La llegada de un hijo es un evento significativo en la vida de cualquier persona. En España, el permiso de paternidad es un derecho que permite a los padres trabajadores ausentarse de su empleo para cuidar de su hijo, ya sea por nacimiento, adopción o acogimiento. Este derecho, establecido en 2007, ha evolucionado con el tiempo, equiparándose en 2021 al permiso de maternidad, que también contempla 16 semanas de baja pagada.
Si tu hijo nace en el extranjero y eres trabajador en España, es crucial conocer los requisitos y trámites para acceder a este derecho. A continuación, te ofrecemos una guía detallada.
Marco Legal y Actualizaciones
Las condiciones de la baja por paternidad están recogidas en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores y han sido actualizadas en los últimos años. La última modificación se encuentra en el Real Decreto-ley 6/2019, que busca garantizar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo. Este decreto introduce modificaciones en el Estatuto de los Trabajadores, el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley General de la Seguridad Social.
Desde la aprobación de este Real Decreto, se ha logrado una equiparación paulatina de los derechos entre padres y madres.
Duración y Ampliación del Permiso
El permiso de paternidad tiene una duración de 16 semanas, al igual que el permiso por adopción, guarda o acogimiento. Se distribuyen en 6 semanas obligatorias y 10 voluntarias. A partir de 2024, se ha incluido una ampliación automática de dos semanas adicionales en casos de nacimientos prematuros que requieran hospitalización prolongada.
A partir de 2025, se prevé la inclusión de ayudas excepcionales para trabajadores en situaciones de vulnerabilidad que no alcancen el período mínimo de cotización.
Baja por MATERNIDAD Y PATERNIDAD: 5 claves que debes conocer del permiso laboral por nacimiento
Requisitos para Solicitar la Baja por Paternidad
Para acceder a la baja por paternidad, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Estar afiliado a la Seguridad Social, en condición de alta o en situación asimilada al alta.
- Efectuar el preaviso a la empresa con una antelación de 15 días, o el lapso que establezca el convenio colectivo respectivo.
Documentación Necesaria cuando el Hijo Nace en el Extranjero
Cuando el hijo nace en el extranjero, la clave está en poder acreditar el nacimiento en España. Para ello se suele exigir:
- Inscripción en el Registro Civil Consular del país donde ha nacido el menor. Este trámite se realiza en el Consulado o Embajada española.
- Certificado literal de nacimiento español, una vez practicada la inscripción, que será el documento válido a efectos laborales y de Seguridad Social.
- En caso de que la inscripción en el Registro Civil Consular se demore, puede aportarse el certificado de nacimiento extranjero acompañado de traducción oficial y, si procede, de la Apostilla de La Haya.
Además, para trabajadores por cuenta ajena, se requiere un certificado de la empresa que indique la fecha de inicio del descanso laboral por nacimiento y cuidado del menor.
Documentación Adicional
Para solicitar la prestación, el trabajador debe remitir la solicitud a la delegación provincial de la Seguridad Social correspondiente, acompañada de los siguientes documentos:
- Libro de Familia o certificación de la inscripción del hijo o hijos en el Registro Civil, siempre y cuando no haya sido transmitido este dato por el Registro Civil.
- Como el hijo ha nacido en el extranjero deberá aportar, en su caso, el certificado de nacimiento validado por el Consulado correspondiente.
- Certificación de la empresa o administración pública en la que conste la fecha de inicio de la suspensión laboral o permiso, respectivamente.
- Documento que acredite el previo acuerdo con el empresario, cuando el periodo de descanso se disfrute en régimen de jornada a tiempo parcial.
Procedimiento de Solicitud
El procedimiento para solicitar el permiso es similar al de un nacimiento en España:
- Comunicar a la empresa el nacimiento y la intención de disfrutar del permiso, aportando la documentación disponible (normalmente, el certificado de nacimiento extranjero y después la inscripción consular).
- La empresa debe tramitar la baja laboral por nacimiento en la Seguridad Social.
- Solicitar la prestación económica ante el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social), aportando:
- Solicitud oficial cumplimentada.
- DNI/NIE de la persona solicitante.
- Libro de familia o certificación literal de nacimiento inscrita en el Registro Civil español. Si todavía no se dispone, certificado extranjero con traducción/apostilla.
- Certificado de empresa de las bases de cotización (si no se envía telemáticamente).
¿Quién Paga la Prestación?
En el caso de los trabajadores por cuenta ajena, la remuneración corre al 100% a cargo de la Seguridad Social. Para los autónomos, si la baja es de al menos un mes, se aplica una bonificación del 100% de la cuota de autónomos, calculada sobre la base media de cotización de los 12 meses anteriores.
¿Qué Cambia en 2025?
A partir de 2025, se mantendrá este beneficio con nuevas formas de disfrutarlo, como la posibilidad del uso de semanas que no son obligatorias en medios días. Es importante tener en cuenta que las 2 semanas de permiso parental retribuidas para el cuidado de hijos e hijas menores de 8 años se aplican de forma retroactiva desde el 2 de agosto de 2024. Al no hacerlo la Comisión Europea anunció una sanción de más de 40.000 € diarios a partir del 1 de agosto de 2025.
Además, 11 semanas (22 en el caso de una familia monoparental): podrán distribuirse a voluntad de la persona trabajadora, en períodos semanales a disfrutar de forma acumulada o interrumpida y ejercitarse desde la finalización de la suspensión obligatoria posterior al parto hasta que el hijo o la hija cumpla 12 meses.
Consideraciones Adicionales
- El permiso de paternidad o de maternidad debe solicitarse en un plazo de 15 días desde el nacimiento, acogida o adopción.
- Es recomendable avisar a la empresa con antelación para que puedan tomar las medidas necesarias para cubrir la baja.
- Si excedes este período y no has solicitado el permiso, se pierde el derecho a disfrutarlo.
- Hoy en día no es posible transferir la baja a otro progenitor.
- La solicitud del permiso por nacimiento o adopción de un menor en una familia monoparental no se permite acumular a los permisos del otro progenitor.
¿Me pueden despedir durante mi baja de maternidad o paternidad?
En el caso de que la empresa se vea obligada a despedir al trabajador causando problemas económicos pueden hacerlo, aunque coincida con el período de baja de maternidad o paternidad del trabajador. No obstante, si la empresa no declara estos motivos y se puede demostrar que es solvente, el despido durante este período se consideraría nulo, y, por lo tanto, no se podría llevar a cabo.
Consejos Prácticos
- Acudir cuanto antes al Consulado o Embajada de España para tramitar la inscripción del nacimiento.
- Guardar siempre copia de los documentos extranjeros y solicitar traducción jurada si no están en castellano.
- Informar a la empresa de la situación para evitar retrasos en la tramitación del permiso.
- Si existen problemas con el reconocimiento de la documentación, se puede presentar reclamación ante el INSS o acudir a la jurisdicción social.
Herramientas para la Gestión de Bajas por Paternidad
La gestión de una baja por paternidad puede ser simplificada mediante el uso de herramientas como Factorial, que permiten la automatización de estos permisos, reduciendo errores administrativos y asegurando el cumplimiento de las normativas vigentes.
En definitiva, tener un hijo en el extranjero no merma tu derecho al permiso por nacimiento. Deberás descargar, rellenar y enviar el formulario de solicitud juntamente con la documentación pertinente.
