La llegada de un niño representa un momento importante en la vida de cualquier persona. Si estás esperando un nuevo miembro en tu familia en 2025, ¡enhorabuena! Seguramente tendrás muchas preguntas, especialmente sobre cómo funcionará tu baja de paternidad. No te preocupes, aquí encontrarás todo lo que necesitas saber.
Hoy el permiso de paternidad es un derecho que permite a los padres trabajadores ausentarse de su lugar de trabajo para cuidar de su hijo, ya sea nativo, adoptado o en acogimiento. Desde que se otorgó este derecho en 2007, ha sufrido varias modificaciones. Desde el año 2021, el permiso de paternidad en España se equipara al de maternidad, con una duración de 16 semanas. Esta medida busca favorecer la igualdad de género y compartir responsabilidades y disfrute en la crianza de los primeros meses de vida del bebé.
¿Qué es la Baja por Paternidad?
Desde el año 2019, la baja por maternidad y por paternidad se fusionaron y pasaron a llamarse prestación por nacimiento y cuidado del menor. Ambos comparten duración y beneficios. Estamos ante un permiso mediante el cual los padres pueden ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para cuidar a su bebé. Aunque es una medida que existe desde el año 2007, ha evolucionado mucho en los últimos años, tanto en la duración como en las cuantías.
Es una importante medida a favor de la conciliación entre la vida laboral y familiar, y también para promover la igualdad de género. Al equiparar las semanas de descanso, ambos progenitores disfrutan de los mismos derechos, según el Real Decreto-ley 6/2019.
Duración y Condiciones del Permiso de Paternidad
En 2025 la baja de paternidad sigue siendo de 16 semanas, igual que la de maternidad. ¡Un regalo poder vivir ese primer tiempo con tu peque! Se plantea ampliarla a 20 semanas, lo que sería una pasada. En cuanto a la duración, es de 16 semanas desde el 1 de enero de 2021.
Aunque hay casos excepcionales que permiten extender este tiempo, como la adopción múltiple o la hospitalización del menor. Las 16 semanas no se distribuyen de igual manera. Por ley, es obligatorio tomar las primeras 6 semanas seguidas al nacimiento. Las siguientes 10 semanas se pueden solicitar en cualquier momento dentro de los 12 meses siguientes, hasta que el bebé cumpla un año. En ese caso, tendría que tramitar el permiso a la empresa con al menos 15 días de margen, a no ser que el convenio diga lo contrario.
Pero ojo, porque de cara al 2024 el Gobierno plantea aumentar la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas. Y no solo eso, sino también abonar al menos 4 de las 8 semanas de permiso parental para el cuidado de sus hijos en los primeros 8 años de vida. Son medidas que podrían ser aprobadas en la Ley de Familias.
Hoy el permiso de paternidad es de 17 semanas, las mismas que disfrutan las madres. Lo disfrutarán "los progenitores distintos de la madre biológica". Si el padre no hace uso de sus 17 semanas de baja paternal, estas se pierden. Son 17 semanas en caso de tener un solo hijo. En caso de parto múltiple o bien adopciones o acogimientos múltiples con el objetivo de adoptar, cada progenitor tiene derecho a una semana más.
Y las once semanas restantes el padre puede tomárselas más adelante, hasta que el bebé cumpla doce meses. Se las puede tomar de una sola vez o interrumpidas.
Ampliación del Permiso de Paternidad a partir de 2025
A partir de 2025, este beneficio se mantendrá con nuevas formas de disfrutarlo, como la posibilidad del uso de semanas que no son obligatorias en medios días. A partir de 2024, se ha incluido una ampliación automática de dos semanas adicionales en casos de nacimientos prematuros que requieran hospitalización prolongada, mejorando la protección familiar.
Además, las familias podrán disfrutar también de dos nuevas semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir 31 de julio de 2025 se pueden solicitar ya al INSS las 19 semanas.
Como establece la ley, se mantiene la obligatoriedad de que las primeras 6 semanas, sean disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda.
Requisitos para Solicitar el Permiso
- Estar afiliados y en alta o en situación asimilada al alta (dado de alta pero no cotizando, como estar en el desempleo o con una incapacidad temporal).
- Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o, en su defecto, en condición asimilada al alta. Este último caso se refiere al trabajador que no cotiza pese a que está dado de alta.
A partir de 2025, también se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.
El permiso aplica tanto para quienes trabajan por cuenta ajena, como para autónomos y personas que reciben el subsidio por desempleo. Como en el permiso de paternidad, pueden acogerse al permiso de maternidad las empleadas dadas de alta en la Seguridad Social, como asalariadas, autónomas o beneficiarias de un subsidio por estar en situación de desempleo. El periodo de cotización mínimo requerido también dependerá de la edad de la persona.
Si trabajas, ya seas empleado por cuenta ajena o autónomo, puedes acogerte a la baja por paternidad. Sí, has leído bien, no importa si tu contrato es temporal o indefinido, lo esencial es que estés afiliado y en alta en la Seguridad Social y tengas cubierto un período mínimo de cotización. Los autónomos también tienen derecho a la baja por paternidad. Como el resto de los trabajadores, la duración de su baja es de 16 semanas. La cantidad que recibirán durante su baja será proporcional a la base de cotización que hayan elegido.
¿Cómo Solicitar la Baja por Paternidad?
Tras un momento tan importante como es el nacimiento de un bebé es normal tener dudas sobre cómo gestionar este tipo de baja, pero lo cierto es que es muy sencillo. En primer lugar, para poder pedir la baja por paternidad, hay que cumplir una serie de requisitos.
Si se cumplen estos requisitos se puede solicitar la baja por paternidad. Además, se puede hacer cómodamente desde casa de forma telemática. Concretamente desde aquí. Una vez dentro, basta con seguir los pasos, cumplir los datos correctamente y subir los documentos solicitados.
Si no te convence la opción telemática, también puedes tramitar la baja por paternidad por correo ordinario. En ese caso, simplemente tienes que descargar el formulario de solicitud, cubrirlo y enviarlo junto con la demás documentación pedida a la dirección provincial del INSS correspondiente.
Por último, también lo puedes solicitar de forma presencial en alguno de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).
El permiso de paternidad o maternidad puede solicitarse por tres vías: online, por correo ordinario o presencialmente en los CAISS de la Seguridad Social. Y, ante la falta de métodos de identificación, la petición puede realizarse también a través de la página de trámites sin certificado digital del INSS.
También podrá acceder a este portal desde este enlace de la Sede Electrónica de la Seguridad Social, pinchando sobre el acceso con certificado digital o usuario y contraseña, en ambos casos le dirigirá al portal Tu Seguridad Social para su autenticación. Tan sólo tendrá que rellenar los datos y adjuntar la documentación correspondiente.
Si no dispone de métodos de identificación previa, puede utilizar la plataforma para trámites sin certificado digital del INSS que encontrará en este enlace.
Si lo desea, también puede descargar y rellenar el formulario de solicitud que encontrará aquí y remitirlo por correo ordinario a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto al resto de la documentación.
Documentación Necesaria
Ya sea por vía telemática o presencial, hay ciertos documentos que la persona empleada debe presentar para solicitar el permiso por nacimiento. Para solicitar la baja por paternidad se debe aportar la siguiente documentación:
- Libro de familia donde aparezca el nacimiento o el certificado de inscripción del nacimiento en el Registro Civil.
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Alta en la Seguridad Social.
- Certificado de empresa con la fecha de inicio del permiso.
- Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
- Última nómina (para calcular la base reguladora sobre la que se determina la prestación).
- Nº de cuenta en la que se abonará la prestación de paternidad.
- Modelo oficial de solicitud por paternidad perfectamente cumplimentado y sin errores (importante para que vaya bien a la primera y todo sea más rápido).
Las personas empleadas asalariadas deben entregar el certificado de la empresa con la fecha de inicio del permiso por nacimiento, adopción o acogimiento. No obstante, si la organización ya lo haya enviado no será necesario.
En caso de adopción o acogimiento: libro de familia o certificado de inscripción de la resolución judicial o administrativa en el Registro Civil.
¿Quién Paga la Baja por Paternidad?
El responsable de pagar el 100% de la baja por paternidad es la propia Seguridad Social. Es decir, el empresario no lo tiene que pagar de su bolsillo. En el caso de ser autónomo, también tiene derecho a disfrutar de la prestación por paternidad.
La empresa no paga ninguna parte de la prestación por paternidad. La totalidad de esta prestación es abonada por la Seguridad Social. Sin embargo, la empresa tiene la obligación de cotizar por el trabajador durante este período.
Remuneración Durante la Baja
Dependerá del sueldo de cada padre. Pero se cobrará el 100% de la base reguladora que refleja en su nómina. No se seguirá disfrutando de dietas, cheques comida o transporte, en el caso de que los tenga. Este permiso lo abona la Seguridad Social y no la empresa, de modo que no están contemplados extras.
La prestación es fácil de calcular porque se corresponde con el 100% de la base reguladora. El responsable de hacer el pago es la propia Seguridad Social. No es responsabilidad del empresario.
Durante el permiso de paternidad, se recibe una prestación equivalente al 100% de la base reguladora del trabajador. ¿Significa eso que cobrarás lo mismo que estás acostumbrado a recibir en tu nómina? Exactamente, la base reguladora se calcula tomando en cuenta la base de cotización del mes anterior al de la baja.
La prestación económica por paternidad se abona directamente por la Seguridad Social, no por la empresa en la que trabajas. La empresa solo está obligada a mantener tu puesto de trabajo durante el tiempo que dure tu baja.
El salario en sí se deja de cobrar, en la medida en que el contrato laboral ha quedado momentáneamente suspendido. Por otro lado, si notarás una cierta ventaja fiscal. De hecho, las prestaciones relacionadas con el permiso de paternidad y maternidad están exentas en el IRPF.
Cálculo de la Prestación para Autónomos
“En el caso del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) varía con respecto al régimen general, ya que se percibe el 100 % de la base reguladora”, explica Agustín Hernández. Por ejemplo, si durante los últimos seis meses la base de cotización ha sido de 1.323 €, esta será la cantidad que se cobre al mes. El cálculo de lo que corresponde diariamente sería: 1.323 € x 6 meses= 7.938 € y 7.938 € /180= 44,1 €/día.
En cuanto a la tributación, “desde el año 2019, como consecuencia de una sentencia del Tribunal Supremo, esta prestación está exenta de tributación, por lo que no computa como renta a efectos del IRPF”, cuenta Agustín Hernández. Por lo tanto, según establece la Ley 35/2006 del IRPF, no habrá que agregarla como un rendimiento o como un pagador más, como ocurre con otras ayudas como la prestación contributiva por desempleo.
El subsidio por maternidad o paternidad para autónomos funciona de forma análoga a la de los trabajadores por cuenta ajena. Es decir, el equivalente al 100 % de su base de cotización. Por ejemplo, si cotiza por la base mínima de la tabla general, en 2025 recibirá aproximadamente 950 euros al mes durante la baja.
Plazos para Solicitar la Baja
El padre con derecho a la baja por paternidad tiene un máximo de 15 días para formalizar los trámites con la Seguridad Social, desde el nacimiento o adopción o acogimiento del menor. Es importante hacerlo dentro del marco temporal adecuado. La persona empleada debe solicitar el permiso de paternidad o maternidad 15 días antes (o el plazo estipulado en el convenio colectivo).
Derechos Durante la Baja por Paternidad
La concesión de la baja por paternidad se debe resolver en un plazo máximo de 30 días desde que realizas la solicitud. A partir de ahí disfrutas de las actuales 16 semanas de descanso y con su debida prestación económica.
Es importante que informes a tu empresa con la suficiente antelación sobre tu intención de tomar la baja de paternidad. La ley no especifica un plazo mínimo, pero es recomendable hacerlo con al menos 15 días de antelación. Además, debes solicitar la prestación por paternidad a la Seguridad Social, lo que puede hacerse online o presencialmente.
Obligaciones de la Empresa y Beneficios
Frente a una baja por paternidad, la empresa debe emitir un certificado de baja para el empleado que la solicita.
El certificado lo emite la empresa y se le entrega al empleado cuando notifica que quiere disfrutar del permiso. También es uno de los documentos que hay que entregar a la hora de presentar la solicitud de prestación por paternidad en la Seguridad Social.
Aparte, la Seguridad Social ofrece beneficios a las empresas en estos casos, como bonificaciones en las cuotas por contratar a otro trabajador para un reemplazo temporal. Es una medida que puede suponer un alivio fiscal interesante y además ayuda a mover el mercado laboral, lo cual siempre viene bien.
Aunque las empresas no pagan directamente la baja de paternidad, sí tienen que afrontar ciertos costes indirectos. Uno de ellos es el coste de la sustitución del empleado durante su ausencia, ya sea a través de la contratación de un nuevo trabajador o el pago de horas extra a otros empleados.
Además, la empresa debe seguir cotizando por el trabajador en baja, aunque no se beneficie de su trabajo durante ese período. Las empresas pueden beneficiarse de diferentes ayudas y bonificaciones por promover el permiso de paternidad, como las bonificaciones por contratación de sustitutos.
Al fomentar la igualdad en el cuidado de los hijos, también pueden mejorar su imagen corporativa y aumentar la satisfacción de sus empleados.
Gestión de la Baja por Paternidad
Las empresas deben contar con que las bajas por paternidad pueden llegar en cualquier momento y deben estar preparadas para cuando un trabajador decida ejercer su derecho y disfrutarla. Una forma de gestionarlas de forma eficaz es utilizando un software personalizado.
Hoy en día encontrarás en el mercado herramientas que te facilitan mucho la vida y agilizan los trámites. Actualmente, herramientas como Factorial permiten una gestión automatizada de estos permisos, lo que reduce los errores administrativos y asegura el cumplimiento de las normativas vigentes.
Permitir que los managers sean los encargados de aprobar y gestionar las solicitudes del equipo. ¿Una herramienta que te permite todo eso?
La gestión de una baja por paternidad puede ser todo un desafío si no se trabaja adecuadamente. En el caso de las bajas por paternidad es importante contar con un sistema claro y sencillo para ambas partes. Los responsables de recursos humanos deben definir políticas para las solicitudes de este tipo de permisos.
Estos y otros errores pueden evitarse teniendo como aliada la combinación de servicios de conocimiento en la gestión de personas y soluciones tecnológicas innovadoras en RRHH. Con un Enfoque 360º, único en el mercado, en Grupo Castilla contamos con un equipo experto para gestionar las bajas y permisos laborales, acorde a las aplicaciones legislativas, y de manera integrada en nuestros servicios de BPO de nómina.
Si la empresa despide al trabajador mientras está disfrutando de la prestación por Nacimiento y Cuidado del Menor, se considerará nulo, salvo que la empresa pueda demostrar que no tiene nada que ver con el nacimiento o adopción del pequeño.
Preguntas Frecuentes
- ¿Cuándo entrará en vigor la ampliación del permiso de paternidad a 20 semanas? La ampliación está propuesta para implementarse en 2025, pero su entrada en vigor dependerá de la aprobación de los Presupuestos Generales del Estado y del consenso político.
- ¿Puedo disfrutar del permiso de paternidad si soy autónomo? Sí, los trabajadores autónomos también tienen derecho al permiso de paternidad, siempre que estén al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y cumplan con los requisitos establecidos.
- ¿Cómo afecta la prestación por paternidad a mi Declaración de la renta? La prestación está exenta de IRPF, por lo que no incrementará tu base imponible ni el importe a pagar en tu declaración. En TaxDown, nos encargamos de que tu Declaración de la renta sea sencilla y precisa.
Otros Trámites Importantes
Además de solicitar la baja por paternidad, es crucial realizar otros trámites como:
- Inscribir el nacimiento del bebé en el Registro Civil. Conviene acelerar todo lo posible la inscripción del bebé en la Seguridad Social. La razón es que han de realizarle la segunda prueba del talón entre el cuarto y el octavo día tras el parto.
- Si quieres viajar con tu bebé en avión es imprescindible que gestiones su documento nacional de identidad o DNI. Además, el DNI es requisito necesario si además tienes que tramitar el pasaporte del niño.
- Otro de los trámites a realizar con la Seguridad Social al tener un bebé es darle de alta como beneficiario de alguno de sus progenitores (que tengan la condición de asegurados) para acceder a la asistencia sanitaria. Este trámite se suele realizar en paralelo a la solicitud de la prestación por nacimiento y cuidado del menor, especialmente si se hace presencialmente o por correo ordinario. En estos dos últimos casos deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada (puede descargarla en este enlace), fotocopia del documento de identidad del asegurado y el Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.
Con toda esta información, esperamos haber aclarado tus dudas sobre la baja por paternidad y cómo solicitarla. ¡Disfruta de esta maravillosa etapa junto a tu bebé!
