El complemento de maternidad es un plus que se añade a las pensiones contributivas con el objetivo de reparar el perjuicio que haya sufrido en su carrera profesional un progenitor al asumir el cuidado principal de los hijos. Este complemento, también conocido como complemento por aportación demográfica o complemento por hijos, conlleva un incremento de la prestación y puede ser solicitado por padres que hayan tenido dos hijos o más.
Originalmente, este complemento estaba más enfocado a las madres, pero tras una serie de decisiones judiciales, los padres también pueden optar a él bajo ciertas condiciones. En este artículo, desglosaremos los requisitos y el proceso para que los hombres puedan solicitar este complemento en España.
Evolución del Complemento: De Maternidad a Brecha de Género
El complemento para reducir la brecha de género en las pensiones tiene como finalidad compensar el posible perjuicio en la carrera profesional en los periodos posteriores a tener un hijo/a. Este complemento consistía en añadir un porcentaje a la pensión (un 5 % por 2 hijos; un 10 %, por 3 hijos; un 15 %, por 4 hijos). Sin embargo, el INSS no reconocía de oficio a los padres el derecho al complemento, por lo que éstos tenían que reclamarlo vía administrativa o judicial.
Tras una modificación legislativa, el complemento de maternidad fue sustituido por el complemento de pensiones contributivas para la reducción de la brecha de género, que entró en vigor el 4 de febrero de 2021 y beneficia a las pensiones aprobadas a partir de esa fecha. Es decir, no se puede elegir a qué complemento se tiene derecho, ya que su concesión dependerá de la legislación aplicable en el momento de la prestación (antes o después del 3 de febrero de 2021).
Hitos Legales Clave
- Diciembre de 2019: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró que el complemento de maternidad era discriminatorio por razón de sexo y debía reconocerse también a los padres.
- 4 de febrero de 2021: El complemento para la reducción de la brecha de género sustituye al anterior complemento de maternidad por aportación demográfica.
- Febrero de 2024: El Tribunal Supremo elimina la prescripción del complemento, permitiendo reclamaciones retroactivas.
Requisitos para Solicitar el Complemento de Maternidad (Paternidad)
Si eres hombre y cumples con ciertos requisitos, puedes solicitar el reconocimiento de este complemento en las pensiones. Puedes solicitar el reconocimiento de este plus en tu pensión ya que de 2016 a 2021, estuvo vigente el complemento de maternidad, medida que excluyó a los hombres en situaciones comparables a las de las mujeres.
Para que los hombres puedan solicitar el complemento de maternidad, deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser hombre y ser titular de una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente.
- Que el reconocimiento de la citada prestación haya tenido lugar entre el 1 enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021.
- Que, para el caso de pensionistas de jubilación, el acceso a la misma haya sido en la modalidad de jubilación “ordinaria” o por jubilación anticipada “forzosa”, es decir no “voluntaria”, excluyéndose de igual forma, los supuestos de jubilación “parcial”.
- Haber tenido dos hijos o más, estableciéndose, en función de ello, un porcentaje a aplicar a la pensión que oscila entre el 5% y el 15% dependiendo del número de hijos. (Un 5% por dos hijos, un 10% por tres hijos y un 15% por cuatro hijos o más).
Es importante destacar que no es posible reclamar si te jubilaste anticipadamente de forma voluntaria. Pero sí puedes reclamar si tu jubilación fue, por ejemplo, a causa de un ERTE o un ERE.
¿Qué documentación necesito para pedir el Complemento de Maternidad para hombres?
¿Cómo Reclamar el Complemento por Hijo?
Los pasos que debes seguir para iniciar la reclamación son los siguientes:
- Presentar solicitud inicial y esperar resolución o fin de silencio administrativo.
- Si nos deniegan la petición que hemos hecho se tiene que presentar reclamación previa, esperar resolución de reclamación previa o fin de silencio administrativo.
- Si nos deniegan la petición hay que presentar Demanda en el Juzgado de lo Social.
Por internet puedes presentar las solicitudes al INSS a través de su sede electrónica.
Para acreditar que se cumplen los requisitos es necesario aportar:
- Copia del DNI del solicitante y de sus hijos
- Libro de Familia
- Resolución de la pensión (aquella en la que se reconoce la pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente).
Cuantía del Complemento
Este complemento supone un aumento de la pensión por tramos según tu número de hijos:
- Un 5% más de la pensión si has tenido dos hijos.
- Un 10% más de la pensión si has tenido tres hijos.
- Un 15% más de la pensión si has tenido cuatro o más hijos.
Es importante recordar que esta pensión tiene efectos retroactivos, es decir, se pagarán los atrasos que te corresponden desde la fecha de jubilación.
Complemento de Brecha de Género: La Alternativa Actual
El complemento de maternidad desde febrero de 2021 se sustituyó por el complemento para la reducción de la brecha de género. Este plus ya no es solo para madres, sino también para padres. Este nuevo complemento está destinado a reducir la desigualdad en las pensiones entre hombres y mujeres. Se abona en 14 pagas. La responsable de su abono es la Seguridad Social, mediante transferencia del Estado al presupuesto de la entidad. Y, al contrario del complemento de maternidad, este nueva prestación no está sujeta a la pensión máxima estipulada cada año.
Por este complemento se cobra en 2026 una cantidad fija de 36,90 € al mes por hijo (516,60 € al año).
Si la pensión base no es de viudedad, la madre y el padre de los mismos hijos (o los dos padres, o las dos madres) no pueden beneficiarse a la vez del complemento para la reducción de la brecha de género. De este modo, el reconocimiento del complemento al segundo progenitor supondría la extinción del previamente adjudicado al primero de ellos.
Indemnización por Denegación del Complemento
Debido a que las respuestas de la administración a las solicitudes de complemento están siendo negativas, pese a que los solicitantes cumplan los requisitos, el Tribunal Supremo ha fijado una indemnización de 1.800€ para cubrir los gastos de la vía judicial, ya que se ven obligados a acudir a dicha vía, sin necesidad.
Muy recientemente el TJUE en una cuestión planteada por el TSJ de Galicia en la reclamación del complemento derivado de una incapacidad permanente, ha resuelto conceder al trabajador una indemnización por daños y perjuicios adicional incluidas las costas y honorarios del abogado, derivados de la vulneración de un derecho fundamental. Así mismo, se tendrá que esperar a su aplicación por los tribunales españoles.
Tabla Resumen: Complemento por Maternidad vs. Complemento por Brecha de Género
| Característica | Complemento por Maternidad (hasta 3/2/2021) | Complemento por Brecha de Género (desde 4/2/2021) |
|---|---|---|
| Beneficiarios | Madres y padres con pensiones entre 1/1/2016 y 3/2/2021 | Ambos progenitores, pensiones aprobadas desde 4/2/2021 |
| Requisitos | 2 o más hijos, jubilación ordinaria o forzosa | Acreditar perjuicio en la carrera profesional (ciertos casos) |
| Cuantía | 5%, 10% o 15% según el número de hijos | Cantidad fija por hijo (36,90 €/mes en 2026) |
| Compatibilidad | Incompatible con jubilación parcial | Incompatible si ambos progenitores lo solicitan |
