Requisitos de Empleo en Hijos de Rivera

Hijos de Rivera, la empresa que fabrica la cerveza Estrella Galicia y las aguas de Cabreiroá, ha abierto un proceso de selección para incorporar nuevos trabajadores en sus industrias de A Coruña. Estas nuevas incorporaciones se deben al crecimiento que ha experimentado la empresa en los últimos años.

En 2023, la empresa logró 107 millones de euros de beneficios después de impuestos, un 27% más que el anterior, y facturó 829 millones de euros, un 14% más.

La cervecera ofrece contrato indefinido y un salario atractivo y competitivo. Además, la cervecera ofrece otras candidaturas de trabajo, como personal de administración, encargados de mantenimiento de envasado o auxiliares de taquilla.

Puestos Ofertados y Requisitos Mínimos

Entre los puestos ofertados destaca el de encargado de turno de Laboratorio en su planta de Arteixo (A Coruña). Estos son los requisitos mínimos:

  • Experiencia previa en puestos similares o en control de calidad alimentaria.
  • Herramientas de calidad, como la metodología Kaizen.
  • Se valora el conocimiento de las normas de calidad/seguridad alimentaria dentro del GFSI: IFS, BRC y FSSC 22000.

Según la publicación, "En el caso de resultar seleccionado, gestionarás un equipo de trabajadores y coordinarás el cumplimiento de las pautas de control de calidad y buenas prácticas de higiene y seguridad". La oferta se puede encontrar en la página de Infojobs.

En cuanto al salario, Estrella Galicia, "no especifica la cantidad económica a percibir, aunque un encargado de Laboratorio suele cobrar alrededor de 1.800 euros al mes en España". Según los datos del portal Glassdor, consultados por el digital, se sitúa entre los 19.000 y 28.000 euros, siendo el sueldo promedio de 24.000 euros.

La compañía tampoco menciona horarios, pero sí el tipo de contrato: indefinido y jornada completa.

Trabajo estrella Galicia completo

Talento, Equipo y Compromiso

La empresa fomenta el desarrollo profesional y personal de sus trabajadores, sobre la base de una cultura abierta y participativa en la que se trabaja con optimismo, respeto y colaboración. Creen que el talento, el trabajo en equipo y el compromiso es la clave en su éxito.

Por ello, la incorporación de nuevo talento para la compañía y el desarrollo de sus colaboradores son dos de los ejes prioritarios para poder alcanzar todos sus objetivos.

Oportunidades para Profesionales

Hijos de Rivera se resiste a la estandarización del talento y no renuncia a seguir buscándolo allí donde esté.

Prácticas y Becas

¿Estás terminando tu carrera o te acabas de licenciar? ¿Te gustaría poner en práctica todo lo aprendido? La empresa quiere que crezcas con su familia de profesionales y proporcionarte las herramientas necesarias para garantizar un aprendizaje constante a través de convenios de colaboración con las universidades.

FP Dual

La empresa apuesta por el futuro de la formación enfocada al desarrollo de los alumnos en los centros de trabajo. Desde su puesta en marcha, el programa de formación en Cultura de Cerveza se mantiene como uno de los ejes permanentes más importantes de la formación interna en Hijos de Rivera. No paramos: ni en cultura de cerveza, ni en conocimientos técnicos y desarrollo de nuestras habilidades. Nuestra filosofía: conocer para mejorar.

Beneficios Adicionales

Hijos de Rivera desarrolla un plan de salud integral basado en la difusión de hábitos saludables y prevención de hábitos tóxicos, así como la mejora de factores psicosociales en el entorno laboral.

Además, habilita una tienda online para que todos los empleados puedan hacer sus pedidos directamente a sus delegaciones comerciales y disfrutar de las ventajas de pertenecer a Hijos de Rivera, logrando descuentos a la hora de adquirir sus productos.

Condiciones Laborales Detalladas

El presente convenio será de aplicación a todo el personal de la empresa Hijos de Rivera, S.A. Este convenio colectivo entró en vigor el 1 de enero de 2003, a todos los efectos, incluso los económicos.

Revisión Salarial

En el supuesto de que el incremento de precios al consumo (IPC) registre a 31 de diciembre de 2003 un incremento superior al 2,5%, se hará una revisión salarial equivalente a dicha diferencia sobre todos los conceptos retributivos, salvo la antigüedad. La cantidad resultante se abonará a cada trabajador independientemente de la modalidad de su contrato, de una sola vez, durante el primer trimestre de 2004.

En los años 2004 y 2005 todos los conceptos retributivos, salvo la antigüedad, se incrementarán con el IPC previsto por el Gobierno para cada año, más 0,5 puntos. En el supuesto que el incremento de precios al consumo (IPC) registre a 31 de diciembre de cada año un valor superior al IPC previsto, se hará una revisión salarial por dicha diferencia.

Definiciones de Puestos

El convenio define los siguientes conceptos relacionados con el puesto de trabajo:

  1. Puesto de trabajo.
  2. Grupo profesional: Es el que agrupa unitariamente las aptitudes profesionales, titulaciones y contenido general de la prestación, y podrá incluir tanto diversas categorías profesionales como distintas funciones o especialidades profesionales.
  3. Cargo de mando.
  4. Categoría profesional.

Ejemplos de Categorías Profesionales

  • Director.
  • Jefe de primera: Es el empleado con suficientes conocimientos teórico-prácticos sobre las actividades que están bajo su jurisdicción, dotes de organización y de mando, así como la experiencia precisa.
  • Jefe de segunda: Es el empleado con conocimientos teórico-prácticos sobre las actividades que estén bajo su jurisdicción, dotes de organización y de mando, así como la experiencia precisa.
  • Titulado de grado superior.
  • Titulado medio.
  • Oficial de primera: Es el empleado con conocimientos teórico-prácticos y experiencia suficientes, que está capacitado para realizar, con alta perfección, no solo los trabajos generales propios de la especialidad a que corresponda, sino también aquellos que requieran mayor empeño y delicadeza, estando restringida su iniciativa y responsabilidad a las tareas que tenga encomendadas.
  • Oficial de segunda: Es el empleado con conocimientos teórico-prácticos y experiencia suficientes que está capacitado para realizar con suficiente corrección los trabajos generales propios de la especialidad a que corresponda su categoría, sin alcanzar el grado de perfección exigibles al oficial de primera.
  • Auxiliar.
  • Inspector de primera.
  • Inspector de segunda.
  • Promotor de ventas.
  • Preventista: Es el empleado que, poseyendo cualidades suficientes de cultura, sentido de organización y técnica de ventas, realiza labores de captación de clientes y lleva a cabo la venta de los productos que se comercializan, en las zonas previamente asignadas, recogiendo los pedidos de los clientes que posteriormente se cumplimentarán por el servicio correspondiente; vigilando estrechamente el consumo y rotación de los productos para conseguir que el cliente tenga surtido de todas las variedades y formatos de los artículos que tiene encomendado vender.
  • Encargado.
  • Oficial de primera técnico: Es el empleado con conocimientos teórico-prácticos y experiencia suficientes, que está capacitado para realizar, con alta perfección, no solo los trabajos generales propios de la especialidad a que corresponda, sino también aquellos que requieran mayor empeño y delicadeza, estando restringida su iniciativa y responsabilidad a las tareas que tenga encomendadas.
  • Oficial de segunda técnico: Es el empleado con conocimientos teórico-prácticos y experiencia suficientes que está capacitado para realizar con suficiente corrección los trabajos generales propios de la especialidad a que corresponda su categoría, sin alcanzar el grado de perfección exigibles al Oficial de primera.
  • Auxiliar técnico.
  • Oficial de primera especialista de oficio, jefe de equipo.
  • Oficial de primera especialista de oficio: Es el trabajador que, con suficiente dominio de los conocimientos teórico-prácticos del oficio de que se trate, se encuentra capacitado para practicarlo con tal grado de perfección que pueda llevar a cabo trabajos generales del mismo, así como aquellos otros que exijan especial empeño y delicadeza.
  • Oficial de segunda especialista de oficio.
  • Oficial de tercera especialista de oficio.
  • Ayudante especialista de oficio.
  • Auxiliar de primera especialista de oficio.
  • Auxiliar de segunda especialista de oficio.
  • Subalterno de primera, jefe de equipo.
  • Subalterno de primera: Es el empleado que, a juicio de la dirección de la empresa, tiene acreditada su capacidad para ejercer funciones propias del grupo a que pertenece y que llevan aparejadas una responsabilidad especifica de control de mercancías, documentos o dinero, teniendo encomendadas en la empresa tareas de este tipo.
  • Subalterno de segunda: Es el empleado que, a juicio de la dirección de la empresa, tiene acreditada su capacidad para ejercer funciones propias de este grupo y que llevan aparejadas una responsabilidad menor que la asignada a los subalternos de primera, en relación con los servicios de vigilancia de edificios o mercancías así como de enlace dentro y fuera de los locales de la empresa, teniendo encomendada en ésta alguna de las tareas.

Complementos Salariales

Se establece un plus de convenio sobre los salarios, que para el año 2003 será de 224,95 euros mensuales, sin distinción de categorías profesionales.

Complemento de Productividad

Se establecen categorías profesionales, cuyo importe para el primer año (2004) aparece recogido en el anexo III.

Plus de Asistencia

El plus de asistencia se devengará por los días efectivamente trabajados, sean laborables o no. Habida cuenta que el plus antes citado tendrá carácter de estímulo a la asistencia y puntualidad, sin perjuicio de la sanción reglamentaria que corresponda, podrá ser suprimido, y por tanto, dejará de percibirse los días que el productor cometa faltas de asistencia temporal al trabajo, y también en los casos de falta reiterada de puntualidad, o abandono de trabajo.

Gratificaciones Extraordinarias

  • La paga de mayo, se devengará desde el 1 de noviembre anterior al 30 de abril, ambos inclusive.
  • La paga de julio, se devengará desde el 1 de enero anterior al 30 de junio, ambos inclusive.
  • La paga de octubre, se devengará desde el 1 de mayo anterior al 31 de octubre, ambos inclusive.
  • La paga de Navidad, se devengará desde el 1 de julio anterior al 31 de diciembre, ambos inclusive.

El personal en activo que durante los tres meses anteriores no haya sido baja en la empresa por causa alguna, percibirá en el mes de septiembre de cada año, una gratificación extraordinaria por asistencia y productividad, con independencia del plus regulado en los artículos 14º y 15º que anteceden.

Se exceptúa del requisito exigido en el párrafo primero de este artículo el personal que fuera baja por causa de accidente laboral, o disfrute vacaciones o licencias autorizadas por la dirección de la empresa, que, no obstante, tendrá derecho en tal caso a la gratificación por asistencia y productividad extraordinaria.

Para el personal que trabaje el turno de noche los días 24 y 31 de diciembre, así como los días (los tres turnos) de Navidad y Año Nuevo, percibirá en compensación 50 euros por jornada.

Dietas

Los directores y jefes de departamento y/o sección viajarán con gastos a justificar.

Incentivos por Ventas

Los importes anteriores se abonarán por cada barril y/o caja de cerveza y agua vendida y los percibirá al 100% el vendedor-repartidor cuando realice la ruta él sólo.

Jubilación

La empresa queda facultada para jubilar al personal al cumplir los sesenta y cinco años de edad, con el consentimiento del trabajador. El sistema de previsión social para el personal pasivo es el establecido en el convenio colectivo para los años 2000-2001 y se financiará mediante una póliza de seguro colectivo de vida, suscrita con una entidad aseguradora de reconocido prestigio y solvencia.

Seguro Colectivo de Vida e Invalidez

Serán de aplicación para los fijos y fijos discontinuos mientras permanezcan en activo y no sean partícipes del plan de pensiones, los capitales para caso de muerte o invalidez absoluta y permanente señalados en el punto 2 del presente artículo. Para ello, Hijos de Rivera, S.A.

Beneficios Adicionales para Empleados

Los trabajadores podrán retirar de la empresa cerveza para consumo exclusivo en su domicilio, hasta 60 cajas anuales de cualquier tipo de cerveza, al precio que se facture a los establecimientos de la plaza donde radique la fábrica, con una reducción del 30 por 100.

Proceso de Ingreso

Quien desee ingresar en la empresa deberá presentar solicitud por escrito, según el modelo establecido y dirigido a la dirección.

La empresa establece como condición previa a todo ingreso del personal, la realización de unas pruebas de aptitud que serán fundamentalmente médicas, culturales, profesionales y psicotécnicas, de cuyo resultado dependerá la admisión.

Ascensos

  • Ascensos automáticos: dado que los trabajos manuales están desapareciendo, (y lo harán a mayor ritmo en los próximos años), al tiempo que se incrementan los requisitos de acceso del nuevo personal, se conviene en fijar como categoría mínima, una vez transcurrido un período de formación básica, la de ayudante, quedando las categorías de auxiliar, como de acceso. Auxiliar de primeraAyudante esp. oficio12 meses como aux.
  • Fomento de la polivalencia: se crea la categoría de oficial de tercera especialista de oficio, destinada a los ayudantes que cubren mas de un puesto de trabajo. Asimismo, los trabajadores que cubren los puestos de encajonadora-desencajonadora del nuevo grupo 2 que sepan, además, manejar los paletizadores-despaletizadores y robogrip, ascenderán a la categoría de oficial de segunda especialista de oficio.
  • Recalificaciones de puestos existentes: dado que determinados puestos están requiriendo un nivel formativo y de desempeño cada vez mayor, se acuerda revisar la categoría que tienen asignada, modificándola si fuera procedente. Dentro de este supuesto, se conviene en eliminar la categoría de ayudante técnico, ascendiendo sus ocupantes a la categoría superior, esto es, a oficial de segunda técnico.

Formación Continua

La dirección de la empresa establecerá los programas y actividades que crea necesarios para la formación continua del personal.

Vacantes

Transcurrido el plazo a que se refiere el apartado anterior, y en caso de existir vacante, la dirección de la empresa cubrirá la misma de acuerdo con lo establecido en el articulo 35º.

Horarios Especiales

Los días 24 y 31 de diciembre de cada año, todos los turnos se harán por la mañana. Estos días solo trabajará el turno de mañana, librando el turno de tarde, salvo que por necesidades de servicio o por el desarrollo de cursos programados en materia de seguridad y salud laboral, sea necesaria su asistencia.

Vacaciones

El calendario de disfrute de las vacaciones se organizará por turnos a lo largo de los 12 meses del año y será rotativo entre los trabajadores de la empresa.

Para todo el personal que llegue a un acuerdo con la empresa, en cuanto a la época de disfrute de su período vacacional, se establece una bolsa de 358,38 euros íntegros, que se hará efectiva el 18 de marzo o el siguiente hábil si éste coincide en festivo.

Licencias

  • 4 días naturales por fallecimiento del cónyuge o de hijos.
  • 3 días naturales por fallecimiento de padres y dos días naturales en caso de fallecimiento de padres políticos.

Sanciones

  • Por falta grave: suspensión de empleo y sueldo de tres a catorce días.

Actualización de Retribuciones

Los aumentos de retribución que puedan producirse con posterioridad a la fecha de entrada en vigor de este convenio, por disposiciones legales de general aplicación, únicamente tendrán eficacia práctica cuando, consideradas globalmente y en cómputo anual, las nuevas retribuciones superen a las actualmente pactadas.

Tabla Salarial

A continuación, se muestra un ejemplo de una tabla salarial con niveles y categorías:

Nivel Categorías S.B.
Jefe proc. Técnico tit. Inspector de prim. Inspector de seg. Ofic. pri. E.O.-J. equi. Of. prim. esp. Subalt. prim. jefe eq. 7Auxiliar téc./advo. Ofic. seg. esp. ofic.
Oficial de 3ª esp. of. 9Aux. recepc.-orden. Ayudante esp. Subalterno de seg.

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