En Navarra, autónomos y pymes deben cumplir con sus obligaciones fiscales trimestrales. En este artículo, te guiaremos a través del proceso de presentación del IVA trimestral, incluyendo los modelos necesarios, plazos y consejos útiles.
Plazos para la Presentación de Impuestos del 2º Trimestre de 2025
El plazo para la presentación de impuestos del 2º trimestre de 2025 se abrirá el 1 de julio y se extenderá hasta el 5 de agosto de 2025. Es importante tener en cuenta que el último día para domiciliar el pago es el 5 de agosto de 2025 en las entidades colaboradoras de hacienda.
Para una correcta preparación, se recomienda llevar las facturas a la asesoría antes del 17 de julio de 2025. Durante este período, los autónomos y pymes navarras deben realizar las declaraciones y autoliquidaciones de IVA e IRPF correspondientes a los meses de abril, mayo y junio de 2025.
Modelos de IVA a Presentar
Modelo F69: Autoliquidación Trimestral del IVA
Si tu actividad está sujeta al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), deberás presentar esta declaración trimestralmente. Este modelo permite pagar a Hacienda la diferencia entre el IVA repercutido en tus facturas de ventas y el IVA soportado en tus facturas de gastos. El modelo estatal equivalente es el 303.
Modelo 349: Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias
Este modelo es necesario para las compras y ventas de mercancías y servicios entre empresas de la Unión Europea (UE). Estas operaciones intracomunitarias tienen un sistema especial de tributación del IVA y requieren su propia declaración. A diferencia del modelo F69, el modelo 349 es meramente informativo, pero la información vertida en ambos modelos debe coincidir.
Modelo 309: Liquidación No Periódica del IVA
Este modelo es menos común y se utiliza para autónomos sujetos a regímenes especiales como el de recargo de equivalencia o los de pesca, ganadería y agricultura. Por ejemplo, los comerciantes minoristas deben presentar este modelo por las adquisiciones intracomunitarias de bienes o inversiones realizadas en un período determinado.
Modelos de IRPF a Presentar
Modelo 130: Autoliquidación del Pago Fraccionado del IRPF
Los trabajadores por cuenta propia que realicen actividad económica registrada en el censo de empresarios (IAE) deben realizar el pago fraccionado del IRPF mediante el modelo 130.
Excepciones a la obligación de presentar el Modelo 130:
- Quienes tributen por módulos.
- Quienes hayan sido calificados como emprendedores.
- Quienes realicen actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de transporte de mercancías por carretera o de servicio de mudanzas sometidas a Retención.
Además, se exceptúan de la obligación de presentar el Modelo 130 en Régimen de estimación directa:
- Los empresarios, por las actividades en las que apliquen el régimen de estimación objetiva.
- Las personas o entidades calificadas como emprendedoras.
- Los sujetos pasivos por las actividades agrícolas, ganaderas, forestales, de transporte de mercancías por carretera o de servicio de mudanzas sometidas a retención.
- Los sujetos pasivos cuyos rendimientos netos del total de las actividades empresariales y profesionales en el penúltimo año anterior al de los pagos fraccionados no superen los 6.500 euros.
- Aquellos cuyo pago fraccionado trimestral resultante de la aplicación de la primera modalidad sea inferior a 100 euros.
Modelo 715: Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF
Si eres trabajador autónomo y aplicas descuentos en el importe de las rentas por rendimientos de trabajadores, empresarios o profesionales, deberás declarar dichas retenciones ante Hacienda en este modelo.
Modelo 716: Pago de Retenciones de Intereses Préstamos y de Dividendos Percibidos
Este modelo se utiliza para declarar las retenciones sobre los intereses de préstamos y los dividendos percibidos.
Modelo 759: Retenciones e Ingresos a Cuenta. Rentas o Rendimientos Procedentes del Arrendamiento o Subarrendamiento de Inmuebles Urbanos
Este modelo se utiliza para declarar las retenciones practicadas sobre los alquileres de locales en los que autónomos y empresarios desarrollan la actividad.
Otros Modelos y Consideraciones
Modelo S91: Pago a Cuenta de Sociedades
Este modelo se presenta en octubre de cada año, excepto para las sociedades en régimen estatal, que deben pagar en abril, octubre y diciembre.
Modelo CAT-06: Aplazamiento en Periodo Voluntario
Este modelo permite solicitar el aplazamiento del pago de cualquiera de los modelos presentados.
Consejos Finales
- Busca Asesoramiento Profesional: Si no estás seguro de cómo completar los modelos o necesitas ayuda con tus obligaciones fiscales, busca el servicio de una asesoría contable y fiscal online en Pamplona.
- Envío Telemático: Navarra pone a disposición un programa de ayuda para el envío de declaraciones. Asegúrate de tener los componentes CES instalados para evitar problemas.
- Validación y Justificante: El Gobierno de Navarra realizará varias validaciones antes del envío. No olvides imprimir el recibo del envío como justificante de haber enviado tu declaración con éxito.
Para resolver cualquier duda en esta materia o cualquier otra, no dudes en ponerte en contacto con una asesoría fiscal, ya sea online, telefónicamente o presencialmente en sus oficinas de Pamplona.
Tabla Resumen de Modelos y Plazos
| Modelo | Descripción | Plazo de Presentación (2º Trimestre 2025) |
|---|---|---|
| F69 | Autoliquidación Trimestral del IVA | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| 349 | Declaración Recapitulativa de Operaciones Intracomunitarias | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| 309 | Liquidación No Periódica del IVA | Según corresponda |
| 130 | Autoliquidación del Pago Fraccionado del IRPF | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| 715 | Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| 716 | Pago de Retenciones de Intereses Préstamos y de Dividendos Percibidos | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| 759 | Retenciones e Ingresos a Cuenta (Alquileres) | 1 de julio - 5 de agosto de 2025 |
| S91 | Pago a Cuenta de Sociedades | Octubre (anual) |
| CAT-06 | Aplazamiento en Periodo Voluntario | Según necesidad |
