Complemento de Paternidad en Navarra: Requisitos y Trámites

En Navarra, muchos padres jubilados entre 2016 y 2021 pueden tener derecho a un complemento en su pensión por paternidad. Este complemento busca reconocer la aportación de los padres al sistema de pensiones, permitiendo aumentar su cuantía y recuperar los atrasos correspondientes de forma retroactiva.

¿Qué es el Complemento de Paternidad?

El «Complemento Paternidad Navarra» es un proyecto destinado a ayudar a los jubilados navarros hombres que se jubilaron entre 2016 y 2021 y tienen dos o más hijos a reclamar su derecho frente a la seguridad social para revalorizar su pensión y recibir una indemnización por los atrasos.

Este complemento, inicialmente conocido como complemento de maternidad, se estableció en 2016 y estaba reservado a las madres que se jubilaban y tenían dos o más hijos. Sin embargo, el Tribunal de Justicia Europea determinó que era discriminatorio, y en 2021 se sustituyó por el actual complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

Se trata de un plus que se añade a las pensiones contributivas con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Pueden reclamar el complemento por paternidad en la pensión de jubilación los pensionistas jubilados que se vieron perjudicados entre enero de 2016 y febrero de 2021, que además deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Ser beneficiarios de una pensión contributiva de jubilación, incapacidad permanente o viudedad y ser padre de uno o más hijos.
  • Haber accedido a una pensión de viudedad por fallecimiento del otro progenitor, entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021, siempre que alguno de los hijos tuviese derecho a percibir una pensión de orfandad.

Quienes se jubilaron a partir de febrero 2021 no pueden reclamarlo porque ya tienen acceso al complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género.

COMPLEMENTO por PATERNIDAD EN TU PENSION ⏩ Jubilación / Incapacidad/ Viudedad

¿Cómo solicitar el Complemento de Paternidad?

Solicitarlo requiere seguir un proceso administrativo en la Seguridad Social, con posibilidad de reclamación judicial si se deniega.

Para reclamar el complemento se debe presentar un escrito en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) tras solicitar cita previa.

En caso de que la resolución no sea favorable, se puede reclamar de nuevo ante el INSS o presentar una demanda en el juzgado.

El procedimiento implica una solicitud a la Seguridad Social, seguida de una reclamación previa en caso de denegación. Si la reclamación previa también es rechazada, se inicia la vía judicial, con un plazo de 30 días para presentar una demanda en la Jurisdicción Social.

La entidad, con oficinas en Pamplona y Tudela, ofrece cercanía y confianza a los jubilados navarros que deseen reclamar este derecho.

Importe del Complemento

Este complemento consistía en añadir un porcentaje a la pensión (un 5 % por 2 hijos; un 10 %, por 3 hijos; un 15 %, por 4 hijos).

La cuantía exacta del complemento dependerá de la cuantía de la pensión.

En consecuencia, los padres podrán cobrar de forma retroactiva y sin límite de tiempo este complemento de la pensión por paternidad cuando se jubilen.

¿Qué ocurre si la solicitud es denegada?

En el caso de la reclamación, la Seguridad Social tiene la obligación de responder en un plazo de 45 días.

Si se vuelve a denegar comienza la vía judicial: se concede un plazo de 30 días para interponer una demanda en la Jurisdicción Social (Juzgado de la Social). En un plazo de aproximadamente mes/mes y media se dicta una sentencia (y esa sentencia se transmite al abogado). En principio, suele ser favorable.

Complemento para la reducción de la brecha de género

El complemento para la reducción de la brecha de género en las pensiones es una prestación económica adicional destinada a compensar el impacto que la maternidad o la paternidad pueden tener en la carrera laboral.

Pueden solicitarlo las personas que ya sean pensionistas del sistema contributivo y que cumplan los requisitos específicos de maternidad o paternidad.

El complemento por hijo es una herramienta relevante para garantizar mayor equidad en las pensiones y reconocer el impacto que la maternidad y la paternidad tienen en la carrera profesional.

¿Quiénes pueden solicitar el complemento para la reducción de la brecha de género?

  • Las personas que acceden a una pensión de jubilación contributiva pueden solicitar el complemento, tanto si la jubilación es ordinaria como anticipada o parcial.
  • Las personas que han obtenido una pensión de incapacidad permanente, en cualquiera de sus grados (total, absoluta o gran invalidez), también pueden solicitar el complemento. No importa si la incapacidad deriva de accidente, enfermedad común o enfermedad profesional.
  • También pueden acceder al complemento quienes perciban una pensión de viudedad, siempre que existan hijos comunes y se cumplan los requisitos establecidos.

El complemento para la reducción de la brecha de género sustituyó al anterior “complemento por maternidad en las pensiones”, que estuvo vigente hasta 2021. Esta evolución jurisprudencial y legal responde a la necesidad de reconocer la diversidad de modelos familiares y corregir desigualdades que tienen efectos directos en la cuantía de las pensiones.

Consideraciones Adicionales

Si su cónyuge lo ha solicitado entonces él no tendría derecho. Sólo se le concede a uno de ellos.

Para los casos de las jubilaciones entre el 1 de enero 2016 y 3 de febrero de 2021, quienes hayan accedido a una jubilación parcial o jubilación anticipada no tienen derecho al complemento.

Sentencia del TJUE: claves y consecuencias

El TJUE concluye que el artículo 60.1 LGSS constituye una discriminación directa por razón de sexo. Estas son las principales conclusiones:

  • Trato desigual injustificado: Se reconoce a las mujeres automáticamente, mientras que los hombres deben acreditar el perjuicio.
  • Situaciones comparables: Ambos progenitores en tareas de cuidado deben considerarse en igualdad de condiciones.
  • No cabe aplicar excepciones de la Directiva 79/7, ya que el complemento no está directamente vinculado con el permiso de maternidad.
  • No es una acción positiva válida, porque no garantiza una mejora real y efectiva para las mujeres afectadas.

Reacción sindical: advertencia sobre el impacto social

Diferentes sindicatos han criticado la sentencia, señalando que podría:

  • Poner en riesgo el propósito del complemento como medida de equidad de género.
  • Incrementar el gasto público en pensiones.
  • Debilitar el sistema de protección social español.
  • Constituir un retroceso frente al Pilar Europeo de Derechos Sociales.

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