El aborto ha sido, es y será el campo de batalla en el que el patriarcado pugna la ofensiva por el control del cuerpo, la moral y la libertad de las mujeres. A pesar de que constantemente se cuestione el derecho al aborto en España, la lucha por su despenalización viene de lejos. El movimiento feminista español seguirá peleando por la adquisición de derechos en la libertad sexual y de reproducción de las mujeres. Por fin, en 1985 se aprueba la primera ley nacional que permite abortar a las mujeres españolas bajo una serie de supuestos.
España ha tenido dos leyes sobre el aborto, aprobadas ambas por gobiernos socialistas. Hasta 1985 la interrupción voluntaria del embarazo fue siempre delito. Solo se permitió por un breve espacio de tiempo en Cataluña durante la II República entre 1936 y 1938, en plena guerra civil. A partir de 1985 se despenalizó en tres supuestos: violación, riesgo para la salud física y psíquica de la madre y malformación el feto. En 2010 se aprobó la ley de plazos actualmente en vigor, que permite el aborto libre en las 14 primeras semanas de gestación.
A continuación, exploraremos en detalle la ley del aborto impulsada por el gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero, su contexto histórico y las implicaciones que tuvo en la sociedad española.
Antecedentes Históricos
La primera vez que se legalizó la interrupción voluntaria del embarazo fue en 1937 cuando Cataluña aprobó la norma más avanzada de Europa, permitiendo el aborto libre hasta las doce semanas. La ministra de sanidad Federica Montseny, trabajó en un proyecto de ley para regular la interrupción voluntaria del embarazo, pero su iniciativa quedó en suspenso por la oposición de su propio gobierno. A pesar de que en 1941 se aprueba la Ley de 24 de enero para la protección de natalidad, contra el aborto y la propaganda anticoncepcionista. A pesar de esto, en 1950 en la publicación De qué mueren los niños en España, podemos leer: “se estiman en 150.000 anualmente el número de abortos espontáneos y provocados en nuestro país”.
Tanto es así, que el 14 de abril, solo dos semanas después de que empezara a emitirse el programa Informe Semanal en TVE, la única -y censurada- televisión que existía en España, una periodista feminista llamada Carmen Sarmiento realizó un reportaje sobre el aborto en el que se abordó la situación del aborto en el mundo y en el que se atrevió a realizar una encuesta a pie de calle sobre el tema. Tal es así que la primera portada del suplemento El País Semanal, publicado el 3 de octubre de 1976, se dedicará al aborto. El 26 de octubre de 1979, 10 mujeres y un hombre acudieron a la Audiencia Provincial de Bilbao para ser juzgadas por abortar, practicar abortos o inducir a abortar. Fuera del juzgado, 3000 feministas se concentraron durante todo el día reclamando el derecho al aborto y amnistía para las acusadas.
Una década después, el todavía gobierno del PSOE de Felipe González, presenta un anteproyecto para permitir el aborto voluntario cuando el embarazo supusiese a la mujer un conflicto personal, familiar o social. A pesar de que la propuesta es aprobada por mayoría absoluta, la tramitación preceptiva en el Senado se paraliza por la convocatoria anticipada de elecciones generales.
La Ley de 1985
La primera ley del aborto (la Ley Orgánica 9/1985 de reforma del artículo 417 bis del Código Penal) lo despenalizó en tres supuestos: en cualquier momento si existe "un grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la embarazada"; en las 12 primeras semanas en caso de violación; y dentro de las 22 semanas si el feto va a nacer con "graves taras físicas o psíquicas".
La despenalización del aborto en los años 80 supuso un importante cambio social para los mujeres en los primeros años de la democracia. Aún así, esta primera ley contemplaba de seis meses a un año de cárcel (o multa de 6 a 24 meses) para las que abortaran fuera de los tres supuestos. El "grave peligro para la vida o la salud física o psíquica de la madre", que permitía abortar sin límite de tiempo, requería "un dictamen emitido con anterioridad a la intervención por un médico de la especialidad correspondiente, distinto de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto". El dictamen era prescindible si existía riesgo vital para la mujer.
En el caso de las "graves taras físicas o psíquicas" del feto, que permitía la interrupción dentro de las 22 primeras semanas, también hacía falta un dictamen previo "emitido por dos especialistas de centro o establecimiento sanitario, público o privado, acreditado al efecto, y distintos de aquel por quien o bajo cuya dirección se practique el aborto". En el caso de la violación era necesaria la denuncia para abortar en las 12 primeras semanas.
El Partido Popular recurrió entonces la primera ley del aborto del PSOE ante el Tribunal Constitucional, que respaldó los tres supuestos. El último Gobierno de Felipe González intentó introducir un cuarto supuesto en 1995 para permitir la interrupción voluntaria del embarazo en caso de que supusiera un conflicto personal, familiar o social para la mujer, pero el adelanto de las elecciones dejó en el aire el cambio legislativo.
La Ley de Zapatero de 2010
A partir del año 2007 el gobierno del PSOE, de José Luis Rodríguez Zapatero, trabaja en una nueva ley que verá la luz en 2010, después de manifestaciones multitudinarias contra esta reforma y de que la Conferencia Episcopal amenazara con la excomunión de los políticos que votaran a favor. El Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero aprobó una nueva ley del aborto que es la que aún está vigente.
La Ley Orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo permite el aborto libre en las 14 primeras semanas; dentro de las 22 semanas si existe "grave riesgo para la vida o salud de la embarazada" o "riesgo de graves anomalías en el feto"; y en cualquier momento si se detectan "anomalías fetales incompatibles con la vida (...) o cuando se detecte en el feto una enfermedad extremadamente grave e incurable".
El PSOE llevaba en su programa de 2004 el compromiso de reformar la ley del aborto, pero no fue hasta 2009 cuando el Consejo de Ministros aprobó un nuevo proyecto de ley que establecía el aborto libre en las primeras 14 semanas. La nueva ley entró en vigor el 5 de julio de 2010. El Partido Popular presentó un recurso ante el Tribunal Constitucional, que lo admitió a trámite pero rechazó su suspensión cautelar hasta que se pronunciara sobre el fondo del asunto algo que todavía está pendiente.
La legislación actual permite a la mujer interrumpir su embarazo en las 14 primeras semanas. Solo se exige que haya sido informada "sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad" y que haya transcurrido un plazo de tres días desde la información hasta la realización de la intervención. En el caso de "grave riesgo para la vida o la salud de la embarazada" sigue siendo necesario un dictamen de un médico distinto al que practica el aborto. En el caso de "riesgo de graves anomalías en el feto" o de "anomalías fetales incompatibles con la vida" es necesario un informe de dos especialistas. Si de lo que se trata es de una "enfermedad extremadamente grave e incurable" lo tiene que confirmar un comité clínico.
La ley de 2010 establece que la decisión es de la mujer a partir de los 16 y solo obliga a informar de ella a uno de los representantes legales de la menor, padre o madre, excepto en los casos que dicha situación puede provocar "un conflicto grave" o peligro de "violencia intrafamiliar, amenazas, coacciones, malos tratos" o se produzca una "situación de desarraigo o desamparo".
Debate sobre la propuesta de reformar los argumentos sobre el derecho al aborto en España
Intentos de Reforma y Controversias Posteriores
Con el Partido Popular de Mariano Rajoy en el gobierno de nuevo, se inicia una reforma de la Ley del aborto. Así, el 20 de diciembre de 2013, el Consejo de Ministros aprueba el anteproyecto de la ley orgánica de protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, avalado por el ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón. La propuesta limitaba a dos los casos de aborto despenalizado: cuando la mujer haya sido violada o su salud psicológica o psíquica corra riesgo.
Estas movilizaciones provocarían que el 23 de septiembre de 2014, el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, anunciase la retirada del anteproyecto por falta de consenso, aunque se modificará la ley para que el consentimiento paterno sea obligatorio en menores de 18 años.
La Reforma Fallida de Gallardón
El anteproyecto de ley que acabó retirando el PP eliminaba el aborto libre y limitaba los supuestos para abortar a dos: violación dentro de las 12 primeras semanas y riesgo para la salud psíquica y física de la madre en las 22 primeras. Eliminaba el supuesto de la ley de 1985 de malformación del feto y establecía que solo estaría permitido en este caso si había una "anomalía fetal incompatible con la vida" que cause un daño psíquico a la madre.
El PP incluía en su programa electoral la modificación de esta norma "para reforzar la protección del derecho a la vida" aunque sin especificar cómo lo haría. El anteproyecto del PP establecía que en el caso de las menores de 18 años los padres tendrían que dar su consentimiento y que, si había discrepancias, resolvería un juez. Ahora, el Grupo parlamentario 'popular' en el Congreso ha presentado una nueva reforma solo para modificar el tema de las menores.
Desarrollos Recientes
Más de diez años después, la ley del aborto impulsada por la ministra socialista Bibiana Aído en el gobierno de Zapatero ha sido declarada constitucional. La ley permitió, por primera vez en España, la interrupción voluntaria del embarazo por decisión libre de la mujer dentro de las primeras catorce semanas de gestación y no por determinados supuestos. E introdujo, así, el denominado “sistema de plazos”, vigente en la mayoría de los países de la Unión Europea.
El Consejo de Ministros aprobó ayer la norma que eliminará de un plumazo el derecho de las mujeres a abortar libremente. El anteproyecto legal no elimina completamente la posibilidad de interrumpir un embarazo, como les hubiese gustado a los autodenominados grupos provida y al ala más retrógrada del PP, pero sí introduce un sinfín de cortapisas y requisitos que deben cumplir las gestantes que quieran someterse a la intervención, de forma que cuando la norma vea definitivamente la luz, dentro de más de un año, España se alejará considerablemente de los países de su entorno europeo para situarse entre los estados con legislaciones más severas.
El Gobierno está a punto de aprobar la segunda reforma de la ley del aborto desde que hace doce años la pusiera en marcha el Gobierno de Zapatero. El texto llega este martes a la mesa del Consejo de Ministros tras días de debate sobre una de las medidas, la de las bajas por las reglas dolorosas, que finalmente han logrado cerrar los socios de la coalición y hará de España un país pionero en ese derecho en la UE.
Entre los cambios que sí introduce la norma, que este martes se enfrenta al primer paso de un trámite que se alargará en el tiempo, se encuentra la eliminación de dos de los requisitos para abortar que rigen actualmente: por un lado, la entrega de un sobre cerrado con información sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad y cuyo contenido dirige en algunas comunidades incluso a asociaciones antiabortistas.
El texto prevé también devolver el derecho a las jóvenes de 16 y 17 años a interrumpir su embarazo sin consentimiento paterno siete años después de que el PP de Mariano Rajoy lo eliminara. Eso a pesar de las advertencias de asociaciones y expertas, que alertaron de que supondría un callejón sin salida para las más vulnerables.
La intención de la ley es inaugurar un cambio de paradigma en España en lo que a la prestación de la interrupción voluntaria del embarazo se refiere. Para intentar revertirlo, la reforma refuerza el principio de equidad territorial y prestación del servicio en instalaciones públicas: establece que los servicios de salud que no puedan ofrecerlo en su ámbito geográfico deberán remitir a las usuarias a otro centro “en las mejores condiciones de proximidad de su domicilio” y obliga a que los servicios públicos “se organicen siempre de forma que se garantice el personal sanitario necesario para el acceso efectivo y oportuno” al aborto.
La ley quiere además ir un paso más allá con la objeción de conciencia de los médicos, que es uno de los elementos que esgrimen hospitales y comunidades enteras sin ofrecer datos al respecto para argumentar por qué no asume los abortos la pública.
Principios y Derechos Fundamentales
El desarrollo de la sexualidad y la capacidad de procreación están directamente vinculados a la dignidad de la persona y al libre desarrollo de la personalidad y son objeto de protección a través de distintos derechos fundamentales, señaladamente, de aquellos que garantizan la integridad física y moral y la intimidad personal y familiar. La decisión de tener hijos y cuándo tenerlos constituye uno de los asuntos más íntimos y personales que las personas afrontan a lo largo de sus vidas, que integra un ámbito esencial de la autodeterminación individual. La protección de este ámbito de autonomía personal tiene una singular significación para las mujeres, para quienes el embarazo y la maternidad son hechos que afectan profundamente a sus vidas en todos los sentidos.
La presente Ley pretende adecuar nuestro marco normativo al consenso de la comunidad internacional en esta materia, mediante la actualización de las políticas públicas y la incorporación de nuevos servicios de atención de la salud sexual y reproductiva. La Ley aborda la protección y garantía de los derechos relativos a la salud sexual y reproductiva de manera integral. Introduce en nuestro ordenamiento las definiciones de la Organización Mundial de la Salud sobre salud, salud sexual y salud reproductiva y prevé la adopción de un conjunto de acciones y medidas tanto en el ámbito sanitario como en el educativo.
