Las parejas con problemas de esterilidad que no pueden conseguir un embarazo de forma natural tienen la posibilidad de acceder a un tratamiento de reproducción asistida por la Seguridad Social en España. Del mismo modo, las parejas de mujeres y mujeres solas que desean ser madres también pueden realizar un tratamiento de reproducción asistida por la Seguridad Social en prácticamente todas las Comunidades Autónomas.
Para ello, es necesario cumplir una serie de requisitos relacionados con la edad de la mujer y los hijos previos en común principalmente. A continuación, se detalla información relevante sobre este tema.
Reproducción Asistida en la Sanidad Pública
En la actualidad, España cuenta con más de 300 centros de reproducción asistida repartidos por toda la península e islas. De todos ellos, un porcentaje minoritario pertenece a hospitales públicos donde los tratamientos de fertilidad están incluidos en su cartera de servicios.
Esto significa que la mujer o pareja que se someta a una técnica de reproducción asistida por la Seguridad Social no tendrá que pagar nada, es totalmente gratuito. Lo mismo ocurre con la medicación hormonal. Todas aquellas mujeres que realicen un tratamiento de fertilidad por la Seguridad Social solamente tendrán que pagar un importe mínimo para adquirir los fármacos hormonales en la farmacia.
En cambio, en las clínicas privadas es necesario correr con todos los gastos, tanto del tratamiento de reproducción asistida como de los medicamentos. No obstante, hay centros de fertilidad privados que ofrecen en ocasiones una primera visita gratuita a modo informativo.
¿Qué tratamientos cubren?
No todas las técnicas de reproducción asistida están cubiertas por la Seguridad Social, ya que en muchos casos no cuentan con los recursos o el personal adecuado. En general, los tratamientos de fertilidad que pueden realizarse en los hospitales públicos son los siguientes:
- Inseminación artificial conyugal.
- Inseminación artificial de donante (el semen debe adquirirse en un banco privado).
- Fecundación in vitro (FIV).
- Test genético preimplantacional (PGT).
- Preservación de la fertilidad en hombres y mujeres con cáncer.
Y en este punto hay que hacer una mención especial al caso de la ovodonación. A pesar de que muchos hospitales ofrecen la FIV con donación de óvulos en su cartera de servicios, la realidad es que no se suele llevar a cabo debido a la gran dificultad para encontrar donantes de óvulos.
La donación de gametos en España es anónima y altruista. La sanidad pública no puede compensar económicamente a las donantes de óvulos, por lo que éstas prefieren irse a donar a una clínica privada.
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Requisitos de acceso
Como hemos dicho, las parejas o mujeres solas que quieran acceder a un tratamiento de reproducción asistida por la Seguridad Social tendrán que cumplir unas condiciones para poder ser aceptadas. Las comentamos a continuación:
- Tener más de 18 años y plena capacidad de obrar.
- La mujer no puede ser mayor de 40 años. Algunos hospitales solamente tienen en cuenta esta edad en el momento de indicación del tratamiento, por lo que no pasa nada si la mujer cumple los 40 años estando en lista de espera; mientras que otros hospitales tienen en cuenta la edad en el momento de empezar el tratamiento, así que podrían echar a la mujer de la lista de espera en el momento de cumplir los 40. No obstante, en algunas Comunidades Autónomas el límite de edad para acceder a un tratamiento de fertilidad es diferente, por lo que siempre se aconseja preguntar en el hospital de referencia.
- El hombre no puede ser mayor de 55 años. En este caso, es más común tener en cuenta el requisito de la edad en el momento de indicación del tratamiento.
- La mujer soltera no debe tener hijos previos. En el caso de las parejas, no deben tener hijos previos en común, a no ser que tengan algún niño con alguna enfermedad crónica grave.
- La mujer y/o el hombre no debe haberse realizado ningún tipo de esterilización voluntaria permanente, como la ligadura de trompas o la vasectomía, respectivamente.
- No tener embriones congelados en cualquier centro.
Además, el índice de masa corporal (IMC) de la mujer también puede ser un criterio de exclusión en algunos casos.
Estos requisitos pueden variar ligeramente en función de cada Comunidad Autónoma, pero normalmente son los estipulados hoy en día en la gran mayoría de hospitales.
Número de intentos permitidos
Además de todo lo comentado hasta ahora, es importante tener en cuenta que hay un número límite de tratamientos de reproducción asistida permitidos en la Seguridad Social.
En general, cualquier pareja con problemas de esterilidad tiene derecho a 4 ciclos de inseminación artificial y 3 ciclos de fecundación in vitro. Ahora bien, para poder hacer una inseminación artificial, la mujer debe tener menos de 38 años, una reserva ovárica adecuada y las trompas de Falopio permeables. Asimismo, el varón debe contar con una buena calidad seminal.
En caso de no cumplirse los criterios anteriores, la pareja pasaría directamente a realizar los 3 intentos de FIV.
En cuanto al tratamiento de inseminación artificial de donante, indicado principalmente para mujeres solteras y lesbianas, la Seguridad Social permite un máximo de 6 intentos. Si no se consiguiera el embarazo, la mujer pasaría a realizar los 3 intentos de FIV con semen de donante.
No obstante, no hay que olvidar que tanto los criterios para acceder a un tratamiento de reproducción asistida en un hospital público como el número de intentos son orientativos puesto que dependerán de cada Comunidad Autónoma.
Consideraciones importantes sobre los intentos
Hay ciertas particularidades que hay que tener en cuenta en este punto como, por ejemplo, qué se entiende por un intento.
Una vez la mujer ha iniciado una estimulación ovárica para el tratamiento de inseminación artificial o FIV, esto ya se contaría como un intento. Por tanto, en caso de que tuviera que cancelarse el ciclo por una mala respuesta o una hisperestimulación ovárica, se habría perdido uno de los intentos.
Del mismo modo, en caso de obtener varios embriones en un ciclo de FIV y poderse congelar, estas transferencias de embriones congelados no contarían como intentos. Dicho de otro modo, la mujer puede hacerse transferencias embrionarias ilimitadas hasta agotar todos los embriones congelados.
Situación de las listas de espera
A pesar de la enorme ventaja que supone que la sanidad pública cubra los tan costosos tratamientos de fertilidad, hay un hándicap muy importante que hay que tener en cuenta: las listas de espera.
Actualmente, la lista de espera para una FIV en la Seguridad Social se sitúa en 1 año de media. Desgraciadamente, el tiempo es un factor de gran importancia a la hora de conseguir un embarazo, ya que cuanto más tiempo pasa, más se agrava el problema de infertilidad.
Debido a esto, hay hospitales que tienen una lista de espera preferente, la cual se reduce a los 4-6 meses. Normalmente, tienen preferencia mujeres con muy baja reserva ovárica, endometriosis u otras situaciones graves.
Puede haber algunos hospitales donde, después de un ciclo fallido, la mujer o la pareja tenga que volver de nuevo al inicio de la lista de espera. Esto supone un desgaste emocional enorme.
Por otra parte, el tratamiento de inseminación artificial no suele tener lista de espera en casi ningún hospital público español o como mucho es de 3-4 meses. Se trata de un tratamiento de reproducción asistida mucho más rápido.
Preguntas frecuentes
¿Es posible trasladar embriones de la seguridad social a una clínica privada?
Sí, es posible trasladar los embriones que se han generado y congelado tras un ciclo de fecundación in vitro en la seguridad social a un centro de reproducción privado.
Para realizar dicho traslado es importante hablar con la clínica de destino de los embriones, quienes indicarán cómo proceder con el traslado. Normalmente es un proceso que se realiza internamente entre los equipos de laboratorio de ambos centros. El paciente tendrá que firmar la documentación necesaria para dicho traslado y el centro de reproducción privado es el que suele asumir los costes del mismo.
¿Existe un límite de edad para acceder a los tratamientos?
Esto dependerá de los criterios para acceder a un tratamiento de reproducción asistida de cada Comunidad Autónoma. En algunos casos, el límite de edad son los 40 años en el momento de iniciar el tratamiento de fertilidad.
¿Se puede realizar el test genético preimplantacional (PGT) por la Seguridad Social?
Sí, es posible realizar el test genético preimplantacional (PGT, antes DGP) por la Seguridad Social en España. Sin embargo, no todos los hospitales que tienen servicio de Reproducción Asistida pueden ofrecer esta técnica, por lo que, en muchos casos, los pacientes son derivados a otro hospital de referencia.
¿Se pueden realizar pruebas de fertilidad por la Seguridad Social?
El estudio de la fertilidad femenina incluye diversas pruebas y todas ellas se pueden realizar por la Seguridad Social. Del mismo modo, también es posible llevar a cabo las pruebas de fertilidad masculina.
En los centros públicos estas pruebas son totalmente gratuitas, a no ser que se trate de alguna prueba complementaria muy novedosa para la que no se disponga de los medios adecuados.
En cualquier caso, para que el estudio de fertilidad se lleve a cabo en los hospitales públicos es necesario cumplir con una serie de requisitos de admisión para los tratamientos de reproducción asistida exigidos por la comunidad autónoma correspondiente.
Algunos de estos criterios para acceder a un tratamiento de fertilidad por la Seguridad Social pueden ser tener menos de 40 años y no tener un hijo previo en común ni ningún método de esterilización voluntario como la ligadura de trompas, por ejemplo.
Tabla Resumen de Requisitos y Tratamientos
| Requisito/Tratamiento | Descripción |
|---|---|
| Edad de la mujer | Generalmente menor de 40 años (puede variar por CCAA) |
| Edad del hombre | Generalmente menor de 55 años |
| Hijos previos | No tener hijos previos en común (salvo excepciones) |
| Esterilización voluntaria | No haber realizado esterilización voluntaria |
| Tratamientos cubiertos | IA conyugal/de donante, FIV, PGT, preservación de la fertilidad |
| Ovodonación | Poco frecuente debido a la falta de donantes |
| Número de intentos IA | Hasta 4 ciclos |
| Número de intentos FIV | Hasta 3 ciclos |
| Listas de espera | Aproximadamente 1 año para FIV |
