Derechos y Obligaciones de la Mujer y sus Hijos en España

En España, la dinámica familiar y las relaciones entre padres e hijos están reguladas por un marco legal que define derechos y obligaciones para ambos. Este marco se vuelve aún más complejo en situaciones de divorcio, segundas nupcias y familias reconstituidas. Es fundamental que las parejas conozcan las bases legales que rigen su relación, los derechos que les asisten y los deberes que les obligan.

A diario, numerosos matrimonios y uniones extramatrimoniales toman la decisión de poner fin a su convivencia y comenzar a tener vidas separadas. Y es que, la mayor parte de la población, cuando acude a un despacho de familia, confunde dos conceptos clave, patria potestad y la guarda y custodia.

Patria Potestad: Derechos y Deberes Compartidos

La patria potestad es un concepto jurídico clave que engloba tanto los derechos como los deberes de los progenitores (casados o no) hacia sus hijos menores de edad no emancipados. Esta responsabilidad implica tomar decisiones importantes sobre la vida del menor, como su educación, salud y lugar de residencia. La patria potestad son todos los derechos y deberes de los padres en relación con sus hijos menores de edad no emancipados.

Como ya adelantábamos anteriormente, la patria potestad se ejercerá siempre de forma conjunta por ambos progenitores, necesitando, para tomas decisiones trascendentes sobre la vida del menor, consentimiento de ambos.

Un ejemplo claro de la importancia de la patria potestad se presenta al escolarizar a un menor. Para matricularlo en un colegio, se requiere el consentimiento de ambos progenitores. En caso de desacuerdo, cualquiera de los padres puede recurrir a la autoridad judicial, quien, tras escuchar a ambas partes y al hijo (si tiene suficiente madurez, y en todo caso si es mayor de doce años), determinará quién tendrá la facultad de decidir. El juez no decidirá sobre la controversia concreta, sino que determinará cuál de los dos progenitores tendrá la facultad de decidir sobre ella.

El artículo 156 del Código Civil establece que la patria potestad se ejerce conjuntamente por ambos progenitores, requiriendo el consentimiento expreso o tácito del otro para tomar decisiones. Serán válidos los actos que realice uno de ellos conforme al uso social y a las circunstancias o en situaciones de urgente necesidad.

Si los hijos o hijas tuvieren suficiente madurez deberán ser oídos siempre antes de adoptar decisiones que les afecten sea en procedimiento contencioso o de mutuo acuerdo.

En casos de desacuerdos reiterados o circunstancias que entorpezcan gravemente el ejercicio de la patria potestad, el juez puede atribuirla total o parcialmente a uno de los progenitores, o distribuir sus funciones entre ellos. Esta medida tendrá una vigencia limitada, que no podrá exceder de dos años.

En defecto o por ausencia o imposibilidad de uno de los progenitores, la patria potestad será ejercida exclusivamente por el otro.

Es importante destacar que la patria potestad es siempre compartida, salvo en casos excepcionales establecidos por el artículo 170 del Código Civil.

Diferencia entre guarda y custodia y la patria potestad

Ahora bien, ¿Se puede privar a los progenitores de ejercer la patria potestad?

Perder la patria potestad significa que dejas de tener la capacidad legal para tomar decisiones trascendentales sobre el menor.

Derecho de los Hijos a Relacionarse con sus Progenitores

Los hijos menores tienen derecho a relacionarse con sus progenitores, incluso si estos no ejercen la patria potestad, a menos que una resolución judicial o la Entidad Pública dispongan lo contrario (artículo 161). En caso de privación de libertad de los progenitores, la Administración debe facilitar el traslado acompañado del menor al centro penitenciario, siempre que el interés superior del menor recomiende las visitas.

Diferentes tipos de familias en Alemania.

Guarda y Custodia: El Cuidado Diario de los Hijos

Por otro lado, la guarda y custodia se refiere al cuidado cotidiano de los hijos, a quién se encarga de su día a día: quién les despierta, les prepara el desayuno, les lleva al colegio, les ayuda con los deberes. En definitiva, se trata de su cuidado y convivencia diarios. La guarda y custodia es el cuidado cotidiano de los hijos, el día a día de los mismos, quién les despierta, quién les prepara el desayuno, quién los lleva al colegio, quién hace los deberes con ellos…, en definitiva, su cuidado y convivencia diarios.

En virtud de lo anterior, sabemos que existen dos tipos de custodia, la exclusiva y la compartida. Ahora bien, ¿Cuándo procede una u otra? Las manifestaciones de la persona menor de edad.

Ahora bien, nos puede surgir la siguiente pregunta, ¿Se puede atribuir la guarda y custodia a una persona que no sea ni el padre ni la madre? Por ejemplo: supongamos un caso en el que ambos progenitores padecen una grave adicción al alcohol que les impide atender adecuadamente sus propias necesidades básicas.

Sí. El criterio principal es siempre el interés superior del menor.

Custodia Compartida vs. Custodia Exclusiva

En España, existen dos tipos principales de custodia: la exclusiva y la compartida. La elección entre una u otra dependerá de las circunstancias específicas de cada caso, priorizando siempre el bienestar del menor.

Responsabilidades Legales en Familias Reconstituidas

En España, cada vez se dan más los casos de parejas cuyos miembros aportan, cada uno, hijos a la nueva familia.

En la sociedad actual española resulta muy habitual encontrarse con parejas que conviven con hijos menores no comunes, hijos que pertenecen únicamente a un miembro de la pareja. Frente a esta situación el miembro de la pareja que no es el progenitor del menor deberá asumir una serie de responsabilidades y compromisos relativos a su bienestar y a su vida cotidiana.

La Organización de Consumidores y Usuarios pone en claro en un informe algunas de esas obligaciones Los aspectos legales de tu relación con los hijos de tu pareja van desde el pago de pensiones de alimentos hasta las herencias Según datos del INE entre el 50 y el 60 % de los matrimonios en España acaban en divorcio. Se entiende por ello que cada vez sean más las llamadas familias reconstituidas cuyos miembros aportan cada uno uno o más hijos al núcleo.

La convivencia con otro individuo no solo es compleja por las inherentes diferencias que existen entre las personas, sino además porque dicha convivencia supone una serie de obligaciones jurídicas y legales.

¿Que relaciones legales se establecen entre los padrastros e hijastros? La OCU ha hecho un resumen de algunas de estas partiendo, claro, de que haya una relación formalizada legalmente entre los adultos. Estos criterios no afectan a parejas de hecho no legalizadas, y pueden variar (o son ambiguos) en parejas de hecho legalizadas.

Según la Organización, la relación que tenemos con nuestros hijastros e hijastras tiene particularidades muy específicas. "No es igual que la que tendrías, por ejemplo, con el hijo de unos amigos del que eres padrino o madrina de bautismo. Por mucho que quisieras y frecuentaras a ese niño, sería a efectos legales como un extraño. Sin embargo, los hijastros son, ya para empezar, parientes de primer grado por afinidad".

Obligaciones Económicas

En principio, la responsabilidad de sustentar económicamente a tus hijastros no es tuya sino de sus padres, aunque lo normal es que voluntariamente los padrastros y madrastras contribuyan a ello en alguna medida. Ahora bien, dependiendo de vuestro régimen económico matrimonial, contribuir a su sustento sí podría ser tu obligación aseguran.

Un ejemplo: podría darse que tu pareja pague a su ex una pensión de alimentos para los niños y que de pronto se vea incapaz de asumirla, en ese caso si estáis casados en régimen de gananciales os correspondería asumir la deuda desde la hucha común, de la que forma parte tu salario y tus rentas.

Pensión de Orfandad

La OCU también señala que en nuestro país la pensión de orfandad puede beneficiar a los hijos del viudo, o sea a los hijastros, si se cumplen algunos requisitos suplementarios como que tu matrimonio se celebrara al menos dos años antes de tu fallecimiento, que tus hijastros convivieran contigo y dependieran de ti económicamente, que no cobren otra pensión pública y que no tengan otros familiares obligados a prestarles alimentos. "Es decir, que si tú mueres habiendo generado el derecho a pensión de orfandad y se dan todas esas circunstancias, es posible que tus hijastros la reciban" señala el informe.

Herencia

Siempre que estemos casados, podemos heredarles a nuestros hijastros o hijastras siempre y cuando no perjudique a otros herederos.. Georgijevic

Y recomiendan que si quieres favorecer a tus hijastros traspasándoles parte de tus bienes, debes tener en cuenta dos cosas: si falleces y no has hecho testamento, ellos no recibirán nada tuyo porque no se encuentran en la lista de candidatos a heredar que la ley tiene prevista y que está compuesta por el cónyuge y por parientes carnales. Es decir, si quieres favorecer a tus hijastros por herencia, tendrás que hacer testamento y dejarles por esta vía lo que quieras, dentro de los límites que también la ley impone (si dejas herederos forzosos, es decir, viudo, hijos, nietos, bisnietos, padres, abuelos, bisabuelos... tienes que reservar sus legítimas).

Y en segundo lugar, que si quieres, puedes hacerles donaciones en vida, pero también respetando los derechos de los herederos forzosos que puedas tener, pues las donaciones no pueden ser tan grandes que disminuyan sus legítimas.

Permisos Laborales

Finalmente y en lo que respecta a la legislación laboral, tus hijastros te darían derecho a tomar un permiso retribuido en algunas circunstancias desgraciadas. Por cuidados: 5 días si sufren un accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica que demande reposo domiciliario.

Por fuerza mayor familiar: se permitirá al padrastro ausentarse por el tiempo que sea necesario, hasta un máximo de 4 días al año, computados en horas.

La Ley 13/1983, de 24 de octubre, de Reforma del Código Civil, en sus artículos 223 y 224 regula la posibilidad de que los padres biológicos puedan establecer diferentes disposiciones en relación a la tutela de sus hijos y las condiciones de esta, lo cual afectará al padrastro de la siguiente forma:

Los progenitores del menor podrán nombrar tutor al padrastro de éste mediante documento público notarial o testamento, planificando la protección y administración del hijo menor de edad con total libertad y asegurando que sus deseos se reflejen en la tutela.

Convivencia con Hijos de la Pareja: Desafíos y Estrategias

Son cada vez más personas las que repiten no quiero vivir con los hijos de mi pareja, ello es consecuencia de las parejas que se forman con convivencia con hijos de la pareja y que no se gestionan de una manera pacífica. Los problemas con los hijos de la pareja deben de diferenciarse de los problemas de pareja.

La llegada de una nueva pareja a nuestras vidas implica asumir ciertas responsabilidades y compromisos, especialmente cuando hay hijos de por medio. Es importante entender que no solo estamos construyendo una relación con nuestra pareja, sino también con sus hijos.

Hay personas que se autoconsideran padrastros o madrastras que no soportan a los hijos de la pareja. El cómo gestionar la convivencia con los hijos de la pareja es algo fundamental, pues de no saber gestionarlo, tal vez habría que replantearse el mantenimiento de la relación en sí misma, pues no tendría futuro.

En una familia reconstruida pueden existir fricciones que deben de saber gestionarse. Las personas que tienen hijos de relaciones anteriores y las personas que entablan relaciones sentimentales con ellas deben de ser conscientes de dicha situación, pues de no ser así, estarán forzando una relación por no ser realistas y responsables partiendo de la premisa de partida de la relación con la consciencia adecuada.

Que existan hijos en una nueva pareja que no son comunes puede ser difícil de gestionar, pero no necesariamente, pues se deriva de la falta de planificación sentimental. Si se delimitan espacios, poner límites, crean comportamientos saludables.. etc no tiene que ser ningún impedimento a que la relación del padre o madre con sus hijos sea compatible con la nueva relación de pareja.

Consejos para mejorar la convivencia con los hijos de tu pareja.

Causas Comunes del Malestar en la Convivencia

Las causas más comunes del malestar de la convivencia son:

  • Falta de intimidad y espacio personal.
  • Diferencias en la crianza y educación.
  • Conflictos de lealtad y roles confusos.

Siempre es posible compatibilizarlo si existe el compromiso, dedicación y actitud adecuada. Si no se tiene la consciencia necesaria ni se potencian las habilidades que compatibilicen la situación, el malestar irá aumentando hasta desencadenar en situaciones desagradable y enfrentamiento que se podrían evitar si se fuera más realistas y se aceptar tanto las partes más favorables como las menos favorable de la nueva pareja, pues no existen las relaciones perfectas, sino las que tienen la consciencia y dedicación suficiente como para que sea viable, justa y satisfactoria para todos.

En ocasiones las relaciones de pareja se ven limitadas por la falta de intimidad y cantidad y calidad de relaciones sexuales condicionadas por la existencia de hijos convivientes. Es algo lógico, pues no se tiene la misma intimidad y espacio temporal entre dos personas que conviven solas que cuando tienen el condicionamiento de la convivencia con hijos de uno o ambos miembros de la pareja. A tal efecto es importante ponernos en la piel de los hijos, pues para ellos en ocasiones tampoco es fácil pasar a convivir con el nuevo novio o novia de nuestra madre o padre.

Las diferencias en la crianza y la educación es un motivo de graves fricciones, pero no debería de existir, pues se debería de partir de la base de que quien cría y educa a los hijos es su padre o su madre, sin perjuicio de que la pareja al convivir pueda tener un papel secundario. Se debe de respetar el modelo educativo del padre o madre de los hijos, proponer cambios, pero no llegar al conflicto por ello, pues en todo caso lo que se debería es tomar la decisión de dejar de convivir y mantener la relación de pareja que corresponda.

Los conflictos de lealtad son muy duros, pues en ocasiones distorsiona el asentamiento pacífico y saludable de las nuevas parejas sentimentales cuando existen hijos de uno o ambos miembros de la pareja. Los roles difusos pueden llevar a confundir que una cosa es ser pareja de la madre o el padre, y otra que se llegue a cubrir una figura paterna o materna inadecuada. En ocasiones es por que la propia persona se autoproclama con el papel de padre o madre de los hijos de la pareja, pero en otros casos se trata de la tendencia a responsabilizar a la nueva pareja con el rol de padre o madre. Es importante aclarar la base de las relaciones para poder desarrollarla sin malentendidos.

Estrategias para Mejorar la Convivencia

De las cosas más importantes como estrategia para mejorar la convivencia cabe destacar:

  • Establecer límites claros y realistas.
  • Fomentar la comunicación acierta con la pareja.
  • Buscar actividades compartidas y tiempo de calidad juntos.

Los problemas no se superan solos, sino que se deben de afrontar. La estrategia podría ser un simple cambio de actitud que busque su reflejo en el comportamiento de los demás y que por medio de la comunicación canalice las ganas de sacar adelante la relación en todos los miembros de la convivencia. La mejor manera de mejorar la pareja y la convivencia es mejorar nuestra actitud y esperar que eso redunde en un beneficio de la actitud de todos los demás.

De no establecer límites claros y realistas podremos estar ante relaciones anárquicas en las que cada uno hace lo que quiere y existen disfuncionalidades y asimetría de poder en cada relación lo que acabe siendo un caos. Los límites deben de ser razonables y justos, en este caso, se marcarán pautas de respeto y tolerancia que permitirán la cohesión y consolidaciones de modelos de convivencia sostenibles y gratificantes para todos. No tener límites o pretender límites excesivos pueden ser un foco de conflicto.

La comunicación abierta en la pareja es la clave, pues de no ser así la relación irá a la deriva y será mucho más vulnerable a los avatares que se vayan produciendo en todos los ámbitos. La comunicación es la base de la confianza y el entendimiento y será el punto de partida del desarrollo de la relación. Una ausencia o mala comunicación puede llevar a relaciones injustas, insanas o insatisfactorias en las que reine la falta de coordinación.

Buscar actividades compartidas y tiempo de calidad es fundamental, pues de no desarrollar nada juntos la relación puede acabar resultando monótono y ese desgaste lleve a hacerla insatisfactoria. Buscar actividades compartidas no es hacer grandes cosas juntos, sino pequeñas actividades gratificantes para ambos pueden ser de gran envergadura o sencillas y simples, suelen funcionar igualmente. El tiempo de calidad es fundamental y esencial, después será mejor cuanto más tiempo compartido mejor, pero siempre que sea de calidad.

Alternativas si la Convivencia No es Viable

Las alternativas que pueden existir si la convivencia de pareja e hijos de uno o ambos miembros de la pareja no es posible, son las siguientes:

  • Mantener relaciones LAT en las que cada uno viven en su casa.
  • Terapia familiar o de pareja para optimizar la relación.
  • Replantear la continuidad de la relación.

Toda relación de pareja es voluntaria y debería de ser gratificante y satisfactoria para ambos miembros de la pareja. Es difícil de valorar, pues todas las relaciones tienen cosas mejores y peores, pero el cambio puede ser en positivo, pues está la relación en constante evolución como todo lo demás. Hay que saber crear y mantener relaciones satisfactorias y saber terminarlas en el momento adecuado cuando deban de serlo para evitar un desgaste que puede acabar en enfrentamientos, malestar y daño emocional.

Las parejas LAT cada vez son más frecuentes pues evitan los problemas de convivencia que son uno de los principales causas y futuros de ruptura. Las parejas LAT tienen la limitación de requerir dos viviendas y ello requiere un mayor esfuerzo económico. La convivencia es más ahorrativa y en España uno de los principales problemas de las familias es el pago del hogar. No siempre es posible establecer relaciones de pareja LAT, tienen la limitación de no tener las ventajas de la convivencia, pero también hay que destacar evitar los problemas de la convivencia. Cada relación será diferente y habrá que potenciar aquello que sea más conveniente en cada caso.

Considerar la terapia familiar y de pareja es una excelente opción. No siempre será posible por el coste económico que ello supone, pero es mucho más importante y necesario que otros gastos que las personas contradictoriamente están acostumbradas a desembolsar. Es importante irse de vacaciones, tener un buen coche, tener la ropa que nos gusta, un buen móvil… etc pero también habría que replantearse que es igual o incluso más importante una terapia familiar y de pareja para construir relaciones saludables y conscientes.

Para evaluar la continuidad de la relación hay que ser realistas y contestar a tres preguntas.

  1. ¿Ambos quieren mantener la relación?
  2. ¿Ambos están dispuestos a hacer lo que es necesario para mantener la relación sanamente?
  3. ¿Es posible mantener la relación de manera viable?

En definitiva, es saber si los dos quieren la relación aceptándola como es, si están dispuestos a hacer lo que es necesario y si es realmente posible que funcione y tenga futuro.

Aspectos Legales y Derechos en la Convivencia

Los aspectos legales son importantes, pues existen derechos en el mero hecho de que exista convivencia.

Los derechos y obligaciones de parejas no casadas y sin hijos son muy limitados, pues en casos de matrimonio sí constituye domicilio conyugal y en caso de hijos igualmente constituye domicilio familiar.

En casos de derechos y obligaciones de parejas no casadas habrá que atenderse al Código Civil, de hecho, no suelen firmarse documentos adecuados al acuerdo de convivencia, por lo que habrá que ver quien de los miembros de la pareja tiene derecho a usar el inmueble, ya sea por ser el titular del contrato de alquiler o propietario del inmueble. El otro tendría una situación de mero precarista, persona que a pasado a la convivencia con el consentimiento del otro y que podrá ser echado del inmueble extrajudicialmente o, en su defecto, judicialmente.

Las implicaciones legales de la convivencia con hijos ajenos no suponen ninguna connotación, más allá de la evidencia de que los menores tienen una especial protección. Ello supone que al igual que no se puede echar a la fuerza a una persona que convive en una casa, no se puede echar a sus hijos, de hecho, podría constituir un posible delito de coacciones que en caso de hijos menores es especialmente grave.

En vía judicial el titular de la vivienda podrá echar tanto a la parea como, en su caso, a sus hijos, pero por la vía legal, nunca por la vía forzosa.

En definitiva, es fundamental conocer y comprender los derechos y obligaciones que surgen en las relaciones familiares, especialmente en situaciones de divorcio, segundas nupcias y familias reconstituidas. Buscar asesoramiento legal especializado puede ser de gran ayuda para tomar decisiones informadas y proteger el bienestar de todos los miembros de la familia.

Tabla resumen de derechos y obligaciones:

Concepto Descripción Titulares
Patria Potestad Derechos y deberes de los padres sobre sus hijos menores (educación, salud, etc.) Ambos progenitores (salvo excepciones judiciales)
Guarda y Custodia Cuidado diario y convivencia con los hijos Padre, madre o ambos (custodia compartida)
Obligación de Alimentos Proporcionar sustento económico a los hijos Progenitores
Herencia Transmisión de bienes tras el fallecimiento Hijos (herederos forzosos), cónyuge (según testamento)

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