El 10 de enero de 2024, el Diario Oficial de la Unión Europea publicó la inscripción del ‘Cabrito de Extremadura’ en el Registro de Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP). Con este nuevo registro de la UE, España suma ya 211 productos agroalimentarios con DOP/IGP. Es la primera carne española de raza caprina que obtiene este sello o reconocimiento que distingue la calidad diferenciada, una buena noticia para el sector. Pero, ¿sabíais que nuestra vecina Portugal tiene seis distinciones de esta carne?
La obtención de la distinción de IGP por parte de la Unión Europea representa un reconocimiento significativo para la carne de cabrito de Extremadura. Así, se convierte en la primera carne española de raza caprina en obtener esta designación. Así, la IGP «Cabrito de Extremadura» se suma a otras figuras de protección de calidad en la región, contribuyendo a la promoción y preservación de los productos locales.
El proceso de reconocimiento de una figura de calidad de la Unión Europeo es un proceso “largo y tedioso”, aunque en este caso, reconoce Raúl Muñiz, director técnico del Consejo Regulador IGP Cordero de Extremadura (Corderex), “el procedimiento ha sido rápido”.
El reglamento (UE) 2024/218 publicado ayer entrará en vigor en diecinueve días. A partir de entonces se podrán sacar al mercado los primeros productos de Cabrito de Extremadura con el símbolo de la Unión Europea correspondiente a una IGP. Además, ya se podrán comercializar estos productos fuera de España.
¿Qué es la IGP Cabrito de Extremadura?
La IGP Cabrito de Extremadura ampara la carne de cabritos nacidos, criados, engordados y sacrificados en la región de Extremadura. El registro del nombre ‘Cabrito de Extremadura IGP’ identifica a un producto de la clase 1.1, Carne fresca (y despojos), del anexo XI del Reglamento de Ejecución (UE) nº 668/2014 de la Comisión.
El reconocimiento abarca las categorías de cabrito lechal de Extremadura y cabrito de Extremadura, que se comercializan en forma de canal, media canal, cuartos, piezas y fileteada al corte.
En la región de Extremadura, los cabritos se crían desde épocas ancestrales. La crianza, transformación, comercialización y consumo del cabrito se realiza desde épocas ancestrales en Extremadura.
Con fecha de 22 de marzo de 2021, la agrupación Ganaderos Asociación Productores de Cabritos CAPRITES (Mérida, Badajoz) presentó una solicitud de inscripción del nombre Cabrito de Extremadura en el Registro de Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) de la Unión Europea, al que se refiere el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos agrícolas y alimenticios.
Una vez efectuados los trámites oportunos, se adoptó e hizo pública la decisión favorable en relación con la solicitud de inscripción del nombre “Cabrito de Extremadura”, mediante Resolución de 3 de agosto de 2021, del Director General de Agricultura y Ganadería (Diario Oficial de Extremadura n.º 153, de 10 de agosto de 2021).
Con fecha de 10 de septiembre 2021, la agrupación Ganaderos Asociación Productores de Cabritos CAPRITES solicitó la concesión de la Protección Nacional Transitoria al nombre Cabrito de Extremadura, al amparo del artículo 9 del citado Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012.
El Decreto 53/2022, de 18 de mayo, aprueba el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida "Cabrito de Extremadura" (DOE de 24 de mayo de 2022).
Zona Geográfica
La zona geográfica de producción y elaboración de la carne de la Indicación Geográfica Protegida Cabrito de Extremadura engloba toda la Comunidad Autónoma de Extremadura, y es que todas las comarcas que la integran, tienen características comunes en lo referente a los elementos naturales, la historia, los sistemas de producción, los factores fundamentales en los parámetros de calidad que otorgan la distinción de la carne de estos cabritos. Así que es en la Comunidad Autónoma de Extremadura donde los animales deben nacer, criarse, engordarse, sacrificarse y faenarse.
En el Pliego de Condiciones, al que podéis acceder pulsando aquí (Pdf) podéis leer más información sobre las explotaciones caprinas y sus condiciones, los sistemas de producción, el faenado, el sacrificio, el vínculo con el territorio, etc.
Razas Autorizadas
El Cabrito de Extremadura es carne de cabritos de las razas razas verata, retinta, florida, malagueña, murciano-granadina, blanca andaluza, serrana, payoya o sus cruces nacidos, criados, cebados y sacrificados en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Cabra Malagueña, una de las razas autorizadas por la IGP.
Características de la Carne
- Carne muy tierna, suave, de gran jugosidad y textura muy suave.
- Su carne tiene un color rosado claro, con un ligero veteado de grasa.
- El sabor es suave y delicado, con un ligero toque a leche.
- Además, la carne de cabrito es una carne saludable, con un bajo contenido en grasa y un alto contenido en proteínas.
Criados en extensivo o semiextensivo en el ecosistema adehesado extremeño, los lechales se alimentan inicialmente con leche materna. Debido a la raza, las condiciones topográficas y climáticas y la alimentación de los animales, esta leche presenta características especiales que la diferencian la leche producida fuera de Extremadura y que se traslada a la carne. Debido a la raza y alimentación de los animales, esta leche presenta características especiales que difieren de la leche producida fuera de Extremadura. La composición es tal que estas diferencias se trasladan a la carne de los cabritos.
“Esperamos que sirva de impulso para animar a los ganaderos y productores a inscribirse en este Consejo Regulador y se empiecen a producir cada vez más cabritos bajo el sello de la IGP”, añade.
Categorías Comerciales
La nueva IGP Cabrito de Extremadura cuenta con dos categorías comerciales:
- El Cabrito de Extremadura como tal, que procede de las madres que se crían en régimen extensivo o semiextensivo, y que han sido alimentados con leche y concentrados de cereales y leguminosas hasta el destete, y después con cereales, leguminosas, proteaginosas y forrajes.
- La segunda categoría es la del Cabrito de Extremadura lechal, que procede de madres que se crían igual que las anteriores, pero que sólo han sido alimentados con leche materna.
Identificación y Trazabilidad
Los cabritos se identifican durante la fase de cría en las explotaciones de producción inscritas generando un registro que evidencie la asociación entre dichos identificadores y la explotación de origen.
Las canales y/o piezas deberán ser identificadas en los mataderos y/o salas de despiece inscritas generando un registro que correlacione cada lote de cabritos y su explotación de nacimiento, con la canal o piezas resultantes. Esta identificación permitirá efectuar una trazabilidad completa hasta la explotación de producción. Esta correlación podrá ser indicada por los titulares de los registros.
Los titulares de explotaciones de producción, centros de recogida-tipificación, mataderos y/o salas de despiece y entidades comerciales deberán poder indicar en todo momento el origen, la cantidad y el titular del que proceden los lotes de cabritos, canales o piezas sometidos a este sistema de control.
Esquema de trazabilidad de la IGP Cabrito de Extremadura.
Consejo Regulador de la IGP
La Ley 4/2010, de 28 de abril , de consejos reguladores de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas de Calidad Agroalimentaria de Extremadura, dispone, en su artículo 13.1, que para cada IGP existirá una entidad de gestión, con la naturaleza de corporación de derecho público, que se denominará Consejo Regulador.
A su vez, la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura, en la redacción dada por la Ley 2/2016, de 17 de marzo, y por el Decreto-ley 12/2020, de 19 de junio , determina, en su artículo 50.2, que cada IGP se regirá por un reglamento aprobado por decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, con el contenido mínimo establecido en el citado artículo.
Entre dichos contenidos figurará necesariamente la naturaleza, régimen jurídico, finalidad y funciones de la entidad de gestión o Consejo Regulador; sus recursos económicos y régimen presupuestario, así como la constitución, composición, funciones y normas de funcionamiento de sus órganos de gobierno y administración.
En consecuencia, y de conformidad con lo anterior, es necesario aprobar el reglamento de esta nueva IGP. Dicho reglamento deberá aplicarse e interpretarse a la luz de la normativa vigente en materia de igualdad de género y, en concreto, conforme a las prescripciones de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo , para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y de la Ley 8/2011, de 23 de marzo , de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de género en Extremadura, en particular de los artículos 3, sobre principios generales; 5, de disposiciones generales; 6, de la Administración de la Comunidad Autónoma; 21, de transversalidad de género; 22, de desarrollo del principio de interseccionalidad; 27, de lenguaje e imagen no sexista; 29, de representación equilibrada de los órganos directivos y colegiados; 31, de ayudas y subvenciones y 71 de desarrollo rural.
Funciones del Consejo Regulador
La función principal del Consejo Regulador es ser la entidad de gestión de la IGP a través de sus órganos de gobierno.
El Consejo Regulador está facultado para adoptar acuerdos vinculantes respecto del conjunto de las operadoras y los operadores interesados en el uso de dicha figura de calidad diferenciada, con respeto de las normas vigentes del ordenamiento jurídico, en especial de las que integran la política agraria común y las que regulan la libre competencia.
