La deducción por maternidad es una bonificación fiscal destinada a las madres que han tenido un hijo durante un ejercicio, y tiene efecto durante los siguientes tres años tras el nacimiento, acogida o adopción. Hacienda contempla la deducción por maternidad como un método de bonificación fiscal para las mujeres que hayan tenido, adoptado o acogido a un hijo durante un ejercicio.
Pueden disfrutar de esta deducción las mujeres que trabajen por cuenta propia o ajena, que estén dadas de alta en la Seguridad Social o mutualidad equivalente y que tengan un hijo menor de tres años. La deducción es aplicable desde el mes en que se produce el nacimiento hasta el mes anterior al que el menor cumpla los tres años. El requisito del alta en la Seguridad Social se entiende cumplido cuando esta situación se produzca en cualquier día del mes.
La deducción de maternidad es de 100€ por cada hijo y cada uno de los meses en lo que se cumplan los requisitos y hasta que el niño cumpla 3 años. Esta ayuda es compatible con otras prestaciones estatales, autonómicas o locales. Si tiene un ERTE de suspensión total de la jornada, en dichos meses la deducción no será aplicable.
¿Quién puede aplicar la deducción por maternidad?
La deducción por maternidad se la pueden aplicar tan sólo las mujeres con hijos a su cargo que estén dadas de alta en la Seguridad Social, es decir, que estén trabajando ya sea por cuenta propia o por cuenta ajena.
¿Esta deducción se puede aplicar para el padre del menor?
El padre tiene derecho a esta deducción en caso de fallecimiento de la madre, o cuando tenga la guarda y custodia exclusiva de los hijos.
Cómo solicitar la deducción por maternidad
El formulario que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes para reclamar la deducción por maternidad es el modelo 140. El beneficiario presentará el modelo 140 en el momento en el que reúna los requisitos necesarios para acogerse a esta bonificación fiscal. Notificaciones de cambios en la situación del beneficiario.
También es posible que el beneficiario haya perdido el derecho a la deducción por maternidad en algún momento por haber dejado de reunir los requisitos mínimos tras algún cambio en su situación.
🍼Deducción por MATERNIDAD 🤱🏻en la DECLARACIÓN de la RENTA
Hay un aspecto muy importante aquí: es posible que la solicitud sea realizada por una persona distinta de la madre, pudiendo ser el padre o algún tutor legal del hijo que ostentase la guarda y custodia del menor. Ten cuidado, porque es posible que Hacienda deniegue tu solicitud de deducción por maternidad. En tal caso, deberías recibir una respuesta formal de la Agencia Tributaria notificándote los motivos del rechazo de tu solicitud.
Vías para presentar el modelo 140:
- Presencialmente: El beneficiario puede acudir a cualquier delegación de Hacienda para presentar el modelo 140 cumplimentado físicamente (en papel).
- Por correo postal: También es posible enviarlo por correo en sobre ordinario a la atención de la AEAT.
- Telemáticamente: Se hace accediendo a la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria mediante certificado digital o DNI electrónico.
- Por teléfono: También será necesario indicar el régimen de la Seguridad Social o Mutualidad en el que el contribuyente figure de alta. Por último, tendrás que consignar el número de cuenta bancaria en el que Hacienda realizará los abonos mensuales de 100 euros.
Abono anticipado de la deducción
Además, la deducción por madre trabajadora no tendrá porqué esperar a ser consignada en la declaración de la renta si esta es una trabajadora autónoma (por cuenta propia). Trabajadores autónomos dados de alta en el RETA durante, al menos, quince días al mes.
La deducción en cuestión asciende a 100 euros por cada hijo y cada mes en que cumplas esos dos requisitos, y son precisamente los mismos 100 euros cuyo pago mensual puedes solicitar que te abone Hacienda por adelantado desde el nacimiento del bebé. El derecho a la deducción comienza en el mismo mes en que nace el bebé y termina el mes anterior del tercer cumpleaños.
Los 1200 € de la deducción por maternidad puedes recibirlos anticipadamente (100 € al mes) ó aplicar directamente la deducción en tu declaración de la Renta. Si deseas que te paguen el abono anticipado, debes cumplimentar un modelo y presentarlo en Hacienda. Si prefieres aplicar la deducción de los 1200 € completos en la declaración de la Renta, no necesitas presentar nada.
Si solicitas el abono anticipado de 100€ mensuales, lo que están haciendo es pagarte antes de tiempo una cantidad que te correspondería deducirte en el momento de hacer la declaración de IRPF. Si no quieres el abono anticipado, simplemente no hagas nada, no presentes la solicitud en Hacienda. En el momento de hacer la declaración de la renta, la mamá tendrá que especificar en su declaración de la Renta que le corresponde la deducción pero no ha recibido abono anticipado.
Novedad de 2018: Deducción adicional por gastos de guardería
Con efectos desde el 1 de enero de 2018, existe una deducción adicional para las madres trabajadoras que incurran en gastos (no subvencionados) de guardería o centros de educación infantil autorizados por hijos menores de tres años. Esto es una novedad de 2018, y esta deducción de IRPF por gastos de guardería es compatible con la deducción por maternidad.
Su cuantía es de 83,33 euros por cada mes completo en que se satisfagan gastos de guardería y se cumplan los requisitos para disfrutar de la deducción principal de 100 euros. La Agencia Tributaria ha aprobado el modelo 233, que es una declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados, para que así la Administración pueda contrastar los datos. Se presenta en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.
Aclaración importante, dadas las noticias surgidas estos días :ESTA DECLARACIÓN LA TIENEN QUE PRESENTAR LOS CENTROS, NO LAS FAMILIAS. Si eres madre de hijos menores de tres años y cumples los requisitos, recuerda aplicar estas deducciones y aprovechar todas las ventajas fiscales posibles, algunas Comunidades Autónomas, como Aragón, establecen deducciones añadidas.
Modelo 233: Declaración informativa de gastos en guarderías
Las guarderías informan mediante el modelo 233. La Agencia Tributaria ha aprobado el modelo 233, que es una declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados, para que así la Administración pueda contrastar los datos. Se presenta en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior.
Casos especiales y preguntas frecuentes
- Baja por maternidad: Tienes derecho a aplicarte la deducción durante los meses que estés de baja por maternidad, pero no te la podrás aplicar si estás desempleada o en excedencia.
- ERTE: Si tiene un ERTE de suspensión total de la jornada, en dichos meses la deducción no será aplicable.
- Reducción de jornada: El tiempo que hayas tenido contrato por menos de 20 horas no tienes derecho al cobro de los 100 euros, pero los demás sí.
- Despido durante la baja: Uno de los requisitos para poder aplicarse la deducción por maternidad es estar dada de alta en la Seguridad Social, es decir, estar trabajando. Si te han despedido en febrero, te corresponde la deducción durante un mes así que yo te aconsejo que te acerques a la delegación de Hacienda más cercana para comunicar que ya no cumples los requisitos porque si no cuando hagas la declaración de la renta vas a tener que devolver el dinero.
Ejemplo práctico
Si una mamá ha estado de alta durante todo el año y sus cotizaciones han sido superiores a 100 €/mes, tiene derecho a que le devuelvan el importe de la deducción de maternidad aunque no la hayan retenido nada. Como el bebé nació en febrero, le corresponde una deducción de 1100 € que, como no los ha cobrado anticipadamente, debe solicitar al hacer la declaración de la renta.
Si la mamá no solicitó la devolución en el año 2011, lo que debe hacer es presentar ahora su declaración. Hacer la presentación ahora no se considera como hacer la presentación fuera de plazo, así que no conlleva sanción por parte de la AEAT.
En resumen, la deducción por maternidad es un beneficio importante para las madres trabajadoras en España. Conocer los requisitos y procedimientos para solicitarla puede significar un alivio económico significativo.
