¿Es el aborto un crimen? Un análisis profundo de las perspectivas morales, jurídicas y sociales

La cuestión de si el aborto debe ser considerado un crimen es un tema profundamente controvertido que involucra consideraciones morales, jurídicas y sociales complejas. En este artículo, exploraremos las diferentes perspectivas sobre este tema, analizando los argumentos a favor y en contra de la criminalización del aborto, así como las implicaciones de su legalización o penalización.

Manifestación a favor del aborto legal en Argentina.

Consideraciones morales

Desde una perspectiva meramente natural, el aborto constituye una conducta inmoral. El embrión es un ser vivo de la especie humana, por lo tanto, un ser humano. La vida humana comienza con la concepción y termina con la muerte. La inmoralidad del aborto procede de su inclusión en el precepto fundamental de no matar. Nunca puede ser, por lo tanto, una conducta conforme al deber. Además, si la moral consiste en la opción en favor de "lo mejor", es claro que no se trata de la opción mejor, sino que existen otras preferibles que conservan la vida embrionaria. Julián Marías afirmó que los dos más graves errores morales del siglo XX habían sido la aceptación social del aborto y la generalización del consumo de drogas.

Repárese en que no se afirma que se trate de los dos peores crímenes, sino de errores morales, que estiman como bueno lo que es, de suyo, malo. El debate sobre el estatus jurídico del embrión como persona o no resulta irrelevante en este caso. La consideración del aborto como jurídicamente ilícito no depende de la atribución de la condición personal.

Valoración jurídica del aborto

Ni las constituciones ni los parlamentos son omnipotentes ni infalibles. Al menos, se encuentran limitados por la búsqueda de la justicia y del bien común. Tres son, en principio, las regulaciones jurídicas posibles del aborto: puede ser tipificado como delito, ser despenalizado parcialmente o ser considerado lícito. El derecho no existe para imponer todo el contenido del orden moral, sino solo lo necesario para garantizar la paz social y la justicia. En este sentido, está vinculado con la moral social, con los principios y valores vigentes en una sociedad, aunque no determinado por ella.

Lo que nunca es lícito, salvo que la ley aspire a negar la justicia, es considerarlo como un derecho. El hecho de que algo sea jurídicamente lícito o permitido no significa que se convierta en un derecho. Uno tiene derecho, por ejemplo, a vacaciones pagadas, pero no a viajar a un determinado país, porque si lo tuviera podría exigir a las administraciones públicas su satisfacción. Es algo lícito y permitido, siempre que pueda pagárselo, pero no un derecho. Tener un derecho es poseer la capacidad de exigir e imponer a toda la sociedad, incluso utilizando la fuerza del Estado, su ejercicio. Todo derecho lleva aparejados deberes, para su titular, en su caso, y para toda la sociedad.

Si hay un derecho a matar al embrión, existe necesariamente un deber de quitarle la vida si la gestante así lo solicita. Es decir, existe un deber de matar. Es grave la confusión que reina en nuestro tiempo sobre el fundamento de los derechos. Hoy se tiende a confundir el derecho con el mero deseo. Toda pretensión que no dañe directamente a otro o a otros se considera como suficiente para dar lugar a un derecho. Con relación al aborto se ha producido un fenómeno insólito en muchas legislaciones, incluida la española. En apenas unas décadas ha pasado de ser considerado un delito a convertirse en un derecho.

Es cierto que el Código Civil español establece que la personalidad se adquiere con el nacimiento. Pero se trata de la personalidad jurídica y no de la posesión de la condición filosófica de persona. Precisamente por esto, la Constitución española afirma que “todos tienen derecho a la vida” y no “toda persona”. Se trataba de garantizar el derecho a la vida prenatal.

El aborto como derecho constitucional: el caso de Francia

Por primera vez, una legislación establece el aborto como un derecho garantizado constitucionalmente. Una aberración jurídica perpetrada por Francia, que ya ha sido exigida por algún partido español. La infamia es contagiosa. Pero no se piense que el caso francés constituye una anomalía extravagante en Europa. Es un ejemplo más de su decadencia moral y espiritual derivada de la renuncia a los principios fundamentales de su civilización: la filosofía griega, el derecho romano y la religión cristiana.

Ortega y Gasset afirmó que Europa se había quedado sin moral. No es que una nueva viniera a sustituir a la vieja. La aceptación social del aborto es un grave error moral, y su legalización como derecho, un terrible error jurídico. Europa parece empeñada en romper con los principios que la forjaron como civilización y que solo hace unas décadas, al final de la Segunda Guerra Mundial, fundamentaron la nueva realidad europea. Religión, filosofía, derecho, democracia liberal y Estado de derecho son pisoteados por los nuevos bárbaros interiores.

La barbarie no amenaza con asaltarnos desde el exterior. Parecemos empeñados en olvidar la vieja y sabia enseñanza de que la justicia no depende de la arbitraria voluntad del gobernante ni de la mayoría de los hombres. La mayoría no puede decidir sobre la verdad ni el bien moral. Aunque todos los hombres pensaran que el aborto es un derecho y que el sol gira alrededor de la Tierra, no sería menos cierto que el aborto es una conducta inmoral y antijurídica y que es la Tierra la que se mueve alrededor del sol. Existen condiciones morales previas que se imponen a la democracia y al Estado de derecho. Es lo que una tradición filosófica secular ha llamado “ley natural”. No se trata solo de que Europa se degrade moralmente; es que camina hacia su extinción.

Vuelve al Congreso el debate sobre el aborto legal

El filósofo Antístenes proclamó que las ciudades que dejan de distinguir entre el bien y el mal caminan hacia su extinción.

Impacto del aborto en la composición de la sociedad

Cambios en el número de abortos voluntarios pueden producir cambios importantes en la composición de la sociedad. Esto sucederá en la medida en que las mujeres que aborten procedan en mayor medida de ciertos estratos sociales, y tengan ciertas características demográficas.

Según datos del Ministerio de Salud, en 2017 se llevaron a cabo 94.123 interrupciones voluntarias del embarazo en España. El 66% fueron abortos realizados a mujeres españolas (el 65% a nacidas en España). Entre las mujeres que abortaron en 2017, el 46% no tenían hijos, el 48% estaban en pareja y por edad se distribuían del siguiente modo: un 0.4% tenían menos de 15 años, el 10% tenían entre 15 y 19, el 21% tenían entre 20 y 24, y el 22% tenían entre 25 y 29 años (el 47% 30 o más).

Esta composición podemos compararla con la de las mujeres que dieron a luz en ese mismo año, que en total fueron 393.181. De ellas, el 81% eran españolas. La edad de las mujeres que dieron a luz en 2017 era tal que: el 0.03% tenían menos de 15 años, el 2% tenían entre 15 y 20, el 7% tenían entre 20 y 24, y el 18% tenían entre 25 y 29 años (el 73% 30 o más). El 97% de los niños nacidos en 2017 fueron reconocidos por su padre.

De estos datos podemos concluir que las mujeres que recurren al aborto voluntario en España son en mayor medida extranjeras, solteras, y jóvenes que las que siguen adelante con el embarazo. Esto hace pensar que los niños que nacerían a raíz de un cambio legislativo que penalizase el aborto seguramente procederían en mayor medida de entornos familiares desfavorables.

Identificar las consecuencias del aborto legal para la población es un reto porque supone comparar dos escenarios: uno en el que una serie de personas nacen, respecto a otro en el que no, y claramente solamente podemos observar uno de los dos escenarios, e intentar imaginar el otro. Argumentar que el escenario que imaginamos es realista es la parte más difícil.

Relación entre el aborto y el crimen

Uno de los primeros intentos de medir el impacto de las leyes del aborto sobre la composición de la población es este paper de Angrist y Evans. En él se usan cambios en la legislación del aborto en Estados Unidos para estudiar cómo eso afecta al nivel de formación y las perspectivas en el mercado laboral de las mujeres. Sin embargo, la línea de investigación que ha suscitado más debate es aquella que conecta las leyes sobre el aborto y el crimen.

El artículo de investigación más influyente sobre el tema llegó décadas después de la mano de los profesores Steven Levitt de la Universidad de Chicago y John Donohue de la Universidad de Yale. El artículo “El impacto de la legalización del aborto en el crimen”, publicado en 2001 en la prestigiosa revista Quarterly Journal of Economics (aquí), parte de tres observaciones: (1) los índices de criminalidad de los Estados Unidos empiezan a reducirse a partir de 1992, (2) los criminales suelen ser hombres de entre 18 y 24 años, y (3) la legalización del aborto en 1973 redujo significativamente el número de hijos no deseados.

La combinación de estos tres hechos llevó a Donohue y Levitt a lanzar la hipótesis de que la ausencia de aquellos individuos que fueron abortados por la ley de 1973 hizo que 18 años después, es decir, a partir 1992 pero más notoriamente en 1995, se observe una reducción en la tasa de criminalidad. Ante la posibilidad de que el momento en que la primera generación a la que afectó la legalización del aborto cumpliera 18 años haya coincidido con la reducción de la criminalidad por pura casualidad, Donohue y Levitt utilizan una estrategia más sofisticada.

Explotan las diferencias en el momento en que se legaliza el aborto entre los distintos estados. Estas diferencias existen porque algunos estados habían legalizado el aborto antes del evento que desencadenó la legalización simultánea a nivel nacional. Se trata del famoso caso Roe contra Wade. Este caso introdujo un precedente que permitió usar una cláusula de privacidad de la enmienda número 14 de la Constitución estadounidense para justificar un aborto. Según los datos que manejaron en su momento los investigadores, los estados donde el aborto se legalizó antes experimentaron también reducciones en la tasa de criminalidad con anterioridad a los otros estados.

Protesta relacionada con el caso Roe contra Wade.

Como es propio de la disciplina económica, las críticas no se hicieron esperar. Una de las que ha tenido más eco es la de que hicieron Lott y Whitley en 2001 (aquí). Estos dos autores argumentaron que el estudio de Donohue y Levitt se basa en la presunción de que la tasa de abortos era más alta en aquellos estados donde el aborto era legal (sin restricciones) comparado con aquellos en los que existían ciertos requisitos. Sin embargo, datos procedentes del sistema de salud muestran que esto no es necesariamente cierto (ver este estudio de la World Health Organization). Además, si la relación de causalidad entre el aborto legal y la reducción de la tasa de criminalidad es cierta, debería observarse que tras la legalización del aborto la tasa de criminalidad debería reducirse primero para los más jóvenes, y poco a poco extenderse hacia los estratos de población más mayor.

Tabla comparativa: Argumentos a favor y en contra de la relación entre aborto y criminalidad

Argumentos a favor Argumentos en contra
Reducción de la criminalidad tras la legalización del aborto. Datos no siempre corroboran una mayor tasa de abortos en estados con leyes permisivas.
Disminución de hijos no deseados. Correlación negativa entre aborto y asesinatos desaparece sin considerar el nivel de ingresos.
Legalización temprana del aborto en algunos estados y su impacto en la criminalidad. Dudas sobre la adecuación de los datos de arrestos versus datos de comisión de crímenes.

Sin embargo, dicho patrón de comportamiento no se aprecia en los datos. Otro factor que levantó las sospechas de Lott y Whitley es que la correlación negativa entre el número de asesinatos y la legalización del aborto en cada estado no se aprecia si no se tiene en cuenta el nivel de ingresos del estado.

Por último, los críticos de Donohue and Levitt ponen en duda que los datos usados en el estudio original sean adecuados, ya que se trata de arrestos y, en casos de homicidios, el arresto se produce con frecuencia meses e incluso años después del crimen. Por eso, Lott y Whitley señalan que otra fuente de datos (el registro suplementario de homicidios) es más adecuado porque señala el momento en el que el crimen fue cometido. Cuando replican los resultados originales usando esa base de datos, encuentran el resultado opuesto.

Otra crítica relevante se sucedió tres años después cuando Ted Joyce publicó un artículo (aquí) en el que concluía que los resultados de Donohue y Levitt eran debidos a cambios en el consumo de crack. En respuesta a estos dos artículos Levitt publica un post en su blog Freakonomics en 2005 (aquí) donde replica su análisis teniendo en cuenta los elementos que señalan sus críticos y carga duro contra el paper de Lott y Whitley: Dice textualmente que no hay nada de verdad en él y que de hecho no había sido aceptado en ninguna revista.

Después del post de respuesta de Levitt, los investigadores Foote y Goetz (aquí) señalaron que la estimación inicial sobre el efecto del aborto en el crimen era demasiado alta. De hecho, una vez que tenían en cuenta otros factores asociados al crimen, el efecto se reducía a la mitad. Además, Foote y Goetz sostienen que Donohue y Levitt se equivocaron al haber incluido como variable explicada en su análisis el número de arrestos en lugar del número de arrestos per cápita, que habría tenido en cuenta la heterogeneidad entre estados en términos de tamaño de la población. Usando esta medida alternativa, el efecto estimado desaparece.

Como consecuencia de esta última crítica, se sucedieron una serie de respuestas cruzadas: Donohue y Levitt respondieron a Foote y Goetz proponiendo una nueva metodología con la cual se obtiene el efecto negativo de abortos sobre crimen incluso usando el número de arrestos per cápita. El debate sigue abierto, tal y como muestra la proliferación de artículos que tratan de responder a la pregunta de si existe una relación causal entre abortos y crimen usando distintas metodologías y distintos datos para distintos países.

El aborto como problema de salud pública

El acceso al aborto legal y seguro forma parte del conjunto de los derechos humanos, entre ellos el derecho a la salud sexual y reproductiva. En los últimos 30 años, más de 60 países de todos los continentes han modificado su legislación para permitir el acceso al aborto. Casi la mitad de esos países están en África. Asia representa una quinta parte de los países liberalizadores.

En América Latina, la legislación ha avanzado en Chile, Argentina, México y Colombia con la despenalización, y aunque en menor medida, también hubo avances en Chile. Europa es el continente donde el derecho al aborto seguro está más extendido e Irlanda fue el último país en despenalizarlo, a finales de 2018.

Pero al mismo tiempo se están produciendo graves retrocesos, como en Polonia, donde en 2020 se eliminó uno de los únicos tres supuestos en que estaba permitido abortar. O como en Estados Unidos, donde el derecho al aborto ya no está protegido por la Constitución, según dictaminó su Tribunal Supremo en junio de 2022, y a partir de esta sentencia cada uno de los estados federados puede establecer limitaciones muy restrictivas e incluso la prohibición total, como ya está sucediendo en la mitad del país. Con esta decisión las mujeres norteamericanas retroceden 50 años en su autonomía para decidir sobre el embarazo y la maternidad.

Mapa mundial de las leyes sobre el aborto.

El lobby antiaborto mundial lanza mensajes y bulos sobre el aborto repetidos una y otra vez sin datos ni base científica, en sus campañas de presión a la ciudadanía para estigmatizar el derecho al aborto, para lograr que los gobiernos lo prohíban o que eliminen leyes que garantizan este derecho.

La única forma de acabar con el aborto es prohibirlo. Pero esto no es lo que afirma la Organización Mundial de la Salud: “los datos demuestran que las políticas restrictivas no solo no reducen el número de abortos, sino que también afectan a la posibilidad de que se practiquen de forma digna y sin riesgos. La proporción de abortos peligrosos es significativamente más elevada en los países que imponen leyes restrictivas, que en aquellos dónde estas leyes son más laxas”.

Según estudios del Instituto Guttmacher, en colaboración con la Organización Mundial de la Salud, se estima que las tasas de aborto son de 33 por mil mujeres en edad reproductiva en África y 32 por mil en América Latina y Caribe, regiones ambas donde el aborto está severamente restringido.

En España, según datos del Ministerio de Sanidad, la tasa de abortos en mujeres entre 15 y 44 es de 12,2 por mil mujeres en 2023; en este año se contabilizaron 103.093 abortos, con un aumento del 4,8% respecto al año anterior.

También el Relator especial de la ONU, la Organización Mundial de la Salud y el Consejo de Europa ratifican que la prohibición del aborto no hace que desaparezcan ni acaba con la necesidad de las mujeres y adolescentes a recurrir a este derecho.

Por el contrario, una política de salud sexual y reproductiva integral, desde la formación e información hasta la atención sanitaria, garantiza la toma de decisiones responsables sobre el embarazo y la maternidad. Qué gran contradicción que gobiernos como el de Polonia o el de Paraguay, que establecen una política muy restrictiva de aborto, prohíban al mismo tiempo la educación afectivo-sexual en las escuelas.

Argumentos falaces sobre el aborto

Existen muchos argumentos falaces que se utilizan en el debate sobre el aborto. A continuación, analizaremos algunos de los más comunes:

  • NO al aborto, SÍ a la vida. “Soy provida”: Es una falsa dicotomía, pero es el eslogan reiterado por el lobby antiaborto mundial. ¡Como si las mujeres no estuvieran a favor de la vida! Son precisamente ellas las que demandan a los gobiernos medidas que garanticen una maternidad responsable: acceso a la salud sexual y reproductiva y disponer de las condiciones económicas básicas que les permitan asegurar el bienestar de su familia.
  • El aborto es un asesinato y debe estar en el Código Penal: El mensaje tremendista que oculta que el derecho a la vida comienza al nacer la persona, como cualquier otro derecho humano. Por el contrario, ninguna mujer debe verse obligada a elegir entre morir o ir a la cárcel.
  • El aborto es la primera causa de feminicidio en el mundo: El mensaje se ha usado por quienes hacen campaña contra el derecho al aborto de forma provocadora, a sabiendas de que el concepto de “feminicidio” tiene otro significado.
  • Las mujeres y las adolescentes usan el aborto como cualquier otro método anticonceptivo: Con este mensaje se trata nuevamente de presentar a las mujeres como irresponsables, “menores de edad” e incapaces de discernimiento.
  • El aborto va contra las personas con discapacidad: Con este falso mensaje se pretende utilizar a estas personas para justificar la prohibición del aborto.
  • Garantizar el derecho al aborto como un servicio de salud pública supone anular el derecho a la objeción de conciencia del personal sanitario: Esta dicotomía es falsa. En primer lugar porque no es un derecho humano negar la atención médica por motivos de conciencia o de creencias religiosas. Pero además, en la práctica, ambos derechos son perfectamente compatibles y los Estados tienen la obligación de regularlos adecuadamente.

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