Certificado de Prestación por Maternidad de la Seguridad Social en España

En España, la Seguridad Social ofrece una prestación por nacimiento y cuidado del menor, un derecho fundamental para los progenitores. Este artículo detalla los aspectos clave de esta prestación, incluyendo cómo solicitarla y los requisitos necesarios.

Solicitud de la Prestación

Existen diversas maneras de solicitar esta prestación:

  • A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social: Puede acceder al portal Tu Seguridad Social mediante certificado digital o usuario y contraseña. Una vez autenticado, podrá rellenar los datos y adjuntar la documentación requerida.
  • Plataforma para trámites sin certificado digital del INSS: Si no dispone de métodos de identificación previa, esta plataforma le permite realizar el trámite sin certificado digital.
  • Correo ordinario: Descargue y rellene el formulario de solicitud, y remítalo a la Dirección Provincial del INSS o del ISM correspondiente, junto con la documentación necesaria.

Para acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, puede utilizar este enlace.

Documentación Necesaria

La documentación requerida varía según su situación laboral:

  • Trabajadores por cuenta ajena: Certificado de empresa en el que conste la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.

Además, para dar de alta al bebé como beneficiario de asistencia sanitaria, deberá presentar:

  • Solicitud debidamente cumplimentada (descargable aquí).
  • Fotocopia del documento de identidad del asegurado.
  • Libro de Familia con el niño inscrito o certificado de nacimiento.

Duración y Condiciones del Permiso

Como establece la ley, las primeras 6 semanas deben disfrutarse de forma ininterrumpida a jornada completa inmediatamente después del nacimiento, adopción, acogimiento familiar o guarda.

Además, las familias pueden disfrutar de dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor (cuatro en el caso de familias monoparentales), de forma flexible hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad.

Si el nacimiento, adopción, acogimiento o guarda ha sido a partir del 31 de julio de 2025, se pueden solicitar hasta 19 semanas al INSS.

España equiparó en enero de 2021 el permiso por nacimiento y cuidado del menor para ambos progenitores hasta las 16 semanas, situándose como uno de los países más avanzados en este aspecto, similar a Suecia, Islandia o Dinamarca.

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Datos Clave de la Prestación

Es importante comprender los siguientes datos que aparecerán en su certificado de prestación:

  • Tipo de prestación: PF (Prestación Familiar) P.
  • Carácter contributivo: Todas las prestaciones del Sistema de Seguridad Social son contributivas, excepto la Protección Familiar.
  • Fecha de hecho causante: En prestaciones de Nacimiento y cuidado del menor, corresponde con la fecha de inicio del descanso.
  • Fecha de efecto: Fecha de inicio de la prestación.
  • Fecha de fin prevista: Fecha de finalización de la prestación.
  • Importe bruto: Incluye el importe de la prestación, deducciones e IRPF (si procede).
  • Importe líquido: Importe de la prestación después de aplicar deducciones e IRPF (si procede).
  • Número de pagas: Indica el número de pagos (si es una única paga, no aparecerá).
  • Base reguladora: Base sobre la que se calcula la prestación.
  • Tipo de pago: Forma en que se realiza el pago.

Tabla Resumen de la Prestación

Concepto Descripción
Tipo de Prestación PF (Prestación Familiar) P
Carácter Contributivo Contributiva (excepto Protección Familiar)
Fecha Hecho Causante Fecha de inicio del descanso
Semanas Mínimas Obligatorias 6 semanas ininterrumpidas
Equiparación Permisos 16 semanas para ambos progenitores (desde 2021)

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