¿Cómo se gestiona la baja por paternidad? Requisitos y todo lo que necesitas saber

En los últimos años, la baja por paternidad ha mejorado significativamente, ofreciendo más semanas y mejores condiciones para los padres. Ambos progenitores disfrutan de 16 semanas de baja, cobrando el 100% de la base reguladora. Sin embargo, gestionar estas bajas puede ser complejo para las empresas y generar dudas entre los trabajadores.

¿Qué es la baja por paternidad?

Desde 2019, las bajas por maternidad y paternidad se unificaron bajo el nombre de "prestación por nacimiento y cuidado del menor". Este permiso permite a los padres ausentarse temporalmente de su trabajo para cuidar a su bebé. Aunque existe desde 2007, ha evolucionado en duración y cuantías, promoviendo la conciliación laboral y familiar y la igualdad de género. La equiparación de las semanas de descanso asegura que ambos progenitores disfruten de los mismos derechos, según el Real Decreto-ley 6/2019.

Duración y condiciones de la baja por paternidad

La duración estándar es de 16 semanas desde el 1 de enero de 2021, con excepciones para adopciones múltiples o hospitalización del menor. Por ley, las primeras 6 semanas deben tomarse seguidas al nacimiento. Las 10 semanas restantes pueden solicitarse en cualquier momento dentro de los 12 meses siguientes, notificando a la empresa con al menos 15 días de antelación, a menos que el convenio indique lo contrario.

El Gobierno plantea aumentar la baja por paternidad y maternidad de 16 a 20 semanas para el 2024. Además, se propone abonar al menos 4 de las 8 semanas de permiso parental para el cuidado de los hijos en los primeros 8 años de vida, medidas que podrían aprobarse en la Ley de Familias.

Proceso de solicitud de la baja por paternidad

Solicitar la baja por paternidad es sencillo, pero requiere cumplir ciertos requisitos:

  • Estar dado de alta en la Seguridad Social (por cuenta propia o ajena).
  • Haber tenido uno o varios hijos por parto, adopción, acogimiento o guarda con fines de adopción.
  • Para padres mayores de 26 años, haber cotizado al menos 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.
  • Entre 21 y 26 años, se exige un período de cotización de al menos 90 días en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de la vida laboral.
  • Menores de 21 años no requieren período mínimo de cotización.
  • Autónomos deben estar al corriente del pago de cuotas a la Seguridad Social.

Si se cumplen estos requisitos, la solicitud puede realizarse telemáticamente a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, siguiendo los pasos indicados y adjuntando los documentos necesarios.

Alternativamente, se puede tramitar por correo ordinario, descargando el formulario, completándolo y enviándolo a la dirección provincial del INSS correspondiente. También es posible solicitarlo presencialmente en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS).

Cómo solicitar la prestación por Nacimiento y Cuidado de Menor [con certificado digital]

Documentación necesaria

Para solicitar la baja por paternidad, se debe aportar la siguiente documentación:

  • Libro de familia (para demostrar el parentesco entre padre e hijo).
  • Documento Nacional de Identidad (DNI).
  • Alta en la Seguridad Social.
  • Certificado de la empresa (para confirmar la relación laboral y fecha de inicio de la baja).
  • Última nómina (para calcular la base reguladora).
  • Número de cuenta bancaria para el abono de la prestación.
  • Modelo oficial de solicitud por paternidad cumplimentado.

¿Quién paga la baja por paternidad?

La Seguridad Social es la responsable de pagar el 100% de la baja por paternidad. El empresario no asume este coste. Los autónomos también tienen derecho a esta prestación.

Cálculo del pago

El INSS calcula la prestación tomando la base reguladora del mes anterior al nacimiento y dividiéndola por el número de días según el salario sea mensual o diario.

Plazos para solicitar la baja

El padre tiene un máximo de 15 días para formalizar los trámites con la Seguridad Social, desde el nacimiento, adopción o acogimiento del menor. La concesión de la baja debe resolverse en un plazo máximo de 30 días desde la solicitud.

Derechos durante la baja por paternidad

Durante la baja, el trabajador tiene derecho al 100% de su base reguladora, pagada por la Seguridad Social. No es responsabilidad del empleador.

Obligaciones de la empresa y beneficios

La empresa debe emitir un certificado de baja para el empleado que solicita el permiso. Este certificado se entrega al empleado al notificar su intención de disfrutar del permiso.

La Seguridad Social ofrece beneficios a las empresas, como bonificaciones en las cuotas por contratar a otro trabajador para un reemplazo temporal. Esta medida puede ser un alivio fiscal y dinamiza el mercado laboral.

Gestión de la baja por paternidad en la empresa

Las empresas deben estar preparadas para gestionar las bajas por paternidad. Utilizar un software personalizado puede agilizar los trámites y facilitar la gestión. Herramientas como Factorial permiten automatizar estos permisos, reduciendo errores administrativos y asegurando el cumplimiento de las normativas vigentes.

Cambios legislativos recientes

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, introdujo medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres en el empleo. Unificó las prestaciones por maternidad y paternidad en una única prestación por nacimiento y cuidado del menor.

El Real Decreto-ley 9/2025 amplió la duración de la suspensión del contrato de trabajo y el permiso por nacimiento y cuidado del menor, incrementando el alcance subjetivo de la asignación económica por nacimiento y cuidado de hijos.

Estas modificaciones legislativas buscan completar la transposición de la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, promoviendo la conciliación de la vida familiar y profesional.

Novedades para 2025

A partir de 2025, los permisos por nacimiento y cuidado del menor se amplían, permitiendo disfrutar de semanas no obligatorias en medios días. Además, se prevén ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.

Tabla Resumen de Requisitos y Duración de la Baja por Paternidad

Requisito/Condición Detalle
Afiliación a la Seguridad Social Estar dado de alta (o en situación asimilada).
Período de Cotización (mayores de 26 años) 180 días en los últimos 7 años o 360 días a lo largo de la vida laboral.
Período de Cotización (entre 21 y 26 años) 90 días en los últimos 7 años o 180 días a lo largo de la vida laboral.
Período de Cotización (menores de 21 años) No se requiere período mínimo.
Duración Estándar 16 semanas (6 obligatorias e ininterrumpidas, 10 flexibles).
Ampliación por Parto Múltiple Una semana adicional por cada hijo a partir del segundo.
Ampliación por Hospitalización del Bebé Hasta 13 semanas adicionales.
Pago 100% de la base reguladora.
¿Quién Paga? INSS (Seguridad Social).

Aspectos importantes a considerar

  • Preaviso a la empresa: Notificar con 15 días de antelación.
  • Intransferibilidad: Las semanas de permiso son personales e intransferibles.
  • Protección contra el despido: El despido durante la baja se considera nulo.
  • Compatibilidad con el permiso de lactancia: Es posible combinar ambos permisos.

Publicaciones populares: