Complemento de Maternidad para Hombres: Requisitos y Sentencias Clave en España

El complemento por maternidad, aunque derogado, sigue generando controversia en la Seguridad Social. Recientemente, las sentencias del Tribunal Supremo (STS n.º 362/2023, de 17 de mayo de 2023 y STS n.º 322/2024, de 21 de febrero de 2024) han establecido que este complemento por aportación demográfica puede ser percibido por ambos progenitores y que el derecho a reclamarlo no prescribe.

A continuación, se detallan los antecedentes, requisitos y jurisprudencia relevante en torno a este complemento.

Antecedentes del Complemento de Maternidad

Con efectos desde el 1 de enero de 2016, se estableció un complemento en la pensión para las mujeres que hubieran tenido hijos (naturales o adoptados) y fueran beneficiarias de pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente en cualquier régimen de la Seguridad Social. Este complemento se otorgaba por su aportación demográfica a la Seguridad Social (art. 60 de la LGSS aplicable en pensiones causadas entre el 01/01/2016 y hasta 03/02/2021).

El importe de dicho complemento se calculaba aplicando un porcentaje a la cuantía inicial de la pensión, según el número de hijos:

  • 2 hijos: 5%
  • 3 hijos: 10%
  • 4 o más hijos: 15%

Ejemplo de cálculo del complemento de maternidad según el número de hijos.

Reclamaciones Masivas y la Intervención del TJUE

Inicialmente, la concesión de este complemento solo para mujeres fue convalidada por el Tribunal Constitucional. Sin embargo, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictaminó que la Directiva 79/7/CEE se opone a una norma que concede el complemento solo a mujeres, excluyendo a los hombres en una situación idéntica.

Esta decisión del TJUE llevó a numerosos tribunales nacionales a pronunciarse a favor de reconocer el derecho al complemento a los hombres. Ante la negativa del INSS a reconocer este derecho de oficio, muchos hombres recurrieron a la vía judicial para obtener el complemento.

¿Quién puede reclamar el Complemento de Maternidad para hombres?

Cuestiones Clave sobre el Complemento de Maternidad para Hombres

1. ¿Pueden los varones reclamar el complemento de la pensión por maternidad?

Sí. Todos los hombres que tengan dos o más hijos y hayan accedido a pensiones contributivas de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021 tienen derecho al complemento por maternidad.

2. ¿Qué sucede si la pensión es anterior al 1 de enero de 2016 o posterior al 3 de febrero de 2021?

Si la pensión se originó antes del 1 de enero de 2016, no existe derecho al complemento. Si la pensión es posterior al 3 de febrero de 2021, se puede optar al nuevo complemento para reducir la brecha de género en pensiones.

3. Reconfiguración del complemento: Brecha de Género

A partir del 4 de febrero de 2021, el complemento de maternidad fue derogado y sustituido por el complemento para la reducción de la brecha de género. Este nuevo complemento se otorga al progenitor que acredite un perjuicio en su carrera profesional tras el nacimiento del hijo.

Es importante destacar que la percepción del complemento de maternidad es incompatible con el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

Falta de Reconocimiento de Oficio y Doctrina del Tribunal Supremo

Ante la falta de reconocimiento de oficio por parte del INSS, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) elevó una cuestión prejudicial al TJUE. Esta cuestión buscaba determinar si la negativa del INSS a conceder el complemento a los hombres constituía una discriminación por razón de sexo y si procedía indemnizar a los afectados.

Los fallos clave del Tribunal Supremo incluyen:

  • STS n.º 362/2023, de 17 de mayo de 2023: El reconocimiento del complemento a uno de los progenitores no impide que el otro progenitor también lo perciba si cumple los requisitos.
  • STS n.º 487/2022, de 30 de mayo de 2022: Los hombres cobran el complemento de maternidad desde que se reconoce la prestación que complementa, rechazando limitar la retroactividad.

Infografía sobre el complemento de maternidad para hombres y mujeres.

Imprescriptibilidad del Derecho al Complemento

La STS n.º 322/2024, de 21 de febrero de 2024, establece que el derecho al antiguo complemento por aportación demográfica (art. 60 de la LGSS aplicable entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021) en la pensión de jubilación no prescribe.

El Tribunal Supremo argumenta que la no concesión inicial del complemento constituye una discriminación, vulnerando el derecho a la igualdad, y que la reparación completa requiere que los efectos se apliquen desde la fecha del hecho causante, siempre que se cumplan los requisitos del artículo 60 original.

Requisitos para Solicitar el Complemento de Maternidad

Para poder solicitar el complemento de maternidad, los hombres deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Haber tenido dos o más hijos.
  2. Haber accedido a una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
  3. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 60 de la LGSS en su redacción original.

Complemento para Reducir la Brecha de Género

El complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género sustituye el complemento por maternidad por aportación demográfica. Este complemento está dirigido a reparar el perjuicio que han sufrido las mujeres en su carrera profesional por asumir un papel principal en el cuidado de los hijos.

La cuantía del complemento se fija anualmente en la ley de presupuestos generales del Estado. En 2025, el importe es de 35,90 € mensuales por cada hijo, con un límite de cuatro veces dicho importe.

Conclusión

El complemento de maternidad para hombres ha sido objeto de numerosos litigios y sentencias que han aclarado los requisitos y el alcance de este derecho. Es fundamental que los hombres que cumplan con los requisitos establecidos reclamen este complemento para garantizar la igualdad de trato y la reparación de la discriminación sufrida.

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