Complemento de Maternidad: Requisitos y Novedades

El complemento de maternidad es un plus que se añade a las pensiones contributivas desde el 1 de enero de 2016 al 3 de febrero de 2021, con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos.

Este complemento se podía sumar a pensiones contributivas de viudedad, jubilación o incapacidad permanente, no pudiendo, sin embargo, ser causa de incremento de las pensiones no contributivas de invalidez o jubilación -ni tampoco de las del SOVI-.

En cuanto a su cuantía, se establecía a través de un tanto por ciento, el cual se aplicaba al importe de la pensión. Y finalmente este aumentaba un 5% si el progenitor tenía dos hijos, 10% en caso de tres, y 15% si se tenían cuatro o más descendientes.

La ley marcaba, no obstante, una excepción: aunque el complemento de maternidad pudiera elevar la cantidad de la pensión de jubilación, no sería así si esta era anticipada voluntaria.

Se pueden solicitar al mismo tiempo que se solicita la pensión o bien de manera posterior, en sede electrónica o descargando el modelo de solicitud.

Sí, los funcionarios podrán solicitar el complemento de maternidad cuyos requisitos y beneficios son idénticos a los jubilados bajo el régimen de la Seguridad Social.

El complemento por maternidad no se aplica en el caso de jubilación parcial.

Cambios Legislativos y Sentencias Clave

Complemento de maternidad para hombres jubilados

Gracias a la lucha de un hombre que cuidó a sus hijos siendo viudo, en diciembre de 2019 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) acabó declarando discriminatorio el complemento de maternidad. Por esta razón, comenzó a destinarse también a los padres que lo solicitaban judicialmente.

Pero, pese a la manifestación del TJUE, las peticiones vía administrativa tramitadas por varones eran denegadas. No obstante, y para complicarlo aún más si cabe, la Seguridad Social española entendía que el derecho al complemento de paternidad debía reconocerse únicamente con efectos a partir de la publicación de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Sin dar derecho al complemento a los que eran pensionistas desde antes de diciembre de 2019. ¡Ahora esto ha cambiado!

En un importante giro legal, una Sentencia del Tribunal de Justicia europeo eliminó la discriminación de género en este complemento, permitiendo a los hombres reclamar el complemento de maternidad. Este derecho de los padres supone un aumento significativo en las pensiones contributivas, variando según el número de hijos: un 5% para dos hijos, un 10% para tres hijos y un 15% para cuatro o más hijos.

Lo que se consiguió en 2022 empezó a fraguarse en el Juzgado de lo Social nº 6 de Oviedo, donde un padre de cuatro hijos demandó a la Seguridad Social por no reconocerle el antiguo complemento de maternidad, debido a que su pensión era posterior a la pronunciación del TJUE en 2019 (su prestación le fue otorgada en 2016). Lejos de rendirse, sin embargo, elevó el caso al Tribunal Supremo, interponiendo un recurso de casación. Y el 21 de enero de 2022 se admitió a trámite.

Los argumentos de esta relevante sentencia del Supremo se centran en que la resolución europea no establece limitación temporal alguna. Y que, por tanto, no solo las pensiones aprobadas a partir de diciembre de 2019 tienen derecho a ser incrementadas con el complemento de paternidad.

Lo que ha dictado el Supremo significa que ahora la solicitud no se limita a quienes hubieran sido declarados pensionistas a partir de diciembre de 2019 (cuando, recordemos, la UE tildó el complemento de discriminatorio).

Derivado de dicha sentencia, el INSS ha publicado un criterio de gestión según el cual procederá reconocer el complemento por maternidad al padre que reúna los requisitos necesarios para percibirlo, aún cuando se hubiese reconocido previamente a la madre por los mismos hijos.

Complemento para la Reducción de la Brecha de Género

Se reforma la normativa y, desde el 4-2-2021, el complemento para la reducción de la brecha de género sustituye al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica.

Tras dicha modificación legislativa, el complemento de maternidad fue sustituido por el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha. Es decir, no se puede elegir a qué complemento se tiene derecho, ya que su concesión dependerá de la legislación aplicable en el momento de la prestación (antes o después del 3 de febrero de 2021).

Mediante esta innovadora normativa, en vigor desde el 4 de febrero de 2021, nació el derecho de que los padres también puedan cobrar por paternidad en su pensión. Porque se sustituía el complemento de maternidad por este nuevo pago, para ambos sexos y a percibir por cada hijo -desde el primero-.

El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones tiene como finalidad compensar el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a.

Este inconveniente no existe en la regulación del complemento para la reducción de la brecha de género, que solo es incompatible con la jubilación parcial.

Ahora bien, la percepción de del complemento de maternidad por aportación demográfica es incompatible con el complemento para reducción de la brecha de género que corresponda por el reconocimiento de una nueva pensión pública.

Cuando el otro progenitor que perciba el complemento de maternidad por aportación demográfica solicite el complemento para la reducción de la brecha de género, la cuantía mensual que se le reconoce se deduce del complemento por maternidad que se perciba.

Los efectos económicos son desde el primer día del mes siguiente al de la resolución, siempre que dicha resolución se dicte dentro de los 6 meses siguientes a la solicitud, o en su caso, al reconocimiento de la pensión que se cause.

El TS también establece que el complemento de maternidad por aportación demográfica puede percibirse a la vez por los dos progenitores.

No se permite que los dos progenitores puedan percibir a la vez el complemento para la reducción de la brecha de género.

¡Atención! Si la pensión base no es de viudedad, la madre y el padre de los mismos hijos (o los dos padres, o las dos madres) no pueden beneficiarse a la vez del complemento para la reducción de la brecha de género. De este modo, el reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondría la extinción del previamente adjudicado al primero de ellos.

Por este complemento se cobra en 2026 una cantidad fija de 36,90 € al mes por hijo (516,60 € al año). Se abona en 14 pagas. La responsable de su abono es la Seguridad Social, mediante transferencia del Estado al presupuesto de la entidad. Y, al contrario del complemento de maternidad, este nueva prestación no está sujeta a la pensión máxima estipulada cada año. Aunque superes dicho importe, ¡podrás cobrarlo!

Está claro que la brecha de género constituye la principal insuficiencia en la acción protectora de la Seguridad Social en el ámbito de las pensiones, como reflejo de una discriminación histórica. Y de ahí el nacimiento del nuevo complemento contra la brecha de género y los posteriores pronunciamientos jurisprudenciales sobre él, lo que ha hecho que pueda tener mayor alcance que el complemento de maternidad -pese a que las beneficiarias siguen siendo, sobre todo, mujeres-.

Desde USO valoramos positivamente este tipo de medidas en las que se reconoce y se pone en valor el trabajo de crianza y cuidados. Si bien es cierto, dichas tareas son realizadas en su gran mayoría por mujeres, se debe visibilizar a los hombres que cumplen con sus obligaciones en esta materia.

Requisitos para Hombres

Puedes solicitar el reconocimiento de este plus en tu pensión ya que de 2016 a 2021, estuvo vigente el complemento de maternidad, medida que excluyó a los hombres en situaciones comparables a las de las mujeres. Si eres hombre y cumples con ciertos requisitos, puedes solicitar el reconocimiento de este complemento en las pensiones.

Si eres hombre, tienes un mínimo de dos hijos y tu pensión contributiva se aprobó entre el 1/1/2016 y el 3/2/21, puedes solicitarlo por vía administrativa.

Hay que señalar que para percibir este complemento de maternidad no hay que demostrar que la carrera profesional del varón se haya visto perjudicada por la paternidad, tampoco hay que demostrar ningún tipo de parón en la carrera: se percibe tan solo por ser padre de varios hijos.

Los hombres también tienen derecho a este complemento en las pensiones al haber sido padres.

Que la pensión esté reconocida entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.

Y si es de jubilación o incapacidad permanente, haber visto afectada su carrera profesional debido al nacimiento o adopción.

Con hijos nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994, acumular más de 120 días no cotizados entre los nueve meses previos al nacimiento y los tres años posteriores.

¡Atención! El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha constatado que estos requisitos, que aún permanecen en la normativa española, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

No obstante, el TJUE ha considerado que estos requisitos son discriminatorios para los hombres.

La cuantía de este complemento se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

¿Qué pasa si ya estás cobrando el complemento de maternidad?

Como adelantábamos al comienzo de este post, si eres mujer y estás cobrando actualmente el antiguo complemento de maternidad, no lo vas a perder.

El complemento de brecha de género sólo podrá percibir uno de los progenitores. Si los dos progenitores son hombres, se reconocerá a aquel que sea titular de pensiones públicas cuya suma sea de menor cuantía.

Sí, la ley contempla que los jubilados de forma involuntaria o forzosa (art.

Por tanto, éste se debe abonar desde la fecha la jubilación, es decir, se puede recuperar todo el complemento desde el día de la fecha de la pensión, con los atrasos correspondientes.

Te aconsejamos que para aumentar las posibilidades de conseguirlo cuanto antes, te asesores y prepares debidamente tu petición. Nosotros hemos lanzado un servicio específico para reclamar el complemento de paternidad.

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