¿Cuántos días de permiso de lactancia tiene el padre en España?

Uno de los permisos retribuidos que podemos encontrar en el sistema laboral español es el permiso de lactancia, actualmente denominado permiso para el cuidado del bebé lactante. Este permiso, regulado por el Estatuto de los Trabajadores, permite a los progenitores conciliar su vida laboral con el cuidado del recién nacido durante los primeros meses de vida. En este artículo analizamos en qué consiste el permiso de lactancia, quién lo puede pedir, cómo solicitarlo, además de su cálculo.

El permiso de lactancia es un derecho laboral importante para las familias en España y permite a ambos progenitores disfrutar de un tiempo exclusivo para la lactancia materna, contribuyendo así al bienestar físico y emocional tanto de los progenitores como del bebé. Es un ejemplo de cómo las leyes pueden evolucionar para adecuarse a las necesidades reales de cada persona.

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¿Qué es el permiso de lactancia?

Es un derecho de todo empleado con hijos menores de 9 meses. Es un permiso retribuido al que pueden acogerse tanto padres como madres. No obstante, existe la posibilidad de ampliar el permiso hasta que cumpla los 12 meses, lo que conlleva a una reducción salarial de forma proporcional.

Este permiso consiste en ausentarse una hora al día para la lactancia del bebé. En este caso, es solo el empleado o empleada quien decide si quiere acogerse a este derecho laboral, además de elegir cómo disfrutarlo.

Marco Legal

El permiso de lactancia se encuentra regulado por las siguientes normas:

  • Estatuto de los Trabajadores, artículo 37, sobre descanso semanal, fiestas y permisos, en su inciso 4: supuestos de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • Real Decreto-ley 6/2019, de medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Incorpora el ejercicio corresponsable del cuidado del lactante.
  • Real Decreto Legislativo 8/2015, que aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, sobre acción protectora del sistema de seguridad social en caso de ejercicio corresponsable del cuidado del lactante, que recoge la situación protegida, y regula prestación económica.

Características principales del permiso de lactancia

  • Objeto: El permiso para el cuidado del bebé lactante puede solicitarse para el cuidado de bebés lactantes en caso de nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
  • Duración: La duración del permiso para el cuidado del bebé lactante es de 9 meses. Aumenta proporcionalmente en caso de partos, adopciones, guarda con fines de adopción o acogimientos múltiples. Si el permiso es solicitado por ambos progenitores con la misma duración y régimen, puede extenderse hasta que el lactante tenga un año de edad.
  • Ejercicio: El ejercicio del permiso de lactancia es individual e intransferible. Por lo tanto, no puede ser transferido al otro progenitor ni puede disfrutarse de manera doble. Si ambos progenitores trabajan en la misma empresa y pretenden ejercerlo por el mismo menor, la dirección de la empresa podrá limitar el ejercicio simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa.
  • Permiso: El permiso de lactancia consiste en una hora de ausencia del trabajo que puede dividirse en dos fracciones. Puede sustituirse por una reducción de la jornada de media hora por día. También cabe la opción de acumular jornadas completas.

Posibles formas de disfrutar del permiso:

  • En la jornada: El empleado se ausenta 1 hora al día de su puesto de trabajo. Puede ser la hora seguida o dividida en dos espacios de media hora cada ausencia.
  • Pidiendo una reducción de su jornada: En este caso, la reducción solo puede ser de media hora, antes de entrar a trabajar o antes de finalizar la jornada. Si el horario de una empleada es de 8:00 a 14:00, bien puede comenzar a las 8:30, o bien, marcharse a las 13:30. Nunca ambas opciones. Aquí el permiso pasa a ser de media hora, y no de una hora.
  • Lactancia acumulada: Consiste en acumular la hora de varios días. No siempre es posible, depende del convenio colectivo y de cada empresa. En este caso, el empleado acumula horas y las disfruta de forma consecutiva. Por ejemplo, si se acumula 1 hora de permiso durante 40 días, se puede disfrutar de 40 horas seguidas, lo que en jornadas de 8 horas corresponde a 5 días de permiso.

¿Quiénes tienen derecho al permiso de lactancia?

Tienen derecho a solicitar el permiso para el cuidado del bebé lactante los progenitores, tanto madres como padres.

  • Padres y/o madres trabajadores por cuenta ajena.
  • Por nacimiento, acogimiento o adopción del bebé.
  • Autónomas, es decir, mujeres que trabajan por cuenta propia. Solo en caso de riesgo para la lactancia.

Además, para acogerse al permiso de lactancia hay que cumplir con una serie de requisitos, que son:

  • Estar dado de alta como empleado cuando se solicita el permiso.
  • Cumplir con el periodo de cotización.
  • Tener 90 cotizados contando los últimos siete años desde que se efectúa la solicitud o 180 días si se tiene en cuenta toda la vida laboral. Este periodo de cotización se aplica a empleados con edades entre los 21 y los 26 años. En caso de ser mayor de 26, tener 180 días cotizados en los siete años anteriores o 360 a lo largo de su vida laboral. Para los menores de 21 no se exige período de cotización.

¿Cómo se solicita el permiso de lactancia?

Para solicitar el permiso de lactancia, es recomendable estar informado sobre el proceso, ya que puede variar en función de la empresa y su convenio colectivo. No obstante, los pasos a seguir son los siguientes:

  1. Solicitar por escrito el permiso de lactancia, con al menos 15 días de antelación a su inicio. La solicitud debe incluir tanto la fecha en que se quiere comenzar como su duración.
  2. Aportar documentación. Siempre que sea posible y con el objetivo de que la empresa no ponga inconvenientes, es aconsejable aportar documentación que ratifique la situación. Es decir, un certificado médico, el certificado de nacimiento del bebé, etc.
  3. Escoger el tipo de permiso: si se quiere disfrutar durante la jornada, con una reducción de jornada o con lactancia acumulada.
  4. Planificar el permiso. La empresa debe coordinarse para afrontar las ausencias del empleado. Si se va a disfrutar de la hora al día, establecer en qué horario, si se quiere entrar más tarde decidir la hora y si se quiere lactancia acumulada establecer los días que corresponden y cuándo se van a disfrutar.
  5. Solicitar y guardar una copia de la solicitud para que quede constancia de ello. Es un documento que puede servir para registros u otras necesidades.

¿Cómo calcular el permiso de lactancia acumulado?

El permiso de lactancia acumulado implica acumular las horas de lactancia que no se han disfrutado (o todas). Su cálculo es sencillo:

  1. Hay que tener en cuenta la duración total del permiso. Corresponde una hora de lactancia al día durante los primeros 9 meses del bebé. En caso de trabajar de lunes a viernes, corresponde a un total de 5 horas a la semana.
  2. No es necesario utilizar todas las horas en un periodo de tiempo limitado. Es decir, si durante una semana solo se han utilizado 2 horas, las restantes se acumulan. Se puede incluso disfrutar solo de media hora al día y la otra media acumularla.

Teniendo en cuenta lo anterior, un cálculo completo para cuatro meses de permiso de lactancia sería:

4 meses x 4 semanas = 16 semanas x 5 horas = 80 horas

Si la jornada laboral es, por ejemplo, de 8 horas, serían: 80 / 8 = 10 días en total de permiso

No obstante, se trata de un cálculo estimado. Es necesario adaptarlo a cada circunstancia particular y sobre todo, acordarlo con la empresa. Como ya hemos mencionado, hay que cumplir con lo que viene estipulado en cada convenio colectivo. Es importante destacar que este permiso no guarda relación alguna con las vacaciones. Su utilización o no en ningún caso pueden considerarse como vacaciones no disfrutadas.

¿Qué implicaciones tiene el permiso de lactancia para las empresas?

El permiso de lactancia para las empresas tiene diversas implicaciones. La primera de ellas, y más importante, es la responsabilidad de pagar al empleado. Es un permiso retribuido por la empresa. El empleado tiene derecho a percibir el mismo salario, aunque trabaje menos horas.

Sin embargo, hay que tener en cuenta dos casos. Cuando el permiso dura hasta los 9 meses, es la empresa quien paga el permiso, manteniendo el salario base, pero pudiendo modificar los pluses que están ligados a la productividad o asistencia al puesto. En cambio, si el permiso se prorroga hasta los 12 meses, el salario se ve reducido de forma proporcional, nómina que se ve compensada con una prestación económica por parte de la Seguridad Social.

Es importante tener en cuenta que el permiso de lactancia cambia según el número de hijos. Si se trata de un bebé, el permiso correspondiente es de una hora. Si son dos, de dos horas. Y si son tres hasta tres horas.

A nivel organizativo, la empresa debe conocer previamente que el empleado se va a ausentar. Es importante para que las tareas puedan ser coordinadas junto a otros compañeros y la ausencia no afecte a la organización y productividad del equipo.

Para que las empresas mejoren la gestión de los permisos de lactancia, lo más adecuado es contar con un programa de RR. HH., ya que permite:

  • Solicitar las ausencias.
  • Gestionar las ausencias, mejorando la organización.
  • Reorganizar el calendario.
  • Adaptar los turnos y horarios de trabajo a los permisos de lactancia.
  • Registrar las jornadas.
  • Hacer cambios en la nómina cuando el permiso de lactancia se amplía a los 12 meses.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días son los permisos de lactancia?

La duración del permiso de lactancia depende de las horas. Es decir, los progenitores pueden disfrutar de una hora al día de permiso. Se trata de un permiso que pueden solicitar cuando finaliza la baja por maternidad o paternidad. Si la madre o el padre deciden acogerse a la lactancia acumulada, el plazo máximo es de 14 días laborables, siempre y cuando se trabaje a jornada completa, con el requisito de que empieza a contar desde la semana 16 cuando se trata de la madre.

¿Quién decide el periodo de lactancia?

El periodo de lactancia lo decide el trabajador. Cuándo quiere disfrutarlo, de qué manera y en qué horario. Siempre y cuando se realice el preaviso de 15 días y se cumpla con los requisitos necesarios.

¿En qué casos se puede ampliar el permiso de lactancia a 12 meses?

Se puede solicitar antes de que el bebé supere los 9 meses. Sin embargo, se puede prolongar hasta los 12 meses en algunos casos. En primer lugar, en casos especiales de salud.

¿Qué sucede si trabajo desde casa?

¡Claro que sí! El permiso de lactancia puede ser utilizado por ambos progenitores. Tanto el padre como la madre, o ambos simultáneamente, tienen derecho a este permiso.

¿Qué sucede con los padres de bebés prematuros?

Sí, en algunos casos particulares, los padres de bebés prematuros pueden tener derecho a extender el permiso de lactancia. Esto depende de la normativa específica de tu país o de los acuerdos laborales de tu empresa.

Conclusión

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