La Ley 6/2023, de 17 de marzo, publicada en el BOE del 18 de marzo, ha introducido modificaciones importantes en relación con la deducción por maternidad en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Estas modificaciones afectan especialmente a las madres que se vieron afectadas por Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) durante los periodos impositivos de 2020, 2021 y 2022.
En concreto, la disposición final quinta de la Ley 6/2023 incorpora un nuevo apartado 4 a la disposición adicional trigésima octava de la Ley del IRPF. En este nuevo apartado, se contempla una regla especial para la aplicación de la deducción por maternidad correspondiente a los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022 por parte de las mujeres que, a partir del 1 de enero de 2020, hubieran pasado a situación legal de desempleo.
Uno de los requisitos que se exigía, hasta 2022, para poder aplicar la deducción por maternidad es que la madre realizase una actividad de manera efectiva, ya fuera por cuenta propia o ajena. Este requisito perjudicaba directamente a aquellas madres que, durante los años anteriores, se encontraron en situación de ERTE como consecuencia de la pandemia sanitaria.
Por este motivo, recientemente se ha introducido un cambio en la normativa que beneficia a estas contribuyentes. A continuación, se detallan los aspectos clave de esta modificación y cómo afecta a la declaración de la renta.
🍼Deducción por MATERNIDAD 🤱🏻en la DECLARACIÓN de la RENTA
¿Quiénes se Benefician de este Cambio Normativo?
A los efectos de la deducción por maternidad correspondiente a los períodos impositivos 2020, 2021 y 2022, se entenderá que las mujeres continúan realizando una actividad por cuenta propia o ajena cuando:
- A partir del 1 de enero de 2020, hubieran pasado a encontrarse en situación legal de desempleo como consecuencia de haber quedado suspendido el contrato de trabajo.
- Se encuentren en un período de inactividad productiva como trabajadoras fijas-discontinuas.
- Sean trabajadoras por cuenta propia perceptoras de una prestación por cese de actividad como consecuencia de la suspensión de la actividad económica desarrollada.
Estas contribuyentes podrán aplicar la deducción por maternidad por los meses en los que continúen en dicha situación y se cumplan el resto de requisitos exigidos.
¿Cómo Aplicar la Deducción en la Declaración de la Renta 2022?
Las contribuyentes que se encuentren en esta situación podrán aplicar la deducción correspondiente a los meses de 2020 y 2021 de forma separada en la declaración del IRPF correspondiente a 2022 en los términos que se establezcan en la orden ministerial por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto correspondiente al ejercicio 2022. No obstante, estos importes se entenderán aplicados en el caso de que en dichos meses la contribuyente hubiera practicado la deducción de forma efectiva y no se hubiera regularizado.
Para facilitar la cumplimentación de las casillas correspondientes a 2020 y 2021, cuando la AEAT disponga de todos los datos y antecedentes necesarios, calculará el importe de las mismas según lo establecido en los dos párrafos anteriores y lo trasladará de forma automática a la declaración. Por tanto, en estos casos, cuando la contribuyente acceda a Renta WEB las casillas 1911 a 1916 “Ejercicios 2020 y 2021.
Antecedentes y Polémica
El Ministerio de Hacienda anunció que las madres que estuvieron en ERTE durante la crisis del Covid-19 (ejercicios 2020, 2021 y 2022) tendrían derecho a la deducción en IRPF por maternidad, un derecho que inicialmente les fue negado. Recordemos que, con el estallido de la crisis del Covid-19, la postura del Ministerio de Hacienda sobre la aplicación de la deducción en IRPF por maternidad era clara: las madres en ERTE no tenían derecho a dicha deducción porque, durante el tiempo que estuvieron en ERTE, no ejercieron una actividad por cuenta propia o ajena.
Este cambio de criterio surge tras la polémica suscitada por la campaña iniciada por la AEAT a través de requerimientos a las madres en ERTE que sí se aplicaron esa deducción para que devolvieran las cantidades deducidas erróneamente que, en algunos casos, ascendían a los 1.200 euros por hijo a cargo.
Las mujeres afectadas por esto, es decir, madres en ERTE durante el Covid, que fueron despedidas o trabajadoras autónomas que cesaron su actividad podrán recuperar esa deducción en IRPF por maternidad de los ejercicios 2020 a 2021 a la hora de presentar su Declaración de la Renta 2022.
Compensación a las Afectadas
Junto con el cambio normativo, Hacienda ya ha dado instrucciones para que no se remitan más requerimientos como los cursados a finales del año pasado y en lo que llevamos de este. Tras varias consultas y respuestas contradictorias finalmente la FEFN ha confirmado con la Agencia Tributaria que esta deducción se mantiene aunque el trabajador esté en una situación de desempleo, ya que la misma se aplica a las personas que desarrollan un trabajo por cuenta ajena o propia, pero también a aquellos contribuyentes que estén en situación de desempleo y “perciban prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo, pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado”.
La incorporación de los supuestos de desempleo y pensionistas fue una medida que se introdujo en la tramitación de la deducción fiscal por familia numerosa a petición de la Federación Española de Familias Numerosas, ya que inicialmente sólo se iban a beneficiar de esta deducción los contribuyentes que fueran familia numerosa y estuvieran realizando una actividad por cuenta propia o ajena.
Situación de Desempleo Total
De acuerdo con el apartado 2 del artículo 208 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, en el caso de expedientes de regulación temporal de empleo en los que se suspenda el contrato de trabajo, el contribuyente se encuentra en situación de desempleo total. Solo sería posible realizar un trabajo por cuenta ajena, cuando éste se realizase a tiempo parcial en supuestos temporales de regulación de empleo.
Información Adicional
- El importe total del gasto efectivo no subvencionado pagado durante el período impositivo, ya sea por meses completos o parciales.
- Declaraciones de la Renta de años anteriores, que son muy útiles para verificar los datos.
- ¿Es necesario incorporar a los hijos/as en la declaración? Sí, es necesario.
- ¿Sabías que se ha incrementado la deducción por maternidad por gastos de guardería?
Si estás interesado/a en ampliar tu plantilla el contrato de formación es una opción muy útil. Para más información, ¡contáctanos!
A.1 Haber quedado suspendido su contrato de trabajo.
Se calculará el importe de la deducción por Renta WEB tanto para los meses en que se realice una actividad por cuenta propia o ajena como para los meses en que concurra cualquiera de estas nuevas circunstancias.
