La conciliación familiar es mucho más que un derecho: es una necesidad real. Implica equilibrar la vida familiar y laboral mediante medidas reconocidas por la legislación y buenas prácticas de organización. Cada vez más trabajadores buscan flexibilidad horaria y teletrabajo, mientras que las empresas descubren los beneficios de implementar políticas de conciliación: mayor bienestar, motivación y fidelización del talento. Encontrar el equilibrio no significa hacerlo todo perfecto, sino gestionar recursos, apoyarse en herramientas disponibles y compartir responsabilidades de forma equitativa.
En la búsqueda de un equilibrio entre la vida laboral y familiar, el teletrabajo se ha convertido en una opción valiosa. Si estás considerando solicitar teletrabajo por conciliación familiar, es importante entender quién tiene derecho a esta modalidad y cómo puedes formalizar tu solicitud.
El pasado 28 de marzo, las Cortes Generales aprobaron el Real Decreto-ley 5/2023, más conocido popularmente como la "ley de familias y teletrabajo". Entró en vigor apenas tres semanas después tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado y sus medidas contempladas cobraron efecto a partir del 30 de junio de 2023. Sin duda, una de las medidas contempladas que más ha llamado la atención es la posibilidad de solicitar teletrabajo por cuidado de los hijos durante un período de hasta 12 años tras ser padres. Un derecho que ya estaba recogido en el artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores.
¿Quiénes pueden solicitar teletrabajar por conciliación familiar?
Para poder acogerse al teletrabajo por conciliación familiar hay que cumplir una serie de requisitos:
- Ser el padre o madre de un menor de doce años.
- Tener hijos mayores de doce años, pero con necesidades especiales.
- Ser el cónyuge o pareja de hecho de un trabajador con un hijo menor de doce años.
- Cuidar a dependientes que convivan en el mismo domicilio y que por necesidades especiales, edad avanzada o enfermedad no puedan valerse por sí mismos.
- Personas con familiares hasta el segundo grado de consanguinidad a su cargo.
Así pues, la solicitud de conciliación y teletrabajo hay que justificarla. Debe ser razonable y proporcionada y ajustarse a las necesidades del empleado, pero también a las de la empresa. Esto significa que, en ciertos trabajos, como el de mecánico, pintor, dependiente de una tienda, doctor o electricista, no existe la posibilidad de trabajar desde casa, por lo que estos profesionales deberán optar por acogerse a otros derechos, como la reducción de jornada.
En el caso de una petición de teletrabajo por el cuidado de hijos no es requisito solicitarla en el momento en el que nazcan; puede pedirse en cualquier momento siempre que no hayan cumplido los doce años.
En principio, todos los trabajadores, sin importar si son hombres o mujeres, hasta que sus hijos cumplan los 12 años de edad. Eso sí, es obligatorio que, en todos los casos, el trabajador justifique las circuntancias que le llevan a realizar la solicitud de teletrabajo por conciliación familiar. ¿Qué quiere decir esto? Pues que, como es obvio, no todos los empleos son compatibles con la modalidad de teletrabajo. Sería el supuesto, por ejemplo, de un albañil, de un mecánico de coches o de un fontanero.
Proceso para solicitar teletrabajo por cuidado de familiares
Solicitar teletrabajo por conciliación familiar, como el cuidado de hijos, requiere seguir un proceso específico para asegurar que tu petición sea considerada de manera adecuada:
- Prepara la documentación necesaria: Reúne toda la documentación que respalde tu solicitud.
- Redacta una solicitud formal: Escribe una carta o solicitud formal de teletrabajo dirigida a tu empleador.
- Presenta la solicitud: Envía tu solicitud formal a tu superior o al departamento de recursos humanos.
Para solicitar poder trabajar desde casa por conciliación familiar hay que seguir un procedimiento:
- Solicitud por parte del trabajador. El empleado debe presentar su solicitud de teletrabajo por conciliación laboral con 30 días de antelación. La petición será siempre por escrito, en forma de carta o solicitud, para explicar los motivos de su decisión. Tendrá que ir acompañada de documentos que certifiquen la situación (copia del Libro de Familia, informes médicos…). Es importante guardar siempre una copia de la solicitud firmada por la empresa.
- Respuesta de la empresa. La organización tiene que responder -también por escrito- en un máximo de 15 días. En caso de negarse, la empresa debe argumentar los motivos y presentar alternativas de conciliación.
Proceso de negociación
Tras presentar tu solicitud de teletrabajo por conciliación familiar, la empresa tiene un plazo máximo de 15 días para responder. Durante este tiempo, la empresa debe evaluar tu petición y negociar contigo si es necesario.
Según el Real Decreto-ley 5/2023, las empresas no pueden ignorar una petición de conciliación familiar hasta los 12 años realizada por uno de sus trabajadores. De hecho, les otorga un plazo máximo de 15 días naturales para estudiar la solicitud y brindarles una respuesta.
Pero ¿qué sucede si la empresa da una respuesta contraria a la solicitud de teletrabajo por conciliación familiar? En ese caso, el informe deberá recoger una propuesta alternativa que satisfaga las necesidades de conciliación del empleado o, en su defecto, manifestar su negativa. Como es obvio, el trabajador puede recurrir a los tribunales si estima que la decisión de la empresa no es justa y no se adapta a lo previsto en la ley de familias.
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Acuerdo y adaptación
Si tu solicitud es aceptada, la empresa debe comunicarlo por escrito y trabajar contigo para adaptar las condiciones del teletrabajo a tus necesidades y las de la empresa. Si la solicitud de teletrabajo y conciliación familiar es aceptada, trabajador y empresa deben colaborar para adaptar las condiciones en las que se desempeñarán las labores a distancia.
En caso de no llegar a un acuerdo satisfactorio, el trabajador podrá acudir a los tribunales para reclamar que se cumpla lo previsto en la legislación.
¿Se puede negar una empresa a aceptar el teletrabajo por conciliación o despedir a quién lo solicite?
Las empresas no pueden obviar una solicitud de teletrabajo por cuidado familiar; de hecho, si no lo hacen en un plazo máximo de 15 días naturales, se entiende que la han aceptado.
Además, una persona no puede ser despedida por solicitar teletrabajo por conciliación familiar. Cuando reclamase en los tribunales, el proceso sería considerado nulo. Esto supone que la empresa debería reincorporarlo a sus funciones y abonarle los salarios correspondientes al tiempo que no estuvo en activo.
Esto se ha traducido en que la vulneración del derecho a solicitar teletrabajo por cuidado de los hijos sea considerada como causa de nulidad. Por tanto, la decisión tomada por parte de un empresario de despedir a un trabajador que se encuentre disfrutando de este permiso será nula en todos los casos y, por tanto, tendrá que restaurar la posición del empleado dentro del organigrama de la organización e, incluso, abonarle los salarios de tramitación del tiempo correspondiente a la duración del proceso en los tribunales.
¿El teletrabajo afecta a la jornada laboral del empleado?
La persona que se acoja al teletrabajo por conciliación familiar continuará realizando la misma jornada que cuando lo hacía de forma presencial. En caso de quisiese reducir el número de horas, tendría que tramitar otra solicitud a la empresa, ya que se trata de un procedimiento diferente. La ley contempla que puede reducirse entre un octavo y la mitad de la jornada, con el consecuente ajuste del salario.
Antes de terminar, queremos recordar que la solicitud de teletrabajo por conciliación familiar y su aceptación por parte de la empresa no conlleva la modificación de la jornada laboral. Esto se debe, fundamentalmente, a que este derecho es diferente (y compatible) con los de reducción y adaptación de jornada por cuidado de los hijos.
También sería posible pedir una disminución de la jornada durante un tiempo más breve que el teletrabajo o combinar ambos derechos. Por ejemplo: una persona que acaba de tener un hijo puede reducir su jornada de ocho a seis horas hasta que el menor tenga cuatro años y, a partir de ahí, optar por teletrabajar ya a tiempo completo.
Es necesario aclarar una cuestión que está generando muchas dudas: ¿qué pasa cuando el hijo o hija es mayor de 12 años? ¡Importante!
¿Cuándo se termina el teletrabajo por conciliación?
El teletrabajo por conciliación familiar no dura para siempre. Los trabajadores regresarán a laborar en la modalidad presencial en los siguientes casos:
- Se termina el plazo acordado. En caso de que el teletrabajo fuese autorizado por un tiempo específico, el empleado volverá a su puesto de forma presencial al concluir el mismo. En estos casos, es posible acordar una extensión del trabajo a distancia.
- Desaparecen las causas de la solicitud. Por ejemplo, cuando los hijos ya son mayores de 12 años, el familiar dependiente ya no requiere del cuidado del trabajador o ha fallecido.
- La empresa presenta razones objetivas. El empleador puede probar de forma objetiva que necesita la presencia física del trabajador en su puesto.
En primer lugar, tenemos que decir que el trabajador dejará de disfrutar del derecho al teletrabajo por conciliación familiar una vez que dejen de existir las causas que motivaron su solicitud. Es decir, que sus hijos alcancen los 12 años de edad, que finalice el plazo acordado o que tome la decisión de regresar a la oficina.
Legislación aplicable al teletrabajo por conciliación familiar
Para saber si una persona tiene derecho a solicitar teletrabajo por conciliación familiar debe saber primero cuál es la legislación aplicable. En el caso de España sería:
- Estatuto de los Trabajadores: en su artículo 34.8 se recoge que “las personas trabajadoras tienen derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, en la ordenación del tiempo de trabajo y en la forma de prestación, incluida la prestación de su trabajo a distancia, para hacer efectivo su derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral. Dichas adaptaciones deberán ser razonables y proporcionadas”.
- Real-Decreto ley 5/2023: conocido como la “Ley de familias y teletrabajo”, es una norma clave para pedir teletrabajo por cuidado de familiares; de hecho, mejora el mencionado artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores. En concreto, en él se incluye que “en el caso de que tengan hijos o hijas, los trabajadores tienen derecho a dicha solicitud hasta que cumplan doce años”. A partir de esta edad, también es aplicable en caso de personas dependientes que “convivan en el mismo domicilio y que no puedan valerse por sí mismos”.
- Convenios colectivos: tanto los empresariales como sectoriales pueden añadir mejoras en materia de teletrabajo, por lo que es necesario conocerlos para determinar si aplica.
Tabla resumen de la Legislación y Requisitos
| Aspecto | Descripción |
|---|---|
| Legislación Principal | Estatuto de los Trabajadores (Art. 34.8), Real Decreto-ley 5/2023 |
| Beneficiarios | Padres con hijos menores de 12 años, cuidadores de familiares dependientes |
| Proceso de Solicitud | Solicitud escrita con 30 días de antelación, justificación razonable |
| Plazo de Respuesta Empresarial | 15 días naturales |
| Consecuencias de la Negativa | Posibilidad de recurrir a los tribunales |
| Protección contra Despido | El despido por solicitar teletrabajo es nulo |
| Duración del Teletrabajo | Hasta que cesen las causas (ej., hijo mayor de 12 años) |
Con todo este conocimiento, será más fácil solicitar teletrabajo por conciliación familiar o determinar si un empleado tiene derecho al mismo.
