Nueva Normativa en España para la Protección de Menores en Bares y Establecimientos Públicos

El Consejo de Ministros ha aprobado una ley clave para la prevención del consumo de bebidas alcohólicas en menores. Esta normativa, que surge de recomendaciones previas, tiene como principal objetivo evitar que los adolescentes consuman alcohol, retrasar la edad de inicio en el consumo y reducir los episodios de consumo excesivo. Para lograrlo, se busca restringir los espacios donde se podrá beber, así como regular la publicidad, la venta y la exposición de alcohol en lugares frecuentados por niños.

Aunque la venta de alcohol a menores ya está prohibida en las leyes autonómicas, la Encuesta sobre Drogas en Enseñanzas Secundarias revela que el alcohol sigue siendo la sustancia psicoactiva más consumida entre jóvenes de 14 a 18 años. Siete de cada diez jóvenes reconocen haber bebido alguna vez, y la mayoría considera que es fácil conseguir bebidas alcohólicas.

Medidas Clave de la Nueva Ley

El proyecto legal será ahora tramitado en las Cortes, por lo que podría sufrir cambios, pero estas son, por ahora, las principales medidas que incluye:

Restricción del Consumo en Espacios Públicos

Se prohíbe el consumo de alcohol a adultos -y niños- en los clubes, centros deportivos y espacios de ocio cuando haya sesiones concebidas específicamente para menores de edad. Por ejemplo, se impedirá en los partidos y entrenamientos de equipos deportivos infantiles o en conciertos dirigidos a niños. También estará vetado en los centros educativos, en centros de protección de menores y en residencias de estudiantes que admitan a menores, ya sea en la cafetería o en las fiestas escolares.

Regulación de la Publicidad

La ley impide que los anuncios de bebidas alcohólicas se dirijan a menores, así como que los espacios publicitarios estén protagonizados por personas menores de 21 años o mayores pero caracterizados de menores, o famosos -reales o de ficción- vinculados a la población infantil o a embarazadas.

Asimismo, prohíbe el emplazamiento de publicidad en un radio de 150 metros de centros educativos, parques, lugares de ocio infantil, centros de menores, centros sanitarios o sociosanitarios, lo que incluye las marcas que algunas empresas ponen en las mesas y sombrillas de las terrazas de los bares. Sí estará permitida la publicidad de las bebidas fermentadas (cerveza y vino) con menos de 0,5% de alcohol.

Control de la Venta y Dispensación

La norma prohíbe la venta ambulante sin licencia en la vía pública y las máquinas de dispensación deberán incorporar mecanismos técnicos eficaces que impidan la adquisición a adolescentes. La exposición y acceso a las bebidas alcohólicas en los establecimientos de autoservicio deberá limitarse a un espacio concreto dentro del propio local que esté separado de los espacios con productos específicamente destinados a las personas menores de edad. Y en las tiendas dedicadas mayoritariamente a la venta de productos para niños, como tiendas de golosinas, no podrán venderse ni exhibirse.

Educación y Salud

Además, la ley promueve la inclusión de contenidos preventivos en los planes de estudio, desde primaria, y en la formación del profesorado, así como concienciar sobre el estilo de vida saludable en las actividades extraescolares. En el ámbito sanitario, prevé la puesta en marcha de protocolos destinados a detectar el consumo por parte de menores y su inclusión en la historia clínica. Asimismo, en los servicios de urgencias, los adolescentes atendidos con intoxicación etílica serán objeto de una evaluación integral y, si son menores de 16 años, también sus padres. Una evaluación que podrá mantenerse después del alta, para hacerles seguimiento.

Otras Medidas

El proyecto legal contempla también que las administraciones "puedan valorar" restringir el número de licencias de apertura de bares o establecimientos teniendo en cuenta la concentración ya existente de puntos de venta en las inmediaciones de centros educativos o establecimientos donde se desarrollen espectáculos infantiles. No es una imposición, sino que la decisión se deja en manos de las administraciones territoriales.

El texto legal también prevé que las fuerzas y cuerpos de seguridad realicen pruebas de alcoholemia en los lugares donde está prohibido el consumo de alcohol, con alcoholímetros, para verificar el cumplimiento de la ley. Las sanciones que se impongan a menores podrán ser suspendidas a cambio de su participación en programas de concienciación o rehabilitadores.

La norma contempla un conjunto de sanciones, de leves a graves, que van desde 100 a los 600.000 euros. Entre ellas, destaca como infracción grave, penada con entre 601 y 30.000 euros, que un adulto compre una bebida alcohólica a un menor.

El Consejo de Gobierno ha aprobado una modificación del Reglamento General de Admisión de Personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, vigente desde 2003, con el fin de permitir que en los pubs y bares con música se pueda prohibir la entrada a menores de 18 años, siempre previa autorización administrativa. Hasta ahora, únicamente las discotecas y salas de fiesta podían limitar el acceso a los menores, mientras que en los pubs y en los bares con música la normativa sí les permitía la entrada a partir de los 16 años, aunque con la prohibición de dispensarles bebidas alcohólicas.

La decisión, que afecta a salas de fiesta, discotecas, discotecas de juventud, salones de celebraciones, pubs y bares con música, obedece a la práctica ausencia de conflictividad detectada en estos recintos desde la aprobación del reglamento hace dos años, especialmente cuando se trata de pequeños locales situados en el ámbito rural.

La nueva ley pretende prevenir el consumo de alcohol entre menores, dada la fácil accesibilidad de estas bebidas. La legislación incluye medidas en educación, salud y regulación de la publicidad, buscando concienciar sobre los riesgos del alcohol en la juventud.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al Proyecto de Ley que busca prevenir el consumo de bebidas alcohólicas entre los jóvenes. Esta medida surge ante la preocupante realidad que revela la Encuesta Estatal sobre Uso de Drogas en Enseñanzas Secundarias, donde el 93% de los adolescentes entre 14 y 18 años considera fácil conseguir alcohol.

La aprobación de esta ley responde a la creciente preocupación de la sociedad, ya que el 83,5% de la población considera el consumo de alcohol en menores como un problema serio. La nueva legislación, que ahora se someterá al trámite parlamentario, incluye diversas medidas en ámbitos como la educación, la familia y la salud.

El Gobierno aprueba la ley de prevención del consumo de alcohol en menores

Entre las acciones destacadas se encuentran programas de concienciación para padres y la inclusión de contenidos educativos sobre los riesgos del alcohol en las escuelas. Además, se establecerán protocolos en los servicios de salud para detectar el consumo en menores.

Resumen de las Limitaciones de Venta, Dispensación y Exposición

A continuación, se presenta un resumen de las principales limitaciones que establece la nueva ley:

  • Se prohíbe la venta ambulante y sin licencia administrativa en la vía pública.
  • Las máquinas expendedoras deben incorporar mecanismos técnicos eficaces para impedir que los menores adquieran alcohol.
  • La exposición y acceso a bebidas alcohólicas en establecimientos de autoservicio debe limitarse a un espacio concreto, separado de productos destinados a menores.
  • En tiendas dedicadas a productos para menores, no se podrá vender ni exhibir alcohol.

Restricciones Publicitarias

La nueva ley también establece restricciones significativas en la publicidad de bebidas alcohólicas, incluyendo:

  • Prohibición de publicidad dirigida a menores, ya sea directa, indirecta o encubierta.
  • Restricciones en el uso de imágenes o voces de personas menores de 21 años en la publicidad.
  • Prohibición de emplazamiento de publicidad en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios y parques infantiles.

El Consejo de Ministros ha aprobado remitir a las Cortes, para su tramitación parlamentaria, el Proyecto de Ley de prevención del consumo de bebidas alcohólicas y de sus efectos en las personas menores de edad, norma que aborda de manera integral este asunto.

Mónica García ha explicado que los objetivos de la ley son prevenir el consumo de alcohol en menores de edad y protegerlos de sus efectos, crear entornos seguros y saludables para la infancia y la adolescencia y dotar de herramientas eficaces a los sectores que trabajan con estos colectivos para promover hábitos saludables. "La evidencia científica es clara: no existe una cantidad segura de alcohol de cualquier tipo que no implique un impacto negativo en la salud. Beber alcohol de forma moderada no aporta ningún beneficio a la salud", ha remarcado la ministra.

El consumo de alcohol queda prohibido para los menores de edad, así como para todas las personas en los espacios donde la presencia de menores sea mayoritaria, como centros educativos, deportivos o de ocio.

La ley prohíbe la venta y exposición de bebidas alcohólicas en establecimientos que están destinados principalmente a menores, como puedan ser jugueterías que también vendan alimentos o bebidas, ha apuntado Mónica García.

Además, la ministra ha indicado que las máquinas de autoservicio deberán contar con mecanismos que impidan la adquisición de bebidas a menores y no podrán instalarse en la vía pública o en espacios en los que esté prohibida la venta y consumo de bebidas alcohólicas.

En cuanto a la publicidad, la ministra ha resaltado que se prohíbe la publicidad de alcohol dirigida a menores, así como aquella que use imágenes, mensajes o términos que minimicen sus riesgos para la salud y los asocien con la infancia o la juventud.

Se prohíbe el patrocinio de bebidas alcohólicas y de empresas en los espacios públicos dirigidos a menores y en las actividades formativas para profesionales de la sanidad, de la enseñanza, del deporte o de los servicios de infancia y juventud.

Se prohíbe, también, el emplazamiento de cualquier tipo de comunicación comercial, incluida la publicidad, en la vía pública en un radio de 150 metros de centros educativos, sanitarios, sociosanitarios, parques y lugares de ocio infantil.

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