La brecha de género sigue afectando las carreras profesionales de muchas mujeres, impactando también en sus pensiones de jubilación. Corregir estas desigualdades en las pensiones es un desafío clave del sistema público. El complemento de la pensión por brecha de género busca mitigar este desequilibrio, especialmente para las mujeres cuyas carreras se han visto interrumpidas para el cuidado de hijos.
Según el Instituto de las Mujeres, en enero de 2025, la pensión media de los hombres ascendía a 1.564,53 €, mientras que la de las mujeres era de 1.071,76 €. Este escenario evidencia la necesidad de mecanismos compensatorios.
Un estudio reciente de la Asociación ClosinGap y Mapfre estima que la brecha de género tiene un impacto de 28.500 millones de euros anuales en la economía española, equivalente al 1,8 % del PIB.
Aunque inicialmente diseñado para mejorar las pensiones de las mujeres con hijos, una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE) de 15 de mayo de 2025, extendió este derecho a los hombres.
¿Qué es el Complemento de Pensiones Contributivas para la Reducción de la Brecha de Género?
El complemento de maternidad es un plus que se añade a las pensiones contributivas desde el 1 de enero de 2016 al 3 de febrero de 2021, con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.
El complemento por brecha de género es un incremento en la pensión que se concede a las personas que acrediten haber sufrido un perjuicio en su carrera profesional debido al cuidado de los hijos. Este complemento sustituyó al anterior complemento por maternidad/paternidad y está en vigor desde el 4 de febrero de 2021.
¿Quiénes Pueden Beneficiarse del Complemento?
El complemento por brecha género pensión puede ser solicitado por:
- Madres y padres que sean beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad.
- Que hayan tenido uno o más hijos nacidos o adoptados.
- Ser beneficiario de una pensión contributiva en una fecha posterior al 4 de febrero de 2021 en adelante y tener por lo menos un hijo.
En caso de ser ambos progenitores los que solicitan el complemento, se dará prioridad a la madre.
Requisitos para Acceder al Complemento de Pensiones Contributivas
Para acceder al complemento de maternidad por brecha de género, es necesario cumplir con ciertos requisitos:
- Jubilación: Salvo la jubilación parcial. Cuando se acceda a la jubilación plena desde la parcial se reconocerá el derecho al complemento, si se cumplen todos los requisitos.
- Acreditar hijos inscritos en el Registro Civil. Se reconoce desde el primer hijo/a.
- No haber sido condenado por violencia contra la mujer.
- En caso de que ambos progenitores lo soliciten, el derecho a percibirlo será para aquel que tenga una menor pensión.
- Haber tenido un hijo o más, sea cual sea su edad en el momento en que se consigue la pensión.
- El género del beneficiario no es un condicionante; esta ayuda por hijos a pensionistas está destinada tanto a hombres como a mujeres.
- En caso de que la pensión contributiva sea de jubilación, esta no puede ser parcial.
- Los hombres (esta regla solo se aplica a los padres) han de demostrar que, desde el punto de vista de la cotización, la vida laboral se ha visto perjudicada por el cuidado de los hijos.
Con hijos nacidos hasta el 31 de diciembre de 1994, acreditar más de 120 días sin cotización que estén comprendidos entre los nueve meses anteriores al parto y los tres años posteriores.
Importe del Complemento para la Reducción de la Brecha de Género en 2025
El importe del complemento por brecha de género se fija anualmente en los Presupuestos Generales del Estado. Para el año 2025, el importe es de 35,90 euros mensuales por cada hijo, hasta un máximo de cuatro hijos. Este importe se suma a la pensión que corresponda y se actualiza anualmente según el IPC. Es un importe fijo por hijo en 14 pagas.
| Año | Importe Mensual por Hijo (€) |
|---|---|
| 2021 | ~30 |
| 2025 | 35,90 |
Compatibilidad con Otras Pensiones
El complemento por brecha género pensión es compatible con las siguientes pensiones contributivas:
- Jubilación (ordinaria, anticipada, parcial).
- Incapacidad permanente (total, absoluta, gran invalidez).
- Viudedad.
¿Cuándo y Cómo se Cobra el Complemento?
El complemento debe solicitarse junto con la pensión contributiva. Se reconoce en la misma resolución de la pensión contributiva que se haya solicitado (jubilación, incapacidad permanente o viudedad). La solicitud es para pensiones que hayan tenido lugar a partir de febrero de 2021.
Se puede solicitar:
- Atención presencial en un CAISS con cita previa.
- Vía telemática: también es posible la solicitud online del complemento de brecha de género a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
Cuando se solicita una pensión, como la de jubilación, en la misma gestión se puede realizar la petición de la ayuda a los pensionistas por hijos -el complemento de brecha de género-. Si el trámite se lleva a cabo de forma presencial o por correo, en el propio formulario oficial de jubilación se incluye una parte destinada a ello. Se han de rellenar los datos de los hijos (nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento o adopción) y, a continuación, marcar la casilla denominada Solicita el complemento para la reducción de la brecha de género, situada más abajo.
Documentación Necesaria para la Solicitud
Es importante presentar toda la documentación requerida para evitar retrasos en la tramitación:
- Formulario de solicitud.
- DNI del solicitante.
- Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos.
- Documentación que acredite la interrupción o reducción de la actividad laboral para el cuidado de los hijos (informes de vida laboral, contratos de trabajo, etc.).
- Resolución de la pensión que se está percibiendo.
¿Qué Hacer si Deniegan el Complemento?
Si te deniegan el complemento por brecha de género, puedes presentar una reclamación previa ante el INSS en un plazo de 30 días. Si la reclamación previa es desestimada, puedes presentar una demanda judicial ante los Juzgados de lo Social. Es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en Seguridad Social para defender tus derechos.
Diferencias entre el Complemento por Brecha de Género y el Antiguo Complemento de Maternidad
Existen dos diferencias fundamentales:
- Cuantía: En el complemento de reducción de brecha de género es una cantidad fija por cada hijo con el máximo de cuatro. En el complemento de maternidad era un porcentaje sobre la pensión en función de los hijos que se tengan: 2 hijos: 5%, 3 hijos: 10% y 4 hijos o más: 15%.
- Acceso: El complemento por maternidad era solo para las mujeres hasta que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea lo declaró discriminatorio. Actualmente se está concediendo por la seguridad social a todos los hombres que lo solicitan sin tener que ir vía judicial.
El TJUE Permite a los Hombres Cobrar el Complemento por Brecha de Género sin Restricciones
En un importante giro legal, una Sentencia del Tribunal de Justicia europeo eliminó la discriminación de género en este complemento, permitiendo a los hombres reclamar el complemento de maternidad. Este derecho de los padres supone un aumento significativo en las pensiones contributivas, variando según el número de hijos: un 5% para dos hijos, un 10% para tres hijos y un 15% para cuatro o más hijos.
El TJUE ha considerado que los requisitos son discriminatorios para los hombres. No se permite que los dos progenitores puedan percibir a la vez el complemento para la reducción de la brecha de género.
Este último requisito, sólo solicitado a los hombres, es lo que ha generado una nueva batería de reclamaciones judiciales y, nuevamente, el TJUE lo tachó de discriminatorio el 15 de mayo de 2025, como hizo con el antiguo complemento de maternidad, al considerar que la normativa actual impone requisitos adicionales a los hombres para acceder al complemento de brecha de género, mientras que las mujeres lo reciben automáticamente por el solo hecho de tener hijos.
Brecha de género: qué puedes reclamar desde 2016
¿Pueden Algunas Madres Perder el Complemento por Brecha de Género?
No, las mujeres que ya tienen el complemento de maternidad no pueden solicitar el de brecha de género. Y lo mismo sucede con los hombres que han conseguido el de paternidad.
Reclamaciones y Recursos
Si transcurrido el plazo máximo no se ha recibido respuesta, se puede entender desestimada la solicitud por silencio administrativo, lo que permite interponer los recursos administrativos o judiciales pertinentes. La reclamación se realiza, en primer lugar, por el cauce administrativo. Pero si la resolución es denegatoria se puede recurrir a los tribunales, donde habitualmente se concede, salvo que el demandante no cumpla los requisitos para cobrarlo que se indican en la normativa.
Consideraciones Finales
El complemento para la reducción de la brecha de género constituye una herramienta esencial para paliar las desigualdades derivadas del cuidado familiar, que siguen afectando de manera predominante a las mujeres. Desde que entró en vigor en 2021, el complemento de maternidad/paternidad ha pasado de los 30 euros por el primer hijo a 35,9 euros para 2025 por mes (14 pagas), lo que supone una revalorización del 8,1% sobre la cuantía de 2024, según un Real Decreto-ley aprobado por el Gobierno ante la falta de consenso para aprobar los Presupuestos Generales del Estado.
Recuerda que este procedimiento no es automático y es importante estar bien informado para reclamar tus derechos.
