Modificación del Permiso de Lactancia: Nueva Normativa y Derechos en España

El permiso de lactancia es uno de los derechos laborales más importantes para las familias en España. Esta concesión, regulada por el Estatuto de los Trabajadores, permite a los progenitores conciliar su vida laboral con el cuidado del recién nacido durante los primeros meses de vida. Mucho se está hablando del nuevo permiso de lactancia que entró en vigor el pasado 21 de diciembre con la modificación del artículo 37.4 del Estatuto de los Trabajadores a través del Real Decreto-ley 7/2023, de 19 de diciembre, que aprobó el Gobierno.

Y no es de extrañar pues la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, habló -y sigue haciéndolo- de la «incorporación de un permiso de lactancia acumulado hasta un total de 28 días». «Yo fui la primera en ponerme a hacer cálculos para saber de dónde salía esa cifra», reconoce a ABC Aída Casanova, abogada experta en Derecho de Familia. Y es que el artículo 37.4 no habla de 28 días.

Fue en 2019 cuando entró en vigor el permiso por cuidado del lactante, anteriormente conocido como permiso de lactancia, al que pueden acogerse los dos progenitores. Dentro de los permisos laborales, el permiso de lactancia está diseñado para apoyar la conciliación laboral y familiar de las personas empleadas.

El pasado 21 de mayo de 2024, el Consejo Ministros aprobó un Real Decreto ley que se ha publicado ayer día 22 en el BOE y que, entre otras cuestiones, aborda de nuevo la modificación del mencionado permiso.

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¿Quién puede disfrutar del permiso de lactancia?

Cabe destacar que este derecho lo tienen tanto hombres como mujeres. Por lo tanto, este permiso es aplicable tanto a la madre como al padre o a la persona que sea tutora legal del bebé, siempre que ambos trabajen. Aunque se trata de un derecho individual de cada persona trabajadora, solo puede ser ejercido por uno de los progenitores y es intransferible. Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa, pueden llegar a un acuerdo para disfrutar del permiso de lactancia de manera alterna o simultánea.

Duración y Modalidades del Permiso

Entonces, ¿cuánto dura el permiso de lactancia? Las principales diferencias entre ambos sectores radican en la duración y la forma de disfrute del permiso. El permiso de lactancia se regula tanto por el Convenio Colectivo como por la normativa laboral vigente.

Para saber de cuántos días es el permiso, padres y madres han de consultar su convenio colectivo en primer lugar. «Lo más probable es que lo tengan regulado, pues así lo tienen la mayoría, que suelen fijar el permiso de lactancia en una acumulación de 14 normalmente, e incluso 15 días, en algunos casos», explica Casanova.

Los progenitores que, sin embargo, no lo tengan así regulado en su convenio, «tendrán que hacer el cálculo matemático mediante la siguiente fórmula», continua la experta: «Hay que saber cuántos días te corresponden dividiendo el número de días que le quedan a tu bebé hasta que cumpla los 9 meses por las horas de trabajo que te corresponden por jornada laboral. Si trabajas 8 horas de lunes a viernes, por poner un ejemplo, los progenitores que se cojan la baja después de sus 16 semanas de permiso de maternidad, les corresponde 14 días igualmente, teniendo en cuenta una jornada laboral de lunes a viernes de 8 horas diarias.

Es necesario avisar a la empresa con un mínimo de 15 días de antelación, especificando la modalidad en la que se desea disfrutar (por horas o acumulado en días).

A partir del 21 de diciembre de 2023, los empleados, tanto del sector privado como de la administración pública, podrán acumular hasta 28 días de permiso. ¿Cuánto es el permiso de lactancia? Es de 15 días laborables, no naturales.

«Este aspecto sí es importante porque les permite acumularlo, así como su ampliación en el caso de descendencia múltiple. Por tanto, las familias que hayan tenido un hijo desde el 21 de diciembre de 2023 y en adelante, les toca averiguar cuántos días les corresponden.

«Podría llegar a ser correcto -puntualiza la experta- en el caso de partos múltiples, ya que el Estatuto dice que ‘La duración del permiso se incrementará proporcionalmente en los casos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento múltiples’.

Lo que está claro es que el permiso de lactancia, o mejor dicho, permiso por cuidado de lactante, no se incrementa a 28 días. Sí será en el caso de los padres y madres a los que les correspondan 14 días y hayan sido padres de gemelos.

Los progenitores pueden optar por una hora completa de ausencia o una reducción de treinta minutos en su jornada de trabajo. Lactancia acumulada: puede acumularse en jornadas completas que den lugar a días adicionales al permiso por maternidad o paternidad. Esto significa que tanto la reducción de la jornada como la acumulación de días de permiso se deben ajustar a las horas de trabajo que realiza la persona empleada.

Remuneración y Consideraciones Adicionales

Tu empresa es la responsable de pagar hasta los 9 meses del bebé. Cabe recordar que este permiso es remunerado hasta que el bebé cumpla los 9 meses. «El numero de días concretos que te pertenecen por lactancia depende de cada persona: de su jornada laboral y de cuándo lo solicite, pues hay que tener en cuenta los 9 meses», insiste Casanova.

Aspecto Detalles
Duración estándar 15 días laborables (puede variar según el convenio colectivo)
Acumulación Posibilidad de acumular hasta 28 días en algunos casos
Remuneración Pagado por la empresa hasta los 9 meses del bebé
Beneficiarios Ambos progenitores (padre y madre)

Impacto en el Entorno Laboral

Cuando las personas trabajadoras perciben que la empresa respeta y apoya sus derechos, incluyendo el permiso de lactancia, se sienten más valoradas. El estrés que puede generar la dificultad de conciliar la vida laboral y personal puede llevar a un aumento en el absentismo. Además, las políticas de conciliación bien gestionadas son un factor clave en la retención de talento. Garantizar el derecho al permiso para el cuidado del bebé lactante es esencial para equilibrar la vida familiar con la profesional de las personas empleadas.

El permiso de lactancia es individual e intransferible. La lactancia, aunque en origen se asocia más a las madres, es un derecho que también puede ser disfrutado por los padres y otros progenitores. Es un ejemplo de cómo las leyes pueden evolucionar para adecuarse a las necesidades reales de cada persona.

A efectos aplicativos para los trabajadores a tiempo parcial la Sentencia del Tribunal Supremo de 21 de noviembre de 2023 clarifica la forma de computar la acumulación de horas para los trabajadores con jornada parcial. Partiendo del principio regulado en el artículo 12. No se exige tener disfrutado íntegramente el permiso de cuidado de hijos, dado que, salvo las primeras 6 semanas, el resto pueden ser disfrutadas por semanas hasta que el menor cumpla 1 año.

Cabe señalar que el pasado 12 de enero de 2024 no fue ratificado por el Congreso de los Diputados la modificación del permiso de lactancia introducido por el Real Decreto ley 7/2023, de 19 de diciembre. Este Real Decreto ley debe ser sometido de nuevo a la ratificación del Congreso de los Diputados estando en vigor hasta ese momento.

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