El permiso de maternidad y paternidad es el derecho de cualquier persona trabajadora a ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo para el cuidado de su hijo o hija, tanto en caso de nacimiento como de adopción o acogida. Este derecho, recogido en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores, se ha ido actualizando en los últimos años hasta llegar a la prestación por nacimiento y cuidado del menor actual, que equipara los derechos de hombres y mujeres en cuanto a la duración del permiso. La intención política y social, sin embargo, es seguir avanzando en este aspecto para mejorar la conciliación laboral y familiar.
En España, el término oficial reconocido por la legislación laboral y la Seguridad Social es permiso por nacimiento y cuidado del menor, regulado en el artículo 48 del Estatuto de los Trabajadores. Esto garantiza a las personas trabajadoras el derecho a ausentarse temporalmente de su puesto de trabajo por nacimiento, adopción o acogimiento, asegurando la reserva del puesto y la prestación económica correspondiente. El concepto baja por paternidad se utiliza de una forma coloquial, pero ambos quieren decir lo mismo. Por lo tanto, a efectos prácticos, no hay diferencia entre baja por maternidad y permiso por maternidad.
Conocer la duración exacta de la baja es clave para planificar la llegada de un nuevo miembro a la familia. A continuación, se detallan los aspectos más relevantes sobre la baja por maternidad y paternidad en Euskadi, incluyendo la duración, los requisitos y las ayudas disponibles.
Permisos y prestaciones de maternidad y paternidad - Grupo Esneca TV
Duración del Permiso de Maternidad y Paternidad
La baja de maternidad o paternidad son periodos de suspensión laboral remunerada que permiten cuidar al recién nacido o hijo adoptado. En 2019, se aprobó la progresiva equiparación de los permisos de madres y padres con base en tres principios: igualdad, intransferibilidad y remuneración al 100%. Ya en ese ejercicio, las semanas de paternidad se vieron aumentadas: se pasó de 5 a 8. En 2020, a 12. Recientemente, se ha producido otra mejora en aras de mejorar la conciliación familiar: el Consejo de Ministros aprobó el Real Decreto-ley 9/2025, que amplía en tres semanas el permiso de paternidad.
Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 9/2025 (BOE-A-2025-15741), el permiso por nacimiento y cuidado del menor tiene una duración de 19 semanas por cada progenitor. En cuanto a la duración total y la flexibilidad del permiso, no hay diferencias: ambos progenitores tienen 16 semanas, de las cuales 6 semanas son obligatorias inmediatamente tras el nacimiento y 10 semanas son flexibles dentro del primer año. Por lo tanto, puede variar, según las necesidades y posibilidades de cada familia, especialmente en el caso de la paternidad.
Por lo tanto, se pasa de 16 a 19 semanas para cada progenitor y, en el caso de familias monoparentales, hasta 32. Además, se podrán acoger a estas dos últimas semanas de forma retroactiva las familias cuyos hijos hayan nacido a partir del 2 de agosto de 2024. En Euskadi, incluso, están dando el primer paso para adelantarse y ofrecer más semanas: un total de 24.
En cifras, la nueva normativa sitúa el permiso en 19 semanas o 133 días por progenitor, frente a las 16 semanas previas. Para las familias monoparentales, la cifra asciende a 32 semanas (224 días). En términos de meses, esto supone algo más de 4 meses de baja por cada progenitor o más de 7 meses en caso de monoparentalidad.
En las familias monoparentales, el permiso total asciende a 32 semanas (6 obligatorias + 22 flexibles en los primeros 12 meses + 4 hasta los 8 años).
Flexibilidad del Permiso
Después de las 6 semanas obligatorias, el resto del permiso es totalmente flexible y se puede interrumpir. Las 11 semanas adicionales (22 en monoparentalidad) pueden disfrutarse de forma acumulada o en periodos discontinuos dentro de los 12 meses siguientes al nacimiento o adopción.
Permiso Parental
El BOE ha recogido recientemente las disposiciones del Real Decreto-ley 9/2025, que consolidan la ampliación a 19 semanas y añaden 2 semanas de permiso parental retribuido para disfrutar hasta que el menor cumpla 8 años. En cuanto al permiso parental, es un derecho individual e intransferible que puede disfrutarse en cualquier momento hasta que el niño o niña cumpla 8 años. Esto significa que no tiene que coincidir con el nacimiento ni con las primeras semanas de vida, a diferencia del permiso de maternidad o paternidad. Se puede tomar a tiempo completo o parcial, de forma continua o discontinua, dependiendo de la organización familiar y laboral.
A día de hoy, el permiso parental de 8 semanas no está remunerado en su totalidad, ya que solo 2 de esas semanas cuentan con prestación económica (4 en monoparentales), un cambio promovido en el reciente Decreto de julio.
Requisitos para Acceder al Permiso
Los requisitos para tener meses de baja por maternidad en 2025 son haber cotizado a la Seguridad Social durante un mínimo de 180 días en los 7 años anteriores, o 360 días a lo largo de la vida laboral. ¿Esto en cuántos meses de maternidad se traduce? 4 meses y medio de baja por maternidad en España, aunque ya se ha planteado que en 2026 pueda ampliarse hasta las 20 semanas de maternidad.
Saber cómo y cuándo solicitar la baja de maternidad es fundamental para garantizar todos los derechos económicos y laborales. El procedimiento se realiza ante la Seguridad Social, que es la responsable de abonar la prestación. Para tramitar la solicitud, la persona trabajadora debe estar afiliada, en alta o en situación asimilada al alta y haber cumplido los requisitos de cotización según su edad. En el caso de las madres autónomas, el trámite es similar, pero en lugar del certificado de empresa deben aportar justificantes de cotización al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
Para el permiso de paternidad, la solicitud también se realiza ante la Seguridad Social y requiere documentos similares: DNI, certificado de empresa y libro de familia o certificado de nacimiento. En 2025, el permiso alcanza 19 semanas por progenitor, de las cuales las primeras 6 semanas son obligatorias, ininterrumpidas y deben disfrutarse inmediatamente tras el nacimiento.
Si la solicitud se realiza fuera de plazo, la prestación se reconoce con carácter retroactivo hasta tres meses, tanto para trabajadores por cuenta ajena como para autónomos, siempre que cumplan los requisitos de cotización exigidos. Eso significa que, si presentas la solicitud de baja por maternidad o paternidad después de la fecha en que legalmente debías iniciarla, no pierdes automáticamente el derecho a cobrar la prestación.
Aspectos Económicos del Permiso
El permiso de maternidad y paternidad no se limita únicamente al tiempo de ausencia en el trabajo, sino que también tiene un impacto directo en el salario y en las cotizaciones. La paga del permiso de maternidad y paternidad es asumida, directamente, por la Seguridad Social o, en su caso, una mutua colaboradora. Durante la baja, la persona trabajadora sigue cotizando a todos los efectos. Esto significa que estos meses también cuentan de cara a la jubilación, desempleo, incapacidad permanente o futuras prestaciones. Esto supone una corrección con respecto a la situación de las mujeres, puesto que históricamente han sido penalizadas en su carrera profesional por la maternidad.
Cálculo de la Prestación
El permiso de maternidad o paternidad se cobra al 100 % de la base reguladora, lo que significa que, en la práctica, la prestación suele equivaler al salario habitual. Para los autónomos, el cálculo es distinto: la prestación se fija en función de la base de cotización del mes anterior al inicio de la baja, que se divide entre 30 para obtener la base diaria. Por ejemplo, en 2025 la base mínima ronda los 960 €, de manera que quienes coticen por esa cifra percibirán aproximadamente esa cantidad, aunque sus ingresos reales sean mayores.
Cotización Durante la Baja
La cotización es una de las mayores preocupaciones de los trabajadores a la hora de solicitar la baja por maternidad. La normativa española garantiza que, durante todo el tiempo de la baja, tanto la madre como el padre mantienen íntegramente sus derechos laborales. De esta forma, el permiso se considera tiempo efectivamente cotizado a todos los efectos. Además, la empresa está obligada a mantener el puesto de trabajo durante el tiempo de la baja y a reincorporar a la persona trabajadora en las mismas condiciones previas a la suspensión del contrato.
Ayudas Adicionales en Euskadi
El nacimiento o adopción de un hijo representa un desafío económico, pero afortunadamente, en la Comunidad Autónoma Vasca, las familias cuentan con un valioso apoyo a través de las ayudas proporcionadas por el Gobierno Vasco. Si estás en esta situación, te animamos a informarte y solicitar las ayudas a las que tienes derecho.
Las ayudas mensuales a la crianza de las hijas o hijos del Gobierno Vasco son prestaciones económicas destinadas a apoyar a las familias que residen en País Vasco durante los primeros años de vida o adopción de sus hijos e hijas. En Euskadi puedes recibir 200 €/mes por hijo hasta los 3 años y 100 €/mes del tercero en adelante de los 3 a los 7. En adopción, tutela o guarda, la ayuda empieza al inscribirse. No se paga el mes que cumple 3 o 7 años.
Destinatarios
Estas ayudas están dirigidas a familias que hayan tenido un hijo o hija, ya sea por nacimiento o adopción, y que residan en Euskadi.
Cuantía
La cantidad exacta que se percibe depende de diversos factores, como los ingresos de la familia, el número de hijos e hijas a cargo o situaciones especiales como la monoparentalidad.
Duración
La ayuda se suele otorgar durante los primeros años de vida del menor, aunque la duración exacta puede variar.
Requisitos
Entre los requisitos más comunes se encuentran residir en la Comunidad Autónoma Vasca, cumplir con determinados umbrales de ingresos y no superar ciertos límites de patrimonio.
Cómo Solicitar la Ayuda
Para solicitar la ayuda, debes acudir a las oficinas de Lanbide, el Servicio Vasco de Empleo. Allí te proporcionarán toda la información necesaria y te guiarán en el proceso de solicitud. Es importante que sepas que el plazo para presentar la solicitud es de seis meses desde el nacimiento o adopción de tu hijo o hija. En las oficinas de Lanbide te proporcionarán los formularios específicos que debes completar. Estos impresos recogerán datos personales, familiares y económicos que serán esenciales para determinar tu elegibilidad y la cuantía a recibir.
La duración de la ayuda dependerá de diversos factores, pero en general, podrás recibir la prestación hasta que tu hijo o hija alcance una determinada edad.
Documentación Necesaria
Es necesario aportar la documentación que acredite el nacimiento o adopción del hijo o hija.
Plazo
Es importante tener en cuenta que para solicitar esta ayuda se establece un plazo desde la fecha del nacimiento o adopción.
Cuantías Específicas
La ayuda se distribuye en cuotas mensuales según la situación familiar:
- 200 euros al mes para cada hijo desde su nacimiento hasta los 3 años.
- 100 euros al mes para el tercer hijo o sucesivos desde los 3 hasta los 7 años.
- En caso de adopción, guarda preadoptiva o tutela, la ayuda comienza el mes en que se inscribe o se dicta la resolución.
La Baja por Maternidad para Trabajadoras Autónomas
La baja por maternidad o subsidio por maternidad, también está disponible para aquellas personas que desarrollan actividad laboral por su cuenta. Además, la baja por paternidad para autónomos se igualó a la de maternidad: 19 semanas. Además debes contar con un periodo de cotización mínimo acumulado desde la fecha del parto o en la que se produzca la resolución de adopción, acogimiento o tutelaje.
En primer lugar tendrás que recibir de tu médico la baja por maternidad. Luego tendrás que acudir a la Seguridad Social y solicitar oficialmente la prestación por maternidad para autónomas. La baja por maternidad como autónomo dura 19 semanas ininterrumpidas, periodo que empieza desde el primer día de descanso. Este se determina bien por la fecha de parto, que debe ser notificado en un plazo de 90 días, resolución administrativa de adopción, acogimiento o tutelaje; o bien desde un momento anterior si así se decide.
En caso de discapacidad, se sumarían 2 semanas por discapacidad del recién nacido, al igual que cuando el parto es múltiple, por cada hijo sin contar el primero se sumarán 2 semanas más. Durante la baja por maternidad la autónoma recibirá el 100% de su base reguladora a modo de prestación económica.
Es interesante que, si tienes la posibilidad de planear un poco la situación, en torno a un año antes de solicitar la baja por maternidad te anticipes subiendo la base de cotización.
Si eres autónoma y vas a solicitar la prestación por maternidad, tienes la opción de escoger el descanso a tiempo parcial. Si la baja por maternidad coincide con el cese de actividad, la prestación por maternidad no varía. Si eres mayor de 21 años y no acumulas el mínimo de cotización estipulado en la normativa, te queda la opción de acceder a la prestación no contributiva de maternidad o “subsidio por maternidad”. Esta ayuda sólo dura 42 días naturales desde el parto o resolución de adopción, acogimiento o tutelaje.
Otras Consideraciones Importantes
- Ampliación de 20 Semanas: El anuncio de la ampliación de 20 semanas de maternidad ha generado expectación entre miles de familias. Sin embargo, este cambio todavía no ha entrado en vigor. Según lo previsto en el calendario legislativo, la medida se implementará a lo largo del curso 2025-26, siempre y cuando se aprueben los presupuestos generales del Estado y se cierre el desarrollo normativo.
- Despido Nulo: El despido será nulo si se produce dentro de los 12 meses siguientes a la finalización del periodo de suspensión del contrato por nacimiento, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.
- Ayuda con la Declaración de la Renta: Recuerda, en TaxDown estamos listos para ayudarte en cada paso del proceso, asegurándonos de que obtengas todos los beneficios posibles. TaxDown es más que la declaración de la renta. Si necesitas ayuda con requerimientos, presentar fuera de plazo, Ley Beckham o 7p, ayudas de maternidad...
La empresa tiene la obligación legal de respetar el disfrute del permiso y garantizar la reincorporación en las mismas condiciones previas.
Los funcionarios públicos solicitan el permiso a través de su mutualidad, y las condiciones de duración y cuantía son similares a las del régimen general.
Para los trabajadores autónomos, los derechos de duración y cuantía son los mismos que para los asalariados, pero la base reguladora se calcula sobre la última base cotizada al RETA, no sobre la facturación real.
Con la flexibilidad que permite el permiso de paternidad en 2025, las empresas necesitan herramientas que les ayuden a gestionar correctamente los periodos de ausencia, vacaciones y jornadas parciales. Aquí es donde soluciones como netTime one resultan clave: permiten registrar entradas y salidas y planificar la jornada laboral.
