Tras un divorcio o separación, es común que surjan interrogantes sobre quién puede interactuar con los hijos, especialmente cuando nuevas parejas entran en escena. Una pregunta recurrente es si la novia del ex puede recoger a los hijos, y cuáles son las implicaciones legales de esta situación. Este artículo aborda este tema, explorando los derechos y límites en estas circunstancias.
El Derecho a Rehacer la Vida y la Influencia en los Hijos
Tanto usted como su ex pareja tienen derecho a rehacer su vida con quien consideren oportuno. Inevitablemente, las personas que entren a formar parte de su vida, tarde o temprano, también formarán parte de la vida de sus hijos. Lo importante es que esta persona trate a sus hijos con cariño y respeto.
Es fundamental reflexionar si esta situación realmente daña a sus hijos o si es su propia incomodidad la que está en juego. La adaptación de los hijos al divorcio depende de la actitud de los padres, el cariño y la atención que les proporcionen, y evitar involucrarlos en problemas de pareja.
Toda la familia, incluyendo su ex pareja, su nueva pareja y sus hijos, deben adaptarse a la nueva situación. Si la nueva pareja trata a sus hijos con cariño y respeto, no debería ser un problema.
Limitaciones y Protección del Menor
A menos que la nueva pareja de su ex esté acosando, maltratando o actuando de manera perjudicial para sus hijos, no puede prohibir, en principio, que viva con ellos. Esto se considera parte de la vida personal de su ex pareja.
Si la situación está afectando negativamente a sus hijos, debe ser acreditado mediante informes de psicólogos que certifiquen el daño psicológico. Sin embargo, esto es difícil de probar, a menos que exista maltrato hacia los hijos.
Establecer una limitación a la nueva convivencia de su ex con otra persona es difícil, ya que entra dentro de la esfera de la libertad personal de su ex pareja. Dicha libertad personal tiene un límite en cuanto pueda afectar a sus hijos, pero esto debe ser acreditado ante un juez.
Modificación de Medidas y Custodia
Si la convivencia de su ex con otra persona afecta a los menores, la solución podría ser un cambio de custodia en lugar de impedir la convivencia. En este caso, debería iniciar un proceso de modificación de medidas y solicitar un estudio psicosocial para acreditar el daño a sus hijos.
Decisiones Relevantes y el Traslado de Domicilio
Las decisiones relevantes que afectan la vida del menor deben ser decididas por ambos progenitores, ya que ambos ostentan la titularidad de la patria potestad. El cambio de domicilio suele ser una de las decisiones que más controversia genera entre los progenitores.
El cambio de domicilio es una decisión trascendental para la vida del menor, ya que puede tener un gran impacto en las relaciones sociales y familiares del niño. Debe dialogar con su ex y explicarle que quiere cambiar de domicilio y las razones, a fin de que consienta o se oponga a ello en un plazo razonable.
El Consentimiento del Otro Progenitor
La decisión de dónde ha de vivir el menor corresponde a ambos progenitores, ya que ambos son titulares de la patria potestad. Negociar con su ex pareja puede no ser sencillo, por lo que se recomienda buscar la ayuda de un abogado que haga de mediador entre ustedes.
Aunque en principio para solicitar la autorización judicial no necesita la asistencia de abogado y procurador, es altamente aconsejable buscar un abogado especialista. El diálogo y el acuerdo siempre son la opción más conveniente y favorable, tanto para la madre y el padre, como para el menor.
Si sabe la intención de su ex pareja de llevarse a su hijo, acuda a un abogado sin demora. Si el traslado ya se ha producido, lo primero es mantener la calma.
Traslado de Menores al Extranjero
Los traslados de los menores entran dentro de la denominada "patria potestad" y requieren el consentimiento de ambos progenitores. En caso de desacuerdo, debe ser el juez de familia correspondiente el que determine qué es lo mejor para el menor.
Si no tienen ningún tipo de resolución judicial que regule las relaciones de los progenitores con el menor, lo más sensato sería interponer la correspondiente demanda judicial a fin de establecer las convenientes.
Custodia y Régimen de Visitas
Cuando existe una larga distancia entre el domicilio materno y paterno, es necesario fijar cómo se distribuirán las cargas y gastos derivados de la recogida y entrega de los menores en las visitas y vacaciones. Cada padre/madre recogerá al menor del domicilio del progenitor custodio, para ejercer el derecho de visita, y el custodio lo retornará a su domicilio.
CÓMO tratar a tu EX si tienen HIJOS . Cómo actuar para recuperar a tu ex pareja. Santiago de Castro
La Importancia del Convenio Regulador
En caso de separación o divorcio, es crucial adoptar una serie de medidas que fijen cómo se desarrollará la vida de la pareja, incluyendo a los niños y el ejercicio de su guarda y custodia. Estas medidas quedan recogidas en un documento llamado convenio regulador.
¿Qué es el Convenio Regulador?
Es un documento que contiene los acuerdos alcanzados por ambas partes de la pareja en cuanto a los aspectos patrimoniales y personales del matrimonio. Se trata de regular la ruptura y establecer sus condiciones, tanto de cara a “liquidar” el matrimonio como en cuanto a aquellos vínculos que sobrevivirán a éste, como es, en su caso, el ejercicio de la guarda y custodia o el establecimiento de una pensión a favor de alguna de las partes.
Este documento opera cuando existe acuerdo entre las partes, es decir, cuando tramitamos un divorcio o separación de mutuo acuerdo. Siempre que sea posible, es preferible optar por un proceso amistoso; de otro modo, la decisión final quedará en manos del juez, por lo que perderemos el control sobre la decisión final.
El convenio regulador en caso de custodia compartida contendrá necesariamente una serie de aspectos sobre el ejercicio de la guarda y custodia por parte de ambos progenitores.
Contenido Mínimo del Convenio Regulador
El convenio regulador debe contener, al menos y siempre que fueran aplicables, los siguientes extremos:
- El cuidado de los hijos sujetos a la patria potestad de ambos, el ejercicio de esta y, en su caso, el régimen de comunicación y estancia de los hijos con el progenitor que no viva habitualmente con ellos.
- Si se considera necesario, el régimen de visitas y comunicación de los nietos con sus abuelos, teniendo en cuenta, siempre, el interés de aquellos.
- La atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
- La contribución a las cargas del matrimonio y alimentos, así como sus bases de actualización y garantías en su caso.
- La liquidación, cuando proceda, del régimen económico del matrimonio.
- La pensión que correspondiere satisfacer, en su caso, a uno de los cónyuges.
Tipos de Custodia
Las dos fórmulas más comunes de guarda y custodia son la custodia compartida y la custodia monoparental. La custodia monoparental o custodia exclusiva consiste en conceder la guarda y custodia a uno solo de los progenitores, que será el progenitor custodio. Para la otra parte se genera un derecho de visitas.
La custodia compartida consiste en repartir de forma más o menos equitativa el ejercicio de la guarda y custodia entre ambos progenitores. A día de hoy, la doctrina del Tribunal Supremo lleva a concederla como fórmula general, siempre que ello no vaya en contra de los intereses del menor.
Existen diferentes formas de ejercer la custodia compartida. Normalmente el juez optará por una de estas vías:
- La custodia compartida en un mismo domicilio, de forma que sean los progenitores los que se ‘muden’ a ella y el menor permanezca siempre en el domicilio familiar.
- La custodia compartida en distintos domicilios, siendo el niño el que se mueve de uno a otro en cada periodo.
- La custodia compartida coexistente, cuando ambos progenitores viven bajo el mismo techo.
Además, que la custodia sea compartida no quiere decir que corresponda a ambas partes el mismo tiempo de ejercicio de la guarda y custodia. A veces, por determinadas circunstancias, el menor puede pasar más tiempo con un progenitor que con otro, sin que dejemos de movernos en el terreno de la custodia compartida.
