incorpora a la inscripción de nacimiento. Con el fin de avanzar en la igualdad de género se prescinde de la histórica prevalencia del apellido paterno frente al materno permitiendo que ambos progenitores sean los que decidan el orden de los apellidos”.
En este sentido, el hecho de que en otros países importantes la mujer pierda su apellido por el de su esposo, supone lisa y llanamente una discriminación sin justificación en este siglo XXI y, por esta razón, los españoles debemos alegrarnos de tener una normativa muy progresista y avanzada acorde a los tiempos que vivimos.
A partir del pasado 30 de junio de 2017, tras la reforma de la Ley del Registro Civil, ya no prevalece el apellido del padre sobre el de la madre, exigiendo acuerdo entre ambos padres para fijar el orden de los apellidos de sus hijos, cuya primera inscripción de nacimiento determinará el orden para la inscripción de los posteriores nacimientos con idéntica filiación. En este sentido se ha modificado el artículo 109 CC y el artículo 49.2 de la citada Ley del Registro Civil que establece: “2. La filiación determina los apellidos.Si la filiación está determinada por ambas líneas, los progenitores acordarán el orden de transmisión de su respectivo primer apellido, antes de la inscripción registral."
En caso de desacuerdo o cuando no se hayan hecho constar los apellidos en la solicitud de inscripción, el Encargado del Registro Civil requerirá a los progenitores, o a quienes ostenten la representación legal del menor, para que en el plazo máximo de tres días comuniquen el orden de apellidos. Transcurrido dicho plazo sin comunicación expresa, el Encargado acordará el orden de los apellidos atendiendo al interés superior del menor”.
De manera que, el precepto, señala que los progenitores tienen que acordar o pactar cuál será el primer apellido de su hijo. Sin duda, en la relación de cualquier pareja, matrimonial o no, cuando se espera el nacimiento de un niño es frecuente que se pregunten mutuamente ¿qué nombre le pondremos al bebé? Tras la enumeración de una retahíla de nombres pronunciados por ambos, generalmente deciden que si es niño se llamará de tal manera, y si es niña de tal otra. Pero es curioso que generalmente los progenitores no suelen ni plantearse ni debatir sobre el orden de los apellidos que pondrán a sus hijos, si el primero de ellos será el paterno o materno, primando, en la mayoría de los casos, como decíamos, el apellido paterno."
"El legislador, postulándose claramente a favor de la igualdad de ambos progenitores, desea que los padres dialoguen, pacten y lleguen a acuerdos"Es cierto que esta posibilidad de poner el apellido materno sobre el paterno ya existía a raíz de la promulgación de la Ley 40/1999, de 5 de noviembre, que posibilitaba alterar el orden de los apellidos, pero realmente tal posibilidad no se trasladó a la sociedad en general, posiblemente por desconocimiento o indiferencia. A título informativo, según fuentes del Ministerio de Justicia, en el año 2016 solo 2953 recién nacidos fueron inscritos en el Registro Civil con el apellido materno en primer lugar, previa solicitud.
Por ello, el legislador, postulándose claramente a favor de la igualdad de ambos progenitores, desea que los padres dialoguen, pacten y lleguen a acuerdos. La norma les da un plazo de tres días para decidir unánimemente sobre qué apellido elegirán o pondrán en primer lugar. ¿Es razonable que una pareja no sea capaz de ponerse de acuerdo en este tema desde un plano de igualdad en la toma de decisión? Entonces ¿qué solución existe para el caso de discrepancia o desacuerdo de los padres? Únicamente tendríamos la opción de la decisión del Encargado del Registro Civil, que seguramente no será la más idónea e incluso podría crear tensiones innecesarias, aunque se da por hecho que no impondrá el apellido del padre por defecto como hasta ahora."
"El Encargado del Registro Civil podrá utilizar diversos criterios para decidir el primer apellido del recién nacido, en defecto de acuerdo de los padres, como pueden ser: el orden alfabético, lo común o no de los apellidos de ambos progenitores o el sorteo puro y duro"En estas situaciones, el Encargado del Registro Civil podrá utilizar diversos criterios para decidir el primer apellido del recién nacido, en defecto de acuerdo de los padres, como pueden ser: el orden alfabético, lo común o no de los apellidos de ambos progenitores o el sorteo puro y duro. De manera que la pareja está trasladando la decisión a un tercero por no ponerse de acuerdo ellos mismos. Conozco a una pareja que tenían apellidos muy comunes pero que echaron a suertes qué apellido pondrían en primer lugar en el ejercicio del derecho igualitario que les asistía, aceptando sin rencor ni remordimiento el resultado.
Estoy seguro que habrá personas que opinen que con estos planteamientos -primando el acuerdo y la igualdad real en todos los aspectos de la vida en pareja- estamos llevando el asunto al extremo, pero nada más alejado de nuestro pensamiento. Las mujeres tienen que ser dueñas de su destino, de la conquista de derechos y eso pasa, irremediablemente, por ejercer en todo momento en plano de igualdad con el hombre todas las opciones que el legislador les atribuye. Minimizar los temas supone devaluar los avances conseguidos a base de tesón y esfuerzo."
"En algunos casos, las capitulaciones matrimoniales pueden ser el vehículo idóneo para fijar la determinación del primer apellido que desean poner a sus hijos, si será el paterno o el materno, porque tal decisión unánime es favorecedora de la igualdad de derechos que preconiza nuestro ordenamiento"De todos es conocido que los futuros contrayentes pueden pactar su régimen económico matrimonial con antelación a la celebración del matrimonio, tal como dispone el artículo 1326 CC, debiendo constar para su validez en escritura pública. Es digno de destacar en este momento que el contenido de los capítulos matrimoniales no puede ser contrario “a las leyes o a las buenas costumbres o limitativa de la igualdad de derechos que corresponda a cada cónyuge” como enfatiza el artículo 1328 CC. Ello supone que, en algunos casos, las capitulaciones matrimoniales pueden ser el vehículo idóneo para fijar la determinación del primer apellido que desean poner a sus hijos, si será el paterno o el materno, porque tal decisión unánime es favorecedora de la igualdad de derechos que preconiza nuestro ordenamiento.
Con el presente artículo únicamente pretendo hacer una llamada de atención a superar viejas tradiciones y subirnos al tren de la modernidad, que hace a las mujeres y a los hombres más libres e iguales en todos los aspectos de la vida, y desde luego, el establecimiento del orden de los apellidos en los hijos es un síntoma de tal igualdad, ahora reconocido por la legislación española que ha sido precursora en este tema tan importante.
Palabras clave: Apellidos de los hijos, Orden de transmisión, Igualdad matrimonial.
Keywords: Children's surnames, Order of transmission, Equality in marriage.
Resumen El presente artículo pretende hacer una llamada de atención a superar viejas tradiciones y subirnos al tren de la modernidad, que hace a las mujeres y a los hombres más libres e iguales en todos los aspectos de la vida, y desde luego, el establecimiento del orden de los apellidos en los hijos es un síntoma de tal igualdad, ahora reconocido por la legislación española que ha sido precursora en este tema tan importante.
Abstract This article calls on readers to set aside old traditions and to take the path towards modernity, which makes women and men freer and more equal in all areas of life. Establishing the order of their children's surnames is clearly a symptom of this equality, and is now recognised by Spanish legislation, which has been a pioneer in this important area.
Hace cinco años que en España el apellido paterno dejó de tener preferencia al registrar a un bebé. Desde 2017, los progenitores pueden elegir el orden sin necesidad de presentar ningún documento. Sin embargo, solo el 0,5% de los recién nacidos en este tiempo llevan primero el apellido de la madre. Cuesta romper la tradición aunque la ley lo facilite.
TVE ha preguntado a varias personas y todas ellas sostienen que "todos los casos que conozco siguen la inercia". "No me lo planteé, ni con el pequeño tampoco", explica una de las mujeres cuestionadas. "Hemos seguido la tradición", comenta otro padre.
Sin embargo, Rocío Benavente no lo hizo. Registró a sus hijas con su apellido por delante. Pero no solo eso. "Yo misma me cambié el orden de los apellidos antes de que naciera mi hija", subraya a TVE. Esta decisión es un homenaje a sus mujeres, consensuado con su pareja, que todavía hoy genera dudas. "Hay gente que piensa que su padre no está en sus vidas a lo mejor porque no se apellida como ellas y no, no, su padre es feliz con esta decisión como lo soy yo", continúa Benavente.
Romper con una costumbre patriarcal
La socióloga especialista en maternidad, Esther Vivas, indica a TVE que "las parejas que se deciden a hacerlo es porque quieren romper con una costumbre patriarcal". Este fue el motivo de Santi Gimeno y su pareja. "Al final las mujeres son las que cargan con el embarazo, con el parto, con la lactancia en muchos casos", señala.
También Erika y Carlos llegaron a un acuerdo: sus hijos tendrían nombres riojanos, como él, y apellido aragonés, como ella. "Yo me lo tomo con total normalidad", relata Carlos. "Es un gesto pequeño, pero al final es importante que mis hijos, nuestros hijos, vean que no es una imposición social", sostiene por su parte Erika.
Europa y sus leyes
De nuestros vecinos europeos, los portugueses tienen la ley más igualitaria. Pero, en la práctica, el apellido materno únicamente prevalece cuando la mujer no tiene hermanos, para que no se pierda el apellido, o "con madres solteras", como explica la profesora de Derecho, Helena Pereira de Melo.
Normalmente, los ciudadanos siguen la tradición que impuso el dictador Salazar: ordenó poner el apellido paterno en último lugar, es el que consideran más importante, aunque, curiosamente, en su caso 'Salazar' venía de su madre.
En Italia, hasta 2016, solo se transmitía el apellido del padre y las familias recurrieron a la justicia. Esto demuestra que la gente "está más abierta a los cambios y al progreso social que el propio Parlamento", asegura Ludovica Bargellini, abogada. En abril, se dio un paso más: los bebés recibirán los dos apellidos y los padres podrán elegir solo uno si hay acuerdo.
En Francia las mujeres casadas adoptan el apellido del marido
En Francia, las mujeres se han organizado en el movimiento 'Porte mon nom'. Son sobre todo divorciadas y solteras porque las casadas adoptan el apellido del marido. Desde julio, pueden poner su apellido detrás del paterno antes necesitaban permiso del hombre. No obstante, denuncian desde la asociación que la ley se está incumpliendo. "El mismo ayuntamiento dice que eso es demasiado jaleo, muchos papeles. Algunos registros de estado civil no quieren hacerlo". Por eso, dicen, toca seguir luchando.
Datos Estadísticos y Tendencias Actuales
A pesar de los cambios legislativos y la intención de promover la igualdad, las estadísticas muestran que la tradición del apellido paterno sigue siendo fuerte. Solo el 0,5% de los bebés nacidos desde 2017 llevan el apellido materno en primer lugar. En el año 2017 fueron 3.000 y si que hubo un mayor porcentaje que otros años, pero desde entonces las cifras han sido muy bajas.
La siguiente tabla muestra la evolución del registro de apellidos en España desde 2017:
| Año | Porcentaje de bebés con apellido materno primero |
|---|---|
| 2017 | Mayor porcentaje en comparación con otros años |
| 2018-2023 | Aproximadamente 0.5% |
