Duración Recomendada del Período de Lactancia y su Impacto en el Trabajo

El Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 37.4, contempla el derecho a ausentarse del trabajo, previo aviso y justificación, para el cuidado del hijo lactante. Es lo que se conoce popularmente como permiso de lactancia, que da derecho a una hora de ausencia del puesto de trabajo al día sin que ello suponga una reducción del salario base.

Este permiso se puede disfrutar de tres formas distintas: una hora al día, con posibilidad de dividirlo en dos tramos de media hora cada uno; solicitando entrar o salir media hora antes y disfrutando de otra media hora durante la jornada; o acumulando el permiso.

Esta última opción es la preferida por muchas familias, pero son mayoría las que tienen dudas de si en este caso el permiso aplica a días laborales o naturales.

Antes de profundizar en la letra pequeña del permiso de lactancia acumulada, es conveniente incidir es que este es un derecho reconocido para todos los trabajadores al cuidado de un bebé lactante hasta los nueves de edad, como mínimo.

“Este permiso es independiente de que la lactancia sea natural o artificial”, aclaran desde Comisiones Obreras (CCOO) en este documento específico sobre el permiso de lactancia.

Hasta los nueve meses, es un permiso remunerado, que puede ser ampliado si hay circunstancias concretas como el de un parto múltiple.

Hay un escenario contemplado en el Estatuto de los Trabajadores para que se pueda ampliar hasta los doce meses. Pero en este caso, salvo que existan circunstancias concretas que justifiquen una ampliación del mismo como puede ser un acogimiento múltiple, implica una “reducción proporcional del salario a partir del cumplimiento de los nueve meses o el convenio colectivo de aplicación establezca un periodo superior”, explican desde CCOO.

Además, también es conveniente subrayar que es un permiso que pueden solicitar ambos progenitores. Y este marco general puede ser mejorado por el convenio colectivo de cada empresa, de manera que es conveniente consultarlo en caso de querer solicitar el permiso de lactancia.

¿Cómo se calcula la lactancia acumulada?

La duda entre los progenitores que optan por solicitar el permiso de lactancia acumulado es si el permiso aplica a días laborales o naturales. Antes es importante explicar cómo se calcula.

Ya sabrás, si te lo estás planteando pedir, que este derecho consiste en acumular las horas del permiso de lactancia en jornadas completas de trabajo.

Lo más normal es que el permiso de lactancia acumulada tenga una duración de 14 o 15 días, pero desde CCOO indican que es posible que un convenio colectivo determine cómo calcular las horas que le corresponden a una persona trabajadora por este permiso.

Si no lo hace, el cálculo se realiza sobre la base de que tiene derecho a una hora por día de jornada laboral hasta que el lactante cumpla nueve meses o un año si lo disfrutan ambos progenitores.

“Por ello se cuentan las horas que se dejan de trabajar por el permiso, descontando los días festivos y los días de descanso, desde que se solicita la lactancia hasta que el lactante cumpla nueve meses”.

¿Días laborales o naturales?

En cualquier caso, y he aquí el quid de la cuestión que nos planteamos, si el convenio no especifica si estos días son naturales o laborables, el permiso de lactancia acumulada aplica a días laborales.

Al menos, esto es lo que dice un precedente judicial: la sentencia de 12 de enero de 2017 del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (rec. suplicación 545/2016).

Dicha sentencia estableció que el permiso de lactancia acumulada, que en ese caso era de 14 días según el convenio colectivo, debía realizarse en días laborales porque los negociadores del convenio se estaban refiriendo a días efectivos de trabajo.

“La lactancia acumulada tiene como presupuesto el derecho a una hora de ausencia en el trabajo: el Convenio colectivo aplicable, cuando regula otros permisos, especifica cuando se reconocen por días naturales, y el artículo regulador del permiso establece en una «hora de ausencia al trabajo», siendo patente que su sustitución acumulada, salvo una especificación muy concreta en contrario, debe quedar referida a días laborables, pues laborables son las horas sustituidas”, se puede leer en la sentencia completa, disponible aquí.

Si vas a solicitar el permiso de lactancia acumulada a tu empresa, además de leer el convenio colectivo, los sindicatos advierten de que lo correcto es presentar un escrito para avisar a la empresa con 15 días de antelación dejando constancia en el mismo del período de disfrute de dicho permiso.

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Tabla Resumen: Cambios en el permiso por lactancia vs Normativa Anterior

Criterios Normativa Anterior Nueva Legislación (RDL 7/2023)
Dependencia de Acuerdos Colectivos El derecho a ausentarse del trabajo por lactancia dependía de acuerdos colectivos o negociaciones con la empresa. Eliminación de restricciones. En este contexto, el derecho a ausentarse del trabajo para el cuidado del hijo/a lactante estaba condicionado a las cláusulas establecidas en los convenios colectivos o a acuerdos individuales, generando una diversidad de situaciones y derechos en función de las circunstancias particulares de cada trabajador.
Denominación del permiso - «Cuidado del Hijo/a lactante»
Universalización del Derecho Sujeto a la inclusión expresa en los convenios colectivos. Todos los trabajadores y trabajadoras en situación de responsabilidad de lactancia pueden solicitar este beneficio.
Naturaleza del permiso - Retribuido y a Cargo de la Empresa
Duración del permiso - Generalmente hasta que el hijo/a lactante cumpla nueve meses.
Lactancia - Natural y Artificial

Condiciones y Duración del permiso por lactancia

La reforma legal del Real Decreto-ley 7/2023 ha establecido una serie de condiciones y límites temporales para el nuevo permiso por lactancia. En términos generales, este derecho se extiende hasta que el hijo/a lactante cumpla nueve meses. La duración específica de la ausencia diaria, así como la posibilidad de reducción de jornada o acumulación, depende de la elección del trabajador y de los acuerdos establecidos con la empresa.

Lactancia Natural y Artificial

El permiso por lactancia no distingue entre lactancia natural o artificial, abarcando ambas situaciones. Esto significa que tanto en casos de lactancia materna como en aquellos en los que se opta por la alimentación artificial, los trabajadores tienen el derecho de ausentarse una hora al día para el cuidado del hijo/a lactante. Esta inclusividad refleja un enfoque equitativo hacia todas las formas de crianza y asegura que todos los trabajadores en situación de responsabilidad de lactancia gocen de los mismos beneficios.

Fraccionamiento de la Hora Diaria

Una flexibilidad esencial del nuevo permiso es la opción de fraccionar la hora diaria de ausencia en dos partes. Por ejemplo, un trabajador puede elegir ausentarse durante media hora por la mañana y media hora por la tarde. Esta posibilidad de adaptar el permiso a las necesidades individuales facilita la conciliación de la vida laboral y familiar. Es importante destacar que la elección de cómo disfrutar este tiempo queda en manos del trabajador, siempre dentro de la jornada ordinaria de trabajo y sujeta a acuerdos previos con la empresa.

Formas de Disfrutar el permiso por lactancia

Ausencia Diaria de 1 Hora

La forma más directa de disfrutar del permiso por lactancia es mediante la ausencia diaria de una hora. En este escenario, el trabajador puede elegir el momento del día que mejor se adapte a sus necesidades para cuidar del hijo/a lactante. Este enfoque brinda flexibilidad y autonomía al empleado para gestionar su tiempo de trabajo, siempre dentro de la jornada laboral ordinaria. La comunicación directa con la empresa es suficiente para poner en práctica esta modalidad, sin necesidad de acuerdos previos.

Reducción de la Jornada en Media Hora

Para aquellos que prefieren una adaptación más gradual, la opción de reducir la jornada en media hora al principio o al final de la jornada laboral es una alternativa válida. Esta elección permite equilibrar las responsabilidades laborales con el cuidado del hijo/a lactante de manera más distribuida a lo largo del día. Al igual que con la ausencia diaria, la implementación de esta modalidad requiere acuerdos previos con la empresa para garantizar una gestión efectiva del tiempo y recursos.

Acumulación de Horas para Jornadas Completas

Otra opción contemplada en el nuevo permiso por lactancia es la acumulación de horas para disfrutar de jornadas completas en períodos determinados. Por ejemplo, un trabajador puede optar por acumular la hora diaria durante varios días para obtener jornadas completas de permiso. La duración y aplicación de esta modalidad están sujetas a diversos factores, como el número de días laborables, festivos, y el periodo de tiempo hasta que el hijo/a lactante cumpla nueve meses. Esta elección requiere acuerdo previo con la empresa y puede extenderse hasta los 12 meses si ambos progenitores ejercen este derecho con la misma duración y régimen.

Cálculo de la Acumulación del permiso por lactancia

Variables a Considerar

El cálculo para la acumulación del permiso por lactancia implica tener en cuenta diversas variables que determinarán la duración y extensión de este beneficio. Entre las variables clave se encuentran los días laborables, los festivos, la cantidad de días trabajados a la semana y las horas laboradas diariamente. Estas variables proporcionan la base para calcular cuántos días de permiso pueden acumularse y, por ende, la duración total del beneficio para el trabajador.

Periodo de Acumulación

El periodo de acumulación del permiso está sujeto a la elección del trabajador y a la duración del mismo, que puede extenderse hasta que el hijo/a lactante cumpla nueve meses. En este contexto, se contabilizan las horas acumuladas diariamente a lo largo del periodo elegido, sumando estas horas hasta determinar cuántos días completos de permiso corresponden. Es fundamental considerar la duración específica del permiso en la planificación de este periodo de acumulación, teniendo en cuenta los límites temporales establecidos por la legislación vigente.

Modalidad hasta los 12 Meses del Bebé

En casos particulares en los que ambos progenitores ejerzan el derecho al permiso por lactancia con la misma duración y régimen, se abre la posibilidad de extender el periodo de disfrute hasta que el lactante cumpla doce meses. Esta modalidad implica una reducción proporcional del salario a partir del noveno mes. La elección de esta modalidad debe ser cuidadosamente considerada, ya que impacta tanto en la duración del permiso como en las implicaciones económicas para el trabajador.

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