La llegada de un hijo es un momento trascendental que trae consigo múltiples cambios, tanto en el ámbito personal como en el económico. En reconocimiento de esta realidad, las autoridades fiscales han implementado diversas deducciones por maternidad y paternidad con el fin de mitigar la carga tributaria de los progenitores. Por eso ayudas como la deducción por maternidad y paternidad pueden ser de mucha ayuda, y en 2025 vienen cargadas de novedades. Es esencial que los padres estén informados sobre estas modificaciones para aprovechar al máximo los beneficios disponibles.
En 2024, en España hubo 322.034 nacimientos, según el Instituto Nacional de Estadística. Esto supone un incremento del 0,4% respecto al año anterior y marca el primer repunte tras una década a la baja. Este leve aumento de la natalidad se produce en un contexto marcado por la longevidad y el envejecimiento de la población, en el que la inversión de la pirámide demográfica plantea importantes desafíos económicos y sociales.
¿Qué es la Deducción Fiscal por Maternidad y Paternidad?
La deducción fiscal por maternidad es un beneficio dirigido a madres trabajadoras con hijos menores de tres años que realicen una actividad por cuenta propia o ajena y estén dadas de alta en la Seguridad Social. Esta deducción permite reducir la cuota íntegra del IRPF en 1.200 euros anuales por cada hijo, lo que equivale a 100 euros mensuales.
Por otro lado, la deducción por paternidad no existe como tal en el sistema fiscal español. Sin embargo, los padres pueden beneficiarse de otras ayudas y prestaciones durante el periodo de baja por paternidad.
CÓMO SOLICTAR BAJA MATERNIDAD O PATERNIDAD TELEMATICAMENTE
Deducción por Maternidad en Detalle
En 2025, la deducción por maternidad mantiene su cuantía de 1.200 euros anuales por hijo menor de tres años. Las madres pueden optar por recibir este importe de forma anticipada, percibiendo 100 euros mensuales por hijo, lo que facilita la liquidez durante el año fiscal.
Para poder beneficiarse de esta deducción por maternidad, es imprescindible que la madre esté dada de alta en la Seguridad Social.
Es importante destacar que, para acceder a esta deducción, la madre debe estar dada de alta en la Seguridad Social y cumplir con los requisitos de cotización mínimos establecidos por la normativa vigente.
Además, se han ampliado los supuestos que permiten acceder a esta deducción, incluyendo a mujeres en situaciones específicas como ERTE, trabajo a tiempo parcial o incapacidad temporal, lo que amplía la protección fiscal para madres en situaciones laborales menos estables.
Deducción Adicional por Gastos de Guardería
A partir de 2023 y siguiendo en vigor en 2025, se ha consolidado la ampliación de la deducción por maternidad para incluir un importe adicional por los gastos de guardería o centros de educación infantil autorizados. Ésta puede llegar hasta 1.000 euros anuales por cada hijo menor de tres años que esté inscrito en una guardería o centro autorizado.
Para beneficiarse de esta deducción, los gastos deben estar debidamente acreditados, y la madre debe cumplir con los requisitos mencionados para la deducción por maternidad.
Este beneficio es especialmente útil para las familias que deciden reincorporarse al mercado laboral después de la baja de maternidad, ya que reduce el impacto financiero del pago de guarderías privadas.
Baja por Maternidad y Paternidad en 2025: Tributación de la Prestación
Desde la sentencia del Tribunal Supremo en octubre de 2018, las prestaciones por maternidad y paternidad están exentas de tributación en el IRPF. Esta exención se mantiene en 2025, lo que significa que las prestaciones económicas percibidas durante los periodos de baja no se consideran rendimientos del trabajo y, por lo tanto, no tributan en el IRPF.
En 2025, los periodos de baja por maternidad y paternidad se mantienen en 16 semanas para ambos progenitores, siendo estas bajas intransferibles. La prestación se calcula en función de la base reguladora del trabajador, que varía dependiendo de su base de cotización. Al estar exentas de tributación, estas prestaciones no incrementan la base imponible del IRPF.
Ayudas Específicas para Familias Numerosas
Las familias numerosas tienen derecho a una serie de beneficios fiscales específicos. La deducción por familia numerosa se recoge en el artículo 81.bis de la Ley del IRPF. Las familias numerosas pueden aplicarse una deducción de hasta 1.200 euros anuales, o 2.400 euros si es una familia numerosa de categoría especial.
En 2025, la deducción por familia numerosa ha experimentado un incremento en sus cuantías:
- Categoría general: la deducción ha aumentado de 500 euros a 600 euros anuales.
- Familias con cuatro hijos: la deducción es de 1.500 euros anuales.
- Familias con cinco hijos: la deducción asciende a 2.500 euros anuales.
- A partir del sexto hijo y sucesivos: se añaden 1.000 euros adicionales por cada hijo.
Además, muchas comunidades autónomas han introducido bonificaciones ampliadas en transporte público, ofreciendo descuentos del 50% o más en abonos de transporte para familias numerosas.
Deducción por Ascendientes o Descendientes con Discapacidad
En 2025, los progenitores con hijos que tengan una discapacidad reconocida igual o superior al 33% pueden beneficiarse de una deducción por descendiente con discapacidad contemplada también en el artículo 81 bis de la Ley del IRPF.
Las familias que se hagan cargo de personas con discapacidad pueden beneficiarse de más deducciones fiscales. Por cada ascendiente o descendiente con un grado de discapacidad igual o superior al 65%, se puede aplicar una deducción de 300 euros anuales.
Es fundamental que la discapacidad esté debidamente acreditada y que el ascendiente o descendiente conviva con el contribuyente y dependa económicamente de él.
Además, existen bonificaciones adicionales en algunos casos, como para familias numerosas o monoparentales con hijos con discapacidad.
Deducciones Autonómicas por Nacimiento o Adopción
En el ámbito autonómico tampoco hay una deducción por paternidad como tal, pero existen diversas deducciones por nacimiento o adopción que varían según la comunidad autónoma:
- Andalucía: Deducción de 50€ por nacimiento o adopción de hijos. Si se reside en un municipio andaluz con despoblación (<3.000 habitantes), la deducción es de 400 € por hijo.
- Aragón: Deducciones por hijos adoptados en el extranjero (600€). También deducciones por nacimiento/adopción del primer o segundo hijo en municipios <10.000 habitantes.
- Principado de Asturias: Deducción por adopción de menores en el extranjero. Gastos de guardería: 15% de las cantidades pagadas en guarderías o centros infantiles.
- Canarias: Deducciones de 450 € (familia numerosa general) o 600 € (familia numerosa especial).
- Extremadura: Deducción por partos múltiples (ayuda de 300 € extra por hijo en parto múltiple).
- Galicia: Deducciones por hijos nacidos y adoptados (300 € por el primer hijo; 360 € por el segundo; y 1.200 € por el tercero y sucesivos).
- Madrid: Deducción por nacimiento o adopción de 721,70 € por cada hijo nacido o adoptado.
- Murcia: Deducción de 100 € por el primer hijo; 200 € por el segundo; 300 € por el tercero y siguientes.
- La Rioja: Deducción de 120 € por cada hijo nacido o adoptado.
- Comunitat Valenciana: Deducción de 300 € por cada hijo nacido o adoptado. Valencia además tiene deducciones autonómicas por familia numerosa (300 € general, 600 € especial), por monoparental (monoparental general 300 €, especial 600 €), por gastos de guardería (15% de gastos de guardería para menores 3 en escuelas infantiles autorizadas, hasta 270 € por hijo), etc.
- Castilla y León: Deducción de 1.010 € por el primer hijo; 1.475 € por el segundo; y 2.351 € por el tercer hijo y siguientes.
- Cataluña: Deducción de 150 € por hijo nacido/adoptado, deducibles en la declaración individual de cada progenitor; si se hace declaración conjunta, 300 € por hijo.
Es clave estar informado sobre estos beneficios para aprovecharlos al máximo en la próxima declaración de la renta. Con los cambios en 2025, muchas familias podrán mejorar su situación económica, garantizando un mayor equilibrio entre la vida laboral y la crianza.
En definitiva, la planificación fiscal es un aspecto fundamental para cualquier familia, y más aún en situaciones como la maternidad y paternidad. En 2025, existen múltiples beneficios fiscales que pueden aliviar la carga económica asociada con la llegada de un hijo. Sin embargo, para aprovechar al máximo estas ventajas, es esencial estar bien informado y cumplir con los requisitos establecidos por ley.
