Fecha Límite Presentación IVA Tercer Trimestre: Guía Completa

El Impuesto al Valor Adquirido o IVA es, quizá, aquel con el que todos los ciudadanos estamos más familiarizados, ya que cualquier compra que se realice incluye un porcentaje de este gravamen en la factura o ticket de compra. De todo el papeleo al que debe enfrentarse un autónomo o una empresa en su día a día, hay algo totalmente ineludible: la fatídica y temida declaración trimestral del IVA. ¿Realmente es para tanto? Lo cierto es que no. De hecho, en esta guía paso a paso te vamos a explicar qué es, cómo se presenta y todo lo que debes saber sobre ella. Descubrirás que, en realidad, es un proceso muy sencillo y que incluso puede beneficiarte.

En este artículo aprenderás:

  • ¿Qué es la declaración trimestral del IVA?
  • ¿Quién tiene que presentar la declaración trimestral del IVA?
  • ¿Se tiene que hacer la trimestral de IVA si no se ha tenido actividad?
  • Plazos para la presentación del IVA trimestral
  • ¿Qué modelos hay que presentar en la declaración trimestral del IVA?
  • ¿Cómo hacer la declaración trimestral del IVA?
  • ¿Qué gastos me puedo deducir en la trimestral de IVA?
  • Formas de presentar la declaración trimestral del IVA

¿Qué es la declaración trimestral del IVA?

Por si no lo sabías ya, el IVA es el Impuesto al Valor Añadido con el que se gravan servicios y productos. Los autónomos y empresas recaudan este impuesto como sujetos pasivos cada vez que brindan un servicio o venden algún bien a un cliente. También se deducen el IVA pagado por el consumo de bienes y/o servicios necesarios para su actividad. ¿Y dónde se refleja todo eso para rendir cuentas con el Estado? En efecto en la declaración trimestral del IVA.

Se llama así porque la liquidación de este impuesto se suele hacer una vez cada tres meses. Aunque es cierto que, en casos muy contados, puede ser mensual.

¿Quién tiene que liquidar el IVA?

Al emitir una factura, las empresas y los autónomos tienen la obligación de gravar la venta de sus productos o servicios con el IVA en la mayor parte de los casos - quedan excluidas algunas ventas al extranjero y otras poco habituales excepciones -. De este modo, las sociedades, los autónomos, las cooperativas e incluso las asociaciones que realicen actividades a cambio de pagos deben liquidar el IVA. Solo hay una excepción, que tiene que ver con los casos en los que el empresario desea abonar el pago a través de domiciliación bancaria.

¿Quién tiene que presentar la declaración trimestral del IVA?

Todo profesional o empresa que lleve a cabo una actividad con la que se recauda IVA está obligado a presentar las declaraciones trimestrales de este impuesto. Además, es algo totalmente obligatorio, aunque ahora hablaremos mejor de eso.

¿Se tiene que hacer la trimestral de IVA si no se ha tenido actividad?

Se pueden dar casos de trimestres en los que no se haya tenido actividad alguna. Sin embargo, todo trabajador por cuenta propia está obligado a presentar el IVA con su correspondiente declaración trimestral. No importa que no se hayan generado ingresos o gatos, ni tenido actividad alguna. Eludir esta obligación puede derivar en sanciones por parte de Hacienda.

Y sería un grave error porque, cuando pagas más IVA del que recaudas, esta declaración trimestral te saldrá negativa, lo que significa que Hacienda “está en deuda” con el contribuyente. Estos importes negativos se pueden acumular para futuros trimestres, lo que se denomina “IVA a compensar», o pedir a Hacienda que nos lo ingrese, denominado formalmente “IVA a devolver”.

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Plazos para la presentación del IVA trimestral

La presentación del IVA es una declaración trimestral obligatoria para todos los autónomos. Se debe presentar 4 veces al año. ¿Cuáles son las fechas y los periodos correspondientes? Los siguientes:

  • Enero, Febrero y Marzo (trimestre 1): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de abril.
  • Abril, mayo y junio (trimestre 2): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de julio.
  • Julio, Agosto y Septiembre (trimestre 3): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 20 de octubre.
  • Octubre, Noviembre y Diciembre (trimestre 4): la autoliquidación debe presentarse entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.

Es importante destacar que esta fecha límite para la domiciliación no depende de que el 15 de octubre sea sábado, domingo o festivo.

¿Qué ocurre si no se presenta a tiempo?

No presentar el modelo 303 dentro del plazo puede generar sanciones y recargos según el tiempo de retraso. Si se presenta sin requerimiento de Hacienda, existen dos escenarios:

  • Con un retraso de hasta 3 meses: recargo del 1% más un 1% adicional por cada mes de demora.
  • Con un retraso superior a 12 meses: recargo del 15% más intereses de demora.

En el caso de que Hacienda envíe un requerimiento, habrá que hacer frente a una multa mínima del 50% de la cuota resultante, que puede llegar hasta el 150% en casos graves.

¿Qué modelos hay que presentar en la declaración trimestral del IVA?

El documento principal que se debe presentar en la declaración trimestral del IVA es el modelo 303. Ahí es donde se indica todo el IVA repercutido y el IVA soportado del trimestre anterior. En caso de facturar a clientes internacionales, dentro de la UE, tiene que registrar también el IVA intracomunitario mediante el modelo 349 (generalmente, trimestral, aunque puede ser mensual en base a la facturación). Por otra parte, cada año se debe presentar también el modelo 390, que es un resumen anual del IVA.

¿Cómo hacer la declaración trimestral del IVA?

Para hacer la declaración trimestral del IVA es importante que tengas tus facturas de venta y tus facturas de gasto al día, por lo que te conviene tener tu facturación totalmente actualizada. Muy importante también tener el certificado digital, sin él, nos será imposible entregar el modelo telemáticamente, u otra forma de confirmar tu identidad electrónicamente (como DNI-E).

De este modo, lo único que tendrás que hacer con el modelo 303 es indicar el importe de todo el IVA repercutido de tus facturas de venta del trimestre anterior y restar el IVA soportado de las facturas de compra. El resultado del trimestre será el siguiente:

IVA total = IVA repercutido - IVA soportado

Esta simple ecuación, nos arrojará el resultado trimestral de nuestros impuestos y cuanto tendríamos que pagar (o no, si el resultado es negativo). Sin embargo, hay que tener muy en cuenta las casillas donde se rellenan los datos, si no, Hacienda podría abrirnos un requerimiento de información, o peor, una inspección.

Hay que tener en cuenta que hay que distinguir entre los distintos tipos de operaciones y facturas para poder cumplimentar correctamente nuestro modelo 303. Habrá que distinguir entre facturas emitidas, adquisiciones intracomunitarias (hay que rellenar la casilla igualmente, aunque se presente el modelo 349), inversión del sujeto pasivo, facturas rectificativas, exportaciones, etc. cada tipo de operación tiene su casilla en el Modelo 303.

En estos casos resulta muy útil disponer de un software de control de gastos como Sabbatic con el que podrás contabilizar el iva de todos tus gastos de manera automática evitando cualquier error en la inserción manual de datos así como la pérdida o deterioro de los justificantes originales gracias a la digitalización certificada.

Calculando el importe a pagar

En esta sección se detallan los ingresos y gastos sujetos a IVA para calcular el importe a pagar, compensar o devolver.

  • IVA devengado: el IVA que has cobrado en tus ventas o servicios
  • IVA soportado: el IVA que has pagado en gastos deducibles para tu actividad

El resultado de la liquidación dependerá de la diferencia entre ambas cantidades. Por un lado, si el IVA devengado es mayor que el soportado, el resultado será un importe que habrá que pagar a Hacienda. Por otro lado, si el IVA soportado es mayor que el devengado, puedes compensarlo en los próximos trimestres o solicitar su devolución en el cuarto trimestre del año.

Además, el modelo 303 dispone de diferentes casillas para calcular el resultado final:

  • Casilla 27: total del IVA devengado.
  • Casilla 45: total del IVA soportado deducible.
  • Casilla 46: resultado de la autoliquidación. Si el resultado es positivo, indica la cantidad a pagar.

¿Qué gastos me puedo deducir en la trimestral de IVA?

Puedes deducir el IVA de todos los gastos ligados a tu actividad profesional. Entre esos gastos están, por ejemplo, el alquiler de la oficina o local donde realices tu actividad (si trabajas desde casa, se puede deducir el porcentaje de esta dedicado exclusivamente al trabajo), también el teléfono profesional, las dietas, el kilometraje (en función de la necesidad de usar vehículo) y más. Siempre y cuando se pueda justificar que es un gasto necesario para tu trabajo, su IVA se podrá deducir de la trimestral del IVA.

Para optimizar el pago de impuestos y evitar costes innecesarios, es fundamental conocer qué gastos puedes deducir en tu declaración trimestral del IVA. Para empezar, debes tener en cuenta que el IVA soportado en determinados bienes y servicios es deducible siempre y cuando esté directamente relacionado con la actividad económica del autónomo o la empresa. Esto implica que cumpla con los siguientes requisitos:

  • Ser necesario para la actividad económica y estar vinculado a la generación de ingresos.
  • Estar correctamente documentado con una factura completa (las facturas simplificadas, como los tickets, no siempre son deducibles).
  • Figurar en los registros contables de la empresa o autónomo.

Estos son algunos de los gastos deducibles más habituales:

  • Alquiler de oficinas.
  • Material y equipos informáticos.
  • Suministros y servicios profesionales.
  • Transporte, dietas y gasolina en determinadas condiciones.

Evidentemente, no todos los gastos de una empresa pueden deducirse automáticamente. Hacienda revisa con especial atención algunos de ellos, por lo que es importante justificar su relación con la actividad profesional.

Tipos de IVA en España

En España existen tres tipos de IVA:

  • General (21 %): aplicable a la mayoría de bienes y servicios.
  • Reducido (10 %): para alimentos, transporte y productos farmacéuticos, entre otros.
  • Superreducido (4 %): para productos de primera necesidad como pan, leche o libros.

Aplicar un tipo de IVA incorrecto puede provocar ajustes en futuras declaraciones e incluso sanciones. Antes de emitir tus facturas, consulta siempre el tipo de IVA aplicable.

Formas de presentar la declaración trimestral del IVA

La trimestral del IVA siempre se ha podido presentar en papel y en digital. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2023, será imposible presentar el modelo 303 en papel de forma presencial. Así, solo queda disponible la presentación telemática.

La Agencia Tributaria, a través de su web, te permite hacer la declaración trimestral del IVA de varias formas:

  • Presentación con fichero: aportas un archivo con el que el modelo se rellena solo
  • Presentación a través del servicio de ayuda: rellenas el modelo de forma digital a través de la plataforma que facilita la AEAT.

Como decíamos, también es posible solicitar el formulario del modelo para su presentación, con el fin de descargarlo, rellenarlo y presentarlo presencialmente. Sin embargo, esta opción va a quedar en desuso muy pronto.

Consejos para la presentación del IVA trimestral

A continuación, se presentan algunos consejos prácticos para facilitar la presentación del IVA trimestral:

  • Planificación fiscal: Evita quedarte inmóvil ante la última liquidación de IVA del año. En ese sentido, es importante la relación fluida entre el contable y la empresa. Y eso es especialmente importante cuando hay reformas fiscales importantes. En este caso, 2025 es un año para pensar cómo afrontar la llegada de Verifactu y decidir si incorporarse o no a este sistema.
  • Servicio de asistencia para la cumplimentación de IVA Pre303: Desde febrero de 2020 está disponible para todos los contribuyentes el Pre303, un servicio de ayuda para la cumplimentación del modelo 303, que conviene consultar. Al principio, las opciones más avanzadas de ayuda se centraban en los contribuyentes del Suministro Inmediato de Información (SII), que presentan el modelo 303 todos los meses. En los últimos tiempos, los contribuyentes que realizan presentaciones trimestrales también están pudiendo acceder a más información.
  • Planificar inversiones para el último trimestre del año: A veces, puede que te cuadre realizar antes de fin de año alguna inversión importante. De ella, podrás desgravar una proporción en función de tu prorrata.
  • Anticipar gastos para reducir la liquidación de IVA: De la misma forma, si se estima un buen resultado del ejercicio y una liquidación de IVA a pagar, ciertos gastos se podrán planificar y anticipar para el último trimestre de año. En todo caso, no olvides que un anticipo de gastos que haga cuadrar el último trimestre suele tener un impacto en el próximo año.
  • Revisar la liquidación trimestral del IVA: Es preciso cotejar los libros mayores de las cuentas de IVA con los libros registro de IVA. Además, esa labor te será útil no solo con el modelo 303 de octubre. También te servirá para adelantar trabajo en el cierre contable y fiscal del ejercicio.
  • Anticipación: De esta manera, dispondrás del último trimestre para intentar incrementar las ventas si el resultado no es bueno. La anticipación es una de las claves que te permitirá llevar las obligaciones fiscales al día. No obstante, debe ser acompañada con una buena conjunción entre asesores y empresas.

Evitar errores comunes en la declaración del IVA

Uno de los errores más habituales es omitir facturas, tanto de ventas como de compras. Esto puede afectar el cálculo del IVA a pagar o devolver y generar discrepancias en futuras inspecciones de Hacienda.

Para evitarlo, te recomendamos utilizar un software de facturación que registre automáticamente todas las operaciones.

Calendario Fiscal 2026: Fechas Clave para Autónomos y Empresas

El mes de enero es uno de los más intensos en materia tributaria. Autónomos y pequeñas empresas deben cumplir con varias obligaciones que incluyen liquidaciones trimestrales, resúmenes anuales y declaraciones informativas.

Los trabajadores autónomos pueden solicitar un cambio en su base de cotización para que surta efecto a partir del 1 de marzo. En esta fecha también finaliza el plazo para ejercer opciones o revocaciones que afectarán a 2026, como la estimación directa simplificada u objetiva en IRPF, los regímenes simplificado y de agricultura en IVA, la prorrata especial y la renuncia al SII (modelo 036).

Hemos elaborado esta breve guía que puede servirte de ayuda, para que no se te pase ningún plazo:

🗓️ Enero de 2026

  • ➡︎ Antes del 20 de enero:
    • Modelo 111: declaración trimestral retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115: declaración trimestral retenciones de alquileres.
    • Modelo 123: declaración trimestral retenciones de rendimientos de capital mobiliario.
  • ➡︎ Antes del 30 de enero:
    • Modelo 303: declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 349: declaración informativa de operaciones intracomunitarias.
    • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF del último trimestre del 2022 (ingresos a cuenta de la Renta).
    • Modelo 131: pago fraccionado del IRPF del último trimestre del 2022 (ingresos a cuenta de la Renta en Régimen Simplificado).
    • Modelo 309: IVA. Tanto para estos impuestos como para el modelo 347 que este año se presenta en febrero.

🗓️ Febrero y marzo de 2026

  • ➡︎ Antes del 2 de febrero:
    • Modelo 190: resumen anual de las declaraciones trimestrales del modelo 111 de retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 180: resumen anual de retenciones por alquileres.
  • ➡︎ Antes del 28 de febrero:
    • Modelo 347: declaración informativa de operaciones con terceros realizadas durante el año anterior. Solo es necesario presentarlo si el importe total de las operaciones es superior a los 3.005,06€.
  • ➡︎ Antes del 31 de marzo:
    • Modelo 720: declaración informativa sobre bienes y derechos situados en el extranjero.

🗓️ Abril y mayo de 2026

  • ➡︎ Desde el 8 de abril hasta el 30 de junio:
    • Modelo 100. Presentación por Internet de las declaraciones de Renta 2024 y Patrimonio 2024 Con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
  • ➡︎ Hasta el 20 de abril:
    • Modelo 111: declaración trimestral de retenciones de personal y profesionales.
    • Modelo 115: declaración trimestral de retenciones de alquileres.
    • Modelo 130: pago fraccionado del IRPF (ingresos a cuenta de la Renta).
    • Modelo 131: pago fraccionado del IRPF (ingresos a cuenta de la Renta en Régimen Simplificado).
    • Modelo 303: declaración trimestral de IVA.
    • Modelo 309: IVA. Presentación antes del 20 de los siguientes modelos: Modelos 111, 115, 117, 123, 130, 131, 303, 309, 349 y 202.

🗓️ Noviembre de 2026

  • ➡︎ Antes del 5 de noviembre:
    • Modelo 102, segundo plazo de la Declaración de la Renta.

🗓️ Diciembre de 2026

  • ➡︎ Antes del 21 de diciembre:
    • Modelo 202, pago fraccionado del Impuesto de Sociedades.

¿Cómo afecta el calendario fiscal a las empresas?

Permite a empresas y pymes afrontar sus obligaciones fiscales de manera proactiva y organizada, y es clave para analizar su rentabilidad y prever la liquidez necesaria para afrontarlas.

Estar al día de tus obligaciones tributarias es importante para:

  • Saber qué cambios normativos pueden afectarte, directa o indirectamente.
  • Organizar la administración de tu empresa.
  • Establecer una estrategia contable para tu negocio.
  • Llevar un ingreso detallado de ingresos y gastos por periodos específicos.
  • Anticiparse a periodos de falta de liquidez y tomar soluciones al respecto.

¿Qué ocurre si no cumplo con el calendario fiscal?

Cumplir con el calendario fiscal no solo es una obligación de todos los contribuyentes, empresas o pymes: también es una forma práctica de evitar multas.

De hecho, no cumplir con las fechas del calendario de impuestos puede suponer sanciones por parte de la Administración, dependiendo de si se trata de una persona física o una empresa.

Los retrasos en presentaciones y los pagos fuera de plazo también pueden suponer recargos o intereses a la hora de abonar los impuestos correspondientes.

¿Qué novedades hay en el calendario tributario de este año?

El calendario tiene algunas novedades, como la obligación de presentar el IVA de los e-commerce (modelo 369) o de todas las inversiones y activos en criptomonedas.

Otros cambios fiscales que pueden afectar a tu calendario de impuestos son:

  • Cambios en el IRPF en la tributación del ahorro. Aumento del 28% al 30% para las ganancias superiores a 300.000 €, tanto en rendimientos financieros, como en ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de activos y derechos.
  • Reformas en el Impuesto sobre Sociedades (IS). Tributación mínima del 15 % para multinacionales y grandes empresas, rebaja del tipo impositivo para pequeñas empresas (entre el 17 % y el 20 %) y reducción de la reserva de capitalización (del 15% al 20%).
  • Nuevos impuestos y ajustes tributarios específicos (Impuesto al margen de intereses y comisiones de entidades financieras, aumento del impuesto sobre productos del tabaco y nuevo tributo para cigarrillos electrónicos).
  • Cambios en el IVA. Nuevo IVA del 21% para los arrendamientos de viviendas turísticas y los alquileres de corta duración.

Consejos para gestionar el calendario tributario en 2026

Los consejos básicos para cumplir con el calendario fiscal 2026 son:

  • Apunta las fechas clave para evitar sanciones.
  • Establece un sistema de recordatorios y planificación a principios del ejercicio, utilizando el calendario actualizado y teniendo en cuenta festivos nacionales, regionales y/o locales.
  • Organiza bien tus documentos y libros de cuentas. Establece periodos específicos atendiendo a las necesidades del calendario impositivo.
  • Utiliza herramientas digitales para facilitar la gestión de tus trámites tributarios.

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